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RESOLUCION 655 de 2025

por la cual se establece el Plan de Convocatorias para la distribución de los recursos de la Asignación para la Paz del Sistema General de Regalías durante el bienio 2025-2026.

Tipo
RESOLUCION
Número
655
Año
2025
Entidad
DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Director del Departamento Nacional de Planeación, en uso de las facultades constitucionales y legales, es especial las que le confieren el artículo 2° del Decreto Ley 413 de 2018, el artículo 20 de la Ley 2441 de 2024, el Decreto número 062 de 2025, los artículos 1° y 3° del Decreto Legislativo 131 de 2025 y el artículo 6° del Decreto número 1893 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley 1534 de 2017, “por el cual se reglamenta el funcionamiento del Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD PAZ) y la Asignación para la Paz a los que se refiere el Acto Legislativo número 04 del 8 de septiembre de 2017”, adopta las medidas para el funcionamiento del Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD PAZ), el cual es responsable de viabilizar, priorizar y aprobar y designar la entidad pública ejecutora de los proyectos de inversión, que tenga entre sus fuentes de financiación, recursos de la Asignación para la Paz o los recursos a los que se refiere el parágrafo 4° del artículo 361 de la Constitución política.

Que el Decreto Ley 413 de 2018, “por el cual se definen las reglas de priorización de las entidades territoriales beneficiarias de la Asignación para la Paz del Sistema General de Regalías (SGR) y se dictan disposiciones relacionadas con la aprobación de proyectos de inversión en el OCAD Paz”, define las reglas de priorización de las entidades territoriales beneficiarias de la Asignación para la Paz, así como las disposiciones para la aprobación de los proyectos de inversión por el OCAD Paz.

Que, la Ley 2294 de 2023, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022- 2026 “Colombia potencia mundial de la vida”, en el artículo 16 modifica el artículo 2° del Decreto Ley 413 de 2018 y establece que los recursos de la Asignación para la Paz del Sistema General de Regalías (SGR), serán destinados a la financiación de proyectos de inversión que tengan por objeto la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, incluyendo la financiación de proyectos destinados a la reparación de víctimas.

Que el mencionado artículo 2° indica que, los proyectos de inversión susceptibles de ser financiados, con los recursos de la Asignación para la Paz, se definirán mediante convocatorias públicas, la cuales deberán estar fundamentadas en un plan de convocatorias construido por el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y la Agencia de Renovación del Territorio (ART) en el marco de los Planes de Acción Para la Transformación Regional (PATR), con el fin de asegurar la distribución equitativa de los recursos de la asignación para la Paz, entre las dieciséis (16) subregiones con Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET).

Que el artículo 24 de la Ley 2279 de 2022 “por la cual se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1° de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2024”, disponía que los criterios de priorización para garantizar su distribución equitativa serían adoptados mediante acuerdo por el OCAD Paz. Para estos efectos, el DNP y la ART presentarían ante el OCAD Paz y dentro de los dos (2) meses siguientes a la vigencia de la mencionada ley, la propuesta metodológica de dichos criterios.

Que, en cumplimiento de la anterior disposición, el DNP y la ART presentaron a los miembros del OCAD Paz una propuesta metodológica de priorización que, entre otros aspectos, incluye la fórmula para la distribución equitativa de los recursos entre las subregiones PDET y que constituye la propuesta para el cálculo de las bolsas subregionales que determinan los montos de las convocatorias. La metodología fue adoptada por el OCAD Paz, según consta en el Acta y el Acuerdo número 69 del 15 de septiembre de 2023, la cual fue aplicada de manera integral para el bienio 2023 - 2024 y será aplicada a los siguientes bienios hasta tanto no haya un cambio en la misma.

Que, el artículo 20 de la Ley 2441 de 2024 “por la cual se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1° de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2026”, señala que el OCAD Paz podrá ajustar la metodología aprobada para priorizar proyectos de inversión, y realizar una distribución equitativa, propuesta metodológica que será presentada por el DNP y la ART ante esta instancia, en caso de requerirse.

Que como parte de las medidas para afrontar el estado de conmoción interior declarado por el Gobierno nacional mediante el Decreto número 062 del 24 de enero de 2025, se expidió el Decreto Legislativo número 131 de 2025, “por el cual se establecen medidas relacionadas con los proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con recursos de la Asignación para la Inversión Regional del 40% en cabeza de las regiones, de la Asignación para la Paz y de la Asignación Ambiental del Sistema General de Regalías, en el marco del estado de conmoción interior en la región del Catatumbo, los municipios del área metropolitana de Cúcuta y los municipios de río de Oro y González del departamento del Cesar”.

Que, de conformidad con lo anterior, se requiere establecer el Plan de Convocatorias para la distribución equitativa de los recursos de la Asignación para la Paz del SGR durante el bienio 2025-2026, en las entidades territoriales que conforman las dieciséis (16) subregiones PDET, en el marco de los PATR.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Objeto. Establecer el Plan de Convocatorias contenido en el anexo 1 que hace parte integral de la presente resolución, el cual constituye el instrumento de distribución de los recursos de la Asignación para la Paz y el fundamento para las convocatorias públicas para la definición de los proyectos de inversión a ser financiados con recursos de la Asignación para la Paz del Sistema General de Regalías durante el bienio 2025-2026, de las entidades territoriales en las que se desarrollan los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), en el marco de los Planes de Acción de Transformación Regional (PATR).

Artículo 2°.

Modificaciones y actualizaciones. El Plan de Convocatorias podrá ser modificado o actualizado por el DNP y la ART mediante adendas de conformidad con los eventos previstos en el anexo 1 de la presente resolución. Las adendas deberán contener la descripción y justificación de las modificaciones o actualizaciones, serán publicadas en el micrositio del SGR y harán parte integral del señalado anexo 1.

Artículo 3°.

Vigencia. La presente resolución rige a partir de su expedición, y publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 3 de marzo de 2025.

El Director General del Departamento Nacional de Planeación.

Alexánder López Maya.

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