RESOLUCION 997 de 2025
por la cual se modifica el artículo 2º de la Resolución número 00021201 del 30 de diciembre de 2024, “por la cual se actualizan las tarifas de los servicios que presta el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA)”, fijadas en el Acuerdo número 000005 del 21 de diciembre de 2023.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 997
- Año
- 2025
- Entidad
- Instituto Colombiano Agropecuario - ICA
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
La Gerente General (e) del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los artículos 158, 159 y 160 de la Ley 1955 de 2019, numeral 1 del artículo 2.13.1.12.4 del Capítulo 12 de la Parte 13 del Decreto número 1071 de 2015, adicionado por el Decreto número 087 de 2021, el artículo 370 de la Ley 2294 de 2023; y,
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1 del artículo 2.13.1.12.4 del Decreto número 1071 de 2015, adicionado por el Decreto número 087 de 2021, establece que anualmente el Gerente General, al comienzo de cada vigencia fiscal, mediante resolución, deberá actualizar las tarifas que se cobran por los servicios que presta el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), aplicando para el efecto los índices que técnicamente sean pertinentes para los elementos de la estructura de costos de tales servicios.
Que, en cumplimiento de lo anterior, la Gerencia General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), después del adelantar los estudios económicos requeridos para la actualización de las tarifas por los servicios que presta el Instituto, expidió la Resolución número 00021201 del 30 de diciembre de 2024, “por la cual se actualizan las tarifas de los servicios que presta el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), fijadas en el Acuerdo número 000005 del 21 de diciembre del 2023”.
Que en el artículo 2º de la Resolución número 00021201 del 30 de diciembre de 2024 se estableció que ésta entraría a regir a partir del 1º de enero de 2025.
Que al margen de lo anterior, es necesario señalar que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) actualmente continúa trabajando en la modificación, actualización y prueba de sus sistemas informáticos con el propósito de posibilitar a los usuarios el pago del valor actualizado de las tarifas por los servicios que el Instituto les presta, con base en los valores establecidos en la Resolución número 00021201 del 30 de diciembre de 2024.
Que se tiene previsto que este proceso de actualización y de ajuste a los sistemas informáticos finalice en el mes de febrero de 2025; por lo tanto, será necesario modificar el artículo 2º de la Resolución número 00021201 del 30 de diciembre de 2024, con el propósito de ajustar la fecha de entrada en vigencia de la citada resolución, para establecer que ésta empezará a regir a partir del primero (1º) de marzo de 2025.
Que, en tal sentido, los valores actualizados para el año 2025 de las tarifas correspondientes a los servicios que presta el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) solamente serán exigibles a los usuarios del instituto y ciudadanos en general, primero (1º) de marzo de 2025.
Que el borrador de la presente resolución fue publicado en el sitio web del SUCOP del Departamento Nacional de Planeación (DNP) para los comentarios de la ciudadanía del 24 de enero al 29 de enero de 2025, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8º de la Ley 1437 de 2011.
Que como resultado del proceso de consulta ciudadana se recibió una consulta con cinco (5) observaciones del sector gremial, las cuales fueron debidamente analizadas a efectos de determinar si son procedentes o no. Como resultado de ello, se determinó que no es procedente aceptar las observaciones presentadas, tal y como se consagra en la matriz de observaciones y comentarios.
Que, en mérito de lo expuesto, la Gerente General (e) del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA),
RESUELVE:
Artículo 1º.
Modificar el artículo 2º de la Resolución número 00021201 del 30 de diciembre de 2024, el cual quedará de la siguiente manera:
“Artículo 2º. La presente resolución rige a partir del primero (1º) de marzo de 2025.”
Artículo 2º.
Las demás disposiciones de la Resolución número 00021201 del 30 de diciembre de 2024 continuarán vigentes y permanecen inalteradas.
Artículo 3º.
La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 10 de febrero de 2025.
La Gerente General (e), Paula Andrea Cepeda Rodríguez.
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