RESOLUCION 78 de 2025
por la cual se resuelve la solicitud de sustracción definitiva de un área de la Reserva Forestal de la Amazonía y se adoptan otras determinaciones, en el marco del expediente SRF 673.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 78
- Año
- 2025
- Entidad
- MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
La Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de sus facultades legales y constitucionales, especialmente las conferidas por el numeral 18 del artículo 5° de la Ley 99 de 1993, el parágrafo 3° del artículo 204 de la Ley 1450 de 2011 y los numerales 14 del artículo 2° y 8° del artículo 6° del Decreto Ley número 3570 de 2011; con fundamento en el procedimiento reglamentado por la Resolución número 110 de 2022; y
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES Que, mediante el radicado número 2023E1027087 del 21 de junio de 2023 (Vital número 4800900860993223001 del 16 de mayo de 2023), el apoderado especial del Resguardo Indígena Remanso Chorro Bocón, con NIT. 900860993-2 solicitó la sustracción definitiva de 1043,3739 ha de la Reserva Forestal de la Amazonía, establecida por la Ley 2ª de 1959, para el desarrollo del “ Proyecto minero Bloque-3, explotación de oro y sus concentrados. Contratos de concesión número LK2-10531, LK2-11071, LK2-11181, LK2-11281, LK2- 11391 y LK2-15191” en el municipio de Inírida, Guainía.
Que, por medio del radicado número 21022023E2029765 del 8 de septiembre de 2023, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible informó al Resguardo Indígena Remanso Chorro Bocón que, revisada la totalidad de la información presentada, se advirtió que: 1) La Resolución ST-1814 del 16 de diciembre de 2022 del Ministerio del Interior no hace referencia a la medida administrativa de sustracción, 2) la información cartográfica presentada no contiene el metadato para cada componente, y 3) existen discrepancias respecto de la extensión del área solicitada en sustracción.
Que, a través de los radicados número 2023E1045213 del 28 de septiembre de 2023 (Vital número 4800900860993223002 del 25 de septiembre de 2023) y 2023E1051082 del 31 de octubre de 2023, el Resguardo Indígena Remanso Chorro Bocón allegó: 1) Acta de reunión de consulta previa del 25 de abril de 2023; 2) documento contentivo de información cartográfica; y 3) documentos de aclaración sobre la extensión del área solicitada en sustracción.
Que, verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 6° y 7° de la Resolución número 1526 de 2012, transitoriamente adoptados por la Resolución número 110 de 2022, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió el Auto número 093 del 12 de diciembre de 2023, por medio del cual ordenó la apertura del expediente SRF 673 y el inicio de la evaluación de la solicitud de sustracción definitiva de un área de la Reserva Forestal de la Amazonía.
Que el mencionado acto administrativo fue notificado por medios electrónicos el 12 de diciembre de 2023, en los términos establecidos por el numeral 1 del artículo 67 de la Ley 1437 de 2011, y, al no proceder recursos en su contra, quedó ejecutoriado el 13 de diciembre de 2023.
Que el acto administrativo en cuestión fue comunicado a la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y del Oriente Amazónico (CDA), mediante el radicado número 21002024E2043860 del 6 de noviembre de 2024, remitido al correo electrónico contactenos@cda.gov.co; al municipio de Inírida (Guainía), mediante el radicado número 21002024E2043857 del 6 de noviembre de 2024, remitido al correo electrónico correspondencia@inirida-guainia.gov.co; a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, mediante el radicado número 21002024E2043861 del 6 de noviembre de 2024, remitido al correo electrónico asuntosambientales@procuraduria.gov. co; y a la Subdirección Técnica de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior, mediante el radicado número 21002024E2043863 del 6 de noviembre de 2024, remitido al correo electrónico servicioalciudadano@mininterior. gov.co Que, así mismo, fue publicado en la página web del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible[1].
Que, los días 12, 13 y 14 de abril de 2024, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible practicó una visita técnica al área solicitada en sustracción.
II. TERCEROS INTERVINIENTES EN EL MARCO DEL EXPEDIENTE SRF 673 Que, mediante el radicado número 2024E1058502 del 7 de noviembre de 2024 (VITAL número 3500900860993224012 del 22 de noviembre de 2024), el señor Cristian Danilo Avendaño Fino, identificado con cédula de ciudadanía número 1020786403, Representante a la Cámara del Congreso de la República de Colombia, solicitó ser reconocido como tercero interviniente dentro del procedimiento administrativo de sustracción enmarcado en el expediente SRF 673.
Que, con fundamento en lo anterior, por medio del Auto número 360 del 20 de noviembre de 2024, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible dispuso reconocer como tercero interviniente al señor Cristian Danilo Avendaño Fino, dentro del procedimiento administrativo de sustracción definitiva de un área de la Reserva Forestal de la Amazonía, para el desarrollo del “ Proyecto minero Bloque-3, explotación de oro y sus concentrados. Contratos de concesión número LK2-10531, LK2-11071, LK2-11181, LK2-11281, LK2- 11391 y LK2-15191” en el municipio de Inírida, Guainía.
III. FUNDAMENTOS TÉCNICOS En ejercicio de la función establecida en el numeral 3 del artículo 16 del Decreto Ley 3570 de 2011, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos rindió el Concepto Técnico número 165 del 16 de octubre de 2024, a través del cual evaluó la solicitud de sustracción definitiva de un área de la Reserva Forestal de la Amazonía, establecida por la Ley 2ª de 1959, presentada por el Resguardo Indígena Remanso Chorro Bocón, para el desarrollo del “Proyecto minero Bloque-3, explotación de oro y sus concentrados. Contratos de concesión número LK2-10531, LK2-11071, LK2-11181, LK2- 11281, LK2-11391 y LK2-15191” en el municipio de Inírida, Guainía.
Del referido concepto técnico se extrae la siguiente información:
“(…) 3. VISITA TÉCNICA En el marco de la evaluación de la solicitud de sustracción de un área de la Reserva Forestal de la Amazonía, establecida por la Ley 2a de 1959, se adelantó la visita técnica de verificación los días 12, 13 y 14 de abril de 2024, asociada al expediente SRF 673. El recorrido se desarrolló en el área solicitada en sustracción definitiva y área de influencia del proyecto “Solicitud de sustracción definitiva proyecto minero Bloque 3, explotación de oro y sus concentrados, dentro del polígono de los títulos mineros LK2-10531, LK2 11071, LK2 11181, LK2 11281, LK2 11391 y LK2 15191”, en el municipio de Puerto Inírida en el departamento del Guainía. Dicha visita se realizó en compañía de profesionales de la empresa Silex Ingenieros [encargada de la elaboración de los estudios técnicos de soporte de la solicitud de sustracción], así como del Cabildo gobernador del Resguardo Indígena Remanso Chorro Bocón.
El recorrido se realizó el día 12 de abril, partiendo desde el puerto de Puerto Inírida (Fotografía 1), donde se tomó medio de transporte fluvial hacia el área de interés con un recorrido de 64 km, el cual es considerado la vía de acceso (Figura 31).
Durante el recorrido por la vía de acceso al ASS, se observó un paisaje homogéneo (Fotografía 2) con una cobertura predominante de bosque denso alto inundable (Fotografía 3), en donde se evidenciaron diferentes especies de fauna, en donde resaltan la nutria de río (Lontra longicaudis), y las toninas o delfines rosados (Inia geoffrensis) y asentamientos humanos como la Comunidad Indígena Almidón (Fotografía 4) y la Comunidad Indígena Caramacoa (Fotografía 5), que se encuentran aguas abajo del ASS.
Una vez en el área solicitada a sustraer, se procedió a ir hasta el punto más lejano (p1) para empezar el recorrido a favor de la corriente, generándose un total de 27 puntos de registro de información (Figura 32). En cada punto se procedió a tomar registros de características bióticas, Área Solicitada a Sustraer (ASS), Área de Influencia (AI) y características físicas del sitio.
Una vez en el área solicitada a sustraer, se procedió a ir hasta el punto más lejano (p1) para empezar el recorrido a favor de la corriente, generándose un total de 27 puntos de registro de información (Figura 32). En cada punto se procedió a tomar registros de características bióticas, Área Solicitada a Sustraer (ASS), Área de Influencia (AI) y características físicas del sitio.
A continuación, se presenta el registro fotográfico con sus respectivas coordenadas:
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 1 3°17’33.79” N 67°57’37.91” O 94,69 m En la fotografía 6 se observa el Área Solicitada a Sustraer, la cual se sitúa directamente sobre el río Inírida, dejando 40 metros a cada lado del río, que no serán intervenidos según información brindada por los profesionales de la empresa Silex. Esta distancia correspondería a los 30 m de ronda hídrica más 10 m de protección dentro del cauce, los cuales se incluyen en el área solicitada a sustraer.
Por otro lado, en la fotografía 7 se puede observar la cobertura de bosque denso alto inundable, que predomina en el área de influencia directa de la solicitud. Una vez en el punto, se procedió a bajar a tierra para poder corroborar la cobertura y medir el pulso de inundación que se presenta. Una vez allí, se pudo comprobar la presencia de predadores en el área, esto debido a los rastros presenciados (Fotografía 8 y 9), en donde se pueden evidenciar rastros óseos de peces y de un mamífero de pequeño a mediano porte. Adicionalmente, se registra también la muda de una serpiente (Fotografía 10), y se midió de manera aproximada el desnivel del río con base en marcas de campo tales como marcas en los árboles, determinando una variación de hasta 5 metros de altura a partir del nivel del agua existente en el momento de la visita.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 2 3°18’21.62” N 67°57’3.88” O 91,12 m Aproximadamente a 1,7 km del punto uno (p1) se procedió a realizar la georreferenciación del siguiente punto (p2). A nivel paisajístico, el área solicitada a sustraer no presenta variación con respecto al primer punto y, de igual manera, la cobertura se mantiene homogénea, siendo bosque alto denso inundable (Fotografía 11).
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 3 3°19’8.18” N 67°57’18.75” O 92,95 m En la fotografía 13 puede observarse la cobertura del punto, que corresponde a bosque alto denso inundable, junto con el registro de la vega o llanura de inundación del río Inírida, que corresponde a un terreno bajo el cual se inunda en época de lluvias. Se procedió a bajar en el punto para realizar una verificación de la cobertura, además de verificar el sustrato arenoso para el análisis del componente físico (Fotografía 14, 17 y 18). Asimismo, se procedió a reconocer un caño ubicado en la zona; en dicho caño se pudo observar a un grupo de monos maiceros (Sapajus apella). Por último, en la fotografía 16, se puede observar el área solicitada a sustraer, el cual abarca todo el cauce del río, a excepción de 10 m de protección interna y 30 m de protección externa.
Además, se destaca la coloración del agua del drenaje (sin nombre); esto corresponde a drenajes de aguas negras características del Amazonas, las cuales son pobres en nutrientes, y el suelo circundante es predominantemente arenoso, que contiene grandes cantidades de materia orgánica, como ácidos húmicos y fúlvicos, que le dan al agua su característico color negro.
En la fotografía 17 se evidencian los depósitos de arenas recientes, las cuales se encuentran compuestas por arenas de grano fino a medio, blancas compuestas principalmente por cuarzo y moscovita. Se observan unas láminas muy delgadas de aproximadamente 1 mm, de color negro y marrón, compuestas por minerales con alto contenido en hierro, según conversaciones en campo con el equipo de la empresa Silex Ingenieros S. A. S. En muestreos realizados en estas arenas se encontraron bajas concentraciones de oro en estas laminaciones oscuras; sin embargo, dado el pequeño tamaño y concentración del oro, no es rentable su extracción. En la fotografía 18 se observó la existencia de vegetación tipo pasto, en la parte superior del depósito de arenas y la formación de canales dada la erosión del mismo ocasionado por las aguas lluvias, lo que evidencia que, en un periodo del rango de meses, el agua no ha cubierto esta zona.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 4 3°19’52.73” N 67°58’13.84” O 91,27 m En las Fotografías 19 y 20 se observa la homogeneidad presentada a lo largo de toda el área, con una misma cobertura, paisaje y geomorfología, las cuales han sido expuestas con anterioridad.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 5 3°20’48.57” N 67°59’10.66” O 89,68 m En la fotografía 21 se puede observar una estructura en madera realizada por humanos. Al indagar sobre la procedencia, los acompañantes de la comunidad indígena aclaran que son campamentos temporales para pescadores, por lo que se ha hecho una remoción de la vegetación. Es por esto por lo que en la fotografía 22 se puede observar un cambio en la cobertura en comparación a los anteriores puntos, correspondiendo en este caso a vegetación secundaria.
Además, se realizó un control geológico de los depósitos aluviales (Fotografía 23), compuestos por arenitas cuarzosas con moscovita con presencia de pequeñas láminas oscuras con minerales ferrosos y oro en baja concentración, lo que evidencia una composición homogénea de los depósitos aluviales.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 6 3°21’26.14” N 67°59’17.05” O 91,23 m En el punto 6, según el mapa de coberturas entregado por el solicitante, corresponde a mosaico de espacios naturales, cultivos y pastos, por lo que se procede a tomar como punto de interés, y se procede a su confirmación. En la fotografía 24 se observa la cobertura de referencia al borde del río Inírida; dicha foto fue tomada desde la embarcación, mientras que en la fotografía 25 se puede evidenciar la entrada del caserío El Venado. Por último, en la fotografía 26 se observan tanto el área de influencia en su margen derecho como el área solicitada a sustraer, siendo esta el cauce del río.
Asimismo, en la fotografía 25, se observa el contacto entre la unidad Ígnea que hace parte del complejo Migmatitico de Mitú, el cual es el basamento geológico del área, y los depósitos aluviales arenosos depositados sobre este. En la fotografía 26, se muestra la geomorfología característica del complejo Migmatitico del Mitú en la ribera del río Inírida, que muestra una topografía ondulante.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 7 3°21’34.40” N 67°59’33.02” O 90,01 m El punto 7 corresponde a un sitio sagrado según el Cabildo Gobernador del Resguardo Indígena Remanso Chorro Bocón, sitios en los cuales no se caza; en la figura 27 se puede observar que corresponde a una playa.
A nivel geológico no fue posible explorar el lugar, ya que al ser un sitio sagrado para las comunidades del lugar no está permitido caminar sobre el mismo; sin embargo, dada su coloración y forma, se considera que está compuesto de depósitos aluviales de arenas silíceas que se conservan en el tiempo aun cuando el nivel del agua puede cubrirlo. Geomorfológicamente, el sitio sagrado observado en el punto 7 está conformado por barras longitudinales con presencia de vegetación en la parte superior.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 8 3°22’44.08” N 67°59’2.82” O 88 m En la fotografía 28 se observa el área solicitada a sustraer, el cual es sobre el cauce del río; sin embargo, a nivel paisajístico, la perspectiva de la fotografía muestra los Cerros de Mavecure, uno de los grandes atractivos turísticos de Puerto Inírida y del Guainía.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 9 3°23’20.97” N 67°58’36.00” O 90 m En la fotografía 29 se observa un evento de remoción en masa relacionado con la dinámica fluvial del río; este escarpe es de composición arcillosa, con laminaciones de arenitas y cantos. La cobertura corresponde a bosque alto denso inundable, encontrándose una correspondencia con el mapa de coberturas realizado por el presente ministerio, donde se evidencia que la cobertura corresponde a bosque denso alto inundable heterogéneo.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 10 3°23’40.71” N 67°58’34.24” O 96,85 m En la fotografía 30 se puede observar otro campamento pesquero a lo largo del río Inírida y en la fotografía 31 heces de perro de río o nutria (Lontra longicaudis).
