Jurismart

RESOLUCION 1442 de 2025

por medio de la cual se distribuye y asigna parcialmente la apropiación destinada al funcionamiento, operatividad y administración del Sistema y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación del Sistema General de Regalías para el bienio 2025-2026.

Tipo
RESOLUCION
Número
1442
Año
2025
Entidad
Fondo Nacional de Regalías
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

La Comisión Rectora del Sistema General de Regalías, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo 5° de la Ley 2056 de 2020 y el numeral 3 del artículo 2° del Acuerdo número 01 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso octavo del artículo 361 de la Constitución Política destinó el 2% de los recursos del Sistema General de Regalías (SGR) para el funcionamiento, la operatividad y la administración del Sistema, para la fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos, y conocimiento y cartografía geológica del subsuelo, la evaluación y el monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación de recursos naturales no renovables, para el incentivo a la exploración y a la producción.

Que el 30 de septiembre de 2020 fue expedida la Ley 2056 “Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías”, con el objeto de determinar la distribución, objetivos, fines, administración, ejecución, control, uso eficiente y destinación de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables, precisando las condiciones de participación de sus beneficiarios.

Que el artículo 3° de la Ley 2056 de 2020, indica que son órganos del SGR la Comisión Rectora, el Departamento Nacional de Planeación, el Ministerio de Minas y Energía, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y los Órganos Colegiados de Administración y Decisión Paz, de Inversión Regional y de Ciencia, Tecnología e Innovación, los cuales ejercerán sus atribuciones y competencias dispuestas en la ley y demás lineamientos que expida la Comisión Rectora para el funcionamiento del Sistema.

Que el artículo 4° de la Ley 2056 de 2020, determina que la Comisión Rectora del SGR es el órgano encargado de definir la política general del SGR, evaluar su ejecución general y dictar, mediante acuerdos, las regulaciones y lineamientos de carácter administrativo orientadas a asegurar el adecuado funcionamiento del Sistema.

Que el numeral 3 del artículo 5° de la Ley 2056 de 2020, establece como función de la Comisión Rectora del SGR, administrar y distribuir mediante acto administrativo, los recursos de funcionamiento del SGR y establecer las condiciones para su uso, de acuerdo con la apropiación realizada en la ley bienal de presupuesto.

Que el numeral 1 del artículo 12 de la Ley 2056 de 2020, definió el concepto de gasto para el funcionamiento, operatividad y administración del SGR y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación, señalando que esta distribución se encuentra a cargo de la Comisión Rectora del SGR.

Que de conformidad con el artículo 27 de la Ley 2056 de 2020, los órganos y demás entidades designadas como ejecutoras de recursos del SGR deberán hacer uso del Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías (SPGR), que administra el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para realizar la gestión de ejecución de estos recursos y ordenar el pago de las obligaciones legalmente adquiridas directamente desde la cuenta única del SGR a las cuentas bancarias de los destinatarios finales.

Que el inciso 3 ° del artículo 27 de la Ley 2056 de 2020, dispone que corresponde al jefe del órgano respectivo o a su delegado del nivel directivo o al representante legal de la entidad ejecutora, ordenar el gasto sobre apropiaciones que se incorporan al presupuesto de la entidad, en el capítulo independiente de regalías. En consecuencia, serán responsables fiscal, penal y disciplinariamente por el manejo de tales apropiaciones, en los términos de las normas que regulan la materia.

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 2.1.1.3.2. del Decreto número 1821 de 2020 “ Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías”, los órganos del Sistema y las entidades a las que se les asigne recursos de administración del SGR serán responsables por la incorporación y ejecución en un capítulo presupuestal independiente en sus presupuestos, en los términos señalados en los artículos 160 y 161 de la Ley 2056 de 2020, así como de la oportunidad de los registros de la información en el SPGR para la ejecución de los mismos; y serán responsables frente a contratistas y terceros, de las asignaciones a su cargo.

Que de conformidad con el detalle de gastos contenido en el artículo 3° de la Ley 2441 de 2024 “ Por la cual se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el Bienio del 1º de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2026”, la apropiación para el funcionamiento, operatividad y administración del Sistema y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación, corresponde a la suma de doscientos cincuenta y cinco mil trescientos sesenta y un millones seiscientos veinticuatro mil doscientos ochenta pesos ($255.361.624.280) moneda corriente.

Que de conformidad con el numeral 2 del artículo 8° de la Ley 2441 de 2024, se incorporaron en el Presupuesto de Gastos de la apropiación para el funcionamiento, operatividad y administración del Sistema y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación, los reintegros realizados a la Cuenta Única del SGR por la suma de seis mil ochocientos cuarenta y seis millones cuatrocientos ochenta mil ciento veinte pesos ($6.846.480.120) moneda corriente.

