RESOLUCION 6 de 2025
por la cual se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta sujetas al régimen de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado del Orden Nacional, dedicadas a actividades no financieras, para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2025.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 6
- Año
- 2025
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Consejo Superior de Política Fiscal, en uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el numeral 4 del artículo 26 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 4 del artículo 26 del Estatuto Orgánico del Presupuesto compilado en el Decreto número 111 de 1996 establece que es función del Consejo Superior de Política Fiscal aprobar y modificar, mediante resolución, los presupuestos de ingresos y gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas dedicadas a actividades no financieras, previa consulta con el Ministerio respectivo.
Que el artículo 3º del Estatuto Orgánico del Presupuesto determina que a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas se les aplicarán las normas que expresamente las mencione.
Que el artículo 5º del Estatuto Orgánico del Presupuesto establece que “Las empresas de servicios públicos domiciliarios en cuyo capital la Nación o sus entidades descentralizadas posean el 90% o más, tendrán para efectos presupuestales el régimen de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado. Para los mismos efectos, las Empresas Sociales del Estado del orden nacional que constituyan una categoría especial de entidad pública descentralizada, se sujetarán al régimen de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado”.
Que el parágrafo 1° del artículo 38 de la Ley 489 de 1998 determina que a las sociedades públicas y las sociedades de economía mixta en las que el Estado posea el noventa por ciento (90%) o más de su capital social, se someten al régimen previsto para las Empresas Industriales y Comerciales del Estado.
Que el artículo 68 de la Ley 489 de 1998 define que son entidades descentralizadas del orden nacional, los Establecimientos Públicos, las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, las Sociedades Públicas y las Sociedades de Economía Mixta, las Superintendencias y las Unidades Administrativas Especiales con personería jurídica, las Empresas Sociales del Estado, las Empresas Oficiales de Servicios Públicos y las demás entidades creadas por la ley o con su autorización, cuyo objeto principal sea el ejercicio de funciones administrativas, la prestación de servicios públicos o la realización de actividades industriales o comerciales con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio.
Que el artículo 85 de la Ley 489 de 1998 “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones”, define las Empresas Industriales y Comerciales del Estado como organismos creados por la ley o autorizados por esta, que desarrollan actividades de naturaleza industrial o comercial y de gestión económica conforme a las reglas del Derecho Privado, salvo las excepciones que consagra la ley, y que reúnen las siguientes características: a) Personería jurídica; b) Autonomía administrativa y financiera; y c) Capital independiente, constituido totalmente con bienes o fondos públicos comunes, los productos de ellos, o el rendimiento de tasas que perciban por las funciones o servicios, y contribuciones de destinación especial en los casos autorizados por la Constitución.
Que la Ley 2342 de 2023 “Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024” en el artículo 73 dispone que “En las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas y en las Empresas de Servicios Públicos y sus subordinadas, en las cuales la participación de la Nación directamente o a través de sus entidades descentralizadas sea igual o superior al noventa por ciento y que desarrollen sus actividades bajo condiciones de competencia, la aprobación y modificación de su presupuesto, de las viabilidades presupuestales y de las vigencias futuras, corresponderá a las juntas directivas de las respectivas empresas y sociedades, sin requerirse concepto previo de ningún órgano o entidad gubernamental. (…)”.
Que de conformidad con el artículo 73 de la Ley 2342 de 2023, corresponderá a las juntas directivas de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado la aprobación y modificación de su presupuesto, de las viabilidades presupuestales y de las vigencias futuras, sin requerirse concepto de ningún órgano, siempre y cuando cumplan dos condiciones: “ que la participación de la Nación directamente o a través de sus entidades descentralizadas sea igual o superior al noventa por ciento” y “que desarrollen sus actividades bajo condiciones de competencia”.
Que las Empresas que no cumplan con las condiciones previstas en el artículo 73 de la Ley 2342 de 2023, continuarán sujetas a la aprobación y modificación de su presupuesto por parte del CONFIS.
Que realizada la evaluación interna, dentro de cada Empresa Industrial y Comercial del Estado, cumplen con las condiciones señaladas, para la aprobación del presupuesto de la vigencia fiscal 2025 por parte de sus Juntas Directivas las siguientes: Generadora y Comercializadora de Energía del Caribe - Gecelca S. A. E.S.P., Gecelca 3 S.A.S. E.S.P., Centrales Eléctricas de Nariño S. A. E.S.P. – Cedenar S. A. E.S.P.-, Empresa Multipropósito de Urra S. A. E.S.P., Gestión Energética S. A. E.S.P. – GENSA S. A. E.S.P., Empresa Distribuidora del Pacífico – DISPAC S. A. E.S.P -., Servicios Postales Nacionales S. A., Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A. (CIAC), Industria Militar, Servicio Aéreo a Territorios Nacionales (Satena), Sociedad Hotelera Tequendama S. A., Instituto Nacional de Cancerología, Imprenta Nacional de Colombia y Radio Televisión Nacional de Colombia (RTVC).
Que en sesión del Consejo Superior de Política Fiscal (Confis) del día 27 de diciembre de 2024 se presentaron y aprobaron los proyectos de presupuesto para la vigencia fiscal de 2025 de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado contenidas en la presente resolución.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Apruébese el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las siguientes Empresas para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2025.
02 SECTOR MINAS Y ENERGÍA 018 ELECTRIFICADORA DEL TOLIMA S. A. E.S.P. EN LIQUIDACIÓN RECURSOS DE CAPITAL 28.850.850 DISPONIBILIDAD INICIAL 431.663.096 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 460.513.946 FUNCIONAMIENTO 460.513.946 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 460.513.946 03 SECTOR TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES 040 SOCIEDAD CANAL REGIONAL DE TELEVISIÓN TELECAFE LTDA.
INGRESOS CORRIENTES 88.666.177.517 RECURSOS DE CAPITAL 19.514.000 DISPONIBILIDAD INICIAL 2.003.878.978 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 90.689.570.495 FUNCIONAMIENTO 4.552.016.838 OPERACIÓN COMERCIAL 80.647.688.251 INVERSIÓN 2.846.641.232 DISPONIBILIDAD FINAL 2.643.224.174 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 90.689.570.495 054 CANAL REGIONAL DE TELEVISIÓN DEL CARIBE – TELECARIBE INGRESOS CORRIENTES 29.355.196.546 RECURSOS DE CAPITAL 517.402.350 DISPONIBILIDAD INICIAL 913.965.769 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 30.786.564.665 FUNCIONAMIENTO 9.097.986.052 OPERACIÓN COMERCIAL 18.974.432.910 DISPONIBILIDAD FINAL 2.714.145.703 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 30.786.564.665 090 SOCIEDAD CANAL REGIONAL DE TELEVISIÓN LIMITADA – TEVEANDINA LTDA.
INGRESOS CORRIENTES 118.544.434.355 RECURSOS DE CAPITAL 11.000.000 DISPONIBILIDAD INICIAL 11.623.406.824 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 130.178.841.179 FUNCIONAMIENTO 4.946.555.611 OPERACIÓN COMERCIAL 125.202.920.950 DISPONIBILIDAD FINAL 29.364.618 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 130.178.841.179 04 SECTOR COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO 050 ARTESANÍAS DE COLOMBIA S. A.
INGRESOS CORRIENTES 55.724.120.000 RECURSOS DE CAPITAL 30.665.691 DISPONIBILIDAD INICIAL 755.196.566 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 56.509.982.257 FUNCIONAMIENTO 22.032.095.230 OPERACIÓN COMERCIAL 5.059.101.120 INVERSIÓN 29.283.534.793 DISPONIBILIDAD FINAL 135.251.114 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 56.509.982.257 05 SECTOR AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL 097 CENTRAL DE ABASTOS DE CÚCUTA S. A. - CENABASTOS S. A. - EN LIQUIDACIÓN INGRESOS CORRIENTES 35.372.664 RECURSOS DE CAPITAL 4.196.173.817 DISPONIBILIDAD INICIAL 40.330.019 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 4.271.876.500 FUNCIONAMIENTO 3.499.355.446 DISPONIBILIDAD FINAL 772.521.054 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 4.271.876.500 06 SECTOR TRANSPORTE 086 CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL RÍO GRANDE DE LA MAGDALENA INGRESOS CORRIENTES 372.621.997.574 RECURSOS DE CAPITAL 1.310.765.855 DISPONIBILIDAD INICIAL 12.026.669.615 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 385.959.433.044 FUNCIONAMIENTO 15.156.423.491 INVERSIÓN 367.315.763.331 DISPONIBILIDAD FINAL 3.487.246.222 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 385.959.433.044 088 CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DE CÚCUTA LTDA. (CEDAC)
INGRESOS CORRIENTES 4.230.619.400 RECURSOS DE CAPITAL 300.333.000 DISPONIBILIDAD INICIAL 737.268.000 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 5.268.220.400 FUNCIONAMIENTO 1.901.859.780 OPERACIÓN COMERCIAL 1.817.231.000 INVERSIÓN 635.694.000 DISPONIBILIDAD FINAL 913.435.620 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 5.268.220.400 123 CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DE CALDAS LTDA. (CDAC)
INGRESOS CORRIENTES 2.707.921.176 RECURSOS DE CAPITAL 18.918.140 DISPONIBILIDAD INICIAL 398.236.412 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 3.125.075.728 FUNCIONAMIENTO 2.140.454.959 OPERACIÓN COMERCIAL 534.771.570 DISPONIBILIDAD FINAL 449.849.199 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 3.125.075.728 08 SECTOR SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL 094 CENTRO DERMATOLÓGICO “FEDERICO LLERAS ACOSTA”
INGRESOS CORRIENTES 24.625.340.000 RECURSOS DE CAPITAL 5.192.000 DISPONIBILIDAD INICIAL 1.899.789.000 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 26.530.321.000 FUNCIONAMIENTO 19.578.504.000 OPERACIÓN COMERCIAL 5.301.855.000 INVERSIÓN 1.649.962.000 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 26.530.321.000 095 SANATORIO DE AGUA DE DIOS INGRESOS CORRIENTES 68.985.618.800 RECURSOS DE CAPITAL 34.100.000 DISPONIBILIDAD INICIAL 5.585.400.000 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 74.605.118.800 FUNCIONAMIENTO 69.783.218.800 OPERACIÓN COMERCIAL 3.781.100.000 INVERSIÓN 1.040.800.000 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 74.605.118.800 096 SANATORIO DE CONTRATACIÓN INGRESOS CORRIENTES 26.534.680.170 RECURSOS DE CAPITAL 22.500.000 DISPONIBILIDAD INICIAL 8.305.637.830 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 34.862.818.000 FUNCIONAMIENTO 26.060.380.000 OPERACIÓN COMERCIAL 546.800.000 DISPONIBILIDAD FINAL 8.255.638.000 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 34.862.818.000 129 ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD (SGSSS)
01 GESTIÓN GENERAL ADRESS INGRESOS CORRIENTES 289.234.190.000 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 289.234.190.000 FUNCIONAMIENTO 289.234.190.000 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 289.234.190.000 02 ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DEL SGSSS INGRESOS CORRIENTES 94.232.395.910.199 RECURSOS DE CAPITAL 396.756.707.000 DISPONIBILIDAD INICIAL 691.973.173.610 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 95.321.125.790.809 FUNCIONAMIENTO 95.321.125.790.809 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 95.321.125.790.809 10 SECTOR EDUCACIÓN 125 INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (ICFES)
INGRESOS CORRIENTES 201.866.590.290 RECURSOS DE CAPITAL 23.641.904.500 DISPONIBILIDAD INICIAL 74.953.125.250 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 300.461.620.040 FUNCIONAMIENTO 60.906.000.000 OPERACIÓN COMERCIAL 186.270.000.000 INVERSIÓN 21.740.000.000 DISPONIBILIDAD FINAL 31.545.620.040 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 300.461.620.040 12 SECTOR HACIENDA 127 COLJUEGOS INGRESOS CORRIENTES 1.208.055.365.892 RECURSOS DE CAPITAL 19.163.372.737 DISPONIBILIDAD INICIAL 366.799.850.931 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 1.594.018.589.560 FUNCIONAMIENTO 1.153.926.602.690 INVERSIÓN 8.000.000.000 DISPONIBILIDAD FINAL 432.091.986.870 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 1.594.018.589.560 DISPOSICIONES FINALES
Artículo 2°.
Vigencia. Para efectos fiscales la presente resolución rige a partir del 1º de enero de 2025.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2024.
El Presidente (e) y Secretario Ejecutivo del Confis, Jairo Alonso Bautista.
(C. F.).
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