Jurismart

RESOLUCION 1824 de 2023

por la cual se crean los Comités para la Gestión del Desarrollo Humano del Ministerio de Defensa, se determina la administración del SIATH-MDN y se dictan otras disposiciones.

Tipo
RESOLUCION
Número
1824
Año
2023
Entidad
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Ministro de Defensa Nacional, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 59 y 60 de la Ley 489 de 1998 y numeral 12 del artículo 3° del Decreto número 1874 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, corresponde a los Ministros formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley.

Que el Ministerio de Defensa Nacional, según lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto número 049 de 2003 modificado por los Decretos números 2758 de 2012, 2369 de 2014, 1381 de 2015 y el Decreto número 1874 de 2021, está conformado por las siguientes dependencias o unidades ejecutoras: la Unidad de Gestión General, el Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército Nacional, la Armada Nacional, la Fuerza Aérea Colombiana, la Dirección General de la Policía Nacional, la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, la Dirección General de Sanidad Militar y la Dirección General Marítima (Dimar).

Que en virtud de lo dispuesto en el numeral 12, artículo 3° del Decreto número 1874 del 30 de diciembre de 2021, el Ministro de Defensa Nacional está habilitado para crear y conformar órganos de asesoría y coordinación, así como los grupos internos de trabajo, que considere necesarios para el desarrollo de las funciones asignadas al Ministerio y asignarles funciones mediante resolución.

Que de conformidad con los numerales 1 y 8 del artículo 17 del Decreto número 1874 del 30 de diciembre de 2021, son funciones de la Dirección de Desarrollo de la Fuerza Pública, entre otras, contribuir con el direccionamiento estratégico del Desarrollo de la Fuerza Pública del Ministerio de Defensa Nacional, así como proponer lineamientos para la estandarización del desarrollo humano en la Fuerza Pública.

Que se entiende como Desarrollo Humano el concepto integrador que establece un vínculo directo entre el ciclo organizacional y el ciclo laboral y que, a través de la autogestión y la potencialización de las competencias individuales, permita proyectar la misionalidad de la Fuerza Pública.

Que de conformidad con los numerales 13 y 15 del artículo 4° del Decreto número 1874 del 30 de diciembre de 2021, son funciones de la Dirección de Tecnologías de Información y las Comunicaciones (TIC), entre otras, administrar, desarrollar, mantener y controlar los sistemas de información del Ministerio de Defensa Unidad de Gestión General, así como mantener en óptimo estado de funcionamiento y en red, la infraestructura informática del Ministerio de Defensa-Unidad de Gestión General.

Que la Ley 1273 de 2009 crea un nuevo bien jurídico tutelado denominado “De la protección de la información y de los datos” y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones.

Que las disposiciones en esta resolución se expiden de conformidad con la Constitución y las leyes, en especial a lo desarrollado en la Ley 1581 del 17 de octubre de 2012, reglamentada parcial por el Decreto número 1377 de 2013, compilado en el Decreto número 1074 de 2015 único reglamentario, por la cual se dictan disposiciones generales de la protección de datos personales relacionadas con el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política, así como el derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma. Los principios y disposiciones contenidas en dicha norma son aplicables a todas las bases de datos personales registrados que los hagan susceptibles de tratamiento por entidades de naturaleza pública o privada.

Que de conformidad con los literales a y c del artículo 7° de la Resolución número 4317 de 2022, son funciones del Comité de Integración de Tecnologías de Información y Comunicaciones (CITI), entre otras, emitir concepto frente a las necesidades o proyectos con componente tecnológico cualquiera que sea su fuente de financiación, presentados por las entidades del Sector, soportados en estudios de viabilidad técnica, legal y financiera del proyecto, así como recomendar a los Gerentes de proyectos TIC de las entidades del Sector Defensa las acciones y estándares relacionados que deban adoptar para la adquisición, adaptación, puesta en funcionamiento y optimización de hardware, software, comunicaciones y servicios, con el fin de garantizar la interconectividad e interoperabilidad de las soluciones, recursos y servicios TIC, las cuales deberán estar alineadas con las políticas TIC del Gobierno nacional y sectoriales.

Que el Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN) es la herramienta informática oficial para registrar la información del proceso de Gestión del Capital Humano de todos los integrantes de la Fuerza Pública y de los civiles vinculados al Ministerio de Defensa Nacional.

Que con el objetivo de definir la gobernabilidad de la Gestión del Capital Humano y de crear los diferentes cuerpos colegiados que se encarguen de asesorar y recomendar las decisiones del Ministerio de Defensa Nacional, se hace necesaria la creación de comités y subcomités integrados por las diferentes instancias y Unidades Ejecutoras, buscando la coherencia y la eficiencia en la toma de decisiones para la Gestión del Capital Humano del Ministerio de Defensa Nacional. Así mismo, se hace necesaria la identificación de prioridades para la evolución del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN), la debida destinación de los recursos humanos y técnicos en las unidades ejecutoras para su correcta administración, y la eficacia de las propuestas tecnológicas para el fortalecimiento y optimización del SIATH-MDN.

Que es necesario que el Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN) sea una herramienta centralizada, la cual permita la formulación, desarrollo, cumplimiento, seguimiento, y evaluación de políticas en Gestión del Desarrollo Humano, que faciliten establecer una estrategia sectorial a mediano y largo plazo para la transformación y modernización de los Sistemas de Talento Humano bajo la metodología de planeación basada en capacidades, así como diseñar un modelo de Desarrollo Humano que proyecte el pie de fuerza requerido para el cumplimiento de la misión constitucional.

RESUELVE:

Título I.

DE LOS COMITÉS PARA LA GESTIÓN DEL DESARROLLO HUMANO

Artículo 1°.

Función General. Los comités para la gestión del Desarrollo Humano tienen como propósito la formulación, cumplimiento, lineamientos, seguimiento y evaluación de políticas en materia de Capital Humano que satisfagan oportuna y efectivamente la estrategia del Ministerio de Defensa Nacional en el mediano y largo plazo.

Estos comités recurrirán a la metodología de planeación basada en capacidades con un enfoque “Conjunto y Coordinado”, y desarrollarán, fortalecerán y mantendrán de acuerdo con las necesidades impuestas por el contexto estratégico, el diseño de fuerza requerido para el cumplimiento de la misión constitucional, alineados con los principios de irreversibilidad de los logros alcanzados y la eficiencia en el gasto, propios de la transformación y modernización sectorial.

Capítulo I.

Del Comité Estratégico de Desarrollo Humano

Artículo 2°.

Conformación. Confórmese el Comité Estratégico de Desarrollo Humano quien será el principal ente que define estrategias y lineamientos en materia de Gestión de Desarrollo Humano para todas las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional y estará integrado por los siguientes miembros:

1. Viceministro para la Estrategia y Planeación, quien lo preside.

2. Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Militares.

3. Segundo Comandante del Ejército Nacional.

4. Segundo Comandante y Jefe de Estado Mayor Naval de la Armada Nacional.

5. Segundo Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana.

6. Subdirector de la Policía Nacional.

7. Director(a) de Gestión del Talento Humano de la Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa Nacional.

8. Director de Desarrollo de la Fuerza Pública del Ministerio de Defensa Nacional, quien será el Secretario Técnico y asistirá a las reuniones con voz, pero sin voto.

Parágrafo.
Invitados. Serán invitados los servidores públicos que, por las funciones y responsabilidades que cumple su dependencia, les corresponde proporcionar la información necesaria para ilustrar al Comité Estratégico de Capital Humano. Los invitados asistirán a las reuniones con voz, pero sin voto.

Artículo 3°.

Funciones. Son funciones del Comité Estratégico de Desarrollo Humano las siguientes:

1. Evaluar las políticas para la Gestión del Desarrollo Humano del Ministerio de Defensa Nacional.

2. Velar por la estandarización de los procesos para la optimización de la gestión del Capital Humano del Ministerio de Defensa Nacional.

3. Verificar el cumplimiento de las políticas para la Gestión del Desarrollo Humano del Ministerio de Defensa Nacional y dictar correctivos en caso de ser requerido.

4. Realizar seguimiento al cumplimiento de los objetivos y metas del Plan Estratégico Sectorial (PES) en lo que a Capital Humano se refiere.

5. Revisar y aprobar los programas y planes estratégicos que sean sugeridos por el Subcomité Asesor de Capital Humano.

6. Generar lineamientos del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN) así como recibir, analizar y aprobar las herramientas de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) requeridas para mejorar la calidad de los datos y apoyar la toma de decisiones de la Alta Dirección con información confiable, eficiente y veraz.

7. Generar lineamientos para los procesos, procedimientos y protocolos funcionales de gestión de talento humano, con el fin de estandarizar, optimizar y hacer más eficiente la administración del talento humano y apoyar la toma de decisiones de la Alta Dirección con información confiable, eficiente y veraz.

8. Autorizar la creación de mesas de trabajo recomendadas por el Subcomité Asesor de Capital Humano para atender temas específicos.

9. Asegurar que los esfuerzos realizados sean de naturaleza conjunta y coordinada.

10. Las demás funciones afines y complementarias que, por su naturaleza, le correspondan.

Artículo 4°.

Convocatoria. El Comité Estratégico de Desarrollo Humano se reunirá en sesión ordinaria por lo menos una (1) vez por semestre. Sin embargo, el Comité se podrá reunir de manera extraordinaria en cualquier momento por solicitud de los integrantes, previa citación comunicada por el Secretario Técnico. Éste a su vez procederá a convocar a los integrantes de este con al menos diez (10) días de anterioridad, indicando día, hora y lugar de la reunión y el respectivo orden del día.

Parágrafo 1°.
Los miembros del Comité Estratégico de Desarrollo Humano, por necesidad del servicio, podrán delegar por escrito la asistencia a las reuniones del Comité al funcionario que ejerza las funciones en ausencia del titular.

Parágrafo 2°.
Cuando uno de los miembros del Comité no pueda asistir a una sesión deberá comunicarlo por escrito, enviando a la Secretaría Técnica la correspondiente excusa, con la indicación de las razones de su inasistencia, lo cual se hará a más tardar el día hábil anterior a la respectiva sesión o en caso de fuerza mayor en el momento de iniciar la reunión programada.

Parágrafo 3°.
El Comité Estratégico de Desarrollo Humano podrá deliberar, votar y decidir en sesión virtual utilizando los medios electrónicos idóneos, dejando constancia de lo actuado, por ese mismo medio, con los atributos de seguridad necesarios y en las actas que se elaboren de la respectiva sesión.

Artículo 5°.

Quórum de deliberatorio y adopción de las decisiones. El comité deliberará y decidirá como mínimo con la mitad más uno de sus integrantes con voz y voto. Las proposiciones serán aprobadas por mayoría simple (la mitad más uno) de los miembros asistentes a la sesión.

Artículo 6°.

Secretaría Técnica. El Director de Desarrollo de la Fuerza Pública del Ministerio de Defensa Nacional ejercerá la Secretaría Técnica del Comité Estratégico de Desarrollo Humano, quien tendrá a su cargo las siguientes funciones:

1. Coordinar las reuniones del Comité Estratégico de Desarrollo Humano, convocar a los integrantes e invitados al Comité, elaborar el orden del día de la reunión y realizar seguimiento a los compromisos y cumplimiento de las decisiones adoptadas por el Comité Estratégico de Desarrollo Humano.

2. Preparar, consolidar y presentar los documentos, informes o material que se requiera para el normal desarrollo de las sesiones del Comité Estratégico de Desarrollo Humano.

3. Elaborar, divulgar y conservar las actas de cada sesión del Comité Estratégico de Desarrollo Humano.

4. El acta deberá estar debidamente elaborada y suscrita por el Presidente y el Secretario del Comité, dentro de los diez (10) días siguientes a cada sesión.

5. Las demás que le asigne el Comité Estratégico de Desarrollo Humano.

Capítulo II.

Del subcomité Asesor de Desarrollo Humano

Artículo 7°.

Conformación. Confórmese el Subcomité Asesor del Desarrollo Humano como un ente de consulta para los miembros del Comité Estratégico y de dirección para las Jefaturas de Desarrollo Humano y Educación de la Fuerza Pública. Tiene como objetivo recomendar y acompañar los procesos en la toma y materialización de decisiones y estará integrado por los siguientes miembros:

1. Director(a) de Desarrollo de la Fuerza Pública del Ministerio de Defensa Nacional, quien lo preside.

2. Director(a) de Tecnologías de información y las Comunicaciones (TIC) del Ministerio de Defensa Nacional.

3. Director(a) de Gestión del Talento Humano de la Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa Nacional.

4. Director de la Escuela Superior de Guerra

5. Jefe del Departamento Conjunto de Personal del Comando General de las Fuerzas Militares.

6. Jefe de Educación y Doctrina Conjunta del Comando General de las Fuerzas Militares.

7. Jefe de Estado Mayor de Planes y Políticas del Ejército Nacional.

8. Jefe de Estado Mayor Naval de Personal.

9. Comandante de Desarrollo Humano de la Fuerza Aérea Colombiana

10. Jefe de Educación Aeronáutica de la Fuerza Aérea Colombiana.

11. Jefe Nacional de Desarrollo Humano de la Policía Nacional.

12. Comandante de Personal del Ejército Nacional.

13. Comandante de Educación y Doctrina del Ejército Nacional.

14. Director de Educación de la Policía Nacional.

15. Jefe de Desarrollo Humano de la Armada Nacional.

16. Jefe de Instrucción y Educación Naval de la Armada Nacional.

17. Coordinador Grupo de Desarrollo Humano Dirección General Marítima.

18. Representante del Grupo Social y Empresarial de la Defensa (GSED).

19. Representante de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial.

20. Asesor de la Dirección de Desarrollo de la Fuerza Pública, del Ministerio de Defensa Nacional, quien será el secretario técnico y asistirá a las reuniones con voz, pero sin voto.

Artículo 8°.

Funciones. El Subcomité Asesor de Desarrollo Humano tiene las siguientes funciones:

1. Asesorar al Comité Estratégico de Desarrollo Humano en la toma de decisiones frente al diseño de Fuerza, ciclo de vida del personal uniformado, Sistema Educativo de la Fuerza Pública y demás temáticas pertinentes a la gestión del capital humano del Ministerio de Defensa Nacional.

2. Hacer seguimiento y control al cumplimiento de las instrucciones y lineamientos delegados por el Comité Estratégico de Capital Humano a los integrantes del comité y subcomités de Capital Humano, con el fin de conseguir los objetivos.

3. Verificar y alinear los planes de acción con los objetivos y metas del Plan Estratégico Sectorial en lo que a Capital Humano se refiere.

4. Asesorar en el diseño, formulación, implementación y evaluación de políticas para la gestión del Capital Humano y del Sistema Educativo de la Fuerza Pública.

5. Asesorar en el diseño, formulación y evaluación de indicadores para medir el impacto de la gestión del Capital Humano y del Sistema Educativo de la Fuerza Pública.

6. Aprobar y/o rechazar las propuestas de soporte, mantenimiento y mejora al Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN) presentadas por el Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano, que requieren para su aplicación, la utilización o designación de recursos financieros, materiales y humanos. Estas serán puestas a consideración del Comité Estratégico de Desarrollo Humano, cuando los miembros del Subcomité Asesor no lleguen a un acuerdo o afirmen no poseer la capacidad decisoria necesaria.

7. Informar y asesorar al Comité Estratégico de Desarrollo Humano respecto al funcionamiento y desempeño del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN).

8. Establecer canales de coordinación con las demás dependencias que intervienen en la generación de política para la estructura de Fuerza.

9. Presentar los avances de gestión en implementación de la Política de Educación para la Fuerza Pública y la Política de Gestión y Desarrollo Humano del Ministerio de Defensa Nacional vigentes.

10. Las demás que determine el Comité Estratégico de Capital Humano.

Parágrafo 1°.
El Subcomité Asesor de Desarrollo Humano podrá remitirse al Comité de Integración de Tecnologías de Información y Comunicaciones (CITI) en caso de requerir conceptos para la toma de decisiones.

Parágrafo 2°.
Las Jefaturas de Talento Humano, Oficinas de Sistemas, Telemática e Informática y dependencias equivalentes en cada una de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Defensa, son responsables de socializar, implementar y evaluar las políticas, planes, proyectos, programas e iniciativas decididas por el Subcomité Asesor de Desarrollo Humano.

Capítulo III.

Del Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano

Artículo 9°.

Conformación. Confórmese el Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN), el cual tendrá como propósito garantizar la integridad, disponibilidad, confidencialidad e interoperabilidad del (SIATH-MDN) y estará integrado por los siguientes miembros:

1 Director de Tecnologías de Información y las Comunicaciones (TIC) del Ministerio de Defensa Nacional, quien lo preside y hará las veces de Administrador del (SIATH-MDN).

2. Representante de la Dirección de Desarrollo de la Fuerza Pública del Ministerio de Defensa Nacional.

3. Representante de la Dirección de Gestión de Talento Humano del Ministerio de Defensa Nacional.

4. Representante funcional y técnico del Comando General de las Fuerzas Militares.

5. Representante funcional y técnico del Ejército Nacional.

6. Representante funcional y técnico de la Armada Nacional.

7. Representante funcional y técnico de la Fuerza Aérea Colombiana.

8. Representante funcional y técnico de la Policía Nacional.

9. Representante funcional y técnico de la Dirección General Marítima.

10. Representante funcional de la Dirección General de Sanidad Militar.

11. Representante funcional y técnico del Grupo de Prestaciones Sociales del Ministerio de Defensa Nacional.

12. Representante funcional y técnico de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial.

13. Representante funcional y técnico del Grupo Social y Empresarial de la Defensa (GSED).

14. Asesor de la Dirección de Tecnologías de Información y las Comunicaciones (TIC) del Ministerio de Defensa Nacional, quien será el secretario técnico y asistirá a las reuniones con voz, pero sin voto.

Artículo 10.

Funciones. Son funciones del Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN), las siguientes:

1. Analizar, evaluar y emitir conceptos relacionados con la actualización para la modernización del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN).

2. Analizar y emitir conceptos de viabilidad y pertinencia de los requerimientos, proyectos e iniciativas presentadas por parte de la Fuerza Pública que busquen generar desarrollos, modernizaciones, adaptaciones y actualizaciones relacionadas con el Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN), de acuerdo con las directrices dadas por el Subcomité Asesor de Capital Humano.

3. Analizar y emitir conceptos de viabilidad y pertinencia de los protocolos desarrollados por la Dirección de Tecnologías de Información y las Comunicaciones (TIC), para garantizar la seguridad y administración del sistema (SIATH-MDN).

4. Analizar y emitir conceptos de viabilidad que sirvan como soporte en la estandarización de lineamientos, procesos y procedimientos que faciliten la interoperabilidad del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN) en el interior de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional y con los demás Sistemas de Información utilizados por estas.

5. Velar por la continuidad y desarrollo del personal especializado para la administración técnica y funcional del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN), designado por cada una de las Fuerzas Militares y Policía Nacional para tal fin.

6. Programar, ejecutar, socializar y hacer seguimiento del Plan de Trabajo del Subcomité.

7. Realizar coordinaciones con la Dirección Sectorial de Comunicaciones del MDN con el fin de implementar campañas de difusión que promuevan el conocimiento de la Ley 1273 de 2009, Ley 1581 de 2012 o las normas que la deroguen, modifiquen o adicionen, con el objetivo de evitar acciones que afecten la protección de datos personales.

8. Coordinar con la Policía Nacional la transferencia de conocimiento de nuevos desarrollos que busquen generar modernizaciones, adaptaciones y actualizaciones del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN).

9. Rendir un informe semestral al Subcomité Asesor de Capital Humano respecto al funcionamiento y desempeño del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN).

10. Ejecutar los lineamientos realizados por el Comité Estratégico de Capital Humano, los cuales van a ser controlados y vigilados por el Comité Asesor de capital Humano; para los procesos funcionales de gestión de talento humano con el fin de estandarizar, optimizar y hacer más eficiente la administración del talento humano.

11. Las demás que determine el Subcomité Asesor de Capital Humano en materia del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN).

Parágrafo.
Las necesidades de todos los usuarios de la Fuerza Pública respecto del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN) se deberán diligenciar de acuerdo con el formato actualizado de Control de Cambios que se encuentra en la Suite Visión, establecido por la Dirección de Tecnologías de Información y las Comunicaciones (TIC). Estos formatos deberán ser diligenciados y tramitados a través de los respectivos representantes de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional.

Capítulo IV.

De los representantes técnicos y funcionales, del sistema de información del Talento Humano

Artículo 11.

Representantes Técnicos y Funcionales. Las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional tendrán un representante técnico y uno funcional ante el Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN), los cuales serán designados por acto administrativo, y cumplirán el rol de responsables, ante los respectivos Administradores en el Ministerio de Defensa Nacional, frente al correcto funcionamiento y utilización del Sistema, en el interior de sus unidades.

Artículo 12.

Representantes Técnicos. Los representantes técnicos tienen el rol de garantizar el correcto funcionamiento de las herramientas tecnológicas, designadas para el óptimo desempeño del (SIATH-MDN) en el interior de sus respectivas Unidades Ejecutoras y tendrán las siguientes responsabilidades:
1. Efectuar la representación de su respectiva Unidad Ejecutora ante el Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN) y asistir a las reuniones convocadas.
2. Recopilar, documentar y priorizar los requerimientos técnicos de mejora y/o cambios que tenga su respectiva Unidad Ejecutora con relación al Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN).
3. Someter a consideración los requerimientos técnicos de mejora y/o cambios que tenga su respectiva unidad ejecutora para aprobación del Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN).
4. Realizar seguimiento a los requerimientos técnicos de mejora y/o cambios aprobados por parte del Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN).
5. Mantener informado al Jefe Inmediato de las decisiones técnicas tomadas en el Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN).
6. Participar activamente en las pruebas de los nuevos desarrollos, modernizaciones, adaptaciones y actualizaciones del (SIATH-MDN), así como implementar las versiones finales previamente autorizadas por la Dirección de Tecnologías de Información y las Comunicaciones (TIC).
7. Responder los diferentes requerimientos técnicos de los usuarios del (SIATH-MDN) y comunicar a través del Subcomité del Sistema de Información del Talento Humano, aquellos que requieran la utilización o designación de recursos financieros, materiales y humanos que superen su capacidad técnica, o afecten la funcionalidad del Sistema.
8. Monitorear el estado, funcionamiento y rendimiento del (SIATH-MDN) e informar las novedades presentadas a la Dirección de Tecnologías de Información y las Comunicaciones (TIC) del Ministerio de Defensa Nacional.
9. Realizar las acciones necesarias para el desarrollo y aprobación de las pruebas de aceptación del (SIATH-MDN) en los cambios de mantenimiento, mejora y migración de plataformas o datos.
10. Ejecutar los lineamientos para los procesos, procedimientos y protocolos funcionales de gestión de talento humano con el fin de estandarizar, optimizar y hacer más eficiente la administración, propuestos por la parte funcional y los realizados por el Comité Estratégico de Capital Humano.
11. Cualquier otra que la Dirección de Tecnologías de Información y las Comunicaciones (TIC) del Ministerio de Defensa Nacional así requiera.

Artículo 13.

Representantes Funcionales. Los representantes funcionales son aquellos que tienen como fin velar por la correcta aplicación de la política, la ejecución de los procesos, procedimientos y protocolos de uso del Sistema, y la calidad de la información, sus responsabilidades son las siguientes:

1. Efectuar la representación de su respectiva Unidad Ejecutora ante el Subcomité del Sistema de Información para la Administración de Talento Humano y asistir a las reuniones convocadas.

2. Recopilar, documentar y priorizar los requerimientos funcionales de mejora y/o cambios que tenga su respectiva Unidad Ejecutora con relación al Sistema de Información para la Administración de Talento Humano (SIATH-MDN).

3. Someter a consideración los requerimientos funcionales de mejora y/o cambios que tenga su respectiva Unidad Ejecutora para aprobación del Subcomité del Sistema de Información para la Administración de Talento Humano.

4. Realizar seguimiento al desarrollo de los requerimientos funcionales de mejora y/o cambios aprobados por parte del Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano.

5. Verificar que los requisitos funcionales y necesidades previamente definidas sean cumplidas en forma efectiva y eficiente por el (SIATH-MDN).

6. Aplicar los protocolos establecidos para definir o modificar procedimientos para solicitar la ampliación, mantenimiento de funcionalidades y la mejora continua del Sistema.

7. Gestionar la aprobación para poner en producción las soluciones informáticas implementadas de acuerdo con los requerimientos y las definiciones funcionales establecidas.

8. Verificar que la información gestionada a través del (SIATH-MDN) responda a los lineamientos, procedimientos y/o protocolos establecidos.

9. Recibir y tramitar las solicitudes de quejas funcionales y solicitudes de mejora presentadas por los usuarios del (SIATH-MDN), de acuerdo con el procedimiento establecido.

10. Recibir, dar trámite o direccionar las solicitudes de creación o asignación de roles y perfiles informáticos, y de usuarios del (SIATH-MDN) de acuerdo con los protocolos establecidos.

11. Generar los reportes y estadísticas que permitan evaluar la gestión del (SIATH-MDN), requeridos por el Ministerio de Defensa Nacional o por las Unidad Ejecutora correspondiente.

12. Proponer planes y proyectos ante el Administrador Técnico, para el mejoramiento del (SIATH-MDN), con base en las evaluaciones y diagnósticos presentados por entes internos y externos.

13. Identificar, reportar y escalar ante el Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano aspectos funcionales del (SIATH-MDN), susceptibles de ser establecidos como puntos de control y rastros de auditoría que deben incluirse en el (SIATH-MDN), para minimizar riesgos en su normal funcionamiento.

14. Ejecutar los lineamientos para los procesos, procedimientos y protocolos funcionales de gestión de talento humano con el fin de estandarizar, optimizar y hacer más eficiente la administración, propuestos por la parte funcional y los realizados por el Comité Estratégico de Capital Humano.

15. Hacer uso de las funcionalidades definidas en los rastros de auditoría e informar al Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN) sobre las evidencias encontradas que puedan estar afectando el normal funcionamiento de este.

16. Programar las actividades que permitan capacitar periódicamente a los usuarios del (SIATH-MDN) con el fin de mantenerlos actualizados en las funcionalidades de este.

17. Realizar las acciones necesarias para elaborar y formalizar las solicitudes de ajuste al (SIATH-MDN), cuando los cambios normativos lo exijan de acuerdo con los protocolos establecidos.

18. Tramitar ante el Administrador Técnico las inconsistencias, defectos, errores, fallas y todos los incidentes que se detecten en el (SIATH-MDN), efectuando el seguimiento hasta el cierre del caso.

19. Tramitar, en coordinación con el Administrador Técnico, las correcciones para recuperar el servicio informático, ante suspensiones o interrupciones en la operación, por incidencias o situaciones contingentes.

20. Tramitar, junto con el Administrador Técnico, la declaración de contingencia y el uso de procedimientos alternativos que permitan la continuidad del servicio institucional, diligenciar la documentación sobre servicios no conformes, comunicarla a las dependencias implicadas, y hacer seguimiento a la ejecución de las acciones correctivas.

21. Proponer, junto con el Administrador Técnico, las mejoras para atender los incidentes en producción, así como participar en la preparación de los proyectos de explicación pública sobre las contingencias.

22. Mantener informado al jefe de Desarrollo Humano o su equivalente en cada una de las Unidades Ejecutoras de las decisiones de orden funcional tomadas en el Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano.

Capítulo V.

De las disposiciones comunes del Subcomité Asesor de Desarrollo Humano y el Subcomité del Sistema de información para la administración del Talento Humano

Artículo 14.

Convocatoria. Cada Subcomité se reunirá de forma independiente en sesión ordinaria como mínimo una (1) vez por trimestre. Sin embargo, se podrá reunir de manera extraordinaria en cualquier momento por solicitud de los integrantes, previa citación comunicada por el respectivo secretario técnico. Éste a su vez procederá a convocar a los integrantes de este con al menos cinco (5) días de anterioridad, indicando día, hora y lugar de la reunión y el respectivo orden del día.

Parágrafo 1°.
Los miembros de cada Subcomité, por necesidad del servicio, podrán delegar la asistencia a las reuniones de este al funcionario que ejerza las funciones en ausencia del titular. La delegación se deberá realizar por escrito, enviando a la Secretaría Técnica la correspondiente excusa, con la indicación de las razones de su inasistencia, lo cual se hará a más tardar el día hábil anterior a la respectiva sesión o en caso de fuerza mayor en el momento de iniciar la reunión programada.

Parágrafo 2°.
Los Subcomités podrán deliberar, votar y decidir en sesión virtual, utilizando los medios electrónicos idóneos, dejando constancia de lo actuado, por ese mismo medio, con los atributos de seguridad necesarios y en las actas que se elaboren de la respectiva sesión.

Parágrafo 3°.
Serán invitados los servidores públicos que, por su condición jerárquica, funcional o conocimiento técnico, deban asistir. De igual forma, cada Subcomité por medio de su Secretaría Técnica podrá invitar a sus sesiones a los funcionarios que requiera para la mejor comprensión de los asuntos a considerar. Estos asistirán a las sesiones con derecho a voz, pero sin voto.

Artículo 15.

Quórum deliberatorio y adopción de las decisiones. Cada Subcomité deliberará y decidirá como mínimo con la cantidad de miembros permanentes con voz y voto, menos uno de sus miembros. Las proposiciones serán aprobadas por mayoría simple (la mitad más uno) de los miembros asistentes a la sesión.

Artículo 16.

Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica del Subcomité Asesor de Desarrollo Humano y del Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano MDN, tendrá a su cargo las siguientes funciones:

1. Coordinar las reuniones, convocar a los integrantes e invitados, elaborar el orden del día de la reunión y realizar seguimiento a los compromisos y cumplimiento de las decisiones adoptadas.

2. Preparar, consolidar y presentar los documentos, informes o material que se requiera para el normal desarrollo de las sesiones.

3. Elaborar, divulgar y conservar las actas de cada sesión. El acta deberá estar debidamente elaborada y suscrita por el presidente y el secretario del Comité dentro de los diez (10) días siguientes a cada sesión.

4. Coordinar las reuniones de cada Subcomité, informar a los integrantes e invitados, elaborar el orden del día de la reunión y realizar seguimiento a los compromisos y cumplimiento de las decisiones adoptadas en cada Subcomité.

5. Verificar el quórum para la celebración de cada Subcomité.

6. Preparar, consolidar y presentar los documentos, informes o material que se requiera para el normal desarrollo de las sesiones de cada Subcomité.

7. Presentar al Subcomité, en cada sesión, informe sobre el cumplimiento de los compromisos y acuerdos adquiridos en sesiones anteriores.

8. Presentar al Comité Estratégico de Capital Humano, en cada sesión, informe sobre el cumplimiento de los compromisos y acuerdos adquiridos en sesiones de cada Subcomité.

9. Presentar al Comité Estratégico de Capital Humano y Subcomité Asesor de Capital Humano, según fuere el caso, recomendaciones y proyectos para su correspondiente aprobación.

10. Gestionar ante la Dirección de Tecnologías de Información y las Comunicaciones- (TIC) los requerimientos funcionales para la implementación en el Sistema de Información para la Administración de Talento Humano (SIATH-MDN) que fueron aprobados por el Subcomité.

11. Las demás que le asignen, según fuere el caso, el Comité Estratégico de Capital Humano, Subcomité Asesor de Capital Humano o el Subcomité del Sistema de información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN).

Título II.

DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL TALENTO HUMANO (SIATH-MDN) Y SU GOBERNABILIDAD

Capítulo I.

Del sistema de Información para la Administración del Talento Humano-MDN

Artículo 17.

Sistema de Información para la Administración del Talento Humano MDN. El Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN) será la principal herramienta tecnológica para administrar la información del personal uniformado y civil del Ministerio de Defensa Nacional, con el fin de garantizar información confiable y oportuna para la toma de decisiones en materia de Gestión del Capital Humano. La gobernabilidad del Sistema de Información para la Administración del Talento (SIATH-MDN) estará a cargo del Ministerio de Defensa Nacional.

Parágrafo.
Para todos los efectos en la presente resolución el Sistema de Información para la Administración del Talento (SIATH-MDN) se entiende como todos los programas, módulos y desarrollos que funcionan en el Centro de Datos del MDN-UGG, y que sirven para la administración del Talento Humano en el Comando General de las Fuerzas Militares, las Fuerzas Militares (EJC, ARC, FAC), Dirección General Marítima (DIMAR), Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial y la Unidad de Gestión General (UGG).

Capítulo II.

De las responsabilidades ante el sistema de información del talento humano (SIATH-MDN)

Artículo 18.

Direccionamiento Estratégico. El Direccionamiento Estratégico estará a cargo de la Dirección de Desarrollo de la Fuerza Pública del Ministerio de Defensa Nacional, esta tiene como función emitir lineamientos para la administración de la gestión del talento humano para la mejora continua del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN).

Artículo 19.

Funciones del Direccionamiento Estratégico. Son responsabilidades de la Dirección de Desarrollo de la Fuerza Pública del Ministerio de Defensa Nacional, frente al Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN), las siguientes:

1. Promover la eficiencia en la administración de datos del Desarrollo Humano de la Fuerza Pública.

2. Recepcionar, a través del CGFM y el Subcomité (SIATH-MDN), todos los requerimientos solicitados por las Fuerzas Militares que implique emitir lineamientos relacionados con la administración de la gestión del talento humano para la mejora continua del (SIATH-MDN).

3. Proponer planes y proyectos ante el Subcomité (SIATH-MDN), para el mejoramiento del sistema, con base en el direccionamiento estratégico del Desarrollo Humano de la Fuerza Pública.

4. Velar por que las Unidades Ejecutoras apliquen correctamente los lineamientos generados, con el fin de que la información registrada en el Sistema de Información del Talento Humano (SIATH-MDN), cumpla con los criterios en calidad del dato como son: completitud, precisión, integridad, precisión, conformidad, consistencia y unicidad.

5. Emitir lineamientos para prevenir los errores en la captura de información y a su vez coordinar con la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) para priorizar y corregir las fallas presentadas de nivel técnico y funcional.

6. Cualquier otra que, por su naturaleza, se requiera para la Administración del Talento Humano.

Parágrafo 1°.
Los representantes técnicos y funcionales de las Unidades Ejecutoras bajo la orientación de la Dirección de Desarrollo de la Fuerza Pública, estandarizarán los procesos que se requieran para la actualización, mejora y óptimo desempeño del (SIATH-MDN).

Parágrafo 2°.
La Dirección de Tecnologías de la Información TIC, realizará los procedimientos que se deriven de los procesos estandarizados para la puesta en marcha de nuevos desarrollos, modernizaciones, adaptaciones y actualizaciones en procura de la mejora del (SIATH-MDN).

Artículo 20.

Administración (SIATH-MDN). La administración del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN), estará a cargo de la Dirección de Tecnologías de Información y las Comunicaciones (TIC) del Ministerio de Defensa Nacional. Esta tiene como función velar por el correcto funcionamiento de las herramientas tecnológicas designadas para el óptimo desempeño y alta disponibilidad del Sistema.

Artículo 21.

del Administrador del (SIATH-MDN). Son responsabilidades de la Dirección de Tecnologías de Información y las Comunicaciones (TIC) del Ministerio de Defensa Nacional frente al Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN), las siguientes:

l. Realizar los procedimientos que se deriven de los procesos estandarizados para la puesta en marcha de nuevos desarrollos, modernizaciones, adaptaciones y actualizaciones en procura de la mejora del (SIATH-MDN).

2. Ejecutar y desplegar los diferentes desarrollos y cambios en el Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN), aprobados en el Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano, mediante el formato de control de cambios de software.

3. Planear, solicitar, centralizar y ejecutar, con la debida aprobación del Subcomité Asesor de Capital Humano y en coordinación con el Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano MDN, el empleo de los recursos asignados para mejorar y/o modernizar la infraestructura de hardware, licenciamiento y demás elementos requeridos para el funcionamiento óptimo y efectivo del Sistema.

4. Recomendar al Subcomité Asesor de Talento Humano respecto al uso, mejora y optimización de la infraestructura tecnológica del (SIATH-MDN).

5. Servir como líder de los representantes de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional para garantizar la adecuada implementación, configuración, mantenimiento, monitoreo, documentación y funcionamiento del (SIATH-MDN).

6. Brindar el soporte técnico para identificar el nivel de servicio necesario, en coordinación con el representante funcional y/o técnico de las Unidades Ejecutoras, a través de la mesa de ayuda, al SIATH con una disponibilidad (24 horas, 7 días a la semana).

7. Velar, en coordinación con el Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano, por la seguridad de la información, en cuanto a integridad, confidencialidad y disponibilidad, según lo dispuesto por el marco legal.

8. Asegurar la disponibilidad para todos los usuarios de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional de aquellos desarrollos, modernizaciones y/o actualizaciones adelantadas en procura de la mejora del (SIATH-MDN).

