RESOLUCION 218 de 2020
Por la cual se adopta al interior de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, la Política para la Prevención del Daño Antijurídico para la vigencia 2020-2021
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 218
- Año
- 2020
- Entidad
- Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD DE SERVICIOS PENITENCIARIOS Y CARCELARIOS - USPEC En uso de las facultades legales y en especial la conferida en el artículo 1, numeral 1 del artículo 2 de la Resolución 310 del 7 de mayo de 2018, y articulo 2.2.4.3.1.22 del Decreto 1069 de 2015
CONSIDERANDO:
Que en virtud del Decreto 1716 de 2009 "por el cual se reglamenta el artículo 13 de la Ley 1285 de 2009, el artículo 75 de la Ley 446 de 1998 y del Capítulo V de la Ley 640 de 2001" estableció el Comité de Conciliación como una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad, cuya conformación es obligatoria para las entidades de derecho público, los organismos públicos del orden nacional departamental, distrital, los municipios que sean capital de departamento y los entes descentralizados de estos mismos niveles. Por su parte, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, en desarrollo de las funciones asignadas por la Ley 1444 de 2011 y reglamentado por el Decreto 4085 de 2011, específicamente las funciones de formular, aplicar, evaluar y difundir las políticas públicas en materia de prevención de las conductas antijurídicas, del daño antijurídico y la extensión de sus efectos, la defensa jurídica pública y la protección efectiva de los interés litigiosos del estado, así como diseñar y proponer estrategias, planes y acciones en esta materia.
Que en virtud de su función la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado formuló el "Manual para la elaboración de políticas de prevención del daño antijurídico", que contiene los pasos que las entidades públicas deben seguir para la elaboración, la formulación y la extensión de sus efectos, complementando de esta forma la "Guía para la generación de política de prevención del daño antijurídico", con lo cual se busca contribuir a la reducción de demandas en contra de las entidades públicas del orden nacional en el mediano plazo y a la disminución en los pagos realizados por su concepto de sentencias y conciliaciones.
Que mediante Circular Externa No. 05 de fecha 27 de septiembre de 2019 la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado estableció los lineamientos para la formulación, implementación y seguimiento de las políticas de prevención del daño antijurídico.
Que el Comité de Conciliación formuló al interior de la Entidad, la política para la prevención del daño antijurídico con el objeto de reducir la litigiosidad y las reclamaciones administrativas en contra de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios-USPEC, con el fin de contribuir a la reducción de conflictos de tipo administrativo como a la disminución de demandas presentadas en contra de la Entidad, y así mismo, lograr mitigar los efectos de las sentencias adversas.
Que mediante el radicado No. 20203000011931-DPE de fecha 11 de marzo de 2020, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, manifestó que la política de prevención del daño antijurídico presentada por la Entidad cumple con la metodología dada por la Agencia.
Que se hace necesario adoptar al interior de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, la Política para la Prevención del Daño Antijurídico durante la vigencia 2020 y 2021.
Que en virtud de lo anterior;
RESUELVE:
Artículo 1.
Adoptar al interior de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, la Política para la Prevención del Daño Antijurídico durante la vigencia 2020 y 2021, cuyo documento técnico hace parte integral del presente acto administrativo.
Artículo 2.
Ordenar su divulgación y socialización a los Directores, Subdirectores y Jefes de Oficina de la Entidad.
Artículo 3.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C. a los 17 días del mes de abril de 2020.
Directora General (E) Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios – USPEC LISSETTE CECILIA CERVANTES MARTELO
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.