RESOLUCION 349 de 2022
"Por la cual se autoriza la creación del Centro de Conciliación Adscrito al Consultorio Jurídico de la Universidad Francisco de Paula Santander- Sede Central Cúcuta Norte de Santander".
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 349
- Año
- 2022
- Entidad
- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
LA DIRECTORA DE MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias en especial de las conferidas por los artículos 91 de la Ley 446 de 1998, 10 de la Ley 640 del 2001, 16 del Decreto 1427 del 2017, 2.2.4.2.2.8 del Decreto Único 1069 del 2015 y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley 1444 de 2011, se escindió del Ministerio del Interior y de Justicia los objetivos y funciones asignados al Despacho del viceministro de Justicia y del Derecho y a las dependencias a su cargo y se creó el Ministerio de Justicia y del Derecho.
Que según el artículo 11 de la Ley 640 de 2001, Los consultorios jurídicos de las facultades de derecho organizarán su propio centro de conciliación. Dichos centros de conciliación conocerán de todas aquellas materias a que se refiere el artículo 65 de la Ley 446 de 1998.
Que de conformidad con el artículo 16 del Decreto 1427 de 2017, es función de la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, autorizar la creación de centros de conciliación y arbitraje, así como otorgar aval para impartir formación en conciliación extrajudicial en derecho y ejercer funciones de inspección, control y vigilancia de estos centros de conciliación y/o arbitraje y de las entidades avaladas para impartir formación en conciliación.
Que el artículo 2.2.4.2.1. y subsiguientes del Decreto 1069 del 2015, establecen los requisitos y el procedimiento para la creación de los centros de conciliación y arbitraje.
Que HÉCTOR MIGUEL PARRA LÓPEZ, identificado con cédula de ciudadanía número identificada con cedula de ciudadanía' número 13.814.433, en calidad de representante legal de la Universidad Francisco de Paula Santander, con certificado de existencia y representación legal de la entidad sin ánimo de lucro identificada con el N.I.T. número 890.500.622-6 expedido por Ministerio de Educación, a través de escrito con radicado interno del Sistema de Información de la Conciliación el Arbitraje y la Amigable Composición -SICAAC SICAAC21-0000106 de fecha 16 de diciembre de 2021, solicitó autorización para la creación del Centro de Conciliación que prestará sus servicios en la Avenida Gran Colombia No. 12E - 96 Barrio Colsag del municipio de Cúcuta, Norte de Santander.
Que, revisada la documentación presentada, la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia y del Derecho verificó que la Universidad Francisco de Paula Santander cumpla con los requisitos que consagran los artículos 91 de la Ley 446 de 1998, 11 de la Ley 640 del 2001 y el Decreto Único 1069 del2015 para obtener la autorización de la creación del Centro de Conciliación Adscrito al Consultorio Jurídico de la Universidad Francisco de Paula Santander.
Que el artículo 2.2.4.2.2.8 del Decreto Único 1069 de 2015 dispone que, si la solicitud satisface los requisitos exigidos para la creación del centro, la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia y del Derecho expedirá, la respectiva resolución y registrará los datos del centro Conciliación, y Arbitraje en el Sistema de Información de la Conciliación el Arbitraje y la Amigable Composición -SICAAC.
Que de conformidad con la Resolución número 0018 del 18 de enero de 2016, proferida por el Ministerio de Justicia y del Derecho, una vez autorizada la creación del centro de conciliación la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos informará el código de identificación asignado al centro por el Sistema - SICAAC. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar la creación del Centro de Conciliación Adscrito al Consultorio Jurídico de la Universidad Francisco de Paula Santander, que prestará sus servicios en la Avenida Gran Colombia No. 12E - 96 Barrió Colsag del municipio de Cúcuta, Norte de Santander.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el reglamento interno presentado por la Universidad Francisco de Paula Santander, el cual rige para el centro autorizado mediante este acto administrativo una vez haya sido ejecutoriado.
ARTÍCULO TERCERO: Registrar en el Sistema de Información de la Conciliación el Arbitraje y la Amigable Composición -SICAAC, el Centro de Conciliación de la Universidad Francisco de Paula Santander y notificar el código de identificación del centro.
ARTÍCULO CUARTO: Realizar la notificación personal de forma electrónica de este acto administrativo al Centro de Conciliación de la Universidad Francisco de Paula Santander, representado legalmente por el señor HÉCTOR MIGUEL PARRA LÓPEZ, identificado con cédula de ciudadanía número identificado con cedula de ciudadanía número 13.814.433, y/o quien haga de sus veces, y a la señora JOHANA VERGEL BERMÚDEZ, través del correo electrónico en el Sistema de Información de la Conciliación, el Arbitraje y la Amigable Composición- SICAAC: cenfrodeconciliacion@ufpso.edu.co, de conformidad con el artículo 54, 56 Y 67 de la Ley 1437 de 2011. De no lograrse la notificación personal se procederá conforme a lo dispuesto en el capítulo V del Título III de la parte primera de la Ley 1437 de 2011 ARTÍCULO QUINTO: Contra la presente resolución proceden los recursos de reposición y apelación los cuales podrán interponerse ante este despacho, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación conforme al artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su notificación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 08 días del mes de marzo de 2022 ERIKA PATRICIA RINCÓN REMOLINA Directora de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos
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