9. Estructurar los documentos soporte necesarios para los procesos precontractuales y contractuales, teniendo en cuenta los requerimientos que se originen en el Subcomité del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano y/o Subcomité Asesor de Capital Humano, y que se soliciten para satisfacer las necesidades técnicas y funcionales de los usuarios.

10. Facilitar y disponer, en coordinación con el Subcomité Asesor de Capital Humano, Subcomité (SIATHMDN) la asignación de herramientas y accesos necesarios para la administración del Sistema.

11. Garantizar el tiempo de actividad (uptime), rendimiento, uso de recursos y la seguridad de los servidores en los que se aloja el Sistema.

12. Desarrollar y aplicar políticas o protocolos de copias de seguridad y recuperación de la información en el (SIATH-MDN).

13. Recepcionar, a través del Representante de CGFM, mediante el Formato de control de cambios establecido por el MDN, que se encuentra en la Suite Visión en su última versión, todos los requerimientos de tipo técnico y/o funcional solicitados por las Fuerzas Militares y demás usuarios para la mejora continua del (SIATH-MDN)

14. Realizar seguimiento y evaluación del (SIATH-MDN), para hacer los ajustes necesarios con el fin de mantener su productividad, así como la calidad de la información contenida en el Sistema.

15. Gestionar el presupuesto anual para sostenimiento, soporte, mantenimiento y mejoramiento del (SIATH-MDN), en coordinación con el CITI.

16. Cualquier otra concerniente a su naturaleza y/o requerida por el Subcomité Asesor de Capital Humano.

Artículo 22.

Responsabilidades de las Dependencias Homólogas a la Dirección de Desarrollo de la Fuerza Pública, Direcciones TIC, Oficinas de Sistemas, Telemática e Informática. Las dependencias homólogas a la Dirección de Desarrollo de la Fuerza Pública, Direcciones TIC, Oficinas de Sistemas, Telemática e Informática en las unidades ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional, responsables por el funcionamiento del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN), tendrán las siguientes responsabilidades:

l. Registrar y actualizar el Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATHMDN) con información veraz y precisa en todas las etapas del ciclo del Talento Humano, que permita realizar consultas de manera fidedigna confiable y oportuna para la toma de decisiones.

2. Designar, mediante acto administrativo, los administradores funcionales y técnicos requeridos para el funcionamiento del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATHMDN) con el fin de lograr la permanencia para garantizar el correcto funcionamiento del Sistema.

3. Destinar los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para el funcionamiento del Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN) y velar por su buen desempeño.

4. Promover que los desarrollos de modernización y/o actualización adelantados en procura de la mejora del (SIATH-MDN), aprobados por los comités y subcomités descritos en esta resolución, sean desplegados en las Unidades Ejecutoras, empleándose las capacidades del personal de forma conjunta y coordinada para la optimización del sistema.

5. Cualquier otra que, de acuerdo con su naturaleza, sea requerida por el Comité Estratégico de Desarrollo Humano y Subcomité Asesor de Desarrollo Humano.

Parágrafo.
El Comando General de las Fuerzas Militares nombrará un coordinador, quien será el encargado de presidir la mesa técnica y cuya función principal es la de recepcionar y revisar los requerimientos solicitados por las Fuerzas Militares y demás usuarios del sistema, con el fin de ser presentados en la agenda previa al Subcomité (SIATH-MDN).

Artículo 23.

Usuarios Finales. Los usuarios finales son todos los funcionarios cuyos datos se encuentran en el Sistema de Información para la Administración del Talento Humano (SIATH-MDN).

Artículo 24.

Responsabilidades de los Usuarios Finales. Serán responsabilidades de los Usuarios Finales, las siguientes: l. Verificar que su información personal registrada en el Sistema esté correcta y actualizada. De no ser así, debe reportar las inconsistencias a su respectivo administrador funcional.
2. Actualizar y/o corregir los datos que se encuentren incorrectos hasta donde la aplicación lo permita.
3. Hacer uso de los servicios disponibles del Sistema.
4. Tener conocimiento de la Ley 1273 de 2009, Ley 1581 de 2012 o las normas que la deroguen, modifiquen o adicionen con el objetivo de evitar acciones que afecten la protección de datos personales.

Capítulo V.

Disposiciones Finales

Artículo 25.

Las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional destinarán los recursos necesarios para el mantenimiento, sostenibilidad y crecimiento del (SIATH-MDN), para que el Sistema posea una naturaleza conjunta y coordinada, y se mantengan los principios de la administración pública.

Artículo 26.

A partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional y la Policía Nacional no podrán desarrollar o adquirir sistemas de información que tengan como objeto la administración del Talento Humano.

Artículo 27.

Las Fuerzas Militares y Policía Nacional deberán asignar un delegado permanente, que garantice la confidencialidad de la información institucional a la cual tenga acceso, nombrado mediante acto administrativo, quien será el responsable de suministrar la información que reposa en el (SIATH-MDN y/o, SIATH) requerida por la Dirección de Desarrollo de la Fuerza Pública, con el propósito de realizar análisis de datos sobre los procesos de educación y desarrollo humano de la Fuerza Pública, para la toma de decisiones estratégicas en la materia.

Artículo 28.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 3144 de 2017, “Por medio de la cual se crean los Comités para la Gestión del Desarrollo Humano del Ministerio de Defensa, se determina la administración del (SIATH-MDN) y se dictan otras disposiciones”.

Comuníquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 19 mayo de 2023.

El Ministro de Defensa Nacional, Iván Velásquez Gómez.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar