RESOLUCION 3 de 2023
Por la cual se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta sujetas al régimen de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado del Orden Nacional, dedicadas a actividades no financieras, para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2024.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 3
- Año
- 2023
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL CONSEJO SUPERIOR DE POLÍTICA FISCAL, En uso de las facultades legales y en especial la que le confiere el numeral 4 del artículo 26 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 4 del artículo 26 del Estatuto Orgánico del Presupuesto compilado en el Decreto número 111 de 1996 establece que es función del Consejo Superior de Política Fiscal aprobar y modificar, mediante resolución, los presupuestos de ingresos y gastos de las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta con el régimen de aquellas dedicadas a actividades no financieras, previa consulta con el Ministerio respectivo.
Que el artículo 3° del Estatuto Orgánico del Presupuesto determina que a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas se les aplicarán las normas que expresamente las mencione.
Que el artículo 5° del Estatuto Orgánico del Presupuesto establece que “Las empresas de servicios públicos domiciliarios en cuyo capital la Nación o sus entidades descentralizadas posean el 90% o más, tendrán para efectos presupuestales el régimen de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado. Para los mismos efectos, las Empresas Sociales del Estado del orden nacional que constituyan una categoría especial de entidad pública descentralizada, se sujetarán al régimen de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado”.
Que el parágrafo 1° del artículo 38 de la Ley 489 de 1998 determina que a las sociedades públicas y las sociedades de economía mixta en las que el Estado posea el noventa por ciento (90%) o más de su capital social, se someten al régimen previsto para las Empresas Industriales y Comerciales del Estado.
Que el artículo 68 de la Ley 489 de 1998 define que son entidades descentralizadas del orden nacional, los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades públicas y las sociedades de economía mixta, las superintendencias y las unidades administrativas especiales con personería jurídica, las empresas sociales del Estado, las empresas oficiales de servicios públicos y las demás entidades creadas por la ley o con su autorización, cuyo objeto principal sea el ejercicio de funciones administrativas, la prestación de servicios públicos o la realización de actividades industriales o comerciales con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio.
Que el artículo 85 de la Ley 489 de 1998, “por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones”, define las Empresas Industriales y Comerciales del Estado como organismos creados por la ley o autorizados por esta, que desarrollan actividades de naturaleza industrial o comercial y de gestión económica conforme a las reglas del Derecho Privado, salvo las excepciones que consagra la ley, y que reúnen las siguientes características: a) Personería jurídica; b) Autonomía administrativa y financiera; y c) Capital independiente, constituido totalmente con bienes o fondos públicos comunes, los productos de ellos, o el rendimiento de tasas que perciban por las funciones o servicios, y contribuciones de destinación especial en los casos autorizados por la Constitución.
Que la Ley 2276 de 2022 “Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2023” en el artículo 75 dispone que “En las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas y en las Empresas de Servicios Públicos y sus subordinadas, en las cuales la participación de la Nación directamente o a través de sus entidades descentralizadas sea igual o superior al noventa por ciento y que desarrollen sus actividades bajo condiciones de competencia, la aprobación y modificación de su presupuesto, de las viabilidades presupuestales y de las vigencias futuras, corresponderá a las juntas directivas de las respectivas empresas y sociedades, sin requerirse concepto previo de ningún órgano o entidad gubernamental.
(...)”.
Que de conformidad con el artículo 75 de la Ley 2276 de 2022, corresponderá a las juntas directivas de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado la aprobación y modificación de su presupuesto, de las viabilidades presupuestales y de las vigencias futuras, sin requerirse concepto de ningún órgano, siempre y cuando cumplan dos condiciones: “que la participación de la Nación directamente o a través de sus entidades descentralizadas sea igual o superior al noventa por ciento” y “que desarrollen sus actividades bajo condiciones de competencia”.
Que las empresas que no cumplan con las condiciones previstas en el artículo 75 de la Ley 2276 de 2022, continuarán sujetas a la aprobación y modificación de su presupuesto por parte del Confis.
