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RESOLUCION 4474 de 2025

por la cual se deroga la Resolución número 2888 de 2023 y se adopta la nueva versión del Manual de Supervisión e Interventoría en el Departamento Nacional de Planeación.

Tipo
RESOLUCION
Número
4474
Año
2025
Entidad
DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

La Directora General del Departamento Nacional de Planeación, en uso de sus facultades legales, en especial aquellas conferidas en los artículos 209, 211, y 269 de la Constitución Política de Colombia, los artículos 83, 84 y 86 Ley 1474 de 2011, los artículos 2.2.1.1.1.2.1. y 2.2.1.2.4.2.7. del Decreto número 1082 de 2015, numeral 20 del artículo 6° del Decreto número 1893 de 2021, las demás normas concordantes y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia dispone que las autoridades administrativas coordinen sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado, el servicio del interés general y el desarrollo de los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones.

Que el artículo 269 de la Constitución Política establece la obligatoriedad por parte de la autoridad correspondiente en cada entidad pública, de diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno.

Que el artículo 11 de la Ley 80 de 1993 dispone que la competencia para escoger contratistas, ordenar el gasto y dirigir la celebración de los contratos estatales está en cabeza del jefe o representante de la entidad; igualmente, el numeral 9 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 exige que en todos los procesos de contratación intervendrán el jefe y las unidades asesoras y ejecutoras de la entidad, que se señalen en las correspondientes normas sobre su organización y funcionamiento.

Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 prevé que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 211 de la Constitución, podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellas confiadas, a los empleados públicos del nivel directivo vinculados al organismo correspondiente, todo con el fin de lograr la optimización de los procesos administrativos y financieros, para que se ajusten a los fines de la entidad.

Que de conformidad con lo previsto en el numeral 20 del artículo 6° del Decreto número 1893 de 2021, el Director General del DNP, está facultado para “Ordenar los gastos y suscribir los actos, convenios y contratos, para el cumplimiento de los objetivos y funciones asignados al Departamento Nacional de Planeación.”.

Que mediante la Resolución número 008 del 6 de enero de 2022, se efectúo la delegación de la designación de los supervisores de contratos y convenios en la Subdirección de Contratación, en relación con las funciones y competencias de dicho empleo.

Que, en materia de contratación, el régimen jurídico de contratación aplicable al DNP es el consagrado en el Estatuto General de la Contratación Pública integrado por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, las disposiciones aplicables contenidas en la Ley 1474 de 2011, el Decreto Ley 019 de 2012, el Decreto número 1082 de 2015, así como los Decretos Reglamentarios y demás normas que las adicionen, modifiquen o sustituyan.

Que el numeral 1 del artículo 4° de la Ley 80 de 1993, establece como uno de los deberes de las entidades públicas exigir al contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, por lo cual se deberá ejercer un seguimiento y control al mismo.

Que de conformidad con el numeral 1 del artículo 26 de la Ley 80 de 1993 y los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011, a las entidades estatales les asiste la obligación de vigilar de manera responsable la ejecución contractual para lo cual deberá designar un supervisor e interventor con el fin de garantizar su cumplimiento.

Que, conforme a lo expuesto, mediante Resolución número 2888 del 23 de noviembre de 2023 se adoptó el Manual de Supervisión e Interventoría para los contratos y convenios celebrados por el Departamento Nacional de Planeación, como instrumento que brinda las herramientas necesarias para el adecuado desempeño de la función de supervisión e interventoría en concordancia con lo establecido en la Ley 1474 de 2011 y demás normatividad aplicable a la materia.

Que las actualizaciones en la normatividad aplicable en la materia hacen necesaria la verificación de la reglamentación existente partiendo de los lineamientos establecidos en la entidad, que instaura aspectos generales de sus roles, las facultades, obligaciones, prohibiciones y responsabilidades de los supervisores o interventores, garantizando la mejora continua de los procesos institucionales. Esto contribuye a fortalecer la capacidad técnica de los responsables en procura de un eficiente control en la ejecución de los contratos, convenios y demás negocios jurídicos de naturaleza contractual que permita satisfacer las necesidades del DNP, bajo un marco de gestión en donde se procure el control de los riesgos asociados al proceso.

Que en mérito de lo expuesto, la directora del DNP

RESUELVE:

Artículo 1°.

Objeto. La presente resolución tiene por objeto adoptar la nueva versión del Manual de Supervisión e Interventoría que regirá el ejercicio de la función de supervisión e interventoría de los contratos y demás negocios jurídicos de naturaleza contractual celebrados por el Departamento Nacional de Planeación, el cual se formula como Anexo que hace parte integrante de este acto administrativo.

Artículo 2°.

Remisión normativa, los trámites y demás aspectos no previstos o contemplados expresamente por el Manual de Supervisión e Interventoría se regirán por las disposiciones legales vigentes en la materia.

Artículo 3°.

Publicación y divulgación. Publíquese el presente acto administrativo en el Diario Oficial y divúlguese su contenido a través de la página web del DNP.

Artículo 4°.

Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, y deroga la Resolución número 2888 de 2023 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 18 de diciembre de 2025.

La Directora General, Natlia Irene Molina Posso.

ANEXO 4474.pdf

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