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RESOLUCION 38 de 2022

"Por la cual se apertura la Caja Menor de Gastos Administrativos del Ministerio de Justicia y del Derecho para la vigencia fiscal 2022"

Tipo
RESOLUCION
Número
38
Año
2022
Entidad
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO En uso de las facultades legales y reglamentarias y, en particular las que le confiere el Decreto 1068 de 2015 en su artículo 2.8.1.5.6 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 2159 del 12 de noviembre de 2021, el Congreso de la República decretó el presupuesto de rentas y recursos de capital para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, incluyendo el del Ministerio de Justicia y del Derecho.

Que conforme al Decreto 1793 del 21 de diciembre de 2021, "Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2022, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos", el Gobierno Nacional apropió el presupuesto para el Ministerio de Justicia y del Derecho, Sección 1201, la suma de CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL TRECIENTOS VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS MIL ($179.320.495.747,00).

Que el título quinto del Decreto 1068 de 2015, reglamentó la constitución y funcionamiento de las Caja Menores en los órganos que conforman el presupuesto General de la nación y las entidades nacionales, con régimen presupuestal de Empresas Industriales y comerciales del Estado y sociedades de Economía Mixta y con carácter no financiero respecto de los recursos que le asigna la nación.

Que el artículo 2.8.5.3. Número de Cajas Menores del Decreto 1068 de 2015, indica: "El Representante Legal, de acuerdo con los requerimientos de la entidad, deberá establecer el número de cajas menores y autorizar su creación con base en las reglas aquí establecidas (...) ".

Que según lo señala el artículo 2.8.5.2 del citado Decreto "(...) las cajas menores se constituirán para cada vigencia fiscal, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano, en la cual se indique la cuantía, el responsable, la finalidad y la clase de gasto que se puede realizar. Así mismo, se deberá indicar la unidad ejecutora y la cuantía de cada rubro presupuestal'.

Que en el artículo 2.8.5.4 del citado Decreto, se estableció que la cuantía máxima de cada una de las cajas menores debe guardar concordancia con el presupuesto vigente de la entidad, por lo cual le corresponde al Ministerio de Justicia y del Derecho una cuantía máxima de 53 salarios mínimos legales mensuales vigentes legales, sin embargo, para la actual vigencia la Caja Menor de Gastos Administrativos se constituirá por 18,00 SMMLV, es decir por DIECIOCHO MILLONES DE PESOS MILC ($18.000.000,00).

Que de conformidad con el Decreto No. 1068 de 2015 y la regulación de la constitución y funcionamiento de las cajas menores, es necesario constituir una Caja Menor de Gastos Administrativos con el fin de sufragar los gastos imprevistos y urgentes que se presenten, en desarrollo de las funciones y los objetivos al Ministerio de Justicia y, del Derecho asignados.

Lo anterior, de acuerdo con la justificación técnica y económica elaborada por el Coordinador del Grupo de Gestión Administrativa, mediante memorando MJD-MEM22- 0000136-GAF-4000, de fecha 21 de enero de 2022.

Que mediante Resolución No. 0001 del 3 de enero de 2022 se efectuó la desagregación al detalle del Decreto No. 1793 del 21 de diciembre de 2021, donde el Gobierno Nacional apropió el presupuesto de funcionamiento del Ministerio de Justicia y del Derecho sección 1201, la suma de CIENTO VEINTISÉIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES DOCIENTOS CINCUENTA YSEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUANTRO PESOS M/CTE ($126.459.256.834,00).

Que la apertura de la caja menor se respalda mediante el certificado de disponibilidad presupuestal - CDP No. 8522 del 7 de enero de 2022, expedido por la Coordinadora del Grupo de Gestión Financiera y Contable.

Que el manejo de las operaciones que se realicen a través de la Caja Menor de Gastos Administrativos debe ser registradas por el responsable de ésta en el SIIF - Nación. Esto incluye los procesos relacionados con la apertura, ejecución, reembolso y de legalización para el cierre de la Caja Menor.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Constitución: Constituir la Caja Menor de Gastos Administrativos del Ministerio de Justicia y del Derecho para la vigencia fiscal 2022, por una cuantía de DIECIOCHO MILLONES DE PESOS MILC ($18.000.000,00), con los rubros presupuestales, conceptos y cuantías que se indican a continuación:

Artículo 2.

Destinación de recursos: La caja menor está destinada para el pago de gastos administrativos del Ministerio de Justicia y del Derecho, identificados y definidos en los conceptos del Presupuesto General de la Nación que tengan carácter urgente, imprescindibles e inaplazables para el buen desarrollo de las funciones y objetivos asignados al Ministerio.

Artículo 3.

Responsable: La custodia, administración y manejo estará a cargo del funcionario EDUAR YESID MOLANO MERA identificado con cédula de ciudadanía No. 79.809.408, quien desempeña el cargo de Profesional Universitario Grado 10 del Grupo de Gestión Administrativa.

Artículo 4.

Póliza: El funcionario encargado de la custodia, administración y manejo de la Caja Menor está debidamente afianzado por la póliza seguro de manejo sector oficial No. 930.64-994000000105, expedida por la Aseguradora Solidaria de Colombia, con vigencia hasta el 24 de abril de 2022.

Artículo 5.

Funcionamiento: La caja menor que se constituye en la presente resolución estará sujeto a lo reglamentado por el Decreto No. 1068 de 2015, en particular en lo relacionado con la destinación de los dineros, legalización, prohibiciones, manejo del dinero, giro de los recursos, registro de operaciones y reembolso entre otros; como los procedimientos internos y controles definidos por el Ministerio de Justicia y del Derecho

Artículo 6.

Giro de Recursos: El Grupo de Gestión Financiera y Contable del Ministerio, realizará el correspondiente giro a la cuenta corriente No. 05600098-6999-8303 del Banco Davivienda, especial para el manejo de la Caja Menor de Gastos Administrativos del Ministerio de Justicia y del Derecho por el monto establecido en el artículo primero de la presente resolución.

Artículo 7.

Cambio de Cuentadante. Cuando se cambie el responsable de la caja menor, deberá hacerse una legalización efectuando el reembolso total de los gastos con corte a la fecha.

Artículo 8.

Conciliaciones Bancarías de la Caja Menor. La elaboración de las conciliaciones bancarias de la cuenta corriente a través en la cual se manejan los recursos a manera de control se realizará en forma mensual por el funcionario cuentadante responsable de la administración de los recursos de la Caja Menor.

Artículo 9.

Normativa. El manejo de la Caja Menor constituida por la presente resolución se regirá de conformidad con lo establecido en el decreto 1068 de 2015 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Ley de Presupuesto General de la Nación, los decretos sobre austeridad en el gasto y demás normas que los adicionen o modifiquen.

En todo caso, el funcionario responsable de la administración de la Caja Menor podrá adoptar controles internos que garanticen el adecuado uso y manejo de los recursos, independientemente de las evaluaciones y verificaciones que compete adelantar a las oficinas de auditoría o control interno. Artículo10. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación.

COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C., a los 21 ENE 2022 El Secretario General del Ministerio de Justicia y del Derecho CAMILO ANDRES ROJAS CASTRO

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