RESOLUCION 327 de 2025
por la cual se modifican los artículos 2°, 3° y 4° de la Resolución número 0095 de 2025.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 327
- Año
- 2025
- Entidad
- Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN)
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
La Directora General de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, en uso de sus atribuciones legales, y en particular, las previstas en el numeral 5 del artículo 8° del Decreto Ley 4138 de 2011, el artículo 2.3.2.1.4.11 del Decreto número 1081 de 2015, los artículos 2.2.5.1.7.1 y artículo 2.2.5.8.4.1 del Decreto número 1069 de 2015 y
CONSIDERANDO:
Que la Agencia para la Reincorporación y Normalización (ARN), de conformidad con lo establecido en el artículo 4° del Decreto número 4138 de 2011 modificado por el artículo 17 de la Ley 2294 de 2023, tiene por objeto: “(…) gestionar, implementar, coordinar y evaluar, de forma articulada con las entidades e instancias competentes, las políticas de inclusión en la vida civil en el marco de los programas de reinserción, reintegración, reincorporación y de sometimiento o sujeción a la justicia de exintegrantes de grupos armados organizados, estructuras armadas organizadas de alto impacto, así como de las diseñadas para el acompañamiento a miembros activos y retirados de la Fuerza Pública que se encuentren sometidos y cumpliendo con las obligaciones derivadas del régimen de condicionalidad de la Jurisdicción Especial para la Paz, con el fin de promover la construcción de la paz, la seguridad humana y la reconciliación. (…)”.
Que el 18 de diciembre de 2024, se publicó el Decreto número 1523 de 2024, por medio del cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2025, en el que se fijó como presupuesto total a la Agencia para la Reincorporación y la Normalización la suma de $91.059.084.174.
Que la asignación establecida en el Decreto número 1523 de 2024 en los rubros de presupuesto de funcionamiento y presupuesto de inversión de la ARN, implicó un recorte significativo respecto de la asignación presupuestal total establecida para la Entidad en la vigencia 2024, que impactaba la contratación de profesionales de atención de la población de los procesos liderados por la ARN en el marco de los procesos de Reintegración, Reintegración Especial de Justicia y Paz y de Atención Diferencial, así como, del beneficio socioeconómico de Apoyo de Sostenimiento y de la dimensión restaurativa del proceso de acompañamiento a los miembros activos y retirados de la Fuerza Pública durante la comparecencia ante la Jurisdicción Especial para la Paz.
Que fue esa la razón por la que se expidió la Resolución número 0095 de 2025, con el fin de establecer medidas transitorias para el reconocimiento de apoyos económicos en los procesos de Reintegración, Reintegración Especial de Justicia y Paz, y Atención Diferencial, hasta el 1º de marzo de 2025, disponiendo que los reconocimientos de los meses de marzo y abril, que de forma ordinaria debería hacerse con base en actividades desarrolladas en los meses de enero y febrero, se hicieran con fundamento en las actividades del mes de diciembre de 2024.
Que la Agencia para la Reincorporación y la Normalización carece de un esquema de manejo presupuestal desagregado que permita asignar partidas específicas y exclusivas para cada uno de los procesos y programas que lidera, dado que su estructura financiera se rige por criterios globales de ejecución presupuestal y en consecuencia, los recursos destinados al otorgamiento de los beneficios económicos de las rutas de atención de Reintegración, Reintegración de Justicia y Paz y Atención Diferencial no están diferenciados ni clasificados de manera individualizada dentro de las categorías presupuestales establecidas para Gastos de Funcionamiento o Gastos de Inversión, lo que requiere una administración integral y flexible de los recursos asignados, acorde con las necesidades operativas y misionales de la Entidad.
Que la Agencia para la Reincorporación y la Normalización presentó ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) una Solicitud de Distribución del Presupuesto General de la Nación (PGN) de Gastos de Funcionamiento - Transferencias, la cual fue radicada el 2 de enero de 2025 mediante OFI25-000001 argumentando “Con miras al cumplimiento de las funciones asignadas a la Entidad se solicita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) sean asignados a la ARN $265.745.000.000 adicionales al rubro de transferencias corrientes, para con ello dar cumplimiento a la misionalidad. De no ser así, el impacto para la Agencia pone en riesgo la implementación del acuerdo de paz en lo que respecta al cumplimiento de proceso de reincorporación, y las demás rutas que funcionalmente le han sido asignadas liderar e implicaría una parálisis administrativa y misional para la entidad.”; solicitud que fue aprobada en fecha 20 de enero de 2025 por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Que dicha aprobación permitió adelantar los procesos de contratación necesarios para garantizar el desarrollo efectivo de los objetivos misionales asignados a la Agencia, entre estos la contratación masiva de los profesionales que cumplen roles de atención a la población que hace parte de los procesos de Reintegración, Reintegración Especial de Justicia y Paz, y Atención Diferencial, contratación que se priorizó el mes de febrero de 2025.
Que, las razones por las cuales se implementaron las medidas de carácter transitorio adoptadas mediante la Resolución número 0095 de 2025 han cesado y, con el fin de garantizar la efectiva realización de los objetivos misionales asignados a la Agencia, resulta imperativo modificar las disposiciones relativas a las medidas transitorias para el acceso a beneficios económicos y bajo este entendido, el desembolso de los beneficios económicos que se otorgan mensualmente en los procesos de Reintegración, Reintegración Especial de Justicia y Paz, y Atención Diferencial que se realizaría en el mes de abril de 2025, se realizará conforme a las normas ordinarias que regulan tales procesos y no de acuerdo a las medidas transitorias que se establecieron en la Resolución número 0095 de 2025...
Que, por tratarse de un acto administrativo general considerado como proyecto específico de regulación y en cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Decreto número 1081 de 2015, modificado por el Decreto número 270 de 2017, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 8° numeral 8 de la Ley 1437 de 2011 y con el propósito de fortalecer los principios de transparencia, publicidad y participación ciudadana, el proyecto de acto administrativo fue publicado en la página web de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, entre el 13 de febrero de 2025 y el 19 de febrero de 2025, para conocimiento de la ciudadanía, con el fin de recibir sugerencias, propuestas y opiniones. Cumplido el término de publicación, no se recibieron observaciones o comentarios.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Objeto. El presente acto administrativo tiene por objeto modificar las medidas transitorias adoptadas en los artículos 2°, 3° y 4° de la Resolución número 0095 de 2025 para el reconocimiento de los apoyos económicos en el marco de la ruta de atención de las personas en Proceso de Reintegración, Reintegración Especial de Justicia y Paz y de Atención Diferencial, en el sentido de indicar que los desembolsos que le corresponde hacer a esta Entidad durante el mes de abril de 2025, ya no se harán tomando como base las actividades desarrolladas y registradas en el SIIR en el mes de diciembre de 2024, sino tomando como referencia las actividades cumplidas en el mes de febrero de 2025.
Artículo 2°.
Las demás disposiciones de la Resolución número 0095 del 16 de enero de 2025, se mantienen en su integridad.
Artículo 3°.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente los artículos 2°, 3°, 4° de la Resolución número 0095 de 2025.
Publíquese, y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 21 de febrero de 2025.
La Directora General, Alejandra Miller Restrepo.
(C. F.).
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