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 11 3°24’27.70” N 67°58’27.84” O 96,63 m En la fotografía 32 se ve que ocurre un cambio en la cobertura, cambiando la cobertura de bosque inundable a vegetación secundaria o en transición. Adicionalmente, en la figura 33 se puede observar una formación rocosa; el punto de interés se encuentra en el margen izquierdo del río en sentido aguas abajo.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 12 3°24’19.98” N 67°58’23.22” O 97,79 m En la fotografía 34 se puede evidenciar otro evento de remoción en masa relacionado con la dinámica fluvial del río y de composición principalmente arcillosa.
PUNTOS Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 13 3°25’24.22” N 67°58’18.23” O 90,59 m En la fotografía 35, se puede observar una playa presente en épocas de sequía, la cual en épocas de lluvias queda totalmente tapada; de fondo se puede observar la cobertura de bosque alto denso inundable. En la fotografía 36 se observa el área solicitada a sustraer. En esta área también fueron halladas heces de nutria.
En el punto 13 se realizó un control geológico a los depósitos aluviales, los cuales son de color más oscuro y tamaño de grano más grueso; es posible que estén relacionados con depósitos antiguos por minería de draga o una dinámica particular en la corriente del río.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 14 3°26’2.68” N 67°58’52.04” O 97,19 m En el mapa de coberturas entregado dentro del documento de solicitud de sustracción, se relaciona que el punto 14 corresponde a pastos enmalezados; sin embargo, una vez verificado en campo, en las figuras 37 y 38, se puede observar que la cobertura corresponde a bosque alto denso inundable.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 15 3°26’38.36” N 67°59’24.48” O 92,61 m A partir de este punto, se da un cambio en la composición de las coberturas del área de influencia, donde, en vez de presentarse una cobertura de bosque inundable, se presenta vegetación secundaria o en transición y pastos limpios, esto a causa del asentamiento indígena de la comunidad El Venado (Fotografía 39). En la fotografía 40 se puede observar el área solicitada a sustraer.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 16 3°26’38.36” N 67°59’24.48” O 92,61 m Desde el punto 16, es posible observar el Caño San Joaquín (Fotografía 41), el cual es usado con fines turísticos, ya que dichas aguas se utilizan como sitio de baño por visitantes de la zona. Desde la fotografía 42 se observa el área solicitada a sustraer y de fondo uno de los cerros de Mavecure.
Asimismo, en las fotografías 41 y 42, se puede observar el cambio de coloración de las aguas de los drenajes, siendo el caño San Joaquín presentando una coloración negra rojiza, relacionada con característica de los ríos negros del Amazonas, por la gran cantidad de materia orgánica que transporta, en contraste con el río Inírida, cuyas aguas se caracterizan como aguas blancas, las cuales tienen una coloración marrón relacionada con una mayor carga de sedimentos.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m.
17 3°26’48.42” N 67°59’46.37” O 82,79 m En este punto del área de influencia, se da un cambio en la cobertura, presentándose un herbazal denso inundable arbolado (Fotografía 43). En la fotografía 44 se observa una playa con una estructura destinada para el turismo, y de fondo a mano derecha, se encuentra uno de los Cerros que componen los cerros de Mavecure.
En la fotografía 43, se realizó un control geológico de los depósitos aluviales donde se corroboró su composición de arenitas finas cuarzosas con presencia de moscovita.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 18 3°27’2.82” N 67°59’37.03” O 85,83 m En las fotografías 45 y 46, se puede observar la cobertura de Herbazal denso inundable no arbolado, que se da sobre una formación rocosa.
Dado que el punto 18 se encuentra en cercanías a los cerros de Mavecure, hay un mayor predominio de afloramientos rocosos compuestos por rocas ígneas del Complejo Migmatitico de Mitú. Estas rocas presentan fracturamiento relacionado con erosión en cebolla o en capas, que se forma en rocas muy masivas por la meteorización química de su superficie y que se acelera dadas las precipitaciones del área.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 19 3°27’9.58” N 67°59’25.83” O 93,43 m En la fotografía 47 se pueden observar las marcas del nivel del agua en época de lluvias, y en la parte superior la cobertura de herbazal denso inundable no arbolado. Afloramiento rocoso relacionado con los cerros de Mavecure, formado por rocas ígneas del Complejo Migmatitico de Mitú; se evidencia erosión en forma de capas.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 20 3°27’14.40” N 67°59’21.67” O 93,47 m En la fotografía 48 se observa el área solicitada a sustraer, junto con un alto valor paisajístico, ya que se observa al fondo los Cerros de Mavecure. Adicionalmente, en la fotografía 49, se puede observar un asentamiento humano correspondiente a la Comunidad El Venado, presentes en el área de influencia del proyecto, quienes hicieron parte del proceso de consulta previa.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 21 3°27’14.40” N 67°59’21.67” O 93,47 m El punto 21 fue el último georreferenciado en la visita técnica del primero de tres polígonos que constituyen el área solicitada a sustraer (Fotografía 50); este punto presenta una cobertura de bosque denso alto inundable (Fotografía 51).
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 22 3°28’17.22” N 67°57’43.49” O 86,3 m El área entre el punto 21 y el punto 22 corresponde a un área no incluida en el ASS, correspondiente a los Cerros de Mavecure. Desde el punto 22 se encuentra el segundo polígono solicitado en sustracción, el cual inicia en la entrada de la comunidad Remanso (Fotografía 52); desde ese punto se puede evidenciar nuevamente el área solicitada a sustraer, relacionado con el segundo polígono.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 23 3°28’8.95” N 67°57’27.65” O 88,3 m En la fotografía 54 se observa la cobertura de bosque denso alto inundable, y en la fotografía 52 se puede observar el área solicitada a sustraer. Con este punto se finaliza la georreferenciación del segundo polígono solicitado a sustraer.
Puntos Punto Coordenadas Elevación Latitud Longitud m s. n. m. 24 3°27’25.75” N 67°57’6.68” O 92,46 m El punto 24 pertenece al primero georreferenciado para el tercer y último polígono solicitado a sustraer; la cobertura continúa siendo bosque denso alto inundable (Fotografía 56), y en la fotografía 57 se puede observar el área solicitada a sustraer. Por último, en la fotografía 58 se puede observar un evento de remoción en masa.
Los puntos 25, 26 y 27, que son los últimos georreferenciados para la visita técnica, se componen de una cobertura homogénea correspondiente a bosque denso alto inundable.
Entre el p25 y el p26 se encuentra un sitio sagrado conocido como “La abuela” (Fotografía 62), que corresponde a una formación rocosa que únicamente se observa en época de sequía, ya que en época de lluvias queda cubierta por el agua.
Adicionalmente, aguas arriba se lograron evidenciar otras comunidades indígenas, como lo son la comunidad indígena Piedra Alta (Fotografía 62), comunidad indígena Cejalito (Fotografía 63) y comunidad indígena Zamuro (Fotografía 64). En esta zona se encuentran petroglifos (Fotografía 66).
4. CONSIDERACIONES TÉCNICAS
La presente solicitud de sustracción se causa con fundamento en la actividad considerada por la legislación como de utilidad pública y de interés social: “Proyecto minero Bloque 3, explotación de oro y sus concentrados, dentro del polígono de los títulos mineros LK2-10531, LK2 11071, LK2 11181, LK2 11281, LK2 11391 y LK2 15191”. Dichos títulos mineros son considerados por el peticionario como Bloque 3, donde se tiene proyectado adelantar en el municipio de Inírida, en el departamento del Guainía, actividades de explotación de oro, mediante el método por dragado de succión de material en el fondo del cauce del mencionado río y actividades asociadas a la actividad minera.
Inicialmente, es importante precisar que la evaluación que se realiza a continuación no está orientada a la potencial autorización de las actividades de un proyecto, obra o actividad, ni tampoco está orientada a analizar los impactos ambientales del mismo, sus métodos, técnicas, equipos, materiales, factores de seguridad y medidas de manejo. La presente evaluación tampoco se sujeta en la pertinencia o no de la propuesta de compensación, pues esta última es una consecuencia que se daría solo en el escenario de haber sido viabilizada una sustracción.
Esta evaluación está orientada a identificar si las áreas evaluadas referidas presentan características asociadas a la función protectora de la Reserva Forestal de la Amazonía, la cual se enfoca en la existencia de recursos naturales de protección (bosques, aguas, suelos y vida silvestre), además de la presencia de dinámicas biofísicas y procesos ecológicos que permiten la oferta de servicios ecosistémicos. De igual manera, a partir de las características biofísicas de las áreas solicitadas y sus áreas de influencia, identificar si, sobre la base de la función protectora de la reserva forestal expuesta anteriormente, es pertinente la destinación de estas áreas a un cambio de uso del suelo, referido en este caso al retiro de la figura jurídica (sustracción de reserva), o de lo contrario, sea pertinente su permanencia como reserva forestal.
Igualmente, se toma en cuenta que las nuevas condiciones en el área, ante una potencial sustracción, no perjudiquen los recursos y la función protectora de las áreas de la Reserva Forestal de la Amazonía.
En línea con lo anterior, a partir de la información del soporte técnico presentado inicialmente con el radicado número 2023E1027087 del 21 de junio de 2023, por el Resguardo Indígena Chorro Bocón, en adelante el peticionario, la aclaración al área a sustraer mediante radicado número 2023E1045213 del 28 de septiembre de 2023, la visita técnica efectuada por la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos y la información biofísica disponible para el área se considera lo siguiente:
Localización de la solicitud: Las áreas solicitadas en sustracción se ubican en el municipio de Inírida, en el departamento del Guainía, y se traslapan con la Reserva Forestal de la Amazonía en áreas con previa decisión de ordenamiento, correspondientes al Resguardo Indígena Remanso Chorro Bocón y al Resguardo Indígena El Venado.
Sobre los aspectos técnicos de la actividad de utilidad pública e interés social A partir de la información radicada por el interesado, se logró establecer que, como parte de las diferentes etapas que involucra el proyecto, no se solicitan áreas relacionadas con la construcción de obras civiles e infraestructura, ya que las áreas solicitadas en sustracción están relacionadas únicamente con la operación minera desde equipos tipo Barco-draga sobre las aguas del río Inírida, donde se disponen las plataformas sobre las que estarían dispuestas las dragas exploratorias, de explotación y beneficio.
El método de explotación que enmarca las nuevas condiciones que tendría el área solicitada ante una potencial sustracción corresponde a un dragado efectuando el arranque de materiales del lecho del río Inírida por medio de succión. Dicha actividad se ha reportado que altera la carga normal de sedimentos en suspensión en los cuerpos hídricos, generando múltiples efectos sobre el medio ambiente, entre ellos[2]:
- La perturbación física de las características hidráulicas de los cauces que favorecen las inundaciones y pérdida de navegabilidad por reducción de la profundidad.[3]
- El aumento de los sedimentos en suspensión, lo que genera mayor turbidez y, por ende, reducción de la penetración de la luz necesaria para los procesos de fotosíntesis y cambios en el calor de radiación. La turbidez es el cambio físico más importante generado sobre la calidad del agua[4].
- En niveles altos de turbidez, el agua pierde la habilidad de apoyar la diversidad de organismos acuáticos, aumenta la temperatura al sostener partículas que absorben el calor de la luz solar y el agua caliente conserva menos oxígeno que el agua fría; así, al entrar menos luz, disminuye la fotosíntesis necesaria para producir oxígeno.[5] Otro efecto asociado a la turbidez es la obstrucción de las agallas de los peces por los sólidos suspendidos, la reducción del crecimiento y la resistencia a las enfermedades, al igual que limita el desarrollo de huevos y larvas.[6]
- Acumulación de sedimentos aguas debajo de las actividades de explotación, lo que repercute directamente sobre las poblaciones ribereñas que se surten de los cuerpos hídricos para el consumo de agua, riego, mantenimiento de animales y pesca, entre otros.
Lo anterior se expone en línea con lo evidenciado en el análisis ambiental proporcionado por el peticionario, en donde en la fase de operación, exploración y arranque, se tiene previsto una disminución o incremento de la profundidad del cauce, cambio en la geometría del cauce, cambio en los procesos morfodinámicos y cambio en las características físicas y biológicas del suelo, cambio en el hábitat de las especies acuáticas, cambio en la conectividad ecológica, entre otras.
En la fase de operación cargue, transporte y beneficio, también se reconocen afectaciones como el cambio en las características del agua del río Inírida (físicas y biológicas), bioacumulación de metales pesados en organismos acuáticos, cambio en el hábitat de las especies acuáticas y cambio en la conectividad ecológica, tal y como se expone en el documento presentado en el radicado número 2023E1027087 del 21 de junio de 2023. Documento “6. Análisis_ambiental.pdf”, en las páginas 44-47.
Dichos cambios y afectaciones podrían reflejarse a lo largo de, por lo menos, 30 km (aproximadamente) a lo largo del río Inírida, correspondientes al tramo del río implicado en el área solicitada a sustraer. Sumado a ello, también es necesario tener en cuenta que estas afectaciones serían acumulativas aguas abajo del ASS (perfil longitudinal), por lo que las nuevas condiciones ante una eventual sustracción podrían verse reflejadas en un recorrido mayor a los 30 km relacionados con el ASS. De igual manera, teniendo en cuenta que el medio acuático es el transportador directo de energía, cambios, recursos, condiciones, etc., dichas afectaciones también superarán el ASS en su lateralidad (perfil transversal del río) e incidirán hacia las zonas inundables, donde se trasladará a través del medio acuático cualquier tipo de cambio.
No obstante lo anterior, es importante dejar claro que, desde la presente evaluación, es imposible reconocer cuantitativamente hasta dónde tendrán incidencia las afectaciones que se reconocen, ya que no se cuenta con la caracterización del ecosistema acuático tanto longitudinal como lateralmente; a pesar de ello, se parte de la premisa que, las nuevas condiciones y afectaciones que surjan ante una potencial sustracción conforme lo identificado podrán verse reflejadas hacia el área de inundación. Frente a esto, el usuario determina una franja de 40 metros, de lo cual no se cuenta con su fundamentación.
Referente a los aspectos técnicos de la actividad, los términos de referencia establecidos en el anexo 1 de la Resolución número 1526 de 2012 por acogimiento de la Resolución número 110 de 2022, en el inciso 2° “Aspectos técnicos de la actividad”, se establece que: “se deberán relacionar los recursos naturales que demandará la actividad y que serán utilizados, aprovechados o afectados durante las diferentes etapas del mismo, incluyendo los que requieren o no permiso, concesión o autorización”.
Aunque el documento no clarifica qué recursos naturales demandará la actividad, desde lo expuesto anteriormente, y teniendo en cuenta que en el mismo Barco-draga se realizarán los procesos de exploración, explotación y beneficio, conforme lo descrito, se puede prever que se utilizará el río Inírida, sus aguas, su cauce, los materiales arrancados de él y servirá también como depósito del material sobrante.
ÁREA DE INFLUENCIA En cuanto al área de influencia en la página 10 del documento “3. Áreas de influencia” en su subtitulo de límites espaciales y ecológicos se menciona que “ El análisis de este tipo de límites debe considerar que estos pueden llegar a trascender el área de ocupación del proyecto de explotación de minerales de oro y sus concentrados, especialmente para el caso del área de influencia indirecta (AII) donde se presenta la extensión de impactos ambientales que trascienden la delimitación de los polígonos mineros que conforman el Bloque 3”. Negrita fuera del texto.