Que el parágrafo 3° del artículo 11 de la Ley 2441 de 2024, estableció que del 50% de los recursos para el funcionamiento, operatividad y administración del Sistema y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación, la Comisión Rectora del SGR, destinará: (i) un 4% para el fortalecimiento de los treinta y dos (32) departamentos, los cuales corresponden a la suma diez mil doscientos catorce millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil novecientos setenta y un pesos ($10.214.464.971) moneda corriente; y (ii) un 4% para el fortalecimiento de los municipios de categoría 5 y 6, los cuales corresponden a mil uno (1001) municipios y cuya suma asciende a diez mil doscientos catorce millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil novecientos setenta y un pesos ($10.214.464.971) moneda corriente.

Que el parágrafo 3° antes citado, también determinó que los recursos del bienio 2023- 2024 no distribuidos por la Comisión Rectora del SGR con cargo a los recursos para el funcionamiento, operatividad y administración del Sistema y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación, serán distribuidos por esta instancia colegiada para el fortalecimiento de los municipios beneficiarios de la Asignación para la Inversión Local del SGR que corresponden a mil treinta y siete (1037) municipios; y cuya suma asciende a sesenta y un mil trescientos noventa y siete millones trescientos ochenta y ocho mil doscientos treinta y cinco pesos ($61.397.388.235) moneda corriente.

Que de conformidad con los numerales 1, 2 y 3 del artículo 6° del Decreto número 0379 de 2025 “Por el cual se cierra el presupuesto de la vigencia 2023-2024 del Sistema General de Regalías (SGR) y se adiciona el presupuesto de la vigencia 2025-2026 incorporando la Disponibilidad Inicial del bienio 2025-2026 y otros ingresos del sistema establecidos en la Ley”, se adicionó al presupuesto de gastos de funcionamiento, operatividad y administración del Sistema y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación del SGR para el bienio 2025-2026, recursos por: i) doscientos cuarenta y tres mil doscientos cincuenta y dos millones trescientos treinta y un mil cuatrocientos seis pesos ($243.252.331.406) moneda corriente correspondientes a la disponibilidad inicial del bienio 2025-2026; ii) un millón quinientos setenta y nueve mil trescientos setenta y ocho pesos ($1.579.378) moneda corriente por concepto de multas, sanciones e intereses de mora consolidados al 31 de diciembre de 2024; y iii) ciento setenta y tres millones doscientos ochenta y tres mil doscientos setenta y dos pesos ($173.283.272) moneda corriente por concepto de reintegros realizados a la Cuenta Única del SGR.

Que de los recursos por concepto de disponibilidad inicial del bienio 2025-2026 señalados en el mencionado artículo 6° del Decreto 0379 de 2025, la suma de sesenta y un mil trescientos noventa y siete millones trescientos ochenta y ocho mil doscientos treinta y cinco pesos ($61.397.388.235) moneda corriente corresponde a los recursos que no fueron distribuidos por la Comisión Rectora del SGR en el bienio 2023-2024.

Que los recursos por los conceptos de multas, sanciones e intereses de mora consolidados al 31 de diciembre de 2024, los reintegros realizados a la Cuenta Única del SGR y los saldos que no fueron distribuidos por la Comisión Rectora del SGR en el bienio 2023-2024 señalados anteriormente, corresponden a la suma de sesenta y un mil quinientos setenta y dos millones doscientos cincuenta mil ochocientos ochenta y cinco pesos ($61.572.250.885) moneda corriente, hacen parte de los recursos de funcionamiento, operatividad y administración del Sistema y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación del SGR disponibles para distribuir en el bienio 2025-2026.

Que la apropiación ajustada disponible para distribuir del bienio 2025-2026 de los recursos de funcionamiento, operatividad y administración del Sistema y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación del SGR, asciende a la suma de trescientos veinte tres mil setecientos ochenta millones trescientos cincuenta y cinco mil doscientos ochenta y cinco pesos ($323.780.355.285) moneda corriente.

Que los órganos del SGR y las demás entidades del orden nacional que cumplen funciones relacionadas con el SGR, en atención a las orientaciones señaladas en la Circular número 0014-8 de 2024 expedida por la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora del SGR, presentaron la estimación de recursos de funcionamiento requeridos para el bienio 2025-2026.

