RESOLUCION 558 de 2023
por la cual se amplía el Catálogo de Cuentas para la rendición de información financiera, adoptado por Resolución número 0044 del 2 de febrero de 2017, modificada y ampliada mediante Resolución número 0163 del 17 de marzo de 2017, Resolución número 0355 del 23 de mayo de 2017, Resolución número 0791 del 27 de octubre de 2017, Resolución número 0128 del 2 de marzo de 2018, Resolución número 753 del 31 de octubre de 2018, Resolución número 967 del 29 de diciembre de 2019, Resolución número 0420 del 18 de julio de 2019, Resolución número 093 del 5 de marzo de 2021, Resolución número 0298 del 17 de junio de 2021 y Resolución 046 de 2022.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 558
- Año
- 2023
- Entidad
- Superintendencia de Subsidio Familiar
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Superintendente del Subsidio Familiar, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las que le confieren los numerales 4 y 6 del artículo 7° del Decreto 2150 de 1992, numerales 4 y 7 del artículo 24 de la Ley 789 de 2002, el numeral 7 del artículo 2 y numerales 2 y 3 del artículo 5° del Decreto 2595 de 2012, parágrafo del artículo 6° y numeral 2 del artículo 10 de la Ley 1314 de 2009, y en desarrollo del inciso 4º del artículo 2.2.7.5.3.2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo 1072 de 2015 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 044 del 2 de febrero de 2017 se adoptó el catálogo de cuentas y demás resoluciones de modificación y ampliación, así: Resolución número 0163 del 17 de marzo de 2017, Resolución número 0355 del 23 de mayo de 2017, Resolución número 0791 del 27 de octubre de 2017, Resolución número 0128 del 2 de marzo de 2018, Resolución número 753 del 31 de octubre de 2018, Resolución número 967 del 29 de diciembre de 2019, Resolución número 0420 del 18 de julio de 2019, Resolución número 093 del 5 de marzo de 2021, Resolución número 0298 del 17 de junio de 2021 y Resolución 046 de 2022.
Que mediante la Ley 2225 de 2022 modificó el artículo 3º de la Ley 1636 de 2013, para incluir como beneficio económico una transferencia por valor de uno punto cinco (1.5) SMMLV, para aquellos cotizantes en categoría a y b del Sistema de Subsidio Familiar.
Que, en virtud de lo anterior, se hace necesario ampliar el catálogo de cuentas para rendición de información financiera, con los siguientes códigos:
285817 Asignación transferencia económica Ley 2225 (DB) 286817 Transferencia económica Ley 2225/2022 En virtud de lo anteriormente señalado, este Despacho
RESUELVE:
Artículo 1°.
Ampliar el Catálogo de Cuentas para el reporte de información que deben aplicar las Cajas de Compensación Familiar y demás entidades objeto de inspección y vigilancia, de la siguiente manera:
2858 FOSFEC LEY 1636/13 285817 Asignación transferencia económica Ley 2225 (DB) 2868 ASIGNACIONES Y CUENTAS POR PAGAR FOSFEC 286817 Transferencia económica Ley 2225/2022
Artículo 2°.
Las Cajas de Compensación Familiar deberán reportar la información correspondiente al nuevo beneficio a partir del corte 30 de junio de la presente anualidad, realizando las correspondientes reclasificaciones contables.
Artículo 3°.
Los demás códigos del catálogo de cuentas y disposiciones no modificadas en este acto administrativo continúan vigentes de acuerdo con lo establecido en la Resolución número 044 del 2 de febrero de 2017 y las correspondientes resoluciones modificatorias.
Artículo 4°.
Ordenar la publicación del presente acto administrativo de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Artículo 5°.
La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase Dada en Bogotá, D. C., a 21 de junio de 2023.
El Superintendente del Subsidio Familiar, Luis Guillermo Pérez Casas.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.