RESOLUCION 297 de 2022
Por la cual se autoriza la creación del "Centro de Conciliación ARCO Sede Saravena" de la Fundación ARCO.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 297
- Año
- 2022
- Entidad
- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
LA DIRECTORA DE MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias en especial de las conferidas por los artículos 91 de la ley 446 de 1998, 10 de la ley 640 del 2001, 16 del Decreto 1427 del 2017, articulo 2.2.4.2.2.8 del Decreto Único 1069 del2015 y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley 1444 de 2011, se escindió del Ministerio del Interior y de Justicia los objetivos y funciones asignados al Despacho del Viceministro de Justicia y del Derecho y a las dependencias a su cargo y se creó el Ministerio de Justicia y del Derecho.
Que según el artículo 10 de la Ley 640 de 2001, las personas jurídicas sin ánimo de lucro y las entidades públicas podrán crear centros de conciliación, previa autorización del Ministerio de Justicia y del Derecho.
Que de conformidad con el artículo 16 del Decreto 1427 de 2017, es función de la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, autorizar la creación de centros de conciliación y arbitraje, así como otorgar aval para impartir formación en conciliación extrajudicial en derecho, y ejercer funciones de inspección, control y vigilancia de estos centros de conciliación y/o arbitraje, y de las entidades avaladas para impartir formación en conciliación.
Que el artículo 2.2.4.2.2.1. y subsiguientes del Decreto 1069..del 2015 establece los requisitos y el procedimiento para la creación de los centros de conciliación y arbitraje.
Que el señor JUAN CAMILO OJEDA ÁVILA identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.116.804.539, en calidad de representante legal de la Fundación ARCO, identificada con N.I.T. 900.065.174, a través de escrito con radicado interno del Sistema de Información de la Conciliación el Arbitraje y la Amigable Composición SICAAC21-0000069 el día 07 de octubre del 2021, solicitó autorización para la creación "Centro de Conciliación ARCO Sede Saravena" de la Fundación ARCO, el cual funcionara en la Calle 28 No 16 - 15 de la ciudad de Saravena (Arauca)
Que revisada la documentación presentada, la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia y del Derecho verificó que la Fundación ARCO cumple con los requisitos que consagran los artículos 91 de la ley 446 de 1998, 10 de la ley 640 del 2001 y el Decreto Único 1069 del 2015, para obtener la autorización de, la creación del "Centro de Conciliación ARCO Sede Saravena"
Que el artículo 2.2.4.2.2.8 del Decreto Único 1069 de 2015, dispone que, si la solicitud satisface los requisitos exigidos para la creación del centro, la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia y del Derecho expedirá la respectiva resolución y registrará los datos del centro Conciliación, y Arbitraje en el Sistema de Información de la Conciliación el Arbitraje y la Amigable Composición -SICAAC.
Que de conformidad con la Resolución número 0018 del 18 de enero de 2016, proferida por el Ministerio de Justicia y del Derecho, una vez autorizada la creación del centro de conciliación la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos informará el código de identificación asignado al centro por el Sistema de Información de la Conciliación el Arbitraje y la Amigable Composición - SICAAC.
En mérito de lo expuesto.
RESUELVE:
Artículo primero.
Autorizar la creación del "Centro de Conciliación ARCO Sede Saravena" de la Fundación ARCO, el cual funcionara en la dirección Calle 28 No 16 - 15 de la ciudad de Saravena (Arauca), de conformidad con lo establecido en la metodología de factibilidad y lo expuesto en la parte motiva de esta Resolución.
Artículo segundo.
Aprobar el reglamento interno presentado por la Fundación ARCO en la ciudad de Saravena, el cual rige para el centro autorizado mediante este acto administrativo, una vez haya sido ejecutoriado.
Artículo tercero.
Registrar en el Sistema de Información de la Conciliación el Arbitraje y la Amigable Composición -SICAAC el "Centro de Conciliación ARCO Sede Saravena" de la Fundación ARCO en la ciudad de Saravena y notificar el código de identificación del centro.
Artículo cuarto.
Realizar la notificación personal de forma electrónica, de este acto administrativo al centro de conciliación Fundación ARCO, representada legalmente por el señor JUAN CAMILO OJEDA AVILA, identificado con cedula de ciudadanía número 1.116.804.539, a través del correo electrónico registrado en el Sistema de Información de la Conciliación el Arbitraje y la Amigable Composición -SICAAC: fundearco@gmail.com, de conformidad con los artículos 54, 56 Y 67 de la Ley 1437 de 2011. De no lograrse la notificación personal se procederá conforme a lo dispuesto en el Capítulo V del Título 111 de la Parte Primera de la Ley 1437 de 2011.
Artículo quinto.
Contra la presente resolución proceden los recursos de reposición y apelación, los cuales podrán interponerse ante este despacho, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación, conforme a lo establecido en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Artículo quinto.
La presente resolución rige a partir de la firmeza del presente acto administrativo.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 28 días del mes de febrero de 2022 ERIKA PATRICIA RINCÓN REMOLINA Directora de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos
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