Que de conformidad con el parágrafo 2° del artículo 5.1.3 del Acuerdo número 03 de 2021 “ Por el cual se expide el Acuerdo Único del Sistema General de Regalías”, la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Diálogo del Pueblo Rrom o Gitano es ejercida por la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías y Rrom del Ministerio del Interior o el que haga sus veces, en virtud del artículo 2.5.2.1.11 del Decreto número 1066 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior”.

Que de conformidad con el parágrafo 3° del mencionado artículo 5.1.3 del Acuerdo número 03 de 2021, el señor Norey Maku Quigua Izquierdo, como Secretario Técnico de la Instancia de Decisión de los Pueblos y Comunidades Indígenas, con el Radicado Interno del DNP número 20256630344732 del 4 de abril de 2025, informó a la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora del SGR que, mediante el Acuerdo número 1 del 15 de mayo de 2024, la Instancia de Decisión de los Pueblos y Comunidades Indígenas designó como su Secretaría Técnica a la Confederación Indígena Tayrona (CIT), “representada para este efecto por el Indígena Arhuaco, Norey Maku Quigua Izquierdo, identificado con cédula de ciudadanía número 7571681 de Valledupar”; adicionalmente, informó que, según el reglamento de la Instancia, la designación será por dos (2) años, esto es, hasta el 15 de mayo de 2026.

Que, como consecuencia de lo anterior, en la Sesión número 98 de la Comisión Rectora del SGR realizada el 19 de marzo de 2025, se aprobó por unanimidad la distribución de los recursos de funcionamiento operatividad y administración del Sistema y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación del SGR para el bienio 2025-2026, como consta en el acta de dicha sesión.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Distribución de la apropiación para el funcionamiento del Sistema General de Regalías. De los recursos disponibles para funcionamiento operatividad y administración del Sistema y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación del SGR del bienio 2025-2026 por la suma de trescientos veinte tres mil setecientos ochenta millones trescientos cincuenta y cinco mil doscientos ochenta y cinco pesos ($323.780.355.285) moneda corriente, distribúyase la suma de trescientos siete mil quinientos noventa y ocho millones doscientos catorce mil cuatrocientos ochenta y dos pesos ($307.598.214.482) moneda corriente, de conformidad con el siguiente detalle:

Componentes Valor a distribuir bienio 2025-2026 Órganos del SGR $92.295.921.152 Secretarías técnicas de los OCAD $19.166.582.308 Instancias de Decisión de los Pueblos y Comunidades Étnicas $2.097.011.458 Componentes Valor a distribuir bienio 2025-2026 Entidades del orden nacional que cumplen funciones relacionadas con el SGR $19.030.374.344 Otras entidades del orden nacional que cumplen funciones relacionadas con el SGR $93.182.007.043 Fortalecimiento de los municipios de categoría 5 y 6 $10.214.464.971 Fortalecimiento de municipios beneficiarios de la Asignación para la Inversión Local $61.397.388.235 Fortalecimiento de los departamentos $10.214.464.971 Total $307.598.214.482 Parágrafo. Los recursos pendientes por distribuir por la suma de dieciséis mil ciento ochenta y dos millones ciento cuarenta mil ochocientos tres pesos ($16.182.140.803) moneda corriente, serán distribuidos y asignados posteriormente de conformidad con las decisiones que adopte la Comisión Rectora del SGR.

Artículo 2°.

Asignación para los órganos del Sistema General de Regalías. De los recursos distribuidos en el artículo 1° de la presente resolución, se asigna a los órganos del Sistema General de Regalías la suma de noventa y dos mil doscientos noventa y cinco millones novecientos veintiún mil ciento cincuenta y dos pesos ($92.295.921.152) moneda corriente, de conformidad con el siguiente detalle:

Sección presupuestal Fuente SPGR Entidad beneficiaria Total, asignación bienio 2025-2026 01-030100 1103012 Departamento Nacional de Planeación (DNP) $36.890.922.968 01-030100 1103014 Departamento Nacional de Planeación (DNP) – Comisión Rectora $2.068.030.300 01-130100 1113010 Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) $23.990.499.481 01-210100 1121010 Ministerio de Minas y Energía (MME) $20.682.305.928 01-390100 1139011 Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (MCTeI) $2.622.967.462 01-320100 1132012 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) $6.041.195.013 Total $92.295.921.152 Parágrafo. Los recursos por la suma de dos mil sesenta y ocho millones treinta mil trescientos pesos ($2.068.030.300) moneda corriente distribuidos al Departamento Nacional de Planeación - Comisión Rectora, se destinarán para el funcionamiento de la Comisión Rectora del SGR, en particular al apoyo de la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora y a los miembros que representan dicha Comisión para el desarrollo de las funciones establecidas en la ley.

