Jurismart

RESOLUCION 294 de 2022

Por la cual se otorga aval al Centro de Conciliación de la Personería de Envigado - Antioquia, para impartir el Programa de Formación en Conciliación Extrajudicial en Derecho.

Tipo
RESOLUCION
Número
294
Año
2022
Entidad
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

LA DIRECTORA DE MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO En uso de sus facultades legales y constitucionales, en especial de las conferidas por los artículos 2.2.4.2.8.4 del Decreto 1069 de 2015 y el numeral 7 del artículo 16 del Decreto 1427 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad el artículo 91 de la Ley 446 de 1998, y del artículo 10 de la Ley 640 de 2001, establece que la formación de los conciliadores recae en las entidades avaladas para tal fin por el Ministerio de Justicia y del Derecho.
Que el artículo 2.2.4.2.8.1. del Decreto 1069 de 2015 estipula que las entidades interesadas en impartir el Programa de Formación en conciliación extrajudicial en derecho, deben presentar la respectiva solicitud ante el Ministerio de Justicia y del Derecho y acompañarse de los documentos que acrediten el lleno de los requisitos señalados en el artículo anterior, así como del contenido del Programa de Formación, el desarrollo de los objetivos y el planteamiento del sistema de evaluación de cada módulo, tanto para docentes como para alumnos.
Que la Resolución 0221 de 2014 expedida por el Ministerio de Justicia y del Derecho, establece el contenido mínimo del Programa de Formación en Conciliación Extrajudicial en Derecho.
Que en el artículo 16, numeral 9 del Decreto 1427 de 2011 se establecieron como funciones de la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, autorizar la creación de centros de conciliación y arbitraje, así como la creación de entidades avaladas para impartir formación en Conciliación en Derecho, y ejercer funciones de inspección, control y vigilancia de estos centros de conciliación y/o arbitraje, y de las entidades avaladas para impartir formación en conciliación.
Que mediante resolución No. 0297 del 04 de Mayo de 2017, se autorizó la creación del Centro de Conciliación de la Personería de Envigado - Antioquia con de identificación por el Sistema de Información de Conciliación, el Arbitraje y Amigable Composición - SICAAC- código 3440, Que la doctora BLANCA IRENE ECHAVARRIA LOTERO, identificada con cédula de ciudadanía número 43.505.696 en calidad de Representante Legal de la Personería de Envigado - Antioquia, como entidad promotora del Centro de Conciliación de la Personería de Envigado - Antioquia, ubicado en la carrera 40 No. 38 A Sur 55 de Envigado, a través de escrito con radicado interno del Sistema de Información de la Conciliación el Arbitraje y la Amigable Composición SICAAC21-0000102 de fecha 13 de diciembre de 2021, solicitó autorización para Programa de Formación en conciliación extrajudicial en derecho.
Que luego de revisar la documentación presentada, la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia y del Derecho expidió certificación W MJO-MJOCER22- 0001673-2100 de fecha 11 de febrero de 2022, en la cual hace constar que el Centro de Conciliación de la Personería de Envigado, cumple con los requisitos establecidos en el artículo 2.2.4.2.8.1. del Decreto 1069 de 2015 y la Resolución 0221 de 2014 para obtener la autorización de aval para impartir el Programa de Formación en conciliación extrajudicial en derecho.
Que por consiguiente, la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia y del Derecho, debe otorgar el aval al el Centro de Conciliación de la Personería de Envigado - Antioquia, para impartir el programa de formación en conciliación extrajudicial en derecho, ordenar su inscripción en el registro de entidades avaladas e ingresar los datos de la entidad avalada en el Sistema de Información de la Conciliación, el Arbitraje y la Amigable Composición-SICAAC.
Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

PRIMERO. Otorgar al Centro de Conciliación de la Personería de Envigado Antioquia, ubicado en la carrera 40 No. 38 A Sur 55 de Envigado, autorizado mediante resolución No. 0297 del 04 de Mayo de 2017 y con código de identificación por el Sistema de Información de Conciliación, el Arbitraje y Amigable Composición - SICAAC- 3440, el aval para impartir el programa de formación en conciliación extrajudicial en derecho, de conformidad con lo señalado en la parte motiva de la presente Resolución.

SEGUNDO. Inscribir al Centro de Conciliación de la Personería de Envigado - Antioquia en el registro de entidades avaladas del Sistema de Información de la Conciliación el Arbitraje y la Amigable Composición SICAAC.

TERCERO. Realizar la notificación personal de forma electrónica, de este acto administrativo al centro de conciliación de la Personería de Envigado Antioquia representada legalmente por la señora BLANCA IRENE ECHAVARRÍA LOTERO, identificada con cédula de ciudadanía número 43.505.696 y/o quien haga de sus veces, a través del correo electrónico: b/anca.echevarria@enviagado.gov.co: y al señor JUAN CARLOS TORRES MARIACA, Identificado con cédula de ciudadanía número 71.763.1 03,director del centro, al correo electrónico registrado en el Sistema de Información de la Conciliación el Arbitraje y la Amigable Composición -SICAAC: juan.lorres@envigado.gov.co, de conformidad con los artículos 54,56 Y 67 de la Ley 1437 de 2011. De no lograrse la notificación personal se procederá conforme a lo dispuesto en el Capítulo V del Título 111, de la Parte Primera de la Ley 1437 de 2011.

CUARTO. Contra la presente resolución procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante este despacho, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, conforme a lo establecido en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

QUINTO. La presente resolución rige a partir de su fecha de notificación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 28 días del mes de febrero de 2022 ERIKA PATRICIA RINCÓN REMOLINA Directora de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar