RESOLUCION 3235 de 2023
Por la cual se reconocen las obligaciones liquidadas del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles, se compensan parcialmente dichas obligaciones con cargo a una porción de los dividendos de Ecopetrol S. A. decretados en la Asamblea General de Accionistas de marzo de 2023, y se ordena el pago del saldo restante.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 3235
- Año
- 2023
- Entidad
- MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, En ejercicio de sus facultades legales, en especial la que le confiere el artículo 76 de la Ley 2276 de 2022,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 69 de la Ley 1151 de 2007 creó el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), sin personería jurídica, adscrito y administrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el cual tendrá como función atenuar en el mercado interno, el impacto de las fluctuaciones de los precios de los combustibles en los mercados internacionales.
Que el artículo 101 de la Ley 1450 de 2011 señaló que el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), creado por el artículo 69 de la Ley 1151 de 2007, seguirá funcionando para atenuar en el mercado interno el impacto de las fluctuaciones de los precios de los combustibles en los mercados internacionales.
Que el artículo 2.3.4.1.5 del Decreto número 1068 de 2015 establece que el Ministerio de Minas y Energía, a través de la Dirección de Hidrocarburos, calculará y liquidará mediante resolución, el valor de la posición neta de cada refinador y/o importador discriminando cada tipo de combustible a ser reconocido por el Fondo de Estabilización de Precios a los Combustibles (FEPC) de forma trimestral, previa presentación al Comité Directivo de dicho Fondo.
Que el artículo 76 de la Ley 2276 de 2022 establece que:
“PAGO DE OBLIGACIONES DEL FEPC. Para atender las obligaciones a cargo del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), incluidas las causadas en vigencias anteriores, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizará directamente las correspondientes transferencias. Para el efecto podrá utilizar las apropiaciones presupuestales disponibles no comprometidas o los recursos que se encuentren como saldos de caja del FEPC.
Parágrafo 1.
°. Las obligaciones a cargo del Fondo de Estabilización de Precios a los Combustibles (FEPC), se podrán atender mediante apropiaciones de servicio de la deuda disponibles no comprometidas. También se podrán compensar con cargo a los dividendos decretados por Ecopetrol S. A. a favor de la nación, las obligaciones liquidadas del FEPC con el Grupo Ecopetrol, sin que ello implique un movimiento de efectivo para las partes.
Parágrafo 2.
°. En el año 2023, el Gobierno nacional podrá utilizar, previa evaluación, el excedente de dividendos neto por la vigencia 2022 a transferir de Ecopetrol S. A. a la nación como socio mayoritario, para compensar las deudas del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) con el Grupo Ecopetrol, sin que para esto se requiera operación presupuestal. Dicha operación deberá ser presentada ante el Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes) para su recomendación, en el marco del artículo 97 del Decreto número 111 de 1996 - Estatuto Orgánico de Presupuesto”.
Que el documento Conpes 4113 del 28 de marzo de 2023, donde se establecen las instrucciones a los representantes de la nación para la destinación de utilidades de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado societarias y las Sociedades de Economía Mixta del orden nacional, con corte a 31 de diciembre de 2022, recomendó “5. Destinar el dividendo del Grupo Ecopetrol a transferir a la nación hasta por 21.576.178,58 millones como compensación de las obligaciones a cargo del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) con este, de acuerdo con lo previsto en el parágrafo 1 ° artículo 76 de la Ley 2276 de 2022”.
Que el documento Conpes 4115 del 26 de mayo de 2023 distribuyó los excedentes financieros de los Establecimientos Públicos y de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado no societarias del orden nacional, al 31 de diciembre de 2022 reitera la destinación de utilidades de Ecopetrol incluida en el documento Conpes 4113 del 28 de marzo de 2023.
Que, así mismo, el documento Conpes 4127 del 12 de diciembre de 2023, el cual modificó el Documento Conpes 4113 del 28 de marzo de 2023, estableció en sus recomendaciones, lo siguiente:
“1. Mantener la distribución total y la destinación de los dividendos del Grupo Ecopetrol a favor de la nación por un valor de $21.576.178,58 millones, de conformidad con el numeral 5 de las Recomendaciones del Documento Conpes 4113 del 28 de marzo de 2023.
2. Destinar del excedente de dividendos neto del Grupo Ecopetrol hasta $5.160.271,88 millones como compensación de las obligaciones a cargo del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) con este, sin que para esto se requiera operación presupuestal, de conformidad con lo previsto en el parágrafo 2 ° artículo 76 de la Ley 2276 de 2022.
3. Establecer como fecha máxima para la compensación de que trata la recomendación número 2 de este Documento el 31 de diciembre de 2023”.
Que de acuerdo con lo establecido en los tres documentos Conpes citados y conforme con el acta número 44 de la Asamblea General de Accionistas de Ecopetrol S. A., se decretaron dividendos de Ecopetrol S. A. en la Asamblea General de Accionistas de marzo de 2023 a favor de la nación por $21.576.178.582.597,20.
Que la Subdirección Financiera de la Dirección Administrativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 71823 del 28 de junio de 2023 por $18.310.108.801.722,93 con cargo al rubro A-03-03- 04-067 Fondo de Estabilización de los Precios de los Combustibles (FEPC), de los cuales, $1.894.202.099.153,14 se dispusieron con situación de fondos y $16.415.906.702.569,79 sin situación de fondos.
Que mediante la Resolución número 2176 del 28 de agosto de 2023 se ordenó el pago con situación de fondos por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, respaldado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 71823 del 28 de junio de 2023, correspondiente a las obligaciones liquidadas del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) a favor de Reficar S. A. S. por el cuarto trimestre de 2022 por la suma de $1.894.202.099.153,14.
Que mediante las Resoluciones números 1612 del 29 de junio de 2023 y 2452 del 28 de septiembre de 2023 se ordenó el pago, mediante compensación, sin situación de fondos, por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, respaldado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 71823 del 28 de junio de 2023, con cargo a la porción equivalente al monto de los dividendos decretados en la Asamblea General de Accionistas de Ecopetrol S. A. en marzo de 2023 a favor de la nación por las sumas de $8.368.631.424.061,11 y $8.047.275.278.508,68, respectivamente, correspondiente a las obligaciones liquidadas del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) a favor de Ecopetrol S. A. por los segundo y tercer trimestres de 2022.
Que en consecuencia de la realización de las dos operaciones de compensación descritas en el considerando anterior, se cuenta con un monto disponible de dividendos de Ecopetrol S. A. decretados en la Asamblea General de Accionistas de marzo de 2023 a favor de la nación por la suma de $5.160.271.880.027,41, una vez realizadas las dos operaciones de compensación descritas en el considerando anterior.
Que, conforme lo señalado en el parágrafo 2° del artículo 76 de la Ley 2276 de 2022 y en línea con las recomendaciones 2 y 3 del Documento Conpes 4127 del 12 de diciembre de 2023, mediante la expedición de la presente resolución se destina del excedente neto de dividendos del Grupo Ecopetrol hasta $5.160.271.880.027,41 como compensación de las obligaciones a cargo del FEPC con este, para realizarse a más tardar el 31 de diciembre de 2023, sin que para esto se requiera operación presupuestal.
Que la Subdirección Financiera de la Dirección Administrativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 91823 del 30 de noviembre de 2023 por $2.000.000.000.000,00 con cargo al rubro A-03-03- 04-067 Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), de las apropiaciones de funcionamiento.
Que la Subdirección de Operaciones de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 2223 del 28 de noviembre de 2023 por $876.149.108.522,52 con cargo al rubro B-10-01-03-002-008 Fondo de Estabilización de Precios a los Combustibles (FEPC), de las apropiaciones del servicio de la deuda.
Que, el Comité de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en sesión del 25 de octubre de 2023, autorizó utilizar los sobrantes de apropiaciones presupuestales en funcionamiento ($2,0 billones) y servicio de la deuda ($0,9 billones) para el pago de las obligaciones del FEPC causadas en 2022 y pendientes de liquidación y pago a la fecha, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 2276 de 2022.
Que el Comité Directivo del FEPC, en sesión del 13 de diciembre de 2023 conoció la liquidación de los saldos del FEPC para la posición neta de Ecopetrol S. A, con corte al 31 de diciembre de 2022 por la suma de $8.036.420.988.549,93, correspondiente al cuarto trimestre de 2022, para un total de $8.036.420.988.549,93, conforme con el siguiente detalle:
Cifras en pesos Periodo Ecopetrol GMC ACPM Total Trimestre IV 2022 3.101.246.831.053,31 4.935.174.157.496,62 8.036.420.988.549,93 Total Ecopetrol 3.101.246.831.053,31 4.935.174.157.496,62 8.036.420.988.549,93 Total FEPC 3.101.246.831.053,31 4.935.174.157.496,62 8.036.420.988.549,93 Que en la mencionada sesión del Comité Directivo del FEPC, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público dio a conocer la disponibilidad de recursos con cargo a: i) Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 2223 del 28 de noviembre de 2023 por $876.149.108.522,52, ii) Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 91823 del 30 de noviembre de 2023 por $2.000.000.000.000,00, y iii) el monto disponible de dividendos de Ecopetrol S. A. decretados en la Asamblea General de Accionistas de marzo de 2023 a favor de la nación, determinado como excedente neto de dividendos del Grupo Ecopetrol, conforme lo señalado en el parágrafo 2° del artículo 76 de la Ley 2276 de 2022 y en línea con las recomendaciones 2 y 3 del Documento Conpes 4127 del 12 de diciembre de 2023, por la suma de $5.160.271.880.027,41 para compensar las obligaciones a cargo del FEPC con el Grupo Ecopetrol, sin que para esto se requiera operación presupuestal.
Que mediante la Resolución número 1585 del 13 de diciembre de 2023, el Ministerio de Minas y Energía liquidó la posición neta correspondiente al cuarto trimestre del 2022 respecto de la sociedad Ecopetrol S. A. por $8.036.420.988.549,93 fijando como fecha máxima de pago de la posición neta liquidada con cargo al Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) el 31 de diciembre de 2023.
Que mediante comunicación radicada en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público bajo el número 1-2023-110798 del 13 de diciembre de 2023, Ecopetrol S. A. remitió cuenta de cobro de acuerdo con la cual el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) debe a Ecopetrol S. A. la suma de $8.036.420.988.549,93.
Que con fundamento en los antecedentes y consideraciones planteados, se debe proceder a ordenar el reconocimiento, compensación y pago de las obligaciones del FEPC a favor de Ecopetrol S. A. por el cuarto trimestre de 2022.
RESUELVE:
Artículo 1°.
Reconocer la suma de $8.036.420.988.549,93 por concepto de las obligaciones liquidadas del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) a favor de Ecopetrol S. A. correspondiente al cuarto trimestre de 2022, conforme al siguiente detalle:
Beneficiario Monto (cifras en pesos)
Ecopetrol S. A. $8.036.420.988.549,93 Total $8.036.420.988.549,93
Artículo 2°.
Ordénese el pago mediante compensación de una porción de las obligaciones liquidadas del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) con Ecopetrol S. A. a las cuales hace referencia el artículo 1° de la presente resolución, con el excedente de dividendos neto de la vigencia 2022 de Ecopetrol S. A., por la suma de $5.160.271.880.027,41, de conformidad con la Recomendación 2 del documento Conpes 4127 de diciembre de 2023.
Parágrafo 1°.
El pago del que trata este artículo se realizará mediante compensación con cargo a la porción equivalente de este monto de los dividendos decretados en la Asamblea General de Accionistas de Ecopetrol S. A. en marzo de 2023 a favor de la nación, determinada como excedente neto en el documento Conpes 4127 de diciembre de 2023, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2° del artículo 76 de la Ley 2276 de 2022.
Parágrafo 2°.
Ecopetrol S. A. informará al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la fecha y condiciones de los registros financieros derivados de la compensación de que trata el presente artículo, los cuales no podrán exceder del plazo máximo del 31 de diciembre de 2023, de conformidad con la Recomendación 3 del documento Conpes 4127 de diciembre de 2023.
Artículo 3°.
Ordénese a la Subdirección Financiera de la Dirección Administrativa y a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el pago de la suma de $2.876.149.108.522,52 correspondiente a las obligaciones liquidadas del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) a favor de Ecopetrol S. A. por el cuarto trimestre de 2022, la cual deberá ser desembolsada a Ecopetrol S. A. de conformidad con las instrucciones incluidas en la cuenta de cobro de Ecopetrol S. A. a más tardar el 15 de diciembre de 2023, de conformidad con el siguiente detalle:
Beneficiario del giro Fuente Monto (cifras en pesos)
Ecopetrol S. A. CDP- 91823 Apropiaciones Funcionamiento $2.000.000.000.000,00 Ecopetrol S. A. CDP-2223 Apropiaciones Servicio de la deuda $876.149.108.522,52 Total $2.876.149.108.522,52
Artículo 4°.
Del presente acto administrativo se remitirá copia por parte de la Secretaría General a la Subdirección Financiera y a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para lo de sus competencias.
Artículo 5°.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 14 de diciembre de 2023.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Bonilla González.
(C. F.).
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