Artículo 3°.

Asignación para las Secretarías de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD). De los recursos distribuidos en el artículo 1° de la presente resolución para las Secretarías Técnicas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD), se asigna la suma de diecinueve mil ciento sesenta y seis millones quinientos ochenta y dos mil trescientos ocho pesos ($19.166.582.308) moneda corriente, de conformidad con el siguiente detalle:

Sección presupuestal Fuente SPGR Entidad beneficiaria Total, asignación bienio 2025-2026 01-030100 1103020 DNP - Secretaría técnica OCAD PAZ $8.902.504.924 1103022 DNP - Secretarías técnicas OCAD Regionales $5.032.827.499 01-390100 1103016 MCTeI - Secretaría técnica OCAD CTeI $5.231.249.885 Total $19.166.582.308

Artículo 4°.

Asignación para las Instancias de Decisión de los Pueblos y Comunidades Étnicas. De los recursos distribuidos en el artículo 1° de la presente resolución, para las Instancias de Decisión de los Pueblos y Comunidades Étnicas, se asigna la suma dos mil noventa y siete millones once mil cuatrocientos cincuenta y ocho pesos ($2.097.011.458) moneda corriente, de conformidad con el siguiente detalle:

Sección presupuestal Fuente Entidad beneficiaria Total asignación bienio 2025-2026 06-05001 110500I Confederación Indígena Tayrona (CIT) $838.804.583 01-370100 113701R Ministerio del Interior $419.402.292 CI002 CI002 Instancia de Decisión de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras $838.804.583 Total $2.097.011.458 Parágrafo. Los recursos a los que hace referencia el presente artículo correspondientes a la Instancia de Decisión de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras serán asignados una vez la respectiva Instancia informe a la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora del SGR el designado para ejercer la Secretaría Técnica de esa Instancia.

Artículo 5°.

Asignación para entidades del orden nacional que cumplen funciones relacionadas con el SGR. De los recursos distribuidos en el artículo 1° de la presente resolución, se asigna a los ministerios, al Departamento Administrativo de Prosperidad Social (DPS) y a la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) la suma de diecinueve mil treinta millones trescientos setenta y cuatro mil trescientos cuarenta y cuatro pesos ($19.030.374.344) moneda corriente, para el cumplimiento de las funciones relacionadas con el Sistema General de Regalías, de conformidad con el siguiente detalle:

Sección presupuestal Fuente SPGR Entidad beneficiaria Total asignación bienio 2025-2026 01-170100 1117010 Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural $1.891.360.390 01-190100 1119010 Ministerio de Salud y Protección Social $1.458.254.308 01-220100 1122010 Ministerio de Educación Nacional $2.085.355.137 01-240100 1124011 Ministerio de Transporte $4.833.881.558 01-400100 1140010 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio $3.200.466.569 01-320100 1132010 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible $1.674.510.757 01-330100 1133010 Ministerio de Cultura $691.427.135 01-350100 1135010 Ministerio de Industria y Comercio $115.656.043 01-120100 1112010 Ministerio de Justicia y del Derecho $760.795.862 01-230100 1123011 Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones $1.553.336.948 01-410101 1141010 Departamento administrativo de Prosperidad Social $293.349.300 01-021100 1102110 Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) $471.980.337 Total $19.030.374.344

Artículo 6°.

Asignación para otras entidades del orden nacional que cumplen funciones relacionadas con el SGR. De los recursos distribuidos en el artículo 1° de la presente resolución, se asigna a otras entidades del orden nacional que cumplen funciones relacionadas con el SGR la suma de noventa y tres mil ciento ochenta y dos millones siete mil cuarenta y tres pesos ($93.182.007.043) moneda corriente, para el cumplimiento de las funciones relacionadas con el Sistema General de Regalías, de conformidad con el siguiente detalle:

Sección presupuestal Fuente SPGR Entidad beneficiaria Total asignación bienio 2025-2026 01-320104 1132014 Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) $30.683.257.639 01-250100 1125010 Procuraduría General de la Nación (PGN) $22.455.738.389 01-030100 1103011 DNP - Sistemas de Información y Estrategias de Capacitación $34.382.973.996 1103023 DNP - Fortalecimiento en la capacidad de estructuración de proyectos de inversión $5.660.037.019 Total $93.182.007.043

Artículo 7°.

