RESOLUCION 530 de 2024
por la cual se efectúa la desagregación presupuestal a las apropiaciones contenidas en el Anexo del Decreto número 0163 del 14 de febrero de 2024 asignadas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -·unidad Gestión General correspondiente a los programas de inversión INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE FÉRREO y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 530
- Año
- 2024
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial la dispuesta en el inciso 5º del artículo 19 de la Ley 2342 de 2023,
CONSIDERANDO:
Que el inciso 5º del artículo 19 de la Ley 2342 del 15 de diciembre de 2023 por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2024 dispone que el jefe del órgano o en quien este haya delegado la ordenación del gasto podrá efectuar mediante resolución desagregaciones presupuestales a las apropiaciones contenidas en el anexo del decreto de liquidación, así como efectuar asignaciones internas de apropiaciones en sus dependencias, seccionales o regionales a fin de facilitar su manejo operativo y de gestión, sin que las mismas impliquen cambiar su destinación. Estas desagregaciones y asignaciones deberán quedar registradas en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) Nación.
Que el 29 de diciembre de 2023 se expidió el Decreto número 2295 de 2023 por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2024, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos y en su artículo 92 dispuso que el anexo del detalle del gasto para la vigencia fiscal 2024, de que trata el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, se encuentra contenido en el artículo 1° del presente decreto.
Que el artículo 1° del Decreto número 0163 del 14 de febrero de 2024 modificó el artículo 92 del Decreto número 2295 de 2023 y dispuso que:
“Artículo 92. ANEXO. El detalle del gasto para la vigencia fiscal del 2024 de las secciones y programas de algunas secciones que se señalan a continuación está contenido en el anexo del presente decreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto.
(...)
1301 MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO - PROGRAMA 2404 INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE FÉRREO - SUBPROGRAMA 0600 INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE - SUBPROYECTO 20103b 2. SEGURIDAD HUMANA Y JUSTICIA SOCIAL/B. FINANCIACIÓN SOSTENIBLE DE LOS SISTEMAS DE TRANSPORTE PÚBLICO.
1301 MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO - PROGRAMA 2408 PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS - SUBPROGRAMA 0600 INTERSUBSECTORIAL TRANSPORTE- SUBPROYECTO 20103b 2. SEGURIDAD HUMANA Y JUSTICIA SOCIAL / B. FINANCIACIÓN SOSTENIBLE DE LOS SISTEMAS DE TRANSPORTE PÚBLICO (...)”.
Que en el anexo del Decreto número 0163 de 2024 para la sección presupuestal 1301-01 Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Unidad Gestión General para los programas de inversión 2404 INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE FÉRREO y 2408 PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS se incluyeron los siguientes proyectos de inversión:
Que el artículo 2.8.1.5.3 establece que las entidades podrán realizar asignaciones internas de las apropiaciones establecidas en el decreto de liquidación en sus dependencias, seccionales o regionales con el fin de facilitar su manejo operativo y gestión, sin que las mismas impliquen cambios en su destinación. Estas desagregaciones deberán realizarse conforme a lo establecido en el catálogo de clasificación Presupuestal establecido por la Dirección General de Presupuesto Público Nacional. La clasificación del gasto y su respectiva desagregación se realiza exclusivamente para efectos presupuestales.
Que el artículo 2.9.1.2.7 del Decreto número 1068 de 2015 dispone que con el fin de vincular la gestión presupuestal de los ingresos y de los gastos a la gestión contable, las entidades usuarias del SIIF Nación deberán desagregar el presupuesto, al máximo nivel de detalle del Catálogo de Clasificación Presupuestal (CCP) establecido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.
Que mediante Resolución número 042 del 20 de diciembre de 2019, modificada por la Resolución 0003 del 5 de febrero de 2021, la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público estableció el Catálogo de Clasificación Presupuestal.
Que el Departamento Nacional de Planeación estableció los objetos de gasto y los productos asociados a los subproyectos de los proyectos de inversión, los cuales fueron incorporados al catálogo de clasificación presupuestal por la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) Nación.
Que de conformidad con los saldos de apropiación del Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) Nación, con corte al 29 de febrero de 2024, existe apropiación presupuestal que ampara la presente desagregación presupuestal así:
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Desagregación Presupuestal. Desagregar las apropiaciones contenidas en el anexo del Decreto 0163 del 14 de febrero de 2024 asignadas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Unidad Gestión General correspondiente a los programas de inversión INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE FÉRREO y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS, así:
Artículo 2°.
Asignaciones internas. El Grupo de Presupuesto de la Subdirección Financiera de la Dirección Administrativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público deberá registrar la presente desagregación presupuestal en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) Nación.
Artículo 3°.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 5 de marzo de 2024.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Bonilla González.
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