RESOLUCION 219 de 2020
Por la cual se incorporan en la desagregación de las apropiaciones los recursos aprobados mediante Acuerdo No.000002 del 30 de marzo de 2020, en el Presupuesto de Funcionamiento de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC- para la vigencia Fiscal 2020
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 219
- Año
- 2020
- Entidad
- Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD DE SERVICIOS PENITENCIARIOS Y CARCELARIOS - USPEC En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 2008 del 27 de diciembre de 2019 y por el numeral 13 del artículo 12 del Decreto No. 4150 de 2011 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 18 de la Ley No. 2008 del 27 de diciembre de 2019, “Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020", establece que: "Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o consejos directivos. Si no existen juntas o consejos directivos, lo hará el representante legal de estos. Estas operaciones presupuestales se someterán a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, y tratándose de gastos de inversión, requerirán el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas (…)".
Que el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015, modificado por el Decreto 412 de 2018, articulo 8, establece: "Modificaciones al Detalle del Gasto. Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso no existir aquellas".
Que mediante la Resolución No.000001 del 02 de enero de 2020, se efectuó la desagregación de las apropiaciones en el presupuesto de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, para la vigencia fiscal 2020, acorde con los recursos asignados mediante el Decreto No. 2411 del 30 de diciembre de 2019, "Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2020, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos".
Que el numeral 13 del artículo 12 del Decreto 4150 del 3 de noviembre de 2011, “Por el cual se crea la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - SPC, se determina su objeto y estructura", determina entre las funciones del Director General la siguiente: “Ordenar los gastos, realizar las operaciones necesarias y celebrar los contratos, acuerdos y convenios que se requieran para asegurar el cumplimiento de las funciones y objetivos de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (SPC)".
Que mediante Acuerdo No.000002 del 30 de marzo de 2020, el Consejo Directivo de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, aprobó una modificación en el presupuesto de funcionamiento por valor de DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TREINTA Y NUEVE PESOS ($2.247.649.039) MCTE, con el fin de atender el pago de sentencias, sanciones administrativas y las obligaciones de la planta de personal de la USPEC para la vigencia 2020, discriminados por justificaciones técnicas así:
1. Que mediante justificación técnica de fecha 13 de marzo de 2020, suscrita por la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, solicita traslado presupuestal externo en el presupuesto de funcionamiento de la USPEC, por la suma de MIL DOSCIENTOS DOCE MILLONES CIENTO VEINTIUN MIL DOSCIENTOS UN PESOS ($1.212.121.201) MCTE, para atender los pagos de las sentencias relacionadas a continuación:
- Sentencia No. 63001-33-33-754-2014-00258-02 de fecha 7 de marzo de 2019/ Proceso Ejecutivo Suministros Almaro S.A.S proferido por el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Armenia, por concepto de facturas adeudadas al contrato No. 038 de 211 de suministro de alimentación con los intereses moratorios.
- Sentencia No. 73001-33-33-751-2014-00133-00 de fecha 11 de julio de 2019 medio de control reparación directa Maria Flor Alba Ruíz Quintero y otros en contra el INPEC por daños y perjuicios ocasionados a los demandantes con ocasión al fallecimiento de CRISTIAN CAMILO GRACIA RUIZ recluido en el Complejo Carcelario y Penitenciario de COIBA.
- Sentencia No. 66001-33-33-001-2016-00161-00 de fecha 05 de noviembre 2019/ Proceso Ejecutivo Suministros Almaro S.A.S proferido por el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Pereira, por concepto de facturas adeudadas al contrato de suministro de alimentación No. 038 de 2011 con los intereses moratorios.
- Sentencia No. 73-001-23-33-001-2014-00243-00 de fecha 26 de septiembre 2019/ medio de control controversias contractuales Jairo Maya Salazar proferido por el Tribunal Administrativo de Tolima correspondiente a indemnización por concepto de utilidad dejada de percibir por la no adjudicación de la licitación pública No. SPC- LP-003-2013.