Asignación para el fortalecimiento de los municipios de categoría 5 y 6. De los recursos distribuidos en el artículo 1° de la presente resolución, se asigna a los municipios de categoría 5 y 6 que se detallan en el Anexo número 1, que hace parte integral de la presente Resolución, la suma de diez mil doscientos catorce millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil novecientos setenta y un pesos ($10.214.464.971) moneda corriente, para el fortalecimiento de las capacidades y la estructuración de proyectos de inversión de las entidades territoriales beneficiarias en el marco del SGR. Estos recursos no podrán ser destinados a la adquisición de bienes.

Artículo 8°.

Asignación para el fortalecimiento de municipios beneficiarios de la Asignación para la Inversión Local. De los recursos distribuidos en el artículo 1° de la presente resolución, se asigna a los municipios beneficiarios de la Asignación para la Inversión Local detallados en el Anexo número 1, que hace parte integral de la presente resolución, la suma de sesenta y un mil trescientos noventa y siete millones trescientos ochenta y ocho mil doscientos treinta y cinco pesos ($61.397.388.235) moneda corriente, para el fortalecimiento de las capacidades y la estructuración de proyectos de inversión de las entidades territoriales beneficiarias en el marco del SGR. Estos recursos no podrán ser destinados a la adquisición de bienes.

Artículo 9°.

Asignación para el fortalecimiento de los departamentos. De los recursos distribuidos en el artículo 1° de la presente resolución, se asigna a los departamentos la suma de diez mil doscientos catorce millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil novecientos setenta y un pesos ($10.214.464.971) moneda corriente, para el fortalecimiento de las capacidades y la estructuración de proyectos de las entidades territoriales beneficiarias en el marco del SGR. Estos recursos no podrán ser destinados a la adquisición de bienes. En el Anexo número 2 que hace parte integral de la presente resolución, se detallan los beneficiarios de los recursos.

Artículo 10.

Límite para el uso de los recursos del Sistema General de Regalías. Expedido el presupuesto de funcionamiento operatividad y administración del Sistema y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación del SGR del bienio 2025-2026, las instancias beneficiarias de los recursos de que tratan los artículos 2°, 3°, 4°, 5° y 6° de la presente resolución podrán hacer uso de dichos recursos hasta por el 80% de las apropiaciones presupuestales de los ingresos corrientes asignados.

El 20% restante de las apropiaciones presupuestales de ingresos corrientes asignadas del SGR podrá ser utilizado una vez la Comisión Rectora del SGR determine que la proyección de recursos, contenida en el presupuesto, será compatible con el comportamiento del recaudo en el tercer semestre de la respectiva bienalidad.

La Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público efectuará, en el Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías (SPGR), el respectivo bloqueo del 20% de las apropiaciones presupuestales por asignación, beneficiario y concepto de gasto. Posteriormente, realizará las liberaciones correspondientes previo concepto de la Comisión Rectora del SGR, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.1.5.2. del Decreto número 1821 de 2020.

Para efectos de lo señalado en el artículo 2.1.1.5.2 del Decreto Único Reglamentario del SGR, respecto de los recursos distribuidos en los artículos 7° y 9 ° de la presente resolución, el 20% del bloqueo se aplicará a los recursos sin distribuir del presupuesto corriente de funcionamiento operatividad y administración del Sistema y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación del SGR del bienio 2025-2026; de tal forma que, no se podrán distribuir cuatro mil ochenta y cinco millones setecientos ochenta y cinco mil novecientos ochenta y ocho pesos ($4.085.785.988) moneda corriente hasta tanto la Comisión Rectora del SGR determine que la proyección de recursos contenida en el presupuesto será compatible con el comportamiento del recaudo. Por lo tanto, las entidades territoriales beneficiarias de los recursos de que tratan los artículos 7° y 9° de la presente resolución, podrán hacer uso del 100% de las apropiaciones presupuestales de los recursos asignados.

Las entidades territoriales beneficiarias de los recursos de que trata el artículo 8° de la presente resolución, podrán hacer uso del 100% de las apropiaciones presupuestales de los recursos que le son asignados.

Artículo 11.

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publ í quese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 11 de abril de 2025.

El Director General del Departamento Nacional de Planeación (e1), Jhonattan Julián Duque Murcia, Presidente Comisión Rectora del Sistema General de Regalías, Subdirector General del Sistema General de Regalías, Secretario Técnico de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías ANEXO No. 1: Asignación para el fortalecimiento de los municipios de conformidad con lo establecido en el parágrafo 3 del artículo 11 de la Ley 2441 de 2024. ANEXO No. 2: Asignación para el fortalecimiento de los departamentos de conformidad con lo establecido en el parágrafo 3 del artículo 11 de la Ley 2441 de 2024.

Anexo 1 y 2 Res 1442 Sistema Nal de Regalias.pdf

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar