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RESOLUCION 0 0336 de 2025

por medio de la cual se crea la Sección Operativa Canina adscrita a la Unidad de Seguridad de la Dirección de Protección y Asistencia y se dictan otras disposiciones.

Tipo
RESOLUCION
Número
0 0336
Año
2025
Entidad
Fiscalia General de la Nación
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

La Fiscal General de la Nación, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los numerales 2, 5, 19, 25 y el parágrafo del artículo 4° y el artículo 45 del Decreto Ley 016 del 9 de enero de 2014, modificado por el Decreto número 898 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley 016 de 2014, artículo 45, determina que “Para el desarrollo de la gestión misional, administrativa e investigativa y el mejoramiento de la prestación del servicio, el Fiscal General de la Nación podrá organizar departamentos, unidades y secciones y señalarle sus funciones. Para ello tendrá en cuenta, entre otros principios, el de racionalización del gasto, eficiencia y un equilibrio racional de los recursos humanos, técnicos, financieros y logísticos en las diferentes áreas”.

Que mediante la Resolución 0-0204 del 15 de mayo de 2024 se reorganizó la Dirección de Protección y Asistencia de la Fiscalía General de la Nación y se dispuso, entre otras, trasladar el Grupo de Soporte Canino (Guías Caninos) a nivel nacional y de las seccionales a la Dirección de Cuerpo Técnico de Investigación.

Que mediate Resolución número 0-001 del 2 de enero de 2025 se advirtió de la importancia de contar con el Grupo de Soporte Canino (Guías Caninos) a nivel nacional y de las seccionales, para garantizar la seguridad a personas e instalaciones de la Fiscalía General de la Nación, de conformidad con la Resolución número 0-0286 del 8 de julio de 2024. Además, en esta resolución se trasladó dicho grupo de la Dirección del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) a la Unidad de Seguridad de la Dirección de Protección y Asistencia.

Por todo lo anterior, es necesario crear la Sección Operativa Canina, adscrita a la Unidad de Seguridad de la Dirección de Protección y Asistencia que asumirá las funciones del Grupo de Soporte Canino, con el propósito que preste apoyo en los procesos misionales y transversales de la entidad.

En mérito de lo expuesto, la Fiscal General de la Nación,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Creación. Crear la Sección Operativa Canina adscrita a la Unidad de Seguridad de la Dirección de Protección y Asistencia, con la cual se sustituye el Grupo de Soporte Canino.

Artículo 2°.

Estructura. Modificar el artículo 1° y 18 de la Resolución número 0-0204 del 15 de mayo de 2024[1], en el sentido de incluir en la estructura organizacional de la Dirección de Protección y Asistencia, la Sección Operativa Canina, adscrita a la Unidad de Seguridad.

Artículo 3°.

Conformación. Delegar al Director de Protección y Asistencia la conformación de la Sección Operativa Canina[2], de acuerdo con las necesidades del servicio.

Artículo 4°.

Funciones. Asignar las siguientes funciones a la Sección Operativa Canina:

1. Coordinar a nivel nacional el bienestar del recurso canino e identificar la necesidad de incorporación de nuevos semovientes caninos a nivel nacional.

2. Gestionar y supervisar el apoyo técnico, administrativo y operativo de la sección, de acuerdo con las directrices y procedimientos establecidos.

3. Apoyar los esquemas de seguridad del Fiscal General de la Nación y Vicefiscal General de la Nación o cuando se requiera a los del Nivel Directivo, en la búsqueda y localización de sustancias explosivas.

4. Acompañar la seguridad a instalaciones de la Fiscalía General de la Nación, realizando registros con binomios caninos especializados en la búsqueda y localización de sustancias explosivas a su ingreso, interior y zona perimetral.

5. Inspeccionar los paquetes, correspondencia y los vehículos externos que ingresen a las instalaciones de la entidad.

6. Ejecutar las acciones requeridas para apoyar a la seguridad ciudadana, cuando se requiera, con binomios caninos de búsqueda y localización de sustancias explosivas, o en la especialidad que se necesite, ante una posible amenaza en las zonas urbanas y rurales, o en razón a situaciones de orden público.

7. Apoyar las actividades de policía judicial en el marco de la investigación penal previa orden de autoridad competente.

8. Trabajar de manera mancomunada con los técnicos en explosivos a nivel nacional en las actividades relacionadas con eventos de prevención y postexplosión, así como la búsqueda de los elementos fuera del acordonamiento de los organismos de Policía Judicial.

9. Llevar a cabo el programa de Actividades Asistidas con Caninos (AACC), enfocado a testigos, víctimas, intervinientes en el proceso penal y servidores de la Fiscalía General de la Nación, con equipos caninos (canino y guía) idóneos, capacitados y certificados para tal fin.

10. Mantener la capacidad operativa de los binomios caninos a su cargo, a través del entrenamiento dirigido a optimizar las habilidades de detección, según sea la especialidad de cada uno.

11. Gestionar y supervisar los rubros presupuestales asignados para el mantenimiento de los semovientes.

12. Gestionar a través de la Unidad de Seguridad las peticiones, quejas, reclamos y sugerencias (PQRS), de conformidad con su competencia funcional.

13. Elaborar y rendir los informes que le sean requeridos, siguiendo los procedimientos y estándares de calidad y la normativa vigente.

14. Las demás que le sean asignadas por el Director de Protección y Asistencia conforme su competencia y especialidad.

Artículo 5°.

Articulación. La Sección Operativa Canina apoyará la función misional de la entidad en las investigaciones penales que lo requieran, previo requerimiento de los funcionarios que participan en los casos.

La Sección Operativa Canina realizará apoyos interinstitucionales en las demás áreas de la entidad, previa autorización del Director de Protección y Asistencia.

Artículo 6°.

Protocolos y procedimientos. La Sección Operativa Canina deberá mantener actualizados sus protocolos y procedimientos internos, conforme a las disposiciones legales que reglamentan y regulan las actividades de seguridad y vigilancia en materia de protección y bienestar animal.

Artículo 7°.

Capacitación. La Sección Operativa Canina a través de la Dirección de Altos Estudios o instituciones especializadas en la materia, recibirán actividades de adiestramiento canino mediante la evaluación, capacitación y reentrenamiento de los equipos.

Artículo 8°.

Vigencia. La presente resolución rige a partir de su expedición y deroga la Resolución número 002 de 22 de agosto de 2025, y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D. C., a 20 de noviembre de 2025.

La Fiscal General de la Nación, Luz Adriana Camargo Garzón.

(C. F.).

[1] Modificado por el artículo 1° de la Resolución 0-0001 del 2 de enero de 2025 [2] De acuerdo con las competencias atribuidas en el parágrafo 2°, del artículo 2° de la Resolución número 0-0205 de 2024.

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