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RESOLUCION 1148 de 2022

por la cual se modifica el Anexo Técnico de la Resolución número 2991 de 2021.

Tipo
RESOLUCION
Número
1148
Año
2022
Entidad
Fondo Nacional de Regalías
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Director de Seguimiento, Evaluación y Control del Sistema General del Sistema General de Regalías, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren los numerales 5 y 10 del artículo 70 del Decreto número 1893 de 2021, y el artículo 8° de la Resolución número 2991 de 2021,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 169 de la Ley 2056 de 2020, establece que las entidades de naturaleza pública o privada cuando haya lugar, que se designen como ejecutoras de proyectos de inversión deben acreditar su adecuado desempeño en la gestión de los recursos del Sistema General de Regalías, conforme con la metodología que para el efecto establezca el Departamento Nacional de Planeación, exceptuando de esta disposición las entidades que no hayan sido objeto de la medición;

Que igualmente, el artículo 169 define para las entidades beneficiarias de recursos de Asignaciones Directas, de la Asignación para la Inversión Local y el 60 % de Inversión Regional en cabeza de los departamentos que tengan un adecuado desempeño en la gestión de los recursos del Sistema General de Regalías, definirán y ejecutaran directamente sus proyectos de inversión. Para aquellas entidades que no obtengan un adecuado desempeño, el Departamento Nacional de Planeación les brindará asistencia técnica integral, previa concertación con la entidad territorial con un periodo de tiempo definido o hasta que se logre una mejora sustancial en el índice de desempeño. En desarrollo de esta asistencia, la entidad territorial presentará un plan de trabajo ante el DNP, en el cual se registrarán las acciones a seguir para obtener un adecuado desempeño;

Que el artículo 1.2.10.3.2 del Decreto número 1821 de 2020, adicionado por el Decreto número 804 de 2021 define la medición del desempeño como uno de los instrumentos del seguimiento en el marco de las labores del SSEC;

Que el Sistema de Monitoreo Seguimiento Control y Evaluación (SMSCE) hoy Sistema de Seguimiento Evaluación y Control (SSEC) implementó desde el año 2016 el Índice de Gestión de Proyectos de Regalías (IGPR) como herramienta de gestión y control preventivo creada para medir la eficiencia en la ejecución de los proyectos de inversión, y en el año 2020 modificó su enfoque conceptual en términos del cumplimiento del alcance, tiempo y costo, conforme a instrumentos metodológicos de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), y a las recomendaciones de estudios realizados por el Banco Mundial, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD);

Que en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 169 de la Ley 2056 de 2020, el DNP adelantó en el año 2021 la revisión del Índice de Gestión de Proyectos de Regalías con expertos internos y externos, entre estos últimos se encuentran el gerente del Banco de la República sucursal Cartagena; el Banco Interamericano de Desarrollo (BID); Universidad del Rosario; la Escuela Colombiana de Ingeniería Julio Garavito; la Fundación para la Educación Superior y el Desarrollo (Fedesarrollo) – Centro de Investigación Económica y Social; y panel de expertos con la Universidad Nacional, la Universidad Javeriana, la Universidad del Norte y la Universidad de los Andes, con el fin de validar la consistencia técnica y estadística del indicador; el enfoque en medición de la eficiencia de los proyectos de inversión; el método de cálculo de los indicadores y los criterios para la definición de capacidades institucionales de las entidades ejecutoras de los proyectos de inversión financiados con recursos de regalías;

Que a diciembre 31 de 2021, conforme lo señalado en la Circular número 025-4 de septiembre de 2021 y la Resolución número 2991 del 30 de diciembre de 2021, se estableció la fijación de la línea de base de los proyectos de inversión del SGR, al corte 30 de diciembre de 2021;

Que al 31 de diciembre de 2021, se encontraban en ejecución 4.551 proyectos de inversión por valor SGR de $27,5 billones, en los cuales 1533 (34 %) por valor SGR de $7,1 billones presentaban plazo de programación o para línea de base vencido y, 385 (8 %) proyectos por valor SGR de $2 billones sin programar línea de base de ejecución;

Que entre febrero y marzo de 2022, se adelantaron 36 jornadas de socialización de la metodología de medición de desempeño, establecida en la Resolución 2991 de 2021, a más de 700 entidades y 3.000 participantes en las cuales se plantearon inquietudes y requerimientos respecto de los parámetros de la metodología de medición del desempeño;

Que los Departamentos y Municipios, así como la Federación Nacional de Departamentos, la Federación Nacional de Municipios y Asocapitales, que los representan, y en reunión con los municipios mayoritariamente productores, solicitaron al DNP modificaciones al anexo técnico de la metodología de medición del desempeño, relacionadas con el cálculo de la eficiencia de los proyectos sin contratar y terminados en los términos de ley; modificación de su línea de base y, exclusión de proyectos del cálculo de la medición por situaciones derivadas de fuerza mayor, caso fortuito y afectaciones de terceros;

Que la Federación Nacional de Departamentos con Oficio número 20221000016361 del 11 de marzo de 2022, con Radicado Interno DNP número 20226630283962, realizó observaciones a la metodología de medición al desempeño contenida en la Resolución número 2991 de 2021;

Que para incorporar los ajustes planteados por los diferentes actores del sistema (entidades beneficiarias y ejecutoras de recursos del SGR) a partir de su experiencia en la ejecución de los proyectos de inversión financiados con recursos del SGR, se hace necesario modificar el anexo técnico de la Resolución número 2991 de diciembre 30 de 2021, con miras a concretar la finalidad de medir el desempeño en la ejecución de proyectos SGR de manera adecuada;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8° de la Resolución número 2991 de 2021, el Director de Seguimiento, Evaluación y Control del Sistema General de las Regalías, tiene la competencia para modificar el anexo técnico de la Resolución número 2991 de 2021;

Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 8° de la Ley 1437 de 2011 y la Resolución número 1022 de 2017, las normas de que trata la presente resolución fueron publicadas en la página web del Departamento Nacional de Planeación del 8 al 13 de abril de 2022;

Que en mérito de lo expuesto, el Director de Seguimiento, Evaluación y Control del Sistema General de las Regalías, en ejercicio de la facultad delegada en el artículo 8° de la Resolución número 2991 del 30 de diciembre de 2021;

RESUELVE:

Artículo 1°.

Objeto. Modificar el Anexo Técnico Metodología de Medición del Desempeño Índice de Gestión de Proyectos (IGPR) de la Resolución número 2991 del 30 de diciembre de 2021, el cual hace parte del presente acto administrativo.

Artículo 2°.

V igencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fechade su expedición y modifica el Anexo Técnico Metodología de Medición del Desempeño Índice de Gestión de Proyectos (IGPR), de la Resolución número 2991 del 30 de diciembre de 2021.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 22 de abril de 2022.

El Director de Seguimiento, Evaluación y Control del Sistema General de las Regalías, Ómar Felipe Rangel Martínez. anexo res 1148 de 2022.pdf

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