Posteriormente, en el área de influencia directa se menciona “para esta delimitación se deben considerar todos los espacios limitantes donde algún componente pueda afectar significativamente durante el desarrollo y/o operación del proyecto”. Negrita fuera del texto.
Adicionalmente, en el área de influencia indirecta del medio biótico, dentro de los criterios se mencionan los siguientes:
En cuanto a las “Actividades y procesos unitarios de la explotación” de los criterios del AII del medio biótico, se menciona:
“Algunos impactos afectan indirectamente a los ecosistemas y biomas presentes tanto en el área de solicitud de sustracción como en el área circundante, debido a la posible extensión o barrera de avance de estos, por lo tanto, se tomará como unidad de espacialización un radio de afectación estimados entre 5 a 10 km”
No obstante, en el Área de Influencia Indirecta-Coberturas de la tierra, se presenta el siguiente mapa:
Y se menciona que: “Una vez se obtiene el área, se procede a considerar un buffer de extensión de impactos significativos correspondiente a 500 metros considerando situaciones de desplazamiento de agua en época de invierno, donde los bosques y coberturas que se ubican en cercanía con ronda hídrica se ven desplazados por la huella de este (todo esto debido al incremento del caudal)”.
De acuerdo a lo anterior, a pesar de que no se cuenta con información por parte del usuario sobre qué criterios permiten establecer los 500 metros del área de influencia indirecta, es de relevancia tener en cuenta para la presente evaluación que, así como también lo estima el interesado, en las fases de inundación se producen flujos horizontales (agua, sedimentos, minerales, organismos, “energía-información”) desde el curso del río hacia la planicie de inundación, y que, este hecho genera una conexión directa del medio acuático del río y lo que en él ocurra, con las zonas terrestres que inunda en épocas de altas precipitaciones. De igual manera, las dinámicas de inundación permiten que, en la fase de sequía, se den flujos de energía representada en los diferentes elementos del ecosistema terrestre inundado hacia el ecosistema acuático, lo cual permite en el retroceso llevar energía-información desde la planicie al cauce del río[7].
Principalmente, hay que tener en cuenta que, durante las inundaciones, la línea del agua se eleva y puede exceder los bancos del lecho menor y extenderse a las llanuras adyacentes, que constituyen el lecho mayor máximo donde se recargan de agua los acuíferos que se encuentran bajo la llanura, y también los cauces abandonados (madres viejas) los cuales están relacionados con la unidad hidrogeológica de alta permeabilidad A2, la cual se asocia con la unidad geológica Depósitos aluviales y llanuras aluviales (gal).
En esta dinámica, el agua desbordada transporta sedimentos finos, semillas y nutrientes hacia la planicie de inundación y permite a la biota del río el acceso a los nutrientes del suelo. Es así como, es de importancia identificar los diferentes lechos fluviales en imágenes satelitales o fotos aéreas de alta resolución en varias décadas, ya que en función de su reconocimiento se puede determinar el espacio fluvial[8].
Con lo anterior, se quiere indicar solo un ejemplo de la conectividad ecológica del ecosistema acuático del río Inírida con las zonas terrestres inundables, lo que genera la conformación de un sistema de hábitats en el gradiente vertical o aguas abajo (perfil longitudinal del río) y el gradiente horizontal - espacio fluvial/zona inundable (perfil transversal del río) – donde se generan incluso hábitats temporales en el marco de la dinámica de aguas altas y bajas.
En este sentido, es pertinente afirmar que, las áreas de influencia establecidas respecto a las áreas solicitadas en sustracción no están involucrando esta conectividad aguas abajo del área solicitada a sustraer (longitudinal) y hacia las zonas inundables (transversal) claramente determinadas incluso por la vegetación inundable. Lo anterior es relevante a la hora de tener en cuenta el concepto del río como un continuo, el cual propone que mediante el entendimiento de los gradientes físicos, formados en la red de drenaje, se reconozcan las estrategias biológicas de las especies para su establecimiento a lo largo del sistema, teniendo en cuenta la entrada de energía, transporte de materia orgánica, reserva y uso por parte de grupos funcionales de alimentación que, a su vez, pueden ser regulados por procesos fluviales y geomorfológicos[9]. Estos gradientes y procesos producen un cambio continuo de las comunidades acuáticas a lo largo del río y por ende, cualquier cambio en el mismo, generará cambios en el establecimiento y la ecología del ecosistema acuático.
De esta manera, la implicación del concepto del río como un continuo incluye que, desde las cabeceras hasta las desembocaduras de los ríos, se presenta un gradiente continuo de variables como la profundidad, la amplitud, la velocidad, la temperatura, el flujo del volumen y aumento de la entropía, en donde el desarrollo de la organización biológica se conforma funcional y estructuralmente como patrones de disipación de energía cinética de los sistemas físicos que, aguas abajo está representada en una mayor multiplicidad de formas, espacios, elementos físicos y biológicos. Es así que, incluso aguas abajo del ASS, se esperaría que la multiplicidad de recursos biofísicos sea mayor, que la que se expondrá en la presente evaluación.
Bajo lo orientado anteriormente, es de considerarse que, tratándose de un medio acuático, las áreas de influencia directa e indirecta, respecto a las áreas solicitadas en sustracción, están determinadas y no puede ser menores que el espacio fluvial integrado por el mismo río y toda su zona inundable, lo cual requiere también de su caracterización a partir de lo cual se puedan reconocer con certeza las afectaciones sobre ecosistemas, hábitats, comunidades, especies y poblaciones de la vida acuática.
De acuerdo a esto, en lo referente al Área de Influencia Directa (AID) y Área de Influencia Indirecta (AII) presentadas por el interesado dentro del soporte técnico, es importante tener en cuenta que la influencia determinada a través de un buffer de 500 metros a cada lado del ASS y la no inclusión de áreas aguas abajo del río y su zona inundable, subvalora la conectividad que ocurre a lo largo de todo el territorio del río, que incluye distancias aguas abajo del área solicitada a sustraer, y asimismo, el lecho mayor del río, en el cual se da un intercambio de nutrientes con las áreas boscosas inundables de su ribera. Esta subvaloración de las áreas de influencia directa e indirecta, también desatiende la caracterización correcta de los ecosistemas y las posibles afectaciones directas e indirectas que se prevén para los diferentes recursos de este ecosistema acuático por cuenta de una potencial sustracción. Esto se advierte desde aquí, pero puede identificarse más adelante donde se desarrolla la información sobre la riqueza registrada para el área.
De igual manera, un ejemplo de lo expuesto anteriormente, es que en la delimitación del Área de Influencia Directa -Coberturas, el documento de solicitud de sustracción expone: “El total del área ocupada por el componente de coberturas dentro del área de influencia directa es de 1036,97 ha, las cuales el 100% de esta corresponden a la cobertura de Río”. Como es evidente por lo que se viene exponiendo, no solamente la cobertura de río es de interés, siendo importante la conexión hidrológica con las zonas de inundación del mismo, como, por ejemplo, las coberturas con carácter inundable como lo son Bosque denso alto inundable, bosque denso bajo inundable, y Herbazal denso inundable, como se expondrá con posterioridad, desatendiendo su caracterización.
Como una forma de reconocer de manera general el ecosistema acuático involucrado incluyendo la zona de inundación, se realizó un cruce del área solicitada a sustraer con las coberturas de la tierra según la Clasificación Corine Land Cover 2018, con la finalidad de evidenciar las coberturas de Bosque o vegetación inundable, ya que dichas coberturas permiten tener una referencia del área que representa la conectividad espacio temporal dada por el medio acuático, en donde se presentan multiplicidad de hábitats y comunidades biológicas y donde se podrían expresar los cambios directos e indirectos previstos en el ecosistema ante una eventual sustracción.
Es así como, en la figura 32 se observan las coberturas de la tierra respecto al ASS (escala 1:100.000), utilizando la clasificación a un nivel 5, para diferenciar las coberturas de bosque denso y poder visualizar con mayor precisión aquellas que corresponden a coberturas inundables.
Así las cosas, se observa que la cobertura de Bosque Denso Alto Inundable, el cual tiene una conexión hidráulica espacio temporal con el río Inírida, puede tener una influencia de hasta aproximadamente 6,96 km en algunos tramos de bosque denso alto inundable, medida desde el límite estimado del río. Este resultado, respecto la información presentada por el interesado, evidencia la subestimación en la delimitación de las áreas de influencia, que como se ha mencionado fueron definidas bajo el criterio: “buffer de extensión de impactos significativos correspondiente a 500 metros considerando situaciones de desplazamiento de agua en época de invierno, donde los bosques y coberturas que se ubican en cercanía con ronda hídrica se ven desplazados por la huella de este (todo esto debido al incremento del caudal)”.
Para visualizar dicho contraste, se relaciona la figura 33, en donde se evidencia la información cartográfica del área de influencia indirecta definida por el peticionario, correspondiente al Buffer de 500 m, y la extensión de la cobertura de Bosque denso alto y otras coberturas inundables previstas desde esta evaluación.
En línea con lo anterior, para la presente evaluación es claro que el ecosistema acuático relacionado con las áreas solicitadas en sustracción corresponde a la zona fluvial relacionada con el ASS, aguas abajo del ASS, y la zona inundable cuyo indicador como punto de partida puede ser dado por la vegetación que recibe las aguas estacionalmente. Así mismo, la caracterización biofísica del ecosistema acuático en evaluación debe contemplar los diferentes hábitats conectados por las aguas del río en los diferentes períodos, lo que proporciona la comprensión integral de los recursos del ecosistema acuático en evaluación y de la misma manera permitiría establecer las afectaciones específicas que una eventual sustracción tendría respecto a los recursos de la Reserva Forestal de la Amazonía.
Desde la perspectiva biótica, con fundamento en la consideración expuesta con anterioridad, es primordial comprender que, aunque el ASS está delimitada sobre las aguas del río Inírida y se definen áreas de influencia, las nuevas condiciones por una potencial sustracción, superan lo delimitado en dichas áreas, extendiéndose aguas abajo del ASS y hacia las zonas inundables, en donde pueden verse reflejadas las posibles afectaciones ante un cambio uso de suelo. Esto tiene implicaciones sobre una mayor cantidad de hábitats, recursos biofísicos y procesos ecológicos del ecosistema acuático del río Inírida que los previstos por el interesado, y que claramente, son recursos de interés y vinculados a la función protectora de la Reserva Forestal de la Amazonía.
Sobre el medio físico Geológicamente, el área solicitada a sustraer se encuentra en el cauce del río Inírida que transcurre sobre rocas ígneas del Complejo Migmatítico del Mitú, el cual está compuesto principalmente de rocas metamórficas intruidas por cuerpos ígneos que conforman el cratón amazónico. El cauce del río tiene una profundidad promedio de aproximadamente 25 metros, bajo los cuales se encuentran aproximadamente 20 metros de depósitos aluviales. Estos sedimentos de depósitos aluviales presentan niveles con diversas composiciones claramente identificables, aunque sus espesores varían lateralmente debido a las características del depósito, lo cual impide una constancia en toda el área.
La secuencia sedimentaria de la zona está compuesta de varias capas de sedimentos aluviales, cada una con características y espesores distintos:
1. Capa Superior de Arenas Silíceas : Esta capa, con un espesor aproximado de 8 metros, está compuesta de arenas finas a veces conglomeráticas, de color blanco a amarillo, y con granos subredondeados a redondeados.
2. Capa de Lodolita : Inmediatamente por debajo, se encuentra una capa de lodolita de aproximadamente 2 metros de espesor, que contiene restos de materia orgánica y es de color azul o gris.
3. Capa de Arenas Consolidadas (Mocororo):
A continuación, hay una capa de alrededor de 5 metros de arenas consolidadas y cementadas con óxido de hierro, conocida localmente como “Mocororo”, de color marrón.
4. Capa de Gravas Finas (Grazón):
Debajo de la capa de “Mocororo” se encuentra un nivel de gravas finas subredondeadas a redondeadas, con tamaños menores a 2 pulgadas, llamada “Granzón” por los mineros. Esta capa, de aproximadamente 2 metros de espesor, contiene la mayor concentración de minerales de oro y es la de mayor interés para la explotación.
5. Capa de Arcillas Endurecidas : Bajo la capa de gravas se presentan arcillas endurecidas de color marrón blanco.
6. Rocas Ígneas : Finalmente, se encuentran las rocas ígneas de textura fanerítica o holocristalina inequigranular subdiomórfica, con cristales de feldespato y cuarzo principalmente.
Esto ha permitido a los sedimentos acumularse en capas claramente diferenciadas en textura y composición, reflejo de la evolución del cauce a través del tiempo. Estas capas presentan diferentes características de porosidad y permeabilidad, fundamentales para las interacciones entre el río y el acuífero, y sirven de hábitat para la microbiota natural que impulsa los ciclos naturales de renovación de nutrientes en el lecho del cauce, los cuales, durante las épocas de inundaciones, se depositan en las extensas zonas inundables.
Durante la visita técnica, se observó que las rocas ígneas del Complejo Migmatítico del Mitú no presentan fracturamiento asociado a fallas, indicando que la roca es principalmente masiva. Esto se evidencia en la erosión en forma de capas que presenta la unidad, sugiriendo que la porosidad secundaria es insignificante o inexistente.
En cuanto a los sedimentos aluviales, solo se pudieron analizar los sedimentos superficiales, compuestos principalmente por arenitas cuarzosas con presencia de moscovita y pequeñas láminas oscuras e irregulares con mayor concentración de minerales ferrosos y baja concentración de oro. Estos sedimentos son bastante homogéneos dentro del área solicitada en sustracción.
Sin embargo, en el Punto 13 (fotografía 35 del numeral 3, Visita Técnica), se encontró un aparente depósito aluvial de arenas gruesas y gravas de coloración marrón, que parece corresponder a la descripción de la capa “Granzón”. Este hallazgo no coincide con la composición general de los depósitos aluviales, lo que podría indicar que se trata de antiguos depósitos de minería, evidenciando el tamaño de estos depósitos y cómo permanecen a lo largo del tiempo, afectando la dinámica fluvial del río.
Aunque el oro como recurso de interés relacionado con la presente solicitud se encuentra a lo largo de toda la secuencia sedimentaria (Descrita en los numerales anteriores del 1 al 6), la capa con la mayor concentración de este mineral, y por tanto la de mayor interés para el peticionario, es la capa número 4, denominada “Granzón” por los habitantes locales. Esta capa se encuentra a una profundidad aproximada de 15 metros y presenta un espesor de 2 metros. Es importante reconocer aquí que, para la obtención del recurso, es necesario retirar aproximadamente 17 metros de sedimentos aluviales depositados en el lecho del río. La remoción de esta cantidad de sedimentos afecta significativamente la estructura natural del lecho del río, que se relaciona con las afectaciones identificadas por el usuario, referidas al inicio de estas consideraciones.
La extracción de estos sedimentos no solo incrementa la carga sedimentaria del río, sino que también destruye las capas entre los sedimentos, afectando de manera permanente la microbiota del río, los ciclos naturales de nutrientes, las características naturales de la interacción río-acuífero y la morfología del cauce, entre otros aspectos.
Debido a la importancia que tiene el río en el ecosistema local, las afectaciones que se pueden generar por remover tal cantidad de sedimentos son generalizadas para todo el componente físico-biótico y no son fácilmente cuantificables.
Por lo anterior, se considera necesario mantener la figura de Reserva Forestal, con el fin de preservar los límites geológicos, mantener los ciclos naturales y proteger el recurso hídrico del área objeto de sustracción y de la Reserva Forestal de la Amazonía.
Geomorfológicamente, el área del proyecto se sitúa en la zona amazónica, específicamente sobre el cauce del río Inírida. Las unidades geomorfológicas relacionadas con el río corresponden principalmente a ambientes aluviales, depositacionales y estructurales. El ambiente depositacional incluye áreas de llanura de inundación y el propio cauce del río, mientras que el ambiente estructural está representado por los montes de Mavecure y los afloramientos rocosos del Complejo Migmatítico del Mitú.
Estos afloramientos fueron evidenciados en la visita técnica como áreas puntuales desprovistas de vegetación, normalmente relacionados con zonas del cauce activo, que se encuentran expuestas debido al bajo nivel que presentaba el río durante la visita y a las zonas de alta pendiente características de los cerros de Mavecure; el resto del área presenta diferentes tipos de coberturas vegetales que serán analizadas más adelante. Relacionado con esto, lo descrito por el peticionario donde: “El área de trabajo está ubicada en el centro oriental del país, la cual se caracteriza por hacer parte del Cratón Amazónico, el cual se caracteriza por estar compuesto por unas rocas Ígneas y Metamórficas las cuales representan uno de los registros más antiguos del planeta, en base a esta condiciones las geoformas presentes en la zona se caracterizan por presentar relieves levemente ondulados y en forma de lomos alargados y peniplanizados, de colores pardo oscuro a negro, desarrollo de meteorización esferoidal y escasa a nula vegetación”, no corresponde a la visto en la visita técnica.
En relación con las unidades geomorfológicas, el peticionario ha generalizado toda el área como un ambiente denudacional, sin diferenciar entre el ambiente estructural y el aluvial. Esta generalización provoca que las unidades geomorfológicas presentadas no correspondan con lo observado durante la visita técnica, donde se observó que, dentro del área solicitada en sustracción, se [encuentran] subunidades geomorfológicas de ambiente depositacional fluvial, como barras longitudinales que aparecen y desaparecen según la época climática, y el afloramiento de las rocas del complejo Migmatítico de Mitú, que en el cauce del río genera múltiples raudales, característicos del área solicitada a sustraer.
Referente a las pendientes de la zona son generalmente menores a 10 grados, asociadas a la llanura de inundación y al cauce del río Inírida. Las pendientes más pronunciadas se encuentran en los cerros de Mavecure, donde superan los 40 grados.
Así mismo para los fenómenos de remoción en masa, el peticionario no realiza una descripción detallada de los mismos, concentrándose únicamente en la dinámica fluvial sin mencionar procesos erosivos o deslizamientos en los escarpes de las laderas del cauce, los cuales fueron observados durante la visita técnica (fotografías 29, 34 y 58 del numeral 3). Estos deslizamientos están relacionados con la dinámica fluvial natural del río. Además, en el área de influencia directa, los cerros de Mavecure presentan caídas de rocas asociadas a la erosión en capas.
Desde el punto de vista físico, el límite del río y su ronda hídrica es dinámica, ya que, durante épocas de alta inundación, el río puede extenderse dentro de la cobertura boscosa, elevándose más de 5 metros. Sin embargo, como se puede inferir a partir de las coberturas vegetales de áreas inundables, esta extensión del río puede ser mucho mayor, como se expuso anteriormente.
En el análisis de la dinámica fluvial temporal, el peticionario muestra una baja dinámica fluvial del cauce principal del río Inírida durante los 37 años de análisis (1985- 2022), lo cual puede estar relacionado con un fuerte control geológico. Sin embargo, los cauces secundarios presentan una dinámica fluvial significativa.
Es importante mencionar que una posible remoción de los sedimentos aluviales del sustrato del río Inírida modificaría de manera significativa los límites y procesos geomorfológicos presentes en el área solicitada en sustracción.
Esta alteración en las unidades geomorfológicas puede modificar la morfología del cauce, aumentando la profundidad del lecho del río en las zonas donde se realiza la succión de sedimentos y reduciéndola en las zonas de deposición. Esto afecta indudablemente la dinámica fluvial del cauce, lo que puede reflejarse en una variación de los límites de las áreas inundables y aguas abajo del área solicitada para sustracción.
Es importante tener en cuenta que, la dinámica fluvial de un río depende del equilibrio entre su capacidad para erosionar, transportar y depositar sedimentos. Bajo este entendido, el tipo de drenaje y la forma del cauce están integrados con su dinámica fluvial. Cuando se incrementa artificialmente la carga sedimentaria de un cauce, el equilibrio entre erosión y depositación se rompe, generando que el río deposite más sedimento del que es capaz de erosionar. Dependiendo de la magnitud, esto puede crear islas de sedimentos permanentes que desvían el cauce y modifican su tipo de drenaje, alterando las zonas inundables. Esto provoca que áreas aguas abajo previamente no inundables se inunden y viceversa, además de modificar las áreas y la intensidad con que el río erosiona. Esto puede aumentar o disminuir localmente los fenómenos de remoción en masa, que en el área solicitada para sustracción están principalmente relacionados con la erosión lateral del cauce.
Por lo anterior, en relación con la geomorfología, se considera necesario mantener la figura de Reserva Forestal, con el fin de preservar los límites geomorfológicos, los procesos morfodinámicos, la morfología del cauce y la dinámica fluvial natural del río, con el fin de mantener los ciclos naturales, las zonas inundables, y proteger el recurso hídrico del río Inírida en el ASS y aguas abajo.
En el ámbito hidrogeológico, el peticionario describe dos unidades con diferentes características de permeabilidad: la unidad A1, de muy baja permeabilidad, y la unidad A2, de alta permeabilidad. La unidad A1 corresponde a rocas ígneas sin porosidad ni permeabilidad, actuando como un acuitardo o acuífugo. En contraste, la unidad A2 coincide con depósitos aluviales altamente permeables.
Aunque el modelo hidrogeológico conceptual presentado incluye el cauce del río y la dirección del flujo del agua, no distingue claramente entre las unidades hidrogeológicas A1 y A2. Además, en el análisis de las direcciones de flujo, se utilizó una cuadrícula generada con el software ArcGIS, enfocándose principalmente en el flujo de agua superficial, lo que limita la comprensión del flujo subterráneo en el área.
Además, las zonas de recarga en el área dependen de varios factores, como la precipitación, la escorrentía, el caudal de los ríos, la permeabilidad de los suelos y el patrón de drenaje de la cuenca. En este contexto, la principal zona de recarga dentro del área solicitada para sustracción está asociada con la recarga secundaria, influenciada por la infiltración desde el cauce y las áreas adyacentes. Con esto, las nuevas condiciones en el cauce ante una eventual sustracción, podrán afectar dicha infiltración lo cual no podría ser cuantificable.
Así mismo, el área de influencia se caracteriza por condiciones climáticas húmedas, con altas precipitaciones, vegetación densa y baja pendiente. Estas características normalmente se asocian con altas tasas de infiltración. Sin embargo, debido a la ausencia de puntos de agua subterránea, los parámetros hidráulicos fueron determinados teóricamente. En este sentido, la unidad A1 presenta una capacidad específica muy baja (6,94E-11), mientras que la unidad A2 muestra una capacidad específica media a alta (entre 0.303 y 0.669). Esta información es usada en el modelo hidrogeológico numérico realizado con Modflow el cual, no proporciona suficiente detalle en cuanto a la información de entrada, los límites y la calibración. Por lo tanto, no se considera suficientemente preciso ni fiable para representar adecuadamente las condiciones hidrogeológicas del área y cuantificar de alguna manera las posibles afectaciones.
No obstante, lo anterior, la remoción de gran cantidad de sedimento del lecho del río, su transporte y posterior depositación, modificaría de manera permanente las características de permeabilidad y porosidad de los sedimentos, al homogenizar los sedimentos, rompiendo las capas naturales de los mismos, las cuales son fundamentales para la interacción río acuífero y los flujos laterales asociados.
Por esto, en relación con la hidrogeología, se considera necesario mantener la figura de Reserva Forestal en el ASS, con el fin de preservar los límites hidrogeológicos y las características hidráulicas de las unidades hidrogeológicas, con el fin de mantener la interacción río-acuífero, los flujos laterales y proteger el recurso hídrico subterráneo como un recurso de interés de la Reserva Forestal de la Amazonía.
En el ámbito hidrográfico, el área solicitada en sustracción se encuentra en una franja del cauce del río Inírida, abarcando 1.043,37 hectáreas y delimitada por la microcuenca de la zona de estudio. Esta área está ubicada en la zona hidrográfica del Inírida, caracterizada por un drenaje dendrítico en forma de ramas y una pendiente plana de 0,09. La densidad de drenaje es baja, con un valor de 1,284.
Con relación a los cuerpos de agua lénticos y lóticos el peticionario identifica 13 cuerpos y los identifica como cuerpos lóticos, sin embargo, se considera que estos cuerpos están mal caracterizados, ya que muchos de ellos corresponden a lagunas formadas por meandros abandonados y lagos que, si bien pueden tener algún tipo de interacción con el cauce principal durante grandes inundaciones, ya se encuentran desconectados del cauce principal; estos cuerpos se relacionan con los códigos H20-5, H20-7, H20-8, H20-9, H20- 12 y H20-13 (ver figura 38). El resto de los cuerpos identificados incluyen el río Inírida y drenajes afluentes. Durante la visita técnica, el recorrido se realizó principalmente en lancha por el cauce del río, lo que limitó el acceso a la totalidad del área de influencia.
En cuanto a los usos y usuarios del recurso hídrico, las comunidades de Venado y Remanso dependen del río Inírida para actividades domésticas, pesca, agricultura, minería y recreación. Se observó que el río es el principal medio de transporte en la zona. Aunque el peticionario menciona nacimientos de agua utilizados por las comunidades, no los ubica cartográficamente dentro del área de influencia. Los análisis de calidad del agua fueron evaluados mediante análisis fisicoquímicos y bacteriológicos, revelando que el agua del río Inírida tiene una calidad media a mala, no apta para consumo humano. Las muestras presentaron altos niveles de coliformes fecales y totales, además de concentraciones elevadas de fosfatos y nitratos.
Para el balance hídrico, se analizaron la precipitación, la evapotranspiración y la escorrentía. La precipitación mostró un patrón monomodal con máximos en julio (543,5 mm) y mínimos en enero (110,9 mm). La evapotranspiración alcanzó su máximo en la época seca (octubre a abril), superando la precipitación entre diciembre y marzo. La escorrentía presentó valores mínimos en junio y máximos a final de año, indicando que la mayor cantidad de agua proviene de fuera de la microcuenca. El peticionario cuantificó la oferta hídrica neta disponible, considerando la calidad del agua y el caudal ecológico, y obtuvo una oferta hídrica superior a 1.659 m³/s, suficiente para soportar una reducción considerable sin afectar el caudal ecológico.
Asimismo, en la figura 39 se observa la relación entre los planos de inundación y las zonas de inundación determinadas por el peticionario. Esto evidencia que una gran parte del área corresponde a zonas inundables, tanto recientes representadas en las áreas achuradas como planos de inundación representados de color azul claro, asociados a ciclos de inundación más largos. La presencia de estas zonas inundables es fundamental para los servicios ecosistémicos, como la recarga de acuíferos, la fertilización natural de suelos, la regulación del ciclo de nutrientes y el mantenimiento de hábitats y especies.
Desde el punto de vista físico, una posible modificación de la dinámica fluvial del río, por las nuevas condiciones ante una potencial sustracción, generará alteraciones en el lecho por la extracción de sedimentos, con la potencialidad de alterar los patrones de inundación, lo cual colateralmente, afectará los ecosistemas inundables conexos, su biodiversidad y procesos ecológicos, como se ha venido advirtiendo.
Frente a lo anterior es fundamental reconocer que, los ríos son sistemas complejos que interactúan con su entorno a múltiples niveles. Una modificación en características como la carga sedimentaria, la dinámica fluvial o el lecho del cauce, puede generar cambios significativos en todo el ecosistema circundante. Ante una potencial sustracción, es adecuado advertir que se podrían alterar las características del cauce, afectando las interacciones físico-bióticas que ocurren en el drenaje y, por ende, impactando todos los componentes del área de influencia directa e indirecta, que como mínimo involucran las ASS, las aguas abajo y las zonas inundables en estos tramos.
El aumento del ruido, tanto superficial como subacuático, el incremento en la carga sedimentaria y la modificación del cauce pueden tener efectos adversos en las comunidades locales. Estas dependen del río Inírida no solo para su subsistencia económica, a través de la pesca y la agricultura, sino también para su movilidad y actividades cotidianas. La alteración del lecho del río podría desplazar a la fauna local, dificultar la navegación y afectar la calidad del agua utilizada para consumo doméstico y riego, debido al aumento en la sedimentación.
Teniendo en cuenta que la calidad físico-biótica del agua ya presenta deficiencias y que las comunidades locales dependen en gran medida de los servicios ecosistémicos del río, es imperativo mantener la figura de Reserva Forestal de la Amazonía. Esta protección es esencial para preservar la estabilidad de la dinámica fluvial del río Inírida, conservar el recurso hídrico de la región y garantizar la continuidad de los servicios ecosistémicos que sustentan tanto a las comunidades locales como a los ecosistemas de la reserva.
En cuanto a los suelos, el peticionario identifica seis tipos locales con características fisicoquímicas generales: muy baja fertilidad, alta saturación de aluminio, alta acidez, textura gruesa y buen drenaje. Estos suelos son típicos de zonas tropicales con alta precipitación, muestran una baja fertilidad debido al lavado de iones solubles. Además, existen afloramientos rocosos en distintas partes del área, los cuales fueron evidenciados en la visita técnica, concentrándose principalmente alrededor de los cerros de Mavecure y en algunos sectores de la zona de influencia. Los entisoles, oxisoles, inceptisoles y espodosoles constituyen los principales tipos de suelos, con los entisoles ocupando la mayor proporción (47.9%).
La capacidad de uso del suelo presentada para el AII se clasifica en cuatro clases: clase 5 (agricultura y ganadería, 40.6%), clase 6 (cultivos perennes y sistemas agroforestales y forestales, 20.7%), clase 7 (bosque protector y productor, 20.7%) y clase 8 (conservación y recuperación, 0.8%). Los cuerpos de agua representan el 8% del área de influencia directa. La mayor parte del suelo es adecuado para ganadería y agricultura, aunque su baja fertilidad y alta acidez ponen en duda esta aptitud. El uso adecuado del suelo es del 90%, con sobreutilización severa (5.3%) en asentamientos indígenas y áreas turísticas alrededor de los cerros de Mavecure.
Los ciclos de inundaciones y sequías que se vienen resaltando, son fundamentales para la generación y renovación de los suelos, así como para el ciclo de nutrientes asociado. Los sedimentos que conforman el lecho del río desempeñan un papel crucial en estos procesos, ya que albergan actividades microbiológicas que permiten el adecuado reciclaje de nutrientes. Por lo tanto, las nuevas condiciones del lecho del río frente a una potencial sustracción y las consecuentes modificaciones en su dinámica fluvial, podrían alterar la intensidad y extensión de las inundaciones en el área, lo cual a su vez afectará los procesos de formación de suelos en el Área Solicitada en Sustracción (ASS), y las áreas de inundación conectadas con esta.
Tales modificaciones se extienden aguas abajo, por lo que las implicaciones para las comunidades locales y los ecosistemas no son fácilmente cuantificables. La alteración de los ciclos naturales podría afectar servicios ecosistémicos clave, como la fertilidad del suelo, la regulación del flujo hídrico, la biodiversidad y la provisión de recursos para la subsistencia de las comunidades indígenas y rurales, como el recurso hidrobiológico.
Por lo tanto, existen fundamentos para considerar y concluir que es fundamental mantener la figura de Reserva Forestal de la Amazonía sobre las áreas solicitadas y sus zonas conectadas, para preservar los procesos naturales actuales y evitar modificaciones antropogénicas en el ecosistema acuático.
Sobre los recursos de la biodiversidad:
Flora Inicialmente es importante exponer algunas precisiones respecto a la información entregada por el interesado sobre la biodiversidad, porque ello determina la posibilidad de que se reconozcan los ecosistemas, hábitats, comunidades y especies representativas de las áreas de influencia y las ASS, y que corresponden a los recursos de protección de la Reserva Forestal de la Amazonía en el sector evaluado.
Es de destacar que no se relaciona dentro de la solicitud de sustracción, los sitios de muestreo de flora los cuales deben estar georreferenciados y localizados en cartografía oficial IGAC, tal como lo indican los términos de referencia correspondientes.
Por otra parte, en el apartado de metodología se indica:
“Se realiza la caracterización mediante la metodología de evaluación rápida (…), consiste en realizar un transecto de 50x2 metros mediante una cuerda de 50 m de longitud y utilizando una varita de 1 m con la que se tantea la distancia de cada lado de la cuerda”.
Adicionalmente, en “composición a nivel espacial”, se presenta la composición de especies de flora asociadas a parcelas realizadas en cada uno de los títulos mineros evaluados. De este aspecto, es relevante reconocer que la caracterización de la biodiversidad debe estar asociada a ecosistemas y los hábitats inmersos en ellos, y que pueden estar representados como mínimo en las coberturas presentes en el área de influencia. La utilización de títulos mineros como unidad de estudio no permiten estructurar la biodiversidad en sus diferentes niveles de organización.
Para reconocer dicha diversidad y su estructura, los términos de referencia del anexo 1 de la Resolución número 1526 de 2012 en el ítem 4.2.1 “Flora” establece:
(…) Así mismo, se debe realizar la descripción de la estructura, composición (índices de riqueza) y diversidad (índices de diversidad) de la vegetación por cobertura vegetal dentro de cada ecosistema. (…) Negrita fuera del texto.
Teniendo en cuenta el anterior escenario de información, para la presente evaluación se realiza una búsqueda de información secundaria, a partir de la cual es claro que, el soporte técnico presentado en la solicitud de sustracción subestima la composición y diversidad de flora para el área de influencia, que como se mencionó anteriormente, esta diversidad y riqueza es mayor a la determinada en el documento soporte, ya que debe incluir la biodiversidad del ecosistema acuático y sus dinámicas. Este hecho es reflejado por lo siguiente:
- Se resalta que dentro del documento soporte técnico de la solicitud de sustracción, se relacionan únicamente para el área de influencia 13 especies de flora con 170 individuos distribuidos en las 6 parcelas. Esto contrasta con la información reportada para el Humedal Ramsar Estrella Fluvial del Inírida, que es un ecosistema de referencia encontrado a aproximadamente 6 kilómetros aguas abajo del área a sustraer. En dichas áreas, en el estudio “Biodiversidad de la Estrella Fluvial Inírida” se registran 1172 especies , agrupadas en 522 géneros y 132 familias , en donde recientemente en la zona de Inírida se reconocieron 105 especies como primeros registros para la flora de Colombia[10].
- De igual manera, este estudio se reporta un alto endemismo, con 117 géneros ; de los cuales 19 géneros fueron registrados para el área de Inírida: Digomphia (Bignoniaceae), Brewcaria, Brocchinia (Bromeliaceae), Heterostemon (Caesalpiniaceae), Blepharandra, Diacidia (Malpighiaceae), Acanthella, Pachyloma (Melastomataceae), Blastemanthus, Poecilandra, Tyleria, Wallacea (Ochnaceae), Guacamaya, Schoenocephalium (Rapateaceae), Henriquezia, Sipaneopsis (Rubiaceae), Pentamerista (Tetrameristaceae), Archytaea (Theaceae) y Euphronia (Vochysiaceae).
- En este mismo estudio y en cuanto a las especies con mayor grado de amenaza están: Ocotea cymbarum (Sasafrás). Especie maderable; Leopoldinia piassaba (fibra de chiquichiqui); Qualea paraensis (flor morado) y Mezilaurus sprucei (parature). Con base en los criterios de la UICN, se han identificado dos especies en categoría vulnerable (VU), las cuales corresponden a Brewcaria reflexa y Pepinia juncoides, ambas de la familia Bromeliaceae.
- En otro de los estudios encontrados “Flora del escudo guayanés en Inírida”, y más específicamente para el municipio de Inírida y áreas adyacentes en el departamento del Guainía, se han reportado cerca de 974 especies agrupadas en 443 géneros y 122 familias , en donde se destaca la presencia de dos familias endémicas como lo son Tepuinanthaceae y Euphroniaceae.[11] Lo anterior, es un aspecto representativo y distintivo de la riqueza del área y su representatividad, ya que no solo se reportan especies endémicas, sino, familias endémicas .
- Si bien en los términos de referencia no se establece el inventario de macrófitas acuáticas, dada la naturaleza de la presente solicitud de sustracción, y que el área solicitada a sustraer (ASS), se localiza sobre el ecosistema acuático del río Inírida, es necesaria la caracterización del ecosistema acuático y de este grupo. Bajo condiciones naturales, las macrófitas acuáticas constituyen en esta región un interesante refugio de alimentación, reproducción y crecimiento para muchas especies acuáticas de vertebrados e invertebrados[12] , de manera que este recurso genera uno de los microhábitats acuáticos a caracterizar en el ASS.
Los vacíos evidenciados en la caracterización de la flora debido inicialmente a una subestimación del área de influencia directa e indirecta y la resultante caracterización no representativa de los diversos hábitats en el ASS y las AI, provocan una subestimación también de la biodiversidad del área de estudio en sus diferentes niveles de organización, ecosistemas, hábitats, comunidades y especies.
No obstante lo anterior, desarrollada la visita técnica y contando con la información espacial y bibliográfica utilizada como una referencia parcial de la potencialidad de la diversidad de flora, endemismos y especies amenazadas, es claro para esta evaluación que, en el área se encuentran recursos de la flora no caracterizados, pero que representan claramente recursos de protección de la reserva forestal representados en ecosistemas y hábitats acuáticos relacionados con este tramo y aguas abajo del río Inírida y hábitats asociados en áreas conectadas con el río por las inundaciones estacionales.
Con base en los recursos expuestos anteriormente provenientes de estudios de la zona, se considera la necesidad de mantener la figura de reserva forestal en un área con gran complejidad ecológica por la existencia de diversos recursos de la flora de hábitats acuáticos e inundables conectados por el mismo río Inírida, y relacionados directamente por este mismo hecho con el ASS.
Fauna:
En el apartado de fauna del documento soporte de la solicitud, en los transectos con puntos de observación para la avifauna se menciona:
“Teniendo en cuenta las condiciones del área de estudio se realizaron recorridos sobre el cauce del rio sin distancias establecidas (…).”
Si bien en “Fragmentación del paisaje. Métricas de análisis” en el apartado de funcionalidad, se relacionan las coberturas que presentaron conectores biológicos (ríos, bosque denso bajo inundable, herbazal denso inundable) con sus respectivas especies, dentro de los resultados presentados por grupo taxonómico no se indican los resultados por cobertura vegetal por lo que, los resultados sobre el recurso fauna, estarían limitados a los recorridos sobre el cauce del río.
En reflejo de lo anterior, la información presentada no representa la fauna de las diferentes coberturas o hábitats del área de influencia, teniendo en cuenta que, como se hizo referencia al inicio de las presentes consideraciones, la conexión espacial de los diferentes ecosistemas inundables asociados al río y determinado por el agua y sus dinámicas en la escala espacio temporal, permiten reconocer que la presente evaluación no se puede concentrar solamente en el río y en el bosque que limita con su cauce, sino que tiene implicaciones en los ecosistemas o hábitats inundables dada la conexión generada por el agua, por lo que dicha biodiversidad también debe ser reconocida para establecer su estado, características y potenciales afectaciones bajo el escenario de una sustracción.
Al respecto los términos de referencia indican:
“Para los grupos de anfibios, reptiles, aves, mamíferos, macroinvertebrados acuáticos y peces, se identificarán las especies asociadas a cada una de las coberturas vegetales existentes y cuerpos de agua asociados a cada ecosistema identificado (…). La información presentada debe estar soportada por los formularios de campo”
Así las cosas, se considera que la información no fue entregada según se establece, y adicionalmente, los formularios de campo no fueron relacionados dentro de la información entregada en el marco de la presente solicitud de sustracción. Sumado a esto, no se evidencian en la información aportada, especies endémicas, especies sombrilla y migratorias, algunas de las cuales se dejan en evidencia en seguida por parte de esta evaluación.
Por otra parte, tampoco se refleja en el documento, las principales cadenas tróficas, fuentes naturales de alimentación y rutas migratorias de las especies más representativas. Así mismo, tampoco se definen las interacciones entre la fauna silvestre y las unidades de cobertura vegetal del sitio, tales como refugio, alimento, hábitat, corredores de migración, sitios de concentración estacional y distribución espacial, teniendo en cuenta para el particular, que se involucran ecosistemas acuáticos y ecosistemas terrestres inundables, que cuentan con una conexión por el medio.
Es de gran relevancia mencionar que, el insumo de fauna es clave para establecer otros capítulos como el de conectividad ecológica, el cual establece que la información obtenida sobre la composición de flora y fauna debe ser integrada, con el fin de analizar la disponibilidad de hábitat para el mantenimiento de las especies en el área solicitada a sustraer, y la vulnerabilidad de las especies en el AID y el AII frente a la eventual sustracción solicitada.
Si bien esta información no es entregada por el interesado según lo establecido, por parte de este ministerio y para esta evaluación, se realiza una búsqueda de información para reconocer las características del recurso fauna de la zona, de interés y protección para la reserva forestal.
Avifauna Inicialmente, es importante mencionar que, la región del Inírida es de particular interés por su posición geográfica y su variedad de hábitats, la cual representa un área de contacto entre elementos faunísticos del este -refugio de Guyana- y el oeste - refugio del Napo-[13].
Hasta la fecha se han registrado en el departamento del Guainía 617 especies de aves[14], y más específicamente para Inírida, 436 especies agrupadas en 63 familias, confirmando la riqueza de avifauna para el área[15].
Referente a las especies migratorias, entre los meses de octubre y abril llegan a la región 43 especies migratorias boreales, provenientes de Norteamérica durante su migración de otoño, que pueden usar la zona para permanecer durante varios meses o usar como sitios de descanso durante su viaje hacia el sur, y en su regreso al norte[16].
Igualmente, hay migratorios australes recibiendo 6 especies entre abril y agosto; sumado a esto, se presentan migratorias intratropicales, que se desplazan longitudinalmente, es decir de oriente a occidente. Se reportan siete aves acuáticas, que hacen movimientos estacionales en respuesta a los pulsos de inundación de los grandes ríos, para aprovechar el incremento en la oferta de alimento en época de aguas bajas. Y, por último, dos especies de semilleros tienen movimientos cíclicos regulares entre la Amazonia brasileña y la región del Guainía[17].
Dada la importancia de los ecosistemas acuáticos en el departamento, las aves asociadas a estos ambientes son muy diversas y abundantes, siendo 76 especies (12% del total), dependientes de los humedales para su supervivencia, donde se incluyen grupos como zambullidores, patos, garzas, cigüeñas, cormoranes, patos aguja, chorlitos, andarríos, gaviotines, gavilanes caracoleros, martines pescadores y golondrinas, conformando un conjunto de especies de gran importancia ecológica[18].
Ahora bien, en lo que respecta a cadenas tróficas y hábitos alimentarios de la avifauna del área, la gran mayoría de especies son insectívoras, pues varias de las familias más diversas tienen como dieta primaria a los artrópodos, representando un importante servicio ecosistémico relacionado con el control de plagas. Adicionalmente, es notable la riqueza de especies nectarívoras (colibríes, mieleros y turpiales) y frugívoras como pavas, paujiles, fruteros, saltarines, entre otros[19].
En cuanto a especies de avifauna amenazadas, se encuentran 13 consideradas como casi amenazadas, y 8 en categoría vulnerable[20].
Ahora bien; en contraste con la anterior información, el documento técnico soporte de la solicitud de sustracción reporta el recurso fauna por cada uno de los títulos mineros bajo el siguiente estado:
“(…) se pudo establecer que en cada uno de los títulos mineros evaluados se relación (sic) cada una de las especies identificada y con sus respectivas abundancia de aves evaluadas en cada uno de ellos, es de importancia resaltar la poca diversidad y abundancia hallada en algunos de ellos ya que se encuentran en áreas de difícil ingreso al bosque esto dificulto un poco la caracterización del título ya que no se podía realizar dichos transectos dentro del bosque si no que solo lo que logra observar desde el cuerpo de agua, teniendo en cuenta que estas zona no permiten acedera, ya que la gente de la zona no consideran adecuado el ingreso a estas áreas. (…).” Negrita y subrayado fuera del texto.
De lo anterior, cabe resaltar que la distribución espacial de la fauna silvestre debe estar asociada como mínimo para cada una de las coberturas vegetales, más no de títulos mineros, ya que el análisis sobre el recurso faunístico de la reserva forestal debe ser analizado e integrado desde el contexto ecológico y relacionado con otros apartados como la flora, por cobertura vegetal o por cada ecosistema encontrado.
Sumado a esto, se menciona que no se pudieron realizar dichos transectos dentro del bosque, sino que solo se realizaron desde el cuerpo de agua, por lo que, con base en la diversidad presentada con anterioridad producto de búsqueda de información secundaria por parte de este ministerio, se infiere que se estaría subestimando la diversidad de aves para las áreas de influencia directa e indirecta y por ende las posibles afectaciones ante una eventual sustracción.
Con base en lo anterior, si bien el documento de solicitud de sustracción carece de la información detallada evidenciada con anterioridad, la información secundaria revisada por parte de este ministerio resalta la gran biodiversidad, endemismo y especies de aves amenazadas, para el área, por lo que:
1. Se advierte sobre una subestimación en la caracterización de la fauna presente en las áreas de influencia, y por ende de las posibles afectaciones sobre este grupo;
2. Se insta a mantener la figura de reserva forestal en el ASS, para asegurar refugio, proveer hábitats y microhábitats, sitios de alimentación, reproducción y descanso de la avifauna de interés mencionada con base en la búsqueda bibliográfica, por ser recursos de protección en virtud de la función protectora de la Reserva Forestal de la Amazonía.
Herpetofauna En lo referente a la diversidad de herpetofauna para el área de influencia directa e indirecta, el interesado menciona:
“Teniendo en cuanta (sic) la Herpetofauna registrada en el área de estudio por las bajas abundancias reportadas, los datos no son suficientes para un análisis estadístico riguroso, por tal razón se realiza una breve descripción de las especies registradas en el área de influencia.”
Posterior a lo evidenciado con anterioridad, el documento de solicitud de sustracción relaciona en el apartado de fauna, las especies: Iguana, Leptodactylus wagneri, y Podocnemis erythrocephala.
Con base en esto, se resalta el hecho que los términos de referencia establecen que dentro de la recopilación de información se debe tener en cuenta las colecciones biológicas de los institutos especializados como el Instituto de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional, el Instituto de Investigación de Recursos biológicos “Alexánder von Humboldt (IAvH), el instituto Amazónico de Investigaciones Científicas “SINCHI” y el Instituto de Investigaciones Ambientales (IIAP), adicionalmente producto de la información primaria debe determinar la composición y riqueza de especies.
Un esfuerzo de muestreo riguroso es de vital importancia para establecer la composición de especies de herpetofauna para el área de influencia directa e indirecta, debido a la gran importancia del área para este grupo que engloba anfibios y reptiles. En un área donde los ecosistemas acuáticos e inundables son los que conforman la estructura natural, una breve descripción no podría considerarse una caracterización del recurso.
Al respecto, se tiene que históricamente estos dos grupos han estado bajo varias amenazas como la degradación, transformación y pérdida de los hábitats que ha puesto en riesgo algunas poblaciones[21].
Desde esta evaluación, y ante la falta de información en el documento soporte de la solicitud, se procede a dejar en evidencia la información disponible para los anfibios y reptiles presentes en el área.
En cuanto a los anfibios, exhiben una variedad de hábitos ecológicos entre los cuales se destacan sus modos reproductivos; en la Amazonía se han descrito hasta 21 modos distintos[22] que implican el uso de diversos hábitats y por lo tanto los hace vulnerables a las alteraciones de cualquiera de ellos; por ejemplo, la contaminación o desecación de humedales y/o eliminación o transformación de la cobertura vegetal[23].
Para el Guainía, se reportan 56 especies agrupadas en 9 familias y dos órdenes[24]. Siendo un poco más específicos, para la Estrella Fluvial del Inírida, relacionada con el ASS y las áreas de influencia, han sido registradas 44 especies de anfibio[25].
Respecto a la riqueza de reptiles, el departamento de Guainía está representada por 97 especies distribuidas en tres órdenes: Crocodylia con una familia y dos especies; Squamata con 16 familias y 84 especies y Testudines con cuatro familias y 11 especies[26] Para la Estrella Fluvial del Inírida se registran 86 especies[27].
En cuanto a las especies bajo categoría de amenaza, en relación con la categorización propuesta por CITES de las especies distribuidas en la EFI, se tienen 17 categorizadas, de las cuales Cocodrylus intermedius es la única incluida en el apéndice I, donde las restricciones son totales para su comercialización. Las restantes son incluidas en el Apéndice II.
También resaltan especies en peligro crítico (CR) según el libro rojo de reptiles de Colombia, como son Crocodylus intermedius, Chelonoidis carbonaria, Podocnemis expansa, P. unifilis. En categoría “En peligro” (EN), se encuentra Chelonidis denticulata; como “vulnerables” (VU) se encuentran Kinosternon scorpioides, y Podocnemis erythrocephala, y por último, como “casi amenazadas” (NT), se encuentran Chelus fimbriatus, Peltocephalus dumerilianus, y Podocnemis vogli.
La anterior información presentada por este ministerio deja en evidencia la riqueza de especies de la herpetofauna del área en evaluación.
Mastofauna Referente a la mastofauna, el documento soporte técnico de la solicitud menciona en la metodología a emplear el uso de cámaras trampa en donde se indica:
“Teniendo en cuenta las coberturas vegetales identificadas en el área se instalaron cámaras trampas, en cada cobertura se dejaron instaladas durante tres días, con periodos seguidos de 24 horas, esperando tener mayor cobertura y tiempo de muestreo.”
No obstante, no se evidencia la georreferenciación de las cámaras, ni el número de cámaras instaladas; adicionalmente, en los resultados tampoco se relaciona ningún resultado asociado a este método de muestreo.
Se menciona que “en los recorridos de observación se registra el canto de la especie Alouatta seniculus (…) se reporta el mamífero correspondiente a la especie Callicebus lugens por encuentro casual (…), relacionando únicamente dos especies de mamíferos para el área de estudio.
Si bien esta información no es entregada, por parte de este ministerio se realiza una búsqueda de información secundaria para reflejar la importancia de este grupo.
En primera instancia, como fue expuesto en el reporte de visita técnica, solo durante el recorrido realizado durante 2 días (12 y 13 de abril), se lograron evidenciar mamíferos, como las toninas (Inia geoffrensis), el perro de agua (Lontra longicaudis), que están asociadas fuertemente al ecosistema acuático del río Inírida, y un grupo de maiceros (Sapajus apella).
Bajo lo hallado en solo dos días de visita técnica, es de resaltar que para un ecosistema como el río Inírida, no se registren especies de mamíferos acuáticos en la caracterización presentada por el usuario en el documento de solicitud, teniendo en cuenta que el ASS corresponde tramos del río. Esto evidencia que los muestreos no son representativos de los biomas o ecosistemas involucrados, aún más teniendo en cuenta que el mismo peticionario menciona que los biomas presentes en la zona corresponden a Helobioma (ecosistemas anegados o inundables), Hidrobioma (río Inírida, afluentes y ecosistemas lénticos como madreviejas), Peinobiomas (ecosistemas de sabanas inundables).
Como se evidencia, la información sobre la caracterización del medio no es fiel a la realidad del área.
Adicionalmente, producto de la búsqueda de información secundaria por parte de este ministerio para efectuar una evaluación integral de la solicitud, se encontró que para el departamento del Guainía se registran actualmente 198 especies de mamíferos agrupadas en 36 familias y 12 órdenes, representando el 36% de las especies de mamíferos registradas para Colombia.[28] La riqueza de especies en algunos grupos como los murciélagos, roedores, carnívoros, primates y didélfidos es notable. Esta condición puede ser explicada por la posición transicional del departamento de Guainía, lo que permite que en sus ecosistemas terrestres y acuáticos coincidan especies que habitan regiones como la Orinoquia, Amazonía y Guayana[29].
Adicionalmente, y que es de mayor interés para la presente evaluación, en los ecosistemas acuáticos como el del río Inírida donde se ubica el ASS, habitan especies representativas como la zarigüeya acuática (Chironectes minimus), el perro de agua (Pteronura brasiliensis), la nutria neotropical (Lontra longicaudis), el manatí (Trichechus manatus) y la tonina o delfín rosado (Inia geoffrensis)[30].
De igual manera, estos tienen comportamientos migratorios, donde se encuentran 4 de las especies mencionadas anteriormente que tienen migraciones estacionales y longitudinales: el perro de agua (Pteronura brasiliensis), la nutria (Lontra longicaudis), la tonina (Inia geoffrensis), y el manatí (Trichechus manatus) (Fundación Omacha & Fundación Yubarta 2014)[31].
Este mismo tipo de migración lo presentan 14 especies de murciélagos: un Vespertilionidae (Lasiurus blossevillii); un Molossidae (Tadarida brasiliensis), y doce Phyllostomidae: Desmodus rotundus, Anoura caudifer, A. geoffroyi, Choeroniscus godmani, C. minor, Glossophaga longirostris, Enchisthenes hartii, Sphaeronycteris toxophyllum, Vampyressa thyone, Vampyriscus bidens, V. brocki y Vampyrodes caracciol[32].
Para la Estrella Fluvial del Inírida referente más apto para el ASS, AID y AII, se reportan 101 especies confirmadas de mamíferos y 69 más que posiblemente habitan en la zona, que corresponden al 23% de la mastofauna reportada para Colombia. El orden más frecuente corresponde a Chiroptera (57 especies), seguido por Carnívora (10 especies), Rodentia (9 especies) y Primates (8 especies)[33].
De acuerdo con Ferrer & Beltrán[34], la diversidad de gremios tróficos de los diferentes grupos faunísticos presentes en la Estrella Fluvial Inírida - como un referente preciso del área en evaluación - muestra la complejidad de sus ecosistemas. Esto tiene incidencia en la existencia de especies claves para el óptimo funcionamiento de estos. Igualmente, muchas de estas especies tienen un valor ecológico importante como dispersores de semillas y polinizadores (murciélagos), como controladores de especies en ecosistemas acuáticos (delfines, nutrias) y a nivel cultural para las comunidades ribereñas, tanto como especies cinegéticas, como dentro de sus cosmogonías[35].
En cuanto a los mamíferos que presentan hábitos acuáticos y semiacuáticos en la Estrella Fluvial de Inírida sobresalen los delfines que en la zona se conocen como toninas (Inia geoffrensis) y dos especies de nutrias: la nutria neotropical (Lontra longicaudis) y la nutria gigante de río o perro de agua (Pteronura brasiliensis). Las toninas están presentes generalmente en los ríos principales, en las confluencias de tributarios y en las lagunas. Sus densidades varían a lo largo del año en función de la estación hidrológica; en aguas bajas generalmente se encuentran en mayor número en zonas poco profundas de playas donde además de alimentarse, socializan y se reproducen, mientras que en la época de inundación entran a los sistemas lénticos y se dispersan en el bosque inundado en busca de alimento[36]. Esto último, es una evidencia de la relación y conectividad longitudinal y transversal de este recurso hacia las zonas inundables del ecosistema acuático del río Inírida y con ello, cualquier cambio en el ecosistema del río, tendrá influencia sobre estos comportamientos.
Las nutrias se encuentran más en los tributarios de aguas negras y generalmente hacia las cabeceras. En el caso de la nutria neotropical, sus grupos son pequeños de máximo dos o tres individuos (madre y crías) o individuos solitarios. Son de carácter más tímido y no se acercan a comunidades humanas. Los lobos de río o nutria gigante conforman grupos más numerosos, de hasta 12 individuos que tienen territorios más o menos definidos que se expanden en la época de aguas altas cuando los peces se dispersan y es más difícil su búsqueda, tal como las toninas. Las nutrias gigantes al ser más territoriales y estar en sistemas lagunares donde actualmente ha aumentado la pesca comercial, ha contribuido al incremento en la probabilidad de interacción con pescadores y generación de conflictos[37].
En cuanto a los mamíferos amenazados la bibliografía[38] reporta los siguientes:
Y adicionalmente, 17 especies están reportadas dentro de la Lista Roja de Mamíferos Amenazados de Colombia.[39] Dentro de estas especies destaca la presencia del Jaguar o tigre (Panthera onca), que es una especie de hábitos solitarios y territoriales, siendo muy afines al agua. En Colombia, la mayor amenaza actualmente es la fragmentación del hábitats, siendo los bosques ribereños áreas prioritarias de conservación para asegurar la conectividad entre parches de bosques.[40] En la EFI durante la época de invierno, la oferta de alimento para los felinos se limita hacia las zonas inundadas especialmente las de rebalse y banquetas, pues según comentan las comunidades indígenas son estas zonas donde encuentran presas como: lapas (Cuniculus paca), picures (Dasyprocta punctacta y algunas aves como los paujiles (Mitu tomentosa) que se alimentan de semillas y frutos del bosque inundable[41].
En la época de verano, los lugares visitados por los felinos son más numerosos debido a que la cantidad de agua es menor y se les facilita el acceso al interior del bosque donde encuentran especies para alimentarse como: el araguato (Alouatta seniculus), el churuco (Lagothrix lagothricha lagothricha) el armadillo (Dasypus novemcinctus) la danta (Tapirus terrestris) y grupos de zainos (Tayassu tajacu) y cajuches (Tayassu pecari). Los felinos más pequeños también cazan algunas aves con las que se alimentan como los tinamus (Crypturellus sp.) y las pavas hediondas (Opisthocomus hoazin) entre otras, además de pequeños roedores y lagartos.
Adicionalmente, es bien sabido que el jaguar es un buen nadador y es capaz de atravesar ríos grandes como el Atabapo y el Inírida[42], por lo que el ASS sobre el río, hace parte de los recursos de hábitat para una especie terrestre y de amplias necesidades de hábitat como esta.
Con lo anteriormente expuesto, se resalta la gran importancia ecosistémica del área evaluada en cuanto a su biodiversidad, reconociendo además que, la ecología de varias de estas especies reportadas tienen una alta dependencia al río y sus zonas inundables, por lo que es certero asegurar que, el Área solicitada en sustracción y las áreas de influencia que pueden reconocerse desde la presente evaluación donde se incluyen las zonas inundables, representan una compleja estructura de ecosistemas, hábitats, comunidades y especies interconectadas entre sí, por lo que ASS y áreas de influencia representan recursos de la biodiversidad de suma importancia y que se relacionan con la función protectora de la Reserva Forestal de la Amazonía. Por lo anterior, estas áreas deben permanecer como reserva forestal.
En cuanto al ecosistema acuático del ASS-río Inírida Dado que el área solicitada en sustracción corresponde a tramos del río Inírida, es primordial contar con la caracterización de este ecosistema acuático, que corresponde en un 100% a un hidrobioma y un 100% a ecosistema de río de aguas negras, donde se sucederían los potenciales cambios, nuevas condiciones y posibles afectaciones establecidas por el usuario ante una eventual sustracción.
Inicialmente, es menester dejar en evidencia que en el apartado de composición espacial de la ictiofauna se menciona:
“Los títulos correspondientes a LK2 –11391 (3,9%), LK2 –11181 (6,2%) y LK2 –11281 (7,0%) presentaron los valores de abundancia relativa más bajos; estos valores bajos pueden estar relacionados, con las características ecosistémicas que presentan cada uno de los títulos, ya que cuentan con amplias zonas boscosas las cuales las comunidades indígenas pocas veces logran ingresar”
Para lo cual se considera que:
1. Se reitera la impertinencia de información presentada sobre la caracterización de los ecosistemas a partir de los títulos mineros como unidades de muestreo;
2. En este sentido, los valores de abundancia bajos reportados no atienden necesariamente las características ecosistémicas del área, debido a la utilización de metodologías con esfuerzos de muestreo que no permiten la caracterización del ecosistema acuático.
3. El usuario habla de amplias zonas boscosas, situación que refuerza lo considerado en esta evaluación frente a la flora y fauna presente.
Con base en lo presentado en el documento técnico soporte, se expondrán algunos apartados relacionados con la ictiofauna, acompañado de información disponible para la zona, y con la cual se deja evidencia la riqueza del área frente a recursos del ecosistema acuático.
Ictiofauna En cuanto a la ictiofauna se menciona:
“(…). Tenido en cuenta la falta de permiso para la colecta de especímenes para estudios ambientales, la caracterización de la ictiofauna se realizó en compañía de los pescadores de la zona, acompañado los a realizar sus actividades diaria de abastecimiento de alimento mediante la pesca con la técnica de pesca con atarraya.”
“De las especies registradas por el tipo de muestreo desarrollado, en la cual no se realiza captura directa de los individuos por ende no se logra bajar taxonómicamente algunos individuos a nivel de especie teniendo en cuenta que algunas especies cuentan con una taxonomía más fina, para realizar su correspondiente identificación taxonómica; dejándolos solo a nivel de género, al realizar la consulta sobre el grado de amenaza los registros se realizan a nivel de especie y no de género, por esta razón no se tiene registros de grado de amenaza en específico para algunas taxas (…)”.
Conforme lo presentado por el usuario, y la información que se expondrá a continuación, se muestra la importancia de utilizar artes de pesca adecuados para caracterizar de forma apropiada el ecosistema acuático del río Inírida en estos tramos, que, ante una eventual sustracción, sería el ecosistema en presentar directamente las afectaciones previstas.
En el caso de la fauna íctica, los muestreos se deben llevar a cabo en dos (2) periodos diferentes (aguas altas, aguas bajas) a diferentes horas del día, para abarcar los cambios diarios en su comportamiento. Estos muestreos se deben realizar en estaciones de muestreo previamente seleccionadas, en diferentes hábitats acuáticos, donde cobra relevancia el muestreo en los tramos solicitados, aguas debajo de los mismos y en los hábitats y subhábitats como, por ejemplo: fondos arenosos, pedregosos y fangosos, huecos en troncos, zona profunda, palizadas, riberas cubiertas por gramíneas y ciperáceas, vegetación flotante, bosque inundado.
Considerando lo presentado por el usuario y los resultados entregados, se considera que el documento técnico soporte no presenta la caracterización del ecosistema acuático del área solicitada a sustraer, aguas abajo y zonas inundables de los tramos del río relacionados con la solicitud. Muestra de lo anterior, el documento técnico soporte de la solicitud relaciona 10 especies de fauna íctica (Tabla 28 de este documento) donde no se registran especies amenazadas.
Contrario a lo anterior, desde esta evaluación se presenta información sobre los recursos de la ictiofauna que se encuentran involucrados y que podrían verse afectados ante los cambios previstos frente a una eventual sustracción. Lo anterior considerando la conocida alta diversidad del departamento del Guainía, de la Estrella Fluvial Inírida, y del río Inírida.
Teniendo en cuenta que el ASS involucra específicamente tramos del río Inírida, podemos dar inicio desde una referencia general de la ictiofauna para las cuencas de la Amazonía y Orinoquía, en las cuales se reportan cerca de 764 y 715 especies respectivamente, siendo las cuencas con mayor número de especies en el país. Ambas cuencas forman parte del departamento de Guainía, cuya diversidad ha sido estudiada especialmente en lo ceñido al área de influencia del sitio Ramsar Estrella Fluvial Inírida, ubicada aproximadamente a aproximadamente 6 kilómetros aguas abajo del ASS, lo cual la hace apta como área referencia de información.
En línea con lo anterior, para el departamento del Guainía, se registran 418 especies de peces, atribuyendo dicha diversidad al origen de sus cuencas hidrográficas, por ejemplo, el río Inírida nace en la Serranía de Tuhaní, aunque recibe afluentes de las sábanas al sur de San José del Guaviare[43].
Ahora bien, teniendo en cuenta que la ictiofauna del río Inírida está altamente relacionada con la estrella fluvial del Inírida EFI, esto nos permite dentro de esta evaluación, utilizar la información de esta última ubicación para referir a la fauna del ASS. Al respecto se tiene que está estrechamente relacionado con el Atabapo (aguas negras) con una similitud de casi el 66%. Esto permite hablar prácticamente de un solo grupo ictiofaunístico (Atabapo-Inírida), con un elevado número de especies comunes; incluso el río Inírida muestra una agrupación significativa con el río Guaviare. Esto demuestra que las especies que componen cada una de estas cuencas tienen una amplia distribución en la EFI[44].
Respecto a la composición ictiológica de la Estrella fluvial del Inírida como referencia, se identificaron 470 especies agrupadas en 224 géneros, 40 familias y 10 órdenes, siendo el río Inírida el que registra una mayor riqueza con 280 especies [45]. Sumado a esto, la EFI tiene un inmenso valor para los procesos ecológicos de la cuenca del Orinoco, pues registra el 51% de las especies migratorias de peces dulceacuícolas de Colombia. [46] Es así como podemos aseverar que para el ASS esperaríamos encontrar una riqueza similar a 280 especies de ictiofauna, respecto a las 10 especies reportadas en el soporte técnico.
En cuanto a especies amenazadas, para la Estrella Fluvial Inírida se registran 16 especies amenazadas según el Libro Rojo de peces, de las cuales 7 son vulnerables (VU) y se encuentran en la cuenca del río Inírida: Potamotrygon motoro, Brachyplatystoma vaillanti, Pseudoplatystoma metaense, Pseudoplatystoma orinocoense, Zungaro zungaro, Pterophyllum altum, y Potamotrygon orbigny como casi amenazadai [47]. Lo anterior, en contraste con el reporte del documento técnico soporte de la solicitud de sustracción, donde no se presentan registros de especies amenazadas.
Lo anterior expuesto, refleja la importancia del río Inírida y con seguridad del ASS respecto a la diversidad de ictiofauna, asociada a los demás grupos de fauna acuáticos o de los hábitats terrestres inundables. Es así que, desde una perspectiva biótica se considera que es fundamental mantener la figura de reserva forestal dada la gran diversidad de peces que pueden estar presentes en el área y que sería uno de los primeros grupos en verse afectados ante una eventual sustracción.
Desde esta evaluación es claro que, las AII, AID y ASS, cuentan con una compleja estructura conformada por ecosistemas, hábitats, comunidades y especies pertenecientes y asociados al ecosistema acuático del río Inírida, no caracterizados para la presente solicitud, pero que, a partir de la información disponible expuesta anteriormente para la estrella fluvial del Inírida como área representativa, se puede establecer su relevancia en todos los grupos de fauna silvestre.
Es así que, aunque no es posible desde la presente evaluación, concretar sobre cuáles especies, cuáles hábitats y microhábitats, cuáles comunidades o procesos ecológicos se verán afectadas por los cambios en el medio acuático asociados a una potencial sustracción, sí es claro que el área solicitada y sus áreas ecológicamente conexas, deberán permanecer como reserva forestal, dado que exhiben recursos de protección de la misma.
ANÁLISIS AMBIENTAL Es perentorio iniciar las consideraciones del análisis ambiental mencionando que la evaluación ambiental con el escenario con sustracción no se dio, conforme lo expuesto por el solicitante:
“Para el análisis y evaluación ambiental de este proyecto no se evaluará un escenario “con sustracción” considerando que no se dará lugar a la ejecución de remoción de cobertura vegetal”. Teniendo en contraste lo que en peticionario denomina, “escenario con proyecto”.
Es de hacer notar que, si bien es cierto que para el área solicitada en sustracción del presente caso no se prevé un aprovechamiento forestal ni remoción de cobertura vegetal, debido a que se trata del ecosistema acuático del río Inírida, como se ha expuesto dentro de esta evaluación, son claramente identificables y representativos los recursos de protección por la reserva forestal, tal como el recurso hídrico del río Inírida, medio en que se desarrolla la vida silvestre y los procesos ecológicos que permiten la oferta de otros servicios ecosistémicos en el área solicitada en su sustracción y demás áreas del río, aguas abajo del ASS y toda la zona inundable que hace parte del mismo.
Resaltando la importancia del río como componente esencial del ecosistema acuático y de los recursos que allí se albergan, se enfatiza que la reserva no solo protege los bosques y suelos, donde podría darse la remoción de vegetación, sino que su protección está también dirigida al recurso hídrico y la vida silvestre relacionada con este ecosistema.
Es importante también señalar que, aunque el usuario menciona que las actividades de arranque, carga y transporte de material que corresponden a las nuevas condiciones que tendría el ASS frente a una potencial sustracción, podrían generar afectaciones severas en la conectividad ecológica, al no estar caracterizado el ecosistema acuático del ASS, no es preciso el análisis para reconocer sobre cuáles recursos y procesos se dará dicha afectación.
Cabe reiterar que, como se mencionó anteriormente, cualquier área que esté inundada, ya sea de manera permanente o periódica por las aguas del río, mantendrá su conectividad. Por lo tanto, cualquier alteración en el medio acuático debido a los cambios y nuevas condiciones del área solicitada a sustraer como consecuencia de una eventual sustracción, afectará todo lo que esté dentro del área inundada. Esto incluye hábitats, nichos y la diversidad biológica que ya fue destacada en las consideraciones anteriores, donde se incluye recursos de flora terrestre e inundable, la fauna terrestre y de hábitos anfibios, la ictiofauna potencial según información del río Inírida y la EFI, así como algunos mamíferos representativos únicos de estos ecosistemas como los delfines rosados, anfibios y reptiles que, como mínimo serían quienes reciban las principales afectaciones previstas.
Respecto al Área solicitada a sustraer, es importante mencionar que, en la descripción de límites administrativos, el usuario expone:
“Los límites administrativos que están relacionados con el área de solicitud de sustracción (ASS), se definen como el área total que ocupan los seis (6) títulos mineros presentes dentro del Bloque 3: LK2 –10531, LK2 –11071, LK2 –11181, LK2 –11281, LK2 –11391 y LK2 –15191.
En esta área de los títulos mencionados anteriormente, se llevará a cabo el desarrollo del proyecto de explotación de minerales de oro y sus concentrados, donde se intervendrán de alguna manera los componentes geomorfológicos e hidrogeológicos que se involucran dichas actividades mineras”.
Dado lo anterior, se prevé que las potenciales afectaciones identificadas superarían el área solicitada en sustracción.
CONCLUSIONES De lo considerado anteriormente se concluye lo siguiente, que permite desde la presente evaluación establecer y advertir sobre la importancia de las áreas evaluadas (ASS, AID, AII) para su permanencia como Reserva Forestal de la Amazonía. i. Las nuevas condiciones del área reservada con la extracción de volúmenes de sedimentos del lecho del río Inírida alteraría significativamente la estructura natural del cauce, formada a lo largo de tiempos geológicos. Esto rompería las capas sedimentarias diferenciadas que son esenciales para las interacciones río-acuífero y los procesos geomorfológicos. ii. Modificar la morfología del cauce y su dinámica fluvial podría alterar las áreas inundables aguas abajo, afectando la intensidad y extensión de las inundaciones naturales que son fundamentales para la formación y renovación de suelos y la recarga de acuíferos. iii. Los modelos hidrogeológicos actuales no ofrecen suficiente precisión para garantizar que tales modificaciones no afectarán negativamente los flujos subterráneos y la disponibilidad de agua para las comunidades locales. iv. Entre las afectaciones que se advierten son el incremento de la carga sedimentaria y el ruido, afectación en la calidad del agua y alteraciones del lecho del río, lo cual afecta hábitats y microhábitats acuáticos y los procesos ecológicos inmersos en las comunidades naturales, lo cual sin duda afecta la pesca, potencialmente la navegación y el acceso al agua para consumo y riego. v. La calidad del agua ya presenta deficiencias significativas, con altos niveles de coliformes fecales, fosfatos y nitratos, no siendo apta para consumo humano. Ante una potencial sustracción se podrían exacerbar estos problemas, empeorando la calidad del agua y afectando aún más a las comunidades que dependen de ella. vi. Dado que las afectaciones podrían ser irreversibles sobre los ciclos naturales, la calidad y disponibilidad del recurso hídrico, los suelos, la dinámica fluvial, la fauna y flora acuática, los procesos ecológicos y los servicios ecosistémicos, es imperativo mantener la figura de Reserva Forestal de la Amazonía para el río Inírida, el cual cuenta con importantes recursos expuestos anteriormente y concretados en seguida:
- Para la Estrella Fluvial Inírida, un ecosistema de referencia ubicado a pocos kilómetros (6 km aproximadamente) del área solicitad a sustraer se tiene un registro de 1172 especies de flora, agrupados en 522 géneros y 132 familias, con un grado de endemismo muy alto a nivel de género para Inírida de 19 y endemismos a nivel de familias taxonómicas. Se registran especies bajo grado de amenaza como Ocotea cymbarum (Sasafrás). Especie maderable; Leopoldinia piassaba (fibra de chiquichiqui); Qualea paraensis (flor morado) y Mezilaurus sprucei (parature). Con base en los criterios de la UICN, se han identificado dos especies en categoría vulnerable (VU), las cuales corresponden a Brewcaria reflexa y Pepinia juncoides, ambas de la familia Bromeliaceae[48].
- En cuanto a fauna las cifras son altas, con 617 especies de aves[49], 470 de peces[50] 56 de anfibios, 97 de reptiles y 198 de mamíferos[51] con la presencia de especies migratorias como lo son 49 de aves, 4 mamíferos acuáticos, y 14 mamíferos voladores[52].
- Además de registrarse especies amenazadas, en lo referente a aves, se encuentran 13 consideradas como casi amenazadas, y 8 en categoría vulnerable, y 17 de peces. En reptiles se resaltan especies en peligro crítico como Crocodylus intermedius, Chelonoidis carbonaria, Podocnemis expansa, P. unifilis, y en mastofauna 17 especies ubicadas en la lista roja de mamíferos amenazados de Colombia donde se destacan especies como Odocoeileus virginianus en peligro crítico (CR), Priodontes maximus y Pteronura brasiliensis En Peligro (EN), entre las ubicadas como vulnerables (VU) se destacan Inia geoffrensis, Lontra longicaudis, Panthera onca, y Tapirus terrestris[53].
vii. Es claro que existen unas afectaciones expuestas por el solicitante y que, a partir de su lógica, representaría también afectaciones residuales y graduales en el ecosistema acuático del ASS y los ecosistemas acuáticos conectados longitudinalmente aguas abajo del ASS, pero que también pueden trascender a los ecosistemas terrestres inundables conectados transversalmente por el medio acuático que, en conjunto, conforman una estructura natural conectada que supera la superficie fluvial y sobre la cual se reconocen flujos de energía en diferentes dimensiones.
Producto de cambios en el ecosistema acuático y su potencial transcendencia hacia los demás ecosistemas y hábitats conectados con el ASS, aguas abajo y en las zonas inundables, se afectarían también los procesos ecológicos en los hábitats inundables como bosque denso alto inundable, bosque denso bajo inundable, herbazal denso inundable, y todas las características biofísicas asociadas a ellos. viii. Considerando que se cuenta con una comprensión parcial pero determinante a partir de información publicada para la estrella fluvial del Inírida como un área de referencia admisiblemente comparable con las áreas en cuestión, se concluye que para la presente evaluación, nos enfrentamos a una incertidumbre científica sobre la verdadera magnitud de la afectación que se daría a los recursos presentes en los ecosistemas involucrados, en particular el ecosistema acuático sobre el cual se encuentran las áreas solicitadas. En consecuencia, es importante dejar expreso que, las afectaciones serían mayores a las que pueden preverse desde la presente evaluación, ya que quedarían excluidos aquellos recursos naturales que no están reconocidos en la literatura para el área, pero que no por ello, no serían afectados por los cambios previstos y por las consecuencias que estos cambios produzcan.
Es así que, desde esta evaluación y sobre la base de la información proporcionada por el usuario, la visita técnica e información disponible, se estima que una potencial sustracción, acarreará afectaciones acumulativas, que trascienden al conocimiento científico o técnico disponible para esta evaluación, por cuanto se carece de la caracterización biofísica, pero que, con seguridad, afectará los recursos naturales existentes caracterizados o no, del ecosistema acuático y los ecosistemas terrestres inundables conectados con el. Así mismo, y en cadena, se afectarán los procesos ecológicos producto de su relacionamiento; la distribución de las especies en el arreglo estructural longitudinal y transversal de las comunidades biológicas en el río y ecosistemas inundables; la disponibilidad de alimento; la afectación a sitios de forrajeo, refugio, anidación, reproducción o protección, el ahuyentamiento de la fauna silvestre de sus sitios de actividad, y en conjunto la cadena de flujos de energía y transferencia de nutrientes y elementos entre los diferentes ecosistemas, coberturas, hábitats y especies. (…)”.
IV. FUNDAMENTOS JURÍDICOS La Constitución Política de 1991, en sus artículos 8°, 79 y 80, señala dentro de los deberes a cargo del Estado los siguientes: proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación; proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines; y planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, conservación, restauración o sustitución.
A través del artículo 1° de la Ley 2ª de 1959 y el Decreto número 111 de 1959 se establecieron, con carácter de “Zonas Forestales Protectoras” y “Bosques de Interés General”, las áreas de reserva forestal nacionales del Pacífico, Central, del río Magdalena, de la Sierra Nevada de Santa Marta, de la Serranía de los Motilones, del Cocuy y de la Amazonía, para el desarrollo de la economía forestal y la protección de los suelos, las aguas y la vida silvestre.
El literal g) del artículo 1° de la ley 2ª de 1959 dispuso:
“g) Zona de Reserva Forestal de la Amazonía, comprendida dentro de los siguientes límites generales:
Partiendo de Santa Rosa de Sucumbíos, en la frontera con el Ecuador, rumbo Noreste, hasta el cerro más alto de los Picos de la Fragua; de allí siguiendo una línea, 20 kilómetros al Oeste de la Cordillera Oriental hasta el Alto de Las Oseras; de allí en línea recta, por su distancia más corta, al Río Ariari, y por éste hasta su confluencia con el Río Guayabero o el Guaviare, por el cual se sigue aguas abajo hasta su desembocadura en el Orinoco; luego se sigue la frontera con Venezuela y el Brasil, hasta encontrar el Río Amazonas, siguiendo la frontera Sur del país, hasta el punto de partida.”.
En relación con la Reserva Forestal de la Amazonía, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió la Resolución número 1277 del 6 de agosto de 2014, por medio de la cual adoptó su zonificación y ordenamiento en los departamentos de Amazonas, Cauca, Guainía, Putumayo y Vaupés, determinando que se encuentra conformada por las zonas Tipo A y B.
Los artículos 206 y 207 del Decreto Ley 2811 de 1974 “Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente” señalaron:
“
Artículo 206.
Se denomina área de reserva forestal la zona de propiedad pública o privada reservada para destinarla exclusivamente al establecimiento o mantenimiento y utilización racional de áreas forestales productoras, protectoras o productoras-protectoras[54].
Artículo 207.
El área de reserva forestal sólo podrá destinarse al aprovechamiento racional permanente de los bosques que en ella existan o se establezcan y, en todo caso, deberá garantizarse la recuperación y supervivencia de los bosques. (…)”.
El artículo 3° del Decreto número 877 de 1976, compilado en el artículo 2.2.1.1.17.3 del Decreto 1076 de 2015, determinó que el territorio nacional se considera dividido en las Áreas de Reserva Forestal establecidas, entre otras, por la Ley 2ª de 1959.
De conformidad con el artículo 22 del Decreto 2372 de 2010, compilado en el artículo 2.2.2.1.3.1., del Decreto número 1076 de 2015, las Reservas Forestales establecidas por la Ley 2ª de 1959 no son consideradas áreas protegidas integrantes del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP), sino estrategias de conservación in situ que aportan a la protección, planeación y manejo de los recursos naturales renovables y al cumplimiento de los objetivos generales de conservación del país, de modo que mantienen plena vigencia y se continúan rigiendo para todos sus efectos por las normas que la regulan.
Sin perjuicio de la especial importancia ambiental atribuida a las áreas de reserva forestal, el artículo 210 del Decreto Ley 2811 de 1974 dispuso:
“
Artículo 210.
Si en área de reserva forestal, por razones de utilidad pública o interés social, es necesario realizar actividades económicas que impliquen remoción de bosques o cambio en el uso de los suelos o cualquiera otra actividad distinta del aprovechamiento racional de los bosques, la zona afectada deberá, debidamente delimitada, ser previamente sustraída de la reserva. (…)”.
El numeral 18 del artículo 5° de la Ley 99 de 1993, por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental (SINA) y se dictan otras disposiciones, encargó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible la función de sustraer las reservas forestales nacionales.
El parágrafo 3° del artículo 204 de la Ley 1450 de 2011, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014, dispuso que las áreas de reserva forestal establecidas por el artículo 1° de la Ley 2ª de 1959 y las demás del orden nacional, únicamente podrán ser objeto de sustracción por parte del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial o la entidad que haga sus veces, con base en estudios técnicos, económicos, sociales y ambientales.
El numeral 14 del artículo 2° del Decreto Ley 3570 de 2011, por el cual se modifican los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se integra el Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible, reiteró la función, a cargo del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, para sustraer las áreas de reserva forestal nacionales.
Adicionalmente, el numeral 8 del artículo 6° del mencionado decreto incluyó, dentro de las funciones a cargo del Despacho del (a) Ministro(a) de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la de sustraer las reservas forestales nacionales.
De acuerdo con el artículo 2° de la Resolución número 0657 del 17 de julio de 2023, la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible se reservó la facultad de suscribir los actos administrativos que decidan de fondo las solicitudes de sustracción.
En ejercicio de su función de regular los instrumentos administrativos y mecanismos necesarios para la prevención y el control de los factores de deterioro ambiental², de los cuales hace parte la sustracción de reservas forestales [55], el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible profirió la Resolución número 110 del 28 de enero de 2022, por medio de la cual reglamentó los requisitos y el procedimiento para la sustracción de reservas forestales nacionales y regionales.
El numeral 1 del artículo 2° de la mencionada resolución prevé que corresponde a este Ministerio “Evaluar la solicitud y adoptar la decisión respecto de la sustracción de áreas en las reservas forestales nacionales, establecidas mediante la Ley 2ª de 1959 y el Decreto número 0111 de 1959 y de las reservas forestales protectoras-productoras de orden nacional para el desarrollo de actividades económicas declaradas por la ley como de utilidad pública e interés social.” (Subrayado fuera del texto).
El artículo 13 de la Ley 685 de 2001, por la cual se expide el Código de Minas y se dictan otras disposiciones, declaró como de utilidad pública e interés social la industria minera, en todas sus ramas y fases.
Considerando lo anterior, en el marco del procedimiento reglamentado por la Resolución número 110 de 2022, fue expedido el Auto número 093 del 12 de diciembre de 2023, que dispuso dar apertura al expediente SRF 673, el cual contiene todas las actuaciones administrativas relacionadas con el trámite de sustracción definitiva de un área de la Reserva Forestal de la Amazonía, para el desarrollo del “Proyecto minero Bloque-3, explotación de oro y sus concentrados. Contratos de concesión número LK2-10531, LK2- 11071, LK2-11181, LK2-11281, LK2-11391 y LK2-15191” en el municipio de Inírida, Guainía.
En consecuencia, en el marco del expediente SRF 673, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible rindió el Concepto Técnico número 165 del 16 de octubre de 2024, mediante el cual determinó la inviabilidad de sustraer definitivamente 1043,3739 ha de la Reserva Forestal de la Amazonía, por considerar que:
“Las nuevas condiciones del área reservada con la extracción de volúmenes de sedimentos del lecho del río Inírida alteraría significativamente la estructura natural del cauce, formada a lo largo de tiempos geológicos. Esto rompería las capas sedimentarias diferenciadas que son esenciales para las interacciones río-acuífero y los procesos geomorfológicos. Modificar la morfología del cauce y su dinámica fluvial podría alterar las áreas inundables aguas abajo, afectando la intensidad y extensión de las inundaciones naturales que son fundamentales para la formación y renovación de suelos y la recarga de acuíferos. Los modelos hidrogeológicos actuales no ofrecen suficiente precisión para garantizar que tales modificaciones no afectarán negativamente los flujos subterráneos y la disponibilidad de agua para las comunidades locales. Entre las afectaciones que se advierten son el incremento de la carga sedimentaria y el ruido, afectación en la calidad del agua y alteraciones del lecho del río, lo cual afecta hábitats y microhábitats acuáticos y los procesos ecológicos inmersos en las comunidades naturales, lo cual sin duda afecta la pesca, potencialmente la navegación y el acceso al agua para consumo y riego. La calidad del agua ya presenta deficiencias significativas, con altos niveles de coliformes fecales, fosfatos y nitratos, no siendo apta para consumo humano. Ante una potencial sustracción se podrían exacerbar estos problemas, empeorando la calidad del agua y afectando aún más a las comunidades que dependen de ella. Dado que las afectaciones podrían ser irreversibles sobre los ciclos naturales, la calidad y disponibilidad del recurso hídrico, los suelos, la dinámica fluvial, la fauna y flora acuática, los procesos ecológicos y los servicios ecosistémicos, es imperativo mantener la figura de Reserva Forestal de la Amazonía para el río Inírida, el cual cuenta con importantes recursos. Es claro que existen unas afectaciones expuestas por el solicitante y que, a partir de su lógica, representaría también afectaciones residuales y graduales en el ecosistema acuático del ASS y los ecosistemas acuáticos conectados longitudinalmente aguas abajo del ASS, pero que también pueden trascender a los ecosistemas terrestres inundables conectados transversalmente por el medio acuático que, en conjunto, conforman una estructura natural conectada que supera la superficie fluvial y sobre la cual se reconocen flujos de energía en diferentes dimensiones. Producto de cambios en el ecosistema acuático y su potencial transcendencia hacia los demás ecosistemas y hábitats conectados con el ASS, aguas abajo y en las zonas inundables, se afectarían también los procesos ecológicos en los hábitats inundables como bosque denso alto inundable, bosque denso bajo inundable, herbazal denso inundable, y todas las características biofísicas asociadas a ellos. Considerando que se cuenta con una comprensión parcial pero determinante a partir de información publicada para la estrella fluvial del Inírida como un área de referencia admisiblemente comparable con las áreas en cuestión, se concluye que para la presente evaluación, nos enfrentamos a una incertidumbre científica sobre la verdadera magnitud de la afectación que se daría a los recursos presentes en los ecosistemas involucrados, en particular el ecosistema acuático sobre el cual se encuentran las áreas solicitadas. En consecuencia, es importante dejar expreso que, las afectaciones serían mayores a las que pueden preverse desde la presente evaluación, ya que quedarían excluidos aquellos recursos naturales que no están reconocidos en la literatura para el área, pero que no por ello, no serían afectados por los cambios previstos y por las consecuencias que estos cambios produzcan”.
En consecuencia, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible procederá a NEGAR la solicitud de sustracción definitiva de 1043,3739 ha de la Reserva Forestal de la Amazonía, presentada por el RESGUARDO INDÍGENA REMANSO CHORRO BOCÓN, para el desarrollo del “Proyecto minero Bloque-3, explotación de oro y sus concentrados. Contratos de concesión número LK2-10531, LK2-11071, LK2-11181, LK2- 11281, LK2-11391 y LK2-15191” en el municipio de Inírida, Guainía.
Sin perjuicio de lo anterior, considerando que dentro del expediente SRF 673 fue allegada la Resolución ST-1814 del 16 de diciembre de 2022 de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del interior, conforme a la cual “(…) procede la consulta previa con el RESGUARDO INDÍGENA REMANSO - CHORRO BOCON (…) y con el RESGUARDO INDÍGENA EL VENADO (…), para el proyecto: “PROYECTO MINERO DE EXPLOTACIÓN DE ORO Y SUS CONCENTRADOS DENTRO DE LOS CONTRATOS DE LK2-11181, LK2- 10531, LK2-11071, LK2-11391, LK2-11281 Y LK2-15191, SUSCRITOS ENTRE EL RESGUARDO INDÍGENA REMANSO CHORRO BOCÓN Y LA AGENCIA NACIONAL DE MINERÍA (ANM) EL 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021”, localizado en jurisdicción del municipio de Inírida, en el departamento de Guainía (…)”.
Con fundamento en lo previsto por el parágrafo 1° del artículo 16 de la Resolución número 110 de 2022, que dispone que “(…) En todo caso, la decisión de la solicitud de sustracción del área de la reserva, solo se definirá hasta tanto se culmine con el procedimiento de consulta previa y se entregue a la Autoridad Ambiental competente el acta de protocolización respectiva, emitida por la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior (…)” (Subrayado fuera del texto).
Por lo tanto para resolver de fondo la solicitud de sustracción este Ministerio verificó que dentro del mencionado expediente obra el documento “Acta de Reunión de Consulta Previa del 25 de abril de 2023” en el que consta que: 1) en la fase de presentación del proyecto, se informó a los resguardos indígenas Remanso – Chorro-Bocón y El Venado sobre la necesidad de la sustracción del área de reserva forestal del orden nacional[56], y que 2) fueron protocolizados los respectivos acuerdos en el marco de la consulta previa[57].
En consecuencia, se encuentra cumplido el requisito exigido por el parágrafo 1° del artículo 16 de la Resolución número 110 de 2022 para la adopción de una decisión de fondo.
De conformidad con el numeral 9 del artículo 3° de la Ley 1437 de 2011, el presente acto administrativo será publicado en el Diario Oficial y en la página web de este Ministerio.
En virtud de lo dispuesto por el artículo 74 de la Ley 1437 de 2011, contra el presente acto administrativo definitivo procede el recurso de reposición.
En mérito de lo expuesto, la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Negar la sustracción definitiva de 1043,3739 ha de la Reserva Forestal de la Amazonía, solicitada por el RESGUARDO INDÍGENA REMANSO CHORRO BOCÓN., con NIT 900860993-2, para el desarrollo del “Proyecto minero Bloque-3, explotación de oro y sus concentrados. Contratos de concesión número LK2-10531, LK2- 11071, LK2-11181, LK2-11281, LK2-11391 y LK2-15191” en el municipio de Inírida, Guainía.
Parágrafo. Las coordenadas de los vértices del área negada en sustracción definitiva se encuentran contenidas en el Anexo 1 del presente acto administrativo, junto con la respectiva salida gráfica.
Artículo 2°.
Notificar el contenido del presente acto administrativo al representante legal del RESGUARDO INDÍGENA REMANSO CHORRO BOCÓN, con NIT 900860993-2, a su apoderado legalmente constituido o a la persona que se autorice, de conformidad con los artículos 67 a 69 y 71 de la Ley 1437 de 2011 “Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.
Artículo 3.
°. Notificar el contenido del presente acto administrativo al señor Cristian Danilo Avendaño Fina, identificado con cédula de ciudadanía número 1020786403, en calidad de tercero interviniente, o a su apoderado legalmente constituido o a la persona que se autorice, de conformidad con los artículos 67 a 69 y 71 de la Ley 1437 de 2011 “Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.
Artículo 4°.
Comunicar el presente acto administrativo a la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico (CDA), al municipio de Inírida (Guainía), a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios, y a la Subdirección Técnica de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior.
Artículo 5°.
Publicar el presente acto administrativo en la página web del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, así como en el Diario Oficial.
Artículo 6°.
De conformidad con el artículo 74 de la Ley 1437 de 2011 “Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición.
Notifíquese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá D. C., a 23 de enero de 2025.
La Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, María Susana Muhamad González.
[1] chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.minambiente.gov.co/wp-content/uploads/2023/12/Auto-093-del-2023.pdf [2] UNODC, G. (2016). Explotación de oro de aluvión: evidencia a partir de percepción remota. Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y Gobierno de Colombia.
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ANEXO 1 - COORDENADAS DEL ÁREA NEGADA EN SUSTRACCIÓN DEFINITIVAMENTE DE LA RESERVA FORESTAL DE LA AMAZONÍA, EN EL MARCO DEL EXPEDIENTE SRF 673 ANEXO 1 - COORDENADAS DEL ÁREA NEGADA EN SUSTRACCIÓN DEFINITIVAMENTE DE LA RESERVA FORESTAL DE LA AMAZONÍA, EN EL MARCO DEL EXPEDIENTE SRF 673 ANEXO 1 - RESOLUCION 78 DE 2025 - MINAMBIENTE.pdf
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