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RESOLUCION 145 de 2024

por medio de la cual se declara desierta la elección de el/la delegado/a de las organizaciones de la sociedad civil con especialidad técnico-forense al Consejo Asesor de la UBPD para el período 2024-2025.

Tipo
RESOLUCION
Número
145
Año
2024
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

La Directora General, en ejercicio de sus facultades legales, y, en especial las conferidas en los artículos 17 y 24 del Decreto Ley 589 de 2017

CONSIDERANDO:

Que el artículo transitorio 3° del Acto Legislativo número 01 de 2017 establece la creación de la UBPD como ente del orden nacional, de carácter humanitario y extrajudicial, el cual tiene por objeto dirigir, coordinar y contribuir a la implementación de acciones humanitarias encaminadas a la búsqueda y localización de personas dadas por desaparecidas, en el contexto y en razón del conflicto armado, que se encuentren con vida, y en los casos de fallecimiento, cuando sea posible, la identificación y entrega digna de sus cuerpos esqueletizados.

Que mediante el Decreto Ley 589 de 2017 se reglamentó la naturaleza jurídica, composición, funciones y atribuciones de la UBPD para cumplir efectivamente con su mandato de búsqueda humanitaria y extrajudicial, señalando en su artículo 1° que esta es una entidad de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, patrimonio independiente y un régimen especial en materia de administración de personal.

Que a su vez el artículo 20 del Decreto Ley 589 de 2017, dispone que corresponde al Consejo Asesor de la UBPD asesorar a la Directora General de la entidad en el cumplimiento de sus funciones y, el artículo 21 ibídem señala quienes serán los miembros de este Consejo Asesor, precisando en su numeral 12, que lo integrará un delegado/a de las organizaciones civiles con especialidad técnico-forense, escogido/a por ellas mismas, una vez al año.

Que en igual sentido, el artículo 24 del Decreto Ley 589 de 2017 menciona que la UBPD apoyará el proceso de elección de los representantes que realicen las víctimas y las organizaciones de derechos humanos que hagan parte del referido Consejo Asesor, sin perjuicio de la autonomía e independencia de dichas organizaciones. Al respecto, la Corte Constitucional en la Sentencia C 067 de 2018, consideró que el apoyo que brindará la UBPD se puede circunscribir en colaborar que las elecciones se adelanten, por ejemplo, en términos logísticos, sin interferir en el sentido de las decisiones que se adopten.

Que la UBPD a través de la Resolución número 1189 de 10 de octubre de 2019, adoptó el documento de apoyo para el “Proceso Autónomo de Elección de los Delegados (as) de la Sociedad Civil ante el Consejo Asesor de la UBPD”, el cual define la hoja de ruta para la elección de los/as delegados/as de la sociedad civil al Consejo Asesor de la UBPD, proporciona los criterios orientadores del proceso, así como los requisitos mínimos para la postulación. Igualmente, en este documento se determina que el proceso será desarrollado por socios implementadores, externos a la UBPD, con el fin de garantizar la plena autonomía de las organizaciones.

Que mediante Resolución número 1105 de 4 de octubre de 2023, se adoptó la modificación al documento de apoyo para el “Proceso Autónomo de Elección de los Delegados (as) de la Sociedad Civil ante el Consejo Asesor de la UBPD”, en cuanto a los requisitos de postulación y elección del delegado/a de las organizaciones técnico-forenses.

Que el 11 de octubre de 2023, Eventos y Protocolo Empresarial, en calidad de socio implementador, publicó en la página web del Consejo Asesor, redes sociales: facebook https://www.facebook.com/consejoasesorubpd2023, instagram https://www.instagram. com/consejoasesorubpd/ y en diferentes medios de comunicación masiva, como el diario de circulación nacional “El Espectador” y emisoras radiales, la convocatoria que dio apertura a la etapa de postulación de organizaciones. Dicha convocatoria permaneció abierta hasta el 27 de octubre de 2023, tal como se afirma en el documento “Informe Final de Ejecución del Proceso Autónomo de Elección de los Delegados/as de la Sociedad Civil al Consejo Asesor de la UBPD 2024-2025”.

Que de acuerdo al Informe citado, se recibieron 132 postulaciones, de las cuales 107 correspondieron a organizaciones de víctimas de desaparición forzada y 25 de organizaciones de víctimas de secuestro. Sin embargo, no se recibió ninguna postulación de organizaciones de la sociedad civil con especialidad técnico-forense, razón por la cual no fue posible consolidar el “Banco de Postulación” de dichas organizaciones, y en consecuencia, no se desarrolló la etapa de elección de este delegado/a.

Que el 3 de febrero de 2024, Eventos y Protocolo Empresarial publicó comunicado en la página web del Consejo Asesor https://consejoasesor.ubpdbusquedadesaparecidos.co/ comunicado-a-la-opinion-publica/, en donde se evidencian los resultados del proceso, y se confirma que no hubo postulaciones por parte de las organizaciones de la sociedad civil con especialidad técnico-forense.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Declarar desierta la elección de el/la delegado/a de las organizaciones de la sociedad civil con especialidad técnico-forense al Consejo Asesor de la UBPD para el período 2024-2025.

Artículo 2°.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Adicionalmente, la Secretaría General publicará el presente acto administrativo en la página web de la entidad, para contribuir con su divulgación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en la Ciudad de Bogotá, D. C., a 15 de febrero de 2024.

La Directora General, Luz Janeth Forero Martínez.

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