Que realizada la evaluación interna, dentro de cada Empresa Industrial y Comercial del Estado, cumplen con las condiciones señaladas, para la aprobación del presupuesto de la vigencia fiscal 2024 por parte de sus Juntas Directivas las siguientes: Generadora y Comercializadora de Energía del Caribe - Gecelca S. A. E.S.P., Gecelca 3 S. A. S. E.S.P., Centrales Eléctricas de Nariño S. A. E.S.P. - Cedenar S. A. E.S.P.-, Empresa Multipropósito de Urrá S. A. E.S.P., Gestión Energética S. A. E.S.P. - GENSA S. A. E.S.P., Empresa Distribuidora del Pacífico - DISPAC S. A. E.S.P.-, Servicios Postales Nacionales S. A., Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A - CIAC, Industria Militar, Servicio Aéreo a Territorios Nacionales (Satena), Sociedad Hotelera Tequendama S. A., Instituto Nacional de Cancerología, Imprenta Nacional de Colombia y Radio Televisión Nacional de Colombia (RTVC).
Que en sesión del Consejo Superior de Política Fiscal del día 15 de diciembre de 2023 se presentaron y aprobaron los proyectos de presupuesto para la vigencia fiscal de 2024 de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado contenidas en la presente resolución.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Apruébase el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las siguientes empresas para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2024.
02 SECTOR MINAS Y ENERGÍA 018 ELECTRIFICADORA DEL TOLIMA S. A. E.S.P. EN LIQUIDACIÓN INGRESOS CORRIENTES 530.000.000 RECURSOS DE CAPITAL 691.119.133 DISPONIBILIDAD INICIAL 235.242.450 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 1.456.361.583 FUNCIONAMIENTO 813.877.241 DISPONIBILIDAD FINAL 642.484.342 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 1.456.361.583 03 SECTOR TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES 040 SOCIEDAD CANAL REGIONAL DE TELEVISIÓN TELECAFÉ LTDA.
INGRESOS CORRIENTES 122.804.773.568 RECURSOS DE CAPITAL 54.600.000 DISPONIBILIDAD INICIAL 2.860.498.536 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 125.719.872.104 FUNCIONAMIENTO 3.978.060.454 OPERACIÓN COMERCIAL 115.359.186.231 INVERSIÓN 5.034.281.695 DISPONIBILIDAD FINAL 1.348.343.724 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 125.719.872.104 054 CANAL REGIONAL DE TELEVISIÓN DEL CARIBE -TELECARIBE INGRESOS CORRIENTES 26.209.901.009 RECURSOS DE CAPITAL 510.970.016 DISPONIBILIDAD INICIAL 117.585.118.
TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 26.838.456.143 FUNCIONAMIENTO 9.178.662.959 OPERACIÓN COMERCIAL 15.883.418.672 DISPONIBILIDAD FINAL 1.776.374.512 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 26.838.456.143 090 SOCIEDAD CANAL REGIONAL DE TELEVISIÓN LIMITADA -TEVEANDINA LTDA.
INGRESOS CORRIENTES 78.238.914.979 RECURSOS DE CAPITAL 69.499.668 DISPONIBILIDAD INICIAL 2.868.485.039 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 81.176.899.686 FUNCIONAMIENTO 4.625.895.405 OPERACIÓN COMERCIAL 76.551.004.281 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 81.176.899.686 04 SECTOR COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO 050 ARTESANÍAS DE COLOMBIA S. A.
INGRESOS CORRIENTES 53.838.371.147 RECURSOS DE CAPITAL 30.000.000 DISPONIBILIDAD INICIAL 1.951.163.749 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 55.819.534.896 FUNCIONAMIENTO 21.245.738.851 OPERACIÓN COMERCIAL 5.266.314.503 INVERSIÓN 28.838.247.133 DISPONIBILIDAD FINAL 469.234.409 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 55.819.534.896 05 SECTOR AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL 097 CENTRAL DE ABASTOS DE CÚCUTA S. A. - EN LIQUIDACIÓN CENABASTOS S. A.
INGRESOS CORRIENTES 2.105.990.785 RECURSOS DE CAPITAL 138.668.427 DISPONIBILIDAD INICIAL 1.036.159.897 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 3.280.819.109 FUNCIONAMIENTO 3.280.819.109 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 3.280.819.109 06 SECTOR TRANSPORTE 086 CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL RÍO GRANDE DE LA MAGDALENA INGRESOS CORRIENTES 264.962.015.430 RECURSOS DE CAPITAL 505.464.988 DISPONIBILIDAD INICIAL 50.759.027.853 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 316.226.508.271 FUNCIONAMIENTO 16.277.647.663 INVERSIÓN 299.948.860.608 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 316.226.508.271 088 CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DE CÚCUTA LTDA. – CEDAC INGRESOS CORRIENTES 3.499.000.000 RECURSOS DE CAPITAL 278.086.000 DISPONIBILIDAD INICIAL 527.796.000 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 4.304.882.000 FUNCIONAMIENTO 1.768.930.000 OPERACIÓN COMERCIAL 1.798.684.000 DISPONIBILIDAD FINAL 737.268.000 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 4.304.882.000 123 CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DE CALDAS LTDA. – CDAC INGRESOS CORRIENTES 2.291.473.778 RECURSOS DE CAPITAL 15.956.136 DISPONIBILIDAD INICIAL 91.005.258 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 2.398.435.172 FUNCIONAMIENTO 1.460.132.063 OPERACIÓN COMERCIAL 574.054.000 DISPONIBILIDAD FINAL 364.249.109 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 2.398.435.172 08 SECTOR SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL 094 CENTRO DERMATOLÓGICO “FEDERICO LLERAS ACOSTA”
INGRESOS CORRIENTES 24.488.851.563 RECURSOS DE CAPITAL 7.212.000 DISPONIBILIDAD INICIAL 1.557.285.000 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 26.053.348.563 FUNCIONAMIENTO 18.296.253.000 OPERACIÓN COMERCIAL 5.035.000.000 INVERSIÓN 2.722.095.563 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 26.053.348.563 095 SANATORIO DE AGUA DE DIOS INGRESOS CORRIENTES 67.017.155.000 RECURSOS DE CAPITAL 52.700.000 DISPONIBILIDAD INICIAL 6.655.651.000 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 73.725.506.000 FUNCIONAMIENTO 63.416.663.000 OPERACIÓN COMERCIAL 3.701.500.000 INVERSIÓN 3.731.900.000 DISPONIBILIDAD FINAL 2.875.443.000 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 73.725.506.000 096 SANATORIO DE CONTRATACIÓN INGRESOS CORRIENTES 23.997.232.000 RECURSOS DE CAPITAL 12.000.000 DISPONIBILIDAD INICIAL 1.057.400.000 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 25.066.632.000 FUNCIONAMIENTO 24.566.711.000 OPERACIÓN COMERCIAL 499.921.000 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 25.066.632.000 129 ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD (SGSSS)
01 GESTIÓN GENERAL ADRESS INGRESOS CORRIENTES 280.335.277.000 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 280.335.277.000 FUNCIONAMIENTO 280.335.277.000 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 280.335.277.000 02 ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DEL SGSSS INGRESOS CORRIENTES 86.423.857.143.000 RECURSOS DE CAPITAL 719.236.789.000 DISPONIBILIDAD INICIAL 437.255.960.000 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 87.580.349.892.000 FUNCIONAMIENTO 87.580.349.892.000 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 87.580.349.892.000 10 SECTOR EDUCACIÓN 125 INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN (ICFES)
INGRESOS CORRIENTES 161.824.184.394 RECURSOS DE CAPITAL 22.980.317.389 DISPONIBILIDAD INICIAL 69.612.897.017 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 254.417.398.800 FUNCIONAMIENTO 48.500.000.000 OPERACIÓN COMERCIAL 151.000.000.000 INVERSIÓN 13.055.000.000 DISPONIBILIDAD FINAL 41.862.398.800 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 254.417.398.800 12 SECTOR HACIENDA 127 COLJUEGOS INGRESOS CORRIENTES 1.052.357.259.625 RECURSOS DE CAPITAL 21.985.609.650 DISPONIBILIDAD INICIAL 253.881.006.868 TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL 1.328.223.876.143 FUNCIONAMIENTO 1.024.016.876.143 INVERSIÓN 4.000.000.000 DISPONIBILIDAD FINAL 300.207.000.000 TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL 1.328.223.876.143
Artículo 2°.
Vigencia y derogatoria. Para efectos fiscales la presente resolución rige a partir del 1° de enero de 2024.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2023.
El Presidente Confis, Ricardo Bonilla González.
La Secretaria Ejecutiva del Confis, Claudia Marcela Numa Páez.
(C. F.).
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