RESOLUCION 1874 de 2023
por la cual se publica el listado de los integrantes de las Salas del Consejo Asesor Técnico del Sistema Estadístico Nacional (CASEN) y se dictan otras disposiciones.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 1874
- Año
- 2023
- Entidad
- Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
La Directora del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), en ejercicio de sus facultades Constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el artículo 209 de la Constitución Política, la Ley 2335 de 2023 y la Resolución número 1844 de 2023,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio del interés general y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que el artículo 14 de la Ley 2335 de 2023 por la cual se expiden disposiciones sobre las estadísticas oficiales en el país establece las siguientes instancias de coordinación del Sistema Estadístico Nacional (SEN): i) El Consejo Asesor Técnico del Sistema Estadístico Nacional (CASEN), ii) el Comité de Seguimiento a Estadísticas Estratégicas, iii) el Comité de Administración de Datos (CAD) y iv) los Comités Estadísticos Sectoriales, con sus respectivas Mesas Estadísticas Sectoriales.
Que el Consejo Asesor Técnico del Sistema Estadístico Nacional (CASEN) tiene como objeto asesorar al Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE)y al Gobierno nacional sobre cuestiones de importancia estratégica para las estadísticas oficiales del país. De igual manera, el CASEN asesora y evalúa el desarrollo del Sistema Estadístico Nacional (SEN) y avala la formulación del Plan Estadístico Nacional (PEN) y sus actualizaciones.
Que el DANE expidió la Resolución número 1844 de 2023, por la cual se crea y establece la estructura, funciones y funcionamiento del Consejo Asesor Técnico del Sistema Estadístico Nacional (CASEN) y los requisitos que deben cumplir sus integrantes.
Que el artículo 4° de la Resolución número 1844 de 2023 establece que el CASEN estará conformado por quince (15) integrantes, los cuales se organizarán a través de cinco (5) Salas Especializadas y una Sala General, la cual estará integrada por un representante elegido por cada sala especializada. Las Salas Especializadas estarán integradas por tres (3) miembros y organizadas de acuerdo con las temáticas establecidas Que el artículo 6° de la Resolución número 1844 de 2023 determinó que los integrantes de las Salas Especializadas del CASEN recibirán como pago por su participación en cada sesión, el valor correspondiente a cinco (5) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) siempre y cuando participen en la totalidad de los días programados de la sesión, la cual será certificada por la Secretaría Técnica del CASEN.
Que el artículo 8° de la Resolución en comento, establece los requisitos de estudio y experiencia que deben acreditar tanto las personas naturales como jurídicas que quieran ser integrantes de las salas del CASEN.
Que de conformidad con lo establecido en el parágrafo 1 del artículo 10 de la Resolución número 1844 de 2023, el Comité Directivo del DANE es el encargado de la selección de los miembros de las Salas Especializadas del CASEN. De igual forma, el parágrafo 3 del citado artículo establece que los expertos seleccionados serán integrantes del CASEN por un período de dos (2) años y podrán ser reelegidos por un período igual si obtienen una calificación satisfactoria en la evaluación realizada por la Secretaría técnica del CASEN.
Que el 11 de julio de 2023, la Secretaría Técnica del CASEN realizó la publicación de la invitación pública en las páginas www.dane.gov.co y www.sen.gov.co dirigida a los expertos preseleccionados para las salas especializadas para la conformación del CASEN, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 9° de la Resolución número 1844 de 2023.
Que el parágrafo 2 del artículo 10 de la Resolución número 1844 de 2023 señala que:
“ El listado de las personas que integrarán las salas especializadas del CASEN se publicará mediante acto administrativo expedido por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). En todo caso, los integrantes del CASEN no harán parte de la planta de personal del DANE, ni tendrán ningún tipo de vinculación contractual con la entidad por el hecho de ser miembro de este Consejo”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Objeto. El presente acto administrativo tiene por objeto publicar el listado de las personas que fueron seleccionadas para integrar las salas especializadas del Consejo Asesor Técnico del Sistema Estadístico Nacional (CASEN), en concordancia con los requisitos establecidos en la Resolución número 1844 de 2023, y establecer las condiciones generales requeridas para realizar el pago de la contraprestación por los servicios prestados.
Artículo 2°.
Integrantes de las Salas del Consejo Asesor Técnico del Sistema Estadístico Nacional. El listado de las personas seleccionadas para integrar las salas especializadas del Consejo Asesor Técnico del Sistema Estadístico Nacional (CASEN), son:
2.1. Para la Sala especializada para la modernización tecnológica de la producción estadística:
León Darío Parra Bernal, identificado con la cédula de ciudadanía número 79912657 Mario Linares Vásquez, identificado con la cédula de ciudadanía número 80728886 Nicolás Cardozo Álvarez, identificado con la cédula de ciudadanía número 80870736 2.2. Para la Sala especializada de salud, bienestar social y demografía:
Lina María Martha Patricia Cecilia González Ballesteros, identificada con la cédula de ciudadanía número 52255806 Fernando Urrea Giraldo, identificado con la cédula de ciudadanía número 17168088 Juan Manuel Anaya Cabrera, identificado con la cédula de ciudadanía número 19474778 2.3. Para la Sala especializada de gobierno, seguridad y justicia:
Liliana Maribel Mesías García, identificada con la cédula de ciudadanía número 52270388 Leopoldo Fergusson Talero, identificado con la cédula de ciudadanía número 79982121 Alfredo Vargas Ortiz, identificado con la cédula de ciudadanía número 12258307 2.4. Para la Sala especializada de geografía, medio ambiente y ordenamiento territorial:
Nohra León Rodríguez, identificada con la cédula de ciudadanía número 41661708 Alexander Rincón Ruíz, identificado con la cédula de ciudadanía número 79860285 Juan Alonso Neira Simijaca, identificado con la cédula de ciudadanía número 7162643 2.5. Para la Sala especializada de economía:
José Leibovich Goldenberg, identificado con la cédula de ciudadanía número 19217126 Fernando Jaramillo Mejía, identificado con la cédula de ciudadanía número 79389071 Cristina Fernández Mejía, identificada con la cédula de ciudadanía número 39785081 Parágrafo 1°. Los integrantes del CASEN no harán parte de la planta de personal del DANE, ni tendrán ningún tipo de vinculación contractual con la entidad por el hecho de ser miembro de este Consejo. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 10 de la Resolución número 1844 de 2023.
Parágrafo 2°.
Los expertos nombrados en el artículo 2° de la presente resolución, serán integrantes del CASEN por un período de dos (2) años y podrán ser reelegidos por un período igual si obtienen una calificación satisfactoria en la evaluación realizada por la Secretaría Técnica del CASEN.
Parágrafo 3°.
Las personas jurídicas deberán delegar a un solo representante para que asista a las sesiones programadas por el CASEN. En el evento en que la persona jurídica reemplace a su delegado, se deberá notificar este cambio a la Secretaría Técnica del CASEN con veinte (20) días calendario de anticipación a la fecha de la siguiente sesión del Consejo. En todo caso, la nueva persona designada deberá cumplir con todos los requisitos definidos en la Resolución número 1844 de 2023
Artículo 3°.
Comunicar a los integrantes del CASEN que fueron seleccionados, de conformidad con lo señalado en el artículo 2° de la presente resolución, remitiendo copia de la misma al correo electrónico registrado en la hoja de vida de la convocatoria.
Artículo 4°.
Pago de las sesiones. El pago de las sesiones en las que participen los integrantes de las salas especializadas y de la sala general del CASEN se realizarán al finalizar cada vigencia, previa entrega de los productos que sean solicitados como compromiso de esta y de la certificación de asistencia expedida por la Secretaría Técnica del CASEN.
El pago se realizará conforme lo establece el artículo 6° de la Resolución número 1844 de 2023.
Parágrafo.
El valor que los integrantes de las Salas Especializadas y Sala General del CASEN recibirán como pago por los servicios prestados, de conformidad con lo señalado en el artículo 6° de la Resolución número 1844 del 2023, incluye el IVA y demás impuestos a que haya lugar.
Artículo 5°.
Aprobación presupuestal. El gasto correspondiente al valor del pago por los servicios prestados por miembros del CASEN, se atenderá con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 111423 del 24 de agosto del 2023.
Artículo 6°.
Publicidad. La presente resolución se publicará en la página web del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).
Artículo 7°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación y deroga las que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 20 de octubre de 2023.
La Directora, B. Piedad Urdinola Contreras.
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