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RESOLUCION 473 de 2022

por la cual se modifica la Resolución 000026 del 20 de enero de 2022, crea una Unidad Básica.

Tipo
RESOLUCION
Número
473
Año
2022
Entidad
Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Director General (e), en ejercicio de las facultades legales otorgadas en los numerales 2 y 5 del artículo 40 de la Ley 938 del 30 de diciembre de 2004 y numerales 2 y 5 del artículo 5 y artículo 19 del Acuerdo 08 de 2012 expedido por la Junta Directiva del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y

CONSIDERANDO:

Que los numerales 4 y 10 del artículo 39 de la Ley 938 de 2004 otorgaron a la Junta Directiva del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses la competencia para desarrollar la estructura interna del Instituto en lo no previsto en la ley dentro de los lineamientos consignados en ella y señalar el número y sedes de las Direcciones Regionales, Direcciones Seccionales y Unidades Básicas para la efectiva prestación del servicio.
Que el artículo 19 del Acuerdo 08 de 2012, expedido por la Junta Directiva del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, delegó en el Director General la competencia para señalar el número y sede de las Unidades Básicas.
Que mediante Resolución 000026 de 20.de enero de 2022, expedida por el Director General, se actualizó la ubicación y área de influencia de las Unidades Básicas del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
Que con el fin de racionalizar los servicios, incrementar el uso de los recursos y la prestación de los servicios a los usuarios, es necesario crear la Unidad Básica Centro de Atención Penal para Integrar a las Víctimas (CAPIV) en la ciudad de Bogotá. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Organización Territorial Unidades Básicas. Modificar el artículo 1° de la Resolución 000026 del 20 de enero de 2022, el cual quedará así: Crear la Unidad Básica Centro de Atención Penal para Integrar a las Victimas (CAPIV) en la ciudad de Bogotá.

Artículo 2°.

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Expedida en Bogotá, D. C., a 4 de mayo de 2022. El Director General (e), Jorge Arturo Jiménez Pájaro

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