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RESOLUCION 2902 de 2025

por medio de la cual se reconoce y ordena la ejecución de recursos para la transferencia monetaria del sexto ciclo operativo del programa Renta Joven.

Tipo
RESOLUCION
Número
2902
Año
2025
Entidad
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

La Directora de Transferencias Monetarias del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por los artículos 65 de la Ley 2294 de 2023, el artículo 5° del Decreto Ley 1960 de 2023, el numeral 3 del artículo 21 del Decreto número 2094 de 2016, modificado por el artículo 3 del Decreto 1663 de 2021, el artículo 6° de la Resolución número 01909 del 1° de agosto de 2024, el artículo 1.6.5. de la Resolución número 137 del 25 de enero de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que, en el artículo 211 de la Ley 1955 de 2019, se creó la Mesa de Equidad como una instancia de alto nivel, de carácter estratégico y decisorio, presidida y convocada por el Presidente de la República, con el objetivo de establecer directrices para los sectores y entidades del Gobierno nacional para la aprobación de diseños e implementación de acciones y la destinación de recursos de acuerdo con las prioridades territoriales y poblacionales para la reducción de la pobreza y la pobreza extrema, el seguimiento de las acciones del Gobierno y la rendición de cuentas para asegurar la atención prioritaria a la población en condición de pobreza y pobreza extrema y el cumplimiento de las metas trazadoras en materia de pobreza.

Que, con ocasión de la vigencia del artículo 65 de la Ley 2294 de 2023, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social tiene la potestad para reglamentar la operación y ejecución de los programas de transferencias monetarias que hacen parte del sistema de transferencias (artículo 65), dentro del cual se encuentra el programa Renta Joven.

Que, en el artículo 5° del Decreto Ley 1960 de 2023 se definió que el programa Jóvenes en Acción se incorporará al Sistema de Transferencias de que trata el artículo 65 de la Ley 2294 de 2023, se denominará “Renta Joven” y tiene como objetivo contribuir a la inclusión social y económica de la población joven en situación de pobreza y vulnerabilidad, mediante la entrega de transferencias monetarias, así como, la implementación de estrategias que faciliten el acceso y la permanencia en la educación superior, y la consolidación de trayectorias de vida.

Que, Prosperidad Social expidió la Resolución número 00137 del 25 de enero de 2024, con el fin de reglamentar el programa Renta Joven y el régimen de transición que aplica para los participantes del programa Jóvenes en Acción.

Que el artículo 1.3.1 de la precitada resolución, definió los criterios de ingreso de los jóvenes al programa Renta Joven, y por su parte, el parágrafo del artículo 1.3.3. de la Resolución número 137 de 2024, establece que Prosperidad Social mediante acto administrativo materializará la inscripción de los jóvenes al programa Renta Joven.

Que, en cumplimiento de lo reglamentado en el parágrafo del artículo 1.3.3 de la Resolución número 00137 de 2024 de Prosperidad Social, a través de Resolución número 0467 de 18 de marzo de 2024 y la Resolución número 0623 del 23 de abril de 2024, se materializó la inscripción de los participantes al programa Renta Joven, teniendo en cuenta el memorando M-2024-3003- 012076 remitido por del Grupo Interno de Trabajo de Focalización el día 13 de marzo de 2024 por medio del cual se entregó el listado de potenciales participantes al programa Renta Joven, de acuerdo con el proceso de identificación y selección previamente establecido. Por tanto, la población sujeto de atención en el marco de esta resolución, se encuentra incorporada en la base de datos provista por el grupo de focalización.

Que, una vez materializada la inscripción el joven es considerado participante activo del programa Renta Joven, susceptible de recibir transferencias monetarias condicionadas de acuerdo con los resultados de la verificación de compromisos.

Que, de acuerdo con lo reglamentado por literal a) del artículo 1.2.1 de la Resolución número 00137 de 2024, uno de los componentes del programa es el de transferencias monetarias condicionadas para la educación superior, mediante el cual “(…) se adelantará la entrega periódica y directa de transferencias monetarias condicionadas para facilitar el acceso, permanencia y graduación de la población vinculada a la educación y formación complementaria, previa verificación de condicionalidades. Las transferencias monetarias se entregarán en cada ciclo operativo a los jóvenes que cumplan los criterios de entrada, criterios de permanencia y condicionalidades definidos en la presente resolución”.

