RESOLUCION 75 de 2024
por la cual se modifica el Plan Único de Cuentas de las Instituciones de Educación Superior.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 75
- Año
- 2024
- Entidad
- Contaduría General de la Nación
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN, en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley 298 de 1996, el parágrafo del artículo 7º de la Ley 1740 de 2014 y el artículo 4° del Decreto número 1693 de 2023, y
CONSIDERANDO:
El artículo 354 de la Constitución Política de 1991 determina que habrá un Contador General, y le confiere, entre otras, la función de determinar las normas contables que deben regir en el país. Este artículo fue desarrollado por la Ley 298 de 1996 que, entre otras disposiciones, crea la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación (CGN).
La Ley 1740 de 2014, por la cual se regula la inspección y vigilancia de la educación superior y se definen otras disposiciones, establece la facultad de inspección del Ministerio de Educación Nacional e indica que este podrá solicitar, entre otra, la información financiera en la forma, detalle y términos que requiera. Asimismo, con el fin de armonizar la información contable, dicha Ley le asigna a la CGN la obligación de expedir, en coordinación con el Ministerio de Educación Nacional, el Plan Único de Cuentas de las instituciones de educación superior.
En cumplimiento de lo anterior, la CGN, en coordinación con el Ministerio de Educación Nacional, expide la Resolución número 643 de 2015, cuyo anexo contiene el Plan Único de Cuentas de las instituciones de educación superior. Adicionalmente, esta Resolución señala que dicho Plan es un instrumento de reporte de información financiera al Ministerio de Educación Nacional, sin perjuicio de los marcos técnicos normativos de contabilidad que resulten aplicables a cada institución, para lo cual las instituciones de educación superior realizarán la homologación respectiva.
El anexo de la Resolución número 643 de 2015 ha sido objeto de modificaciones anuales por la CGN durante el periodo comprendido entre 2016 y 2023.
Se requiere modificar el Plan Único de Cuentas de las instituciones de educación superior como producto de las mejoras que conllevan los procesos de regulación, originadas en: a) los ajustes realizados a los Catálogos Generales de Cuentas del Régimen de Contabilidad Pública mediante resoluciones expedidas por la CGN durante el año 2023 y b) la revisión interna de la CGN.
Como consecuencia de lo anterior, la propuesta de modificación del Plan Único de Cuentas de las instituciones de educación superior fue enviada al Ministerio de Educación Nacional para su respectiva revisión y comentarios, el cual manifestó estar de acuerdo con los ajustes propuestos.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1.
°. Crear la siguiente cuenta y subcuentas en la estructura del Plan Único de Cuentas de las instituciones de educación superior, contenido en el anexo de la Resolución número 643 de 2015 y sus modificaciones, así:
CÓDIGO DENOMINACIÓN 138410 Derechos cobrados por terceros 138456 Devolución de transferencias 138459 Carnés 168518 Repuestos 169718 Repuestos 198604 Gasto diferido por transferencias condicionadas 198609 Seguros con cobertura mayor a doce meses 2403 TRANSFERENCIAS POR PAGAR 240315 Otras transferencias 240722 Estampillas 480864 Devolución de transferencias no condicionadas reconocidas en periodos anteriores 480867 Carnés 483105 Servicios y tecnologías en salud 536018 Repuestos 536118 Repuestos 542390 Otras transferencias 542403 Subvención por condonación de deudas
Artículo 2°.
Eliminar las siguientes cuentas y subcuentas en la estructura del Plan Único de Cuentas de las instituciones de educación superior, contenido en el anexo de la Resolución número 643 de 2015 y sus modificaciones, así:
CÓDIGO DENOMINACIÓN 151421 Dotación a trabajadores 164201 Edificaciones 164206 Muebles, enseres y equipo de oficina 190501 Seguros 190502 Intereses 190514 Bienes y servicios 3107 APORTES SOCIALES 310701 Cuotas o partes de interés social 3203 APORTES SOCIALES 320301 Cuotas o partes de interés social 3204 CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO 320401 Capital autorizado 320402 Capital por suscribir (Db) 320403 Capital suscrito por cobrar (Db) 3210 PRIMA EN COLOCACIÓN DE ACCIONES, CUOTAS O PARTES DE INTERÉS SOCIAL 321001 Prima en colocación de acciones 321002 Prima en colocación de acciones por cobrar (Db) 321003 Prima en colocación de cuotas o partes de interés social 321004 Prima en colocación de cuotas o partes de interés social por cobrar (Db) 3220 DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES DECRETADOS EN ESPECIE 322001 Dividendos decretados en acciones 322002 Participaciones decretadas en cuotas o partes de interés social
Artículo 3°.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, de conformidad con lo establecido en el artículo 119 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, modificado a su vez por el artículo 15 de la Ley 2080 de 2021, y mantiene vigentes los demás aspectos del Plan Único de Cuentas de las instituciones de educación superior, contenido en el anexo de la Resolución número 643 de 2015 y sus modificaciones, que no fueron objeto de modificación en esta resolución.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 15 de marzo de 2024.
El Contador General de la Nación, Mauricio Gómez Villegas.
(C. F.).
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