RESOLUCION 3052 de 2023
por la cual se fija para el segundo cuatrimestre de 2023 la tasa de cambio para la conversión en pesos de las tarifas que deban pagarse en Colombia por concepto de trámites y servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 3052
- Año
- 2023
- Entidad
- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
La Directora de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, en ejercicio de la facultad que le confiere el numeral 22 del artículo 21 del Decreto número 869 de 2016 y el artículo 15 de la Resolución número 9713 de 2017 y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 9593 del 27 de diciembre de 2022, se establecieron las tarifas de las tasas que deben pagar los usuarios por los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores, con destino al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que el artículo 15 de la Resolución número 9593 del 27 de diciembre de 2022, establece que para el recaudo en el territorio nacional por concepto de los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Director de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano fijará las tasas por concepto de trámites y servicios que se presten o deban pagarse en Colombia, tomando como base el promedio de la tasa oficial de cambio del euro y del dólar de los Estados Unidos de América en el último cuatrimestre; aproximando sus valores a la decena más cercana;
Que se ha utilizado la Tasa Representativa del Mercado (TRM) fijada por el Banco de la República de forma cuatrimestral entre el mes de enero hasta el mes de abril de 2023, para obtener la tasa de cambio promedio del dólar de los Estados Unidos de América, y de forma cuatrimestral entre el mes de enero hasta el mes de abril de 2023, para obtener la tasa de cambio promedio del euro para el cuatrimestre;
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Objeto. Fijar la tasa promedio del dólar y del euro para el segundo cuatrimestre del año 2023.
Artículo 2°.
Tasa promedio dólar estadounidense. Fíjese la tasa promedio del dólar estadounidense para el segundo cuatrimestre de 2023 en el territorio nacional en cuatro mil setecientos diez pesos ($ 4.710.00) moneda corriente.
Artículo 3°.
Tasa promedio euro. Fíjese la tasa promedio del Euro, para el segundo cuatrimestre de 2023 en el territorio nacional en cinco mil setenta pesos ($ 5.070.00) moneda corriente.
Artículo 4°.
Vigencia y derogatoria. La presente resolución rige a partir del 1° de mayo de 2023 y deroga la Resolución número 9589 del 27 de diciembre de 2022 y demás que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 26 de abril de 2023.
La Directora de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, Martha Patricia Medina González.
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