2. Que mediante justificación técnica de fecha 28 de febrero de 2020, suscrita por el Director Administrativo y Financiero, solicita traslado presupuestal externo en el presupuesto de funcionamiento de la USPEC, por la suma de VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE ($24.966.733), para reconocer el pago de la sanción impuesta por extemporaneidad en el reporte de la información en medios magnéticos de las retenciones de industria y comercio de las vigencias 2017, 2018 y 2019 de los municipios de Armenia, Sincelejo y Puerto Tejada de conformidad a la normatividad tributaria.
3. Que mediante justificación técnica de fecha 13 de marzo de 2020, suscrita por el Director Administrativo y Financiero, solicita traslado presupuestal externo en el presupuesto de funcionamiento de la USPEC, por la suma de MIL DIEZ MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.010.000.000) MCTE, para atender las obligaciones de planta de personal provista a marzo de 2020.
4. Que mediante justificación técnica de fecha 10 de marzo de 2020, suscrita por la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, solicita traslado presupuestal externo en el presupuesto de funcionamiento de la USPEC, por la suma de QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL CIENTO CINCO PESOS M/CTE ($561.105), con el fin de atender el pago del 50% de la sanción impuesta por la Secretaria Distrital de Salud de Bogotá. D.C. al INPEC y a la USPEC, así como los intereses moratorios dentro de la Actuación Administrativa Sancionatoria No.6173-2015, por incumplimiento a las normas higiénico sanitarias en la Reclusión de Mujeres el Buen Pastor de Bogotá.
Que mediante comunicación con radicado No.2-2020-014216 del 17 de abril de 2020, la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, aprobó la operación presupuestal contenida en el Acuerdo No.000002 del 30 de marzo de 2020 del Consejo Directivo de la USPEC.
Que la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, expidió en el Sistema Integrado de Información Financiera II, los certificados de disponibilidad presupuestal tipo modificación presupuestal No. 220 de fecha 2 de marzo de 2020 por valor $24.966.733; CDP No. 320 de fecha 5 de marzo de 2020 por valor de $1.212.121.201; CDP No.420 de fecha 13 de marzo de 2020 por valor de $730.000.000; CDP No. 520 de fecha 13 de marzo de 2020 por valor de $280.000.000; CDP No. 620 de fecha 24 de marzo de 2020 por valor de $561.105; para amparar los movimientos relacionados en el Acuerdo No.000002 del 30 de marzo de 2020.
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público efectuó en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF II, la modificación presupuestal entre los rubros relacionados en el acuerdo No.000002 del 30 de marzo de 2020.
Que se requiere hacer la incorporación de las partidas autorizadas mediante el acuerdo No. 000002 del 30 de marzo de 2020 a la desagregación de las apropiaciones en el presupuesto de gastos de funcionamiento, modificando la Resolución No.000001 del 2 de enero de 2020.
Que el valor objeto de esta incorporación presupuestal corresponde a Recursos de Aporte Nacional.
Que se hace necesario contra acreditar y acreditar los rubros que a continuación se relacionan para atender obligaciones de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, en la presente vigencia fiscal.
Que en virtud de lo anterior;
RESUELVE:
Artículo 1.
Modificar el artículo 1 de la Resolución No.000001 del 2 de enero de 2020, efectuándose los siguientes créditos y contracréditos en la desagregación de las apropiaciones del Presupuesto de Funcionamiento de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, para la presente vigencia fiscal, por valor de DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TREINTA Y NUEVE PESOS ($2.247.649.039) MCTE, así: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Sección 1211.
UNIDAD DE SERVICIOS PENITENCIARIOS Y CARCELARIOS TIPO CTA SUBC OBJG ORD CONCEPTO CONTRACREDITO CREDITO A 01 GASTOS DE PERSONAL -
- A 01 01 PLANTA DE PERSONAL PERMANENTE 1.010.000.000 1.010.000.000 A 01 01 01 SALARIO 730.000.000 - A 01 01 02 CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NÓMINA 280.000.000 - A 01 01 03 REMUNERACIONES NO CONSTITUTIVAS DE FACTOR SALARIAL - 1.010.000.000 A 02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 1.212.121.201 - A 02 01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 1.212.121.201
- A 03 TRANSFERENCIAS CORRIENTES - 1.212.121.201 A 03 10 SENTENCIAS Y CONCILIACIONES - 1.212.121.201 A 03 10 01 FALLOS NACIONALES - 1.212.121.201 A 03 10 01 001 SENTENCIAS - 1.212.121.201 A 08 GASTOS POR TRIBUTOS, MULTAS, SANCIONES E INTERESES DE MORA 25.527.838 25.527.838 A 08 01 IMPUESTOS 25.527.838 - A 08 05 MULTAS, SANCIONES E INTERESES DE MORA - 25.527.838 TOTAL TRASLADO 2.247.649.039 2.247.649.039
Artículo 2.
Efectuar la desagregación de las apropiaciones en el Presupuesto de Funcionamiento de la Unidad de Servicios penitenciarios y Carcelarios - USPEC para la vigencia fiscal de 2020 en la suma de DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TREINTA Y NUEVE PESOS ($2.247.649.039) MCTE, así: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Sección 1211.
UNIDAD DE SERVICIOS PENITENCIARIOS Y CARCELARIOS TIPO CTA SUBC OBJG ORD SORD CONCEPTO CONTRACREDITO CREDITO A 01 GASTOS DE PERSONAL -
- A 01 01 PLANTA DE PERSONAL PERMANENTE -
- A 01 01 01 SALARIO 730.000.000 - A 01 01 01 001 FACTORES SALARIALES COMUNES 730.000.000
- A 01 01 01 001 001 SUELDO BÁSICO 730.000.000
- A 01 01 02 CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NÓMINA 280.000.000 - A 01 01 02 005 APORTES GENERALES AL SISTEMA DE RIESGOS LABORALES 280.000.000
- A 01 01 03 REMUNERACIONES NO CONSTITUTIVAS DE FACTOR SALARIAL - 1.010.000.000 A 01 01 03 001 PRESTACIONES SOCIALES SEGÚN DEFINICIÓN LEGAL - 540.000.000 A 01 01 03 001 001 SUELDO DE VACACIONES - 540.000.000 A 01 01 03 002 PRIMA TÉCNICA NO SALARIAL - 470.000.000 A 02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 1.212.121.201 - A 02 01 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 1.212.121.201
- A 02 01 01 ACTIVOS FIJOS 1.212.121.201
- A 02 01 01 004 MAQUINARIA Y EQUIPO 1.212.121.201
- A 02 01 01 004 005 MAQUINARIA DE OFICINA, CONTABILIDAD E INFORMÁTICA 1.212.121.201 - A 03 TRANSFERENCIAS CORRIENTES - 1.212.121.201 A 03 10 SENTENCIAS Y CONCILIACIONES - 1.212.121.201 A 03 10 01 FALLOS NACIONALES - 1.212.121.201 TIPO CTA SUBC OBJG ORD SORD CONCEPTO CONTRACREDITO CREDITO A 03 10 01 001 SENTENCIAS - 1.212.121.201 A 08 GASTOS POR TRIBUTOS, MULTAS, SANCIONES E INTERESES DE MORA - - A 08 01 IMPUESTOS 25.527.838 - A 08 05 MULTAS, SANCIONES E INTERESES DE MORA - 25.527.838 A 08 05 01 MULTAS Y SANCIONES - 25.527.838 A 08 05 01 003 SANCIONES ADMINISTRATIVAS - 25.527.838 TOTAL DESAGREGACIÓN 2.247.649.039 2.247.649.039
Artículo 2.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C. a los 20 días del mes de abril de 2020.
Directora General (E) Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios – USPEC LISSETTE CECILIA CERVANTES MARTELO
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