Que, el artículo 1.5.1 de la Resolución número 00137 de 2024 “(…) El programa Renta Joven entregará una transferencia monetaria condicionada al participante que cumpla con las condicionalidades asociadas al proceso de formación en educación superior o formación complementaria, como apoyo de sostenimiento para fomentar la continuidad en el sistema educativo. El programa Renta Joven entregará transferencias monetarias condicionadas para la educación bajo tres modalidades diferentes: matrícula, permanencia y excelencia (…)”.

Que, el artículo 1.5.2 de la Resolución número 00137 de 2024, define la condicionalidad de matrícula que los jóvenes participantes deben cumplir como: “(…) si el estudiante cuenta con una vinculación formal a un programa de formación complementaria o educación superior en los niveles técnico, tecnológico, universitario, en modalidades de formación presencial, distancia tradicional o virtual, dando cumplimiento a los requisitos académicos establecidos por las instituciones competentes(...)”.

Que de igual forma, el artículo 1.5.2 de la Resolución número 00137 de 2024, define la condicionalidad de permanencia la cual aplica para “(…) el estudiante que continúa vinculado al sistema educativo en el programa de formación complementaria o educación superior por el cual está recibiendo el acompañamiento en el programa al finalizar el periodo académico (...)”. Por otro lado, se establece la excelencia para “(…) el estudiante vinculado a una Institución de Educación Superior con un promedio acumulado igual o superior a 4.0. en cada periodo académico (...)”. Dicho lo anterior, en ciclo 6 fue necesario verificar la permanencia y excelencia del primer periodo de 2024, toda vez que 21 instituciones de educación superior no reportaron esta información en el ciclo anterior.

Que el artículo 1.5.4 de la Resolución número 00137 de 2024 establece que, se entregará una transferencia monetaria condicionada por corresponsabilidad a los participantes que opten por incorporarse a las iniciativas o acciones voluntarias promovidas por el Programa Renta Joven. Dicha transferencia se liquidará con base en el número de horas destinadas a las actividades de voluntariado debidamente certificadas por los aliados y únicamente se pagará a los jóvenes participantes que se encuentren en la Fase 1 del programa.

Que el artículo 1.6.2 de la Resolución número 00137 de 2024 establece que, “(...) El proceso de actualización, modificación o corrección de la información personal y académica aportada ante el programa se gestionará a través del trámite de novedades, las cuales pueden originarse por solicitud de la población o de oficio por Prosperidad Social, de acuerdo con la validación de datos con fuentes oficiales de información. (…)”. Asimismo, el parágrafo del mismo artículo dispone que será responsabilidad del participante adelantar el proceso de novedades en el sistema de información del programa Renta Joven.

Que el artículo 1.6.3 de la Resolución número 00137 de 2024 establece que, para cada ciclo operativo y previo a la liquidación y entrega de la transferencia monetaria condicionada, “(...) se realizará una verificación del cumplimiento de condicionalidades académicas o corresponsabilidades como incentivo a su labor social y esfuerzo solidario por parte de los participantes y establecidas por el Programa. Este proceso se convierte en una condición para la realización del proceso de liquidación, la entrega de la transferencia monetaria condicionada e información estadística del programa (…)”.

Que, el artículo 1.6.4 de la Resolución número 00137 de 2024 establece que, para cada ciclo operativo, previo a la liquidación y entrega de la transferencia monetaria condicionada, se verificarán las condiciones de permanencia y salida del programa Renta Joven establecidas en los artículos 1.4.1. y 1.4.2. de la precitada resolución, con base en las fuentes de información disponible al momento de realizar la verificación.

Que el artículo 1.6.5 de la Resolución número 00137 de 2024 se establece que la liquidación se genera “(...) como resultado de la aplicación de los procesos de actualización de la información en las bases de focalización, gestión de novedades, verificación de cumplimiento de condicionalidades y corresponsabilidades y la verificación de condiciones de permanencia y salida. Prosperidad Social procederá a la liquidación y orden de pago de la transferencia monetaria condicionada según las periodicidades y particularidades definidas en el artículo 1.5.3 y a la liquidación de la transferencia monetaria por corresponsabilidad por una única vez, según lo reglado en el artículo 1.5.4. (…)”.

Que, de acuerdo con el artículo 1.6.5 de la Resolución número 00137 de 2024 la liquidación y orden de pago de la transferencia se realizará a través de acto administrativo, en el cual se determinará el listado de jóvenes y monto de la transferencia a dispersar.

Que teniendo en cuenta que el Sistema de Información Integrado de Transferencias Monetarias se está desarrollando de manera progresiva, durante el ciclo 6 de 2024, la operación de Renta Joven se sigue alojando en el Sistema de Información SIJA de manera temporal y se asigna el ID 99 como parámetro del ciclo.

Que las bases de datos de personas y hogares que se encuentran alojadas en el Sistema de Información SIJA quedarán guardadas para consulta en el Sistema Integrado de Transferencias Monetarias. Esta información se encuentra en la tabla denominada: RUFIREGISTROSOCIALJOVEN de acuerdo con la información aportada por el GIT de Sistemas de la Dirección de Transferencias Monetarias mediante el correo electrónico del 15 de noviembre de 2024.

Que para este Ciclo 6 de la vigencia 2024, el programa Renta Joven no implementó procedimiento de inscripción para nuevos participantes del programa.

Que, el proceso de verificación y actualización de los datos de identificación y focalización del programa fueron presentados por el GIT Focalización a través del memorando M-2024- 3003- 060378 remitido el 15 de noviembre de 2024, como resultado del cual se entregaron un total de 546.774, de los cuales 487.461 son susceptibles de verificación y liquidación, mientras 59.313 son registros que se encuentran en estados no susceptibles del proceso de verificación. A continuación, se presenta la distribución por grupo según Régimen de Transición y Renta Joven de los registros que sí son susceptibles de verificación y liquidación para el Ciclo 6-2024.

Que, como resultado de verificación y actualización de los datos de identificación y focalización de la población del programa Renta Joven, frente a su información Sisbén IV, para el ciclo 06 de 2024, se actualizaron 5.770 novedades para los participantes del programa.

Que, de igual forma, el programa Renta Joven a partir del 23 de octubre hasta el 2 de noviembre de 2024, habilitó el sistema de información para que los participantes gestionaran sus novedades individuales, cuyo resultado fue de 3.697 aplicadas.

Que el programa Renta Joven procedió a realizar el proceso de verificación del cumplimiento de las condicionalidades para el ciclo 6 de 2024 en dos líneas de intervención: (i) Verificación Condicionalidades SENA. (ii) Verificación de Instituciones de Educación Superior (IES).

Que los resultados presentados por el Programa Renta Joven para la verificación de condicionalidades SENA para el ciclo 6, que son susceptibles de verificación y posterior liquidación son 127.926 participantes, los cuales se encuentran vinculados a los procesos de formación técnico y tecnólogo del SENA, como se evidencia a continuación:

Que la base de datos de población SENA inscrita sirve como soporte para efectuar el proceso de depuración del reporte oficial del SENA entregado a la Dirección de Transferencias Monetarias el 16 de octubre de 2024 con un total de 102.979 registros.

Que con este reporte se está verificando la matrícula del periodo académico agosto - septiembre de 2024 y como resultado del proceso de depuración se obtienen 51.636 registros válidos para iniciar el proceso de verificación de condicionalidades de los cuales solo 23.087 cumplen, tal y como se evidencia a continuación:

Que, se obtiene un total de 28.549 registros que no tienen cumplimientos por las siguientes causales:

Que en total, el resultado del proceso de verificación arroja 51.636 jóvenes con cumplimiento por el SENA.

Que los resultados del ciclo 6 presentados por el Programa Renta Joven para la verificación de condicionalidades IES, y que son susceptibles de verificación y posterior liquidación únicamente son 358.371 participantes, los cuales se encuentran vinculados a los procesos de formación técnica profesional, tecnólogo profesional y universitaria, y serán sujetos de análisis en el proceso de verificación de condicionalidades durante el ciclo operativo en implementación. A continuación, se presenta la distribución por tipo de población:

Que la base de datos de población IES inscrita sirve como soporte para efectuar el proceso de depuración de los reportes entregados por 78 universidades remitidos a Prosperidad Social entre el 5 y 12 de noviembre de 2024 con un total de 852.202 registros.

Que como resultado del proceso de depuración se obtienen 226.739 registros validados para iniciar el proceso de verificación de compromisos.

Que se obtiene un total de 3.695 registros que no tienen cumplimientos por lassiguientes causales:

Que, por lo anterior, en este proceso se está validando el reporte de matrícula del segundo periodo de 2024 para los 57 convenios vigentes con Prosperidad Social que para el ciclo 5 de 2024 validaron Permanencia y Excelencia del primer periodo académico y por otro lado, se está validando permanencia y excelencia del primer periodo del 2024 en 21 convenios que para el ciclo 5 no se habían validado por motivo de subsanación en el reporte por parte de las instituciones de educación superior Que como resultado del proceso de depuración y verificación de condicionalidades se obtienen 230.434 registros válidos en la línea de intervención de IES y 51.636 registros validados en la línea de intervención SENA, para un total 282.070 jóvenes que pasan a revisión de las condiciones de permanencia y salida.

Que, el resultado total del proceso de verificación se relaciona así:

Que, dando cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución número 0137 de 2024 en su artículo 1.6.3, el programa Renta Joven realiza el proceso de verificación a la línea de acción de compromiso social para la transformación, de acciones voluntarias, proceso por el cual permite comprobar el cumplimiento de las corresponsabilidades de labor social que realizaron los participantes. La verificación se realiza únicamente para los participantes que se encuentren marcados como tipo de población Renta Joven.

Que, de acuerdo con información contenida en las bases de datos del programa con corte al mes de julio, el programa Renta Joven contaba con un total de 275.593 participantes vinculados a procesos de formación en Instituciones de educación superior (IES) y SENA que fueron sujeto del proceso de inscripción la línea de acción de voluntariado. Como resultado de tal proceso, se evidenció una preinscripción cercana a 4.390 jóvenes que cumplían los requisitos.

Que, a partir del proceso de inscripción en la estrategia “IMPULSO VOLUNTARIO”, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante radicado E-2024-0007- 404520 del 18 de noviembre de 2024, entregó el reporte de los 2.061 jóvenes que cumplieron con el número de horas que, de acuerdo con el artículo 1.5.4 de la Resolución número 137 de 2024, se deben ejecutar para poder recibir transferencias por concepto de corresponsabilidad. Por otra parte, la Universidad Sur Colombiana mediante radicado E-2024-0007-402139 del 13 de noviembre de 2024 certificó 10 jóvenes que contaron el apoyo del aliado SODIMAC para adelantar su acción voluntaria, los cuales se relacionan de la siguiente manera:

Que, una vez surtido el proceso de verificación y depuración de corresponsabilidades, se obtiene como resultado un total de 1.985 registros validados para iniciar el proceso de verificación de compromisos.

Que, en cada ciclo operativo, el Grupo Interno de Trabajo de Antifraudes realiza los respectivos controles de calidad de la información registrada en el Sistema de información, en términos de depuración y control de la información, con el fin de generar la mayor confiabilidad de los registros, y así validar los criterios de permanencia de los participantes del programa, los cuales se constituyen en la base para los procesos de liquidación y entrega de las transferencias.

Que, de acuerdo con lo anterior, mediante el memorando M-2024-4401-063995, remitido el 3 de diciembre de 2024, la Coordinación del GIT Antifraudes presenta el resultado de la aplicación del proceso Antifraudes para Renta Joven y Régimen de Transición correspondiente al Pago 6 - 2024.

Que a la fecha el GIT Antifraudes ha aplicado un total de 21.077 suspensiones a los registros válido 1 y se encuentran distribuidos de la siguiente manera:

Que, los resultados del proceso de control ejecutados en ciclo 6-2024 del programa Renta Joven y Régimen de Transición que dan lugar a la suspensión se evidencian en las siguientes tablas.

Que, de acuerdo con la información registrada en el Sistema de información SIJA, el consolidado de suspensiones de los participantes con cumplimiento de condicionalidades para el ciclo 6 de 2024 es de 21.077.

Que, los resultados del proceso de control ejecutados en ciclo 6-2024 de los participantes que realizaron acciones voluntarias que dan lugar a la suspensión se relaciona a continuación.

Que, para el ciclo 6 de 2024, se realiza el levantamiento de suspensión de 4.782 jóvenes de los cuales 4.746 pertenecen a Renta Joven y 36 al Régimen de Transición tal y como se presenta a continuación:

Que el proceso de liquidación de transferencias monetarias correspondiente al ciclo 06 de 2024 del programa Renta Joven se ejecuta con los resultados de los procesos de focalización, registro, verificación de condicionalidades, proceso de control del GIT Antifraudes y aplicación de reglas de liquidación.

Que, en el ciclo operativo vigente, en relación con los participantes del Programa Renta Joven población SENA, se entregan transferencias por el periodo académico Agosto- Septiembre de 2024, de acuerdo con lo que se presenta a continuación:

Que, en el ciclo operativo vigente, en relación con los participantes del Programa Renta Joven población Instituciones de Educación Superior (IES), se entregan transferencias por el reporte de matrícula del segundo periodo de 2024, y por otro lado, permanencia y excelencia del primer periodo del 2024, de acuerdo con lo que se presenta a continuación:

Que, el programa Renta Joven realizó el proceso de validación de las notas por levantamiento de suspensiones y no cobro, las cuales corresponden a la asignación de valores a los registros que cuenten con alguna novedad, lo cual afecta la entrega de incentivos del periodo inmediatamente anterior, por lo cual y dando cumplimento a la Resolución número 137 de 2024 en su artículo 1.6.5 “Liquidación” para la población de régimen de transición y Renta Joven, el programa autoriza la liquidación y entrega acumulada de máximo una transferencia monetaria no cobrada en el último ciclo operativo con verificación de condicionalidades o transferencia acumulada por suspensión únicamente para los casos donde la causal es “no contar con diploma de bachiller”.

Que, el resultado de los no cobros del ciclo anterior en la modalidad de giro y el levantamiento de suspensiones para las líneas de intervención SENA e IES, se relaciona así:

Que, de acuerdo con lo anterior, el resultado de las notas por levantamiento de suspensión para las líneas de intervención SENA e IES, fueron autorizados los levantamientos de suspensiones por reportar como graduado, en total son 14 participantes.

Que el resultado general del proceso de liquidación correspondiente al Ciclo 6 del Programa Renta Joven, se resume a continuación:

Que, en el informe técnico de resultados del ciclo operativo, se aclara que los conceptos señalados en la tabla anterior están constituidos por los incentivos no cobrados en jornadas de entrega de incentivos anteriores. De igual forma, se aclara que un participante puede tener diferentes conceptos de pago o movimientos durante el ciclo correspondiente, por tal razón no es viable realizar la sumatoria de los valores de esta columna para determinar el total de participantes con pagos en el ciclo.

Que, de acuerdo con lo anterior, el valor de la liquidación para el sexto ciclo de pago del Programa Renta Joven para la vigencia de 2024, en relación con los 234.820 participantes que cumplieron con el proceso establecido en la Resolución número 00137 de 2024, corresponde a la suma de noventa y ocho mil setenta y ocho millones trescientos cincuenta mil pesos ($98.078.350.000) moneda corriente.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Liquidación y pago de la transferencia. Aprobar la liquidación del sexto ciclo operativo del programa Renta Joven y del Régimen de Transición del programa Jóvenes en Acción, mediante el listado de liquidación denominado Planilla pago ciclo 6 2024 (OTROS900039533_20241211.txt), en consecuencia, se ordena la dispersión y pago para el ciclo 6 de 2024 por un valor de noventa y ocho mil setenta y ocho millones trescientos cincuenta mil pesos ($98.078.350.000) moneda corriente, con cargo, por un lado al CDP 3224 del 11 de enero de 2024 por un valor de noventa y siete mil quinientos treinta y cuatro millones de pesos ($97.534.000.000) moneda corriente por concepto de transferencias monetarias, y por el otro lado con cargo al CDP 9024 003 TRANSFERENCIAS MONETARIAS 140701024001 del día 25 de junio de 2024 por un valor de quinientos cuarenta y cuatro millones trescientos cincuenta mil pesos ($544.350.000) moneda corriente correspondientes al voluntariado.

Parágrafo.
Sin perjuicio de lo anterior, Prosperidad Social podrá expedir órdenes de no pago a los jóvenes, como producto de los procesos adicionales de verificación que realice el programa.

Artículo 2°.

Reconocimiento de la transferencia monetaria. Reconocer como beneficiaros de la transferencia monetaria condicionada del programa Renta Joven y del Régimen de Transición del programa Jóvenes en Acción, correspondiente al sexto ciclo de pago a los jóvenes que integran el listado de liquidación denominado Planilla pago ciclo 6 2024 (OTROS900039533_20241211.txt).

Parágrafo.
La Información contenida en el mencionado listado se puede consultar en el Sistema de Información SIJA de manera temporal y posteriormente en el Sistema de Integrado de Información de Transferencias Monetarias, a través de los canales de atención oficiales de Prosperidad Social.

Artículo 3°.

Monto de la Transferencia Monetaria del quinto ciclo del programa Renta Joven. El monto de la Transferencia Monetaria del programa Renta Joven y del Régimen de Transición del programa Jóvenes en Acción para el sexto ciclo, bajo la condicionalidad de matrícula correspondiente al segundo periodo de 2024, será la suma única y omnicomprensiva de cuatrocientos mil pesos ($400.000,00) moneda corriente por periodo académico para jóvenes que se encuentren cursando formación en educación superior de IES Públicas. Los participantes de IES que cumplan con la condicionalidad de permanencia la suma de cuatrocientos mil pesos (400.000) moneda corriente, más la suma adicional de doscientos mil pesos ($200.000) moneda corriente a quienes cumplan con la condicionalidad de Excelencia. Los participantes que se encuentren cursando formación técnica y tecnológica en el SENA, recibirán la suma única y omnicomprensiva de doscientos mil pesos ($200.000,00) moneda corriente por mes matriculado, conforme a lo reglamentado en el artículo 2.2.3 de la Resolución número 00137 de 2024. Por otro lado, los jóvenes que participaron de la estrategia de voluntariado, será la suma definida de acuerdo al número de horas destinadas a dichas actividades debidamente certificadas por los aliados, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 1.5.4 de la Resolución número 00137 de 2024, es decir, la suma única y omnicomprensiva definida en un rango desde doscientos mil pesos ($200.000) moneda corriente hasta trescientos cincuenta mil pesos ($350.000) moneda corriente.

Artículo 4°.

Ordenación del Gasto. Ordenar el pago del valor correspondiente a la transferencia monetaria condicionada del programa Renta Joven y régimen de transición del programa Jóvenes en Acción, a los participantes relacionados en el artículo 1° de la presente resolución, de acuerdo con los valores allí establecidos los cuales ascienden a la suma de noventa y ocho mil setenta y ocho millones trescientos cincuenta mil pesos ($98.078.350.000) moneda corriente.

Artículo 5°.

Modalidad de entrega de la transferencia para el pago del sexto ciclo del programa Renta Joven. La entrega de la Transferencia Monetaria del sexto ciclo de la vigencia 2024 del programa Renta Joven, será por medio de depósitos en productos bancarios o financieros a través de operador de servicios financieros de pago en el marco de la Orden de Compra 126092 de 2024 suscrita con el Banco Davivienda, conforme a lo reglamentado en el artículo 1.6.6. de la Resolución número 00137 de 2024.

Artículo 6°.

Anexos. Hacen parte de la presente resolución: (I) el listado de liquidación denominado Reporte Liquidación Bancos 6-2024, (II) el memorando M-2024-4401-063995, remitido el 3 de diciembre de 2024 “Resultado proceso antifraudes Renta Joven y Régimen Transición - Pago 6 - 2024, (III) Memorando M-2024-3003-060378 remitido el 15 de noviembre de 2024 por el GIT de focalización cuyo asunto es: Entrega listado potenciales programa Renta Joven – Ciclo 6.

Artículo 7°.

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 10 de diciembre de 2024.

La Directora de Transferencias Monetarias, Paula Andrea Escobar Serna.

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