RESOLUCION 248 de 2020
“Por la cual se modifica la Resolución No 000001 del 2 de enero de 2020, mediante la cual se efectúa la desagregación de las apropiaciones en el Presupuesto de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios – USPEC, para la vigencia de 2020”
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 248
- Año
- 2020
- Entidad
- Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
LA DIRECTORA GENERAL (E) DE LA UNIDAD DE SERVICIOS PENITENCIARIOS Y CARCELARIOS – USPEC En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 12 del Decreto No. 4150 de 2011 y por la Ley 2008 del 27 de diciembre de 2019 y
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 13 del artículo 12 del Decreto 4150 del 3 de noviembre de 2011, “Por el cual se crea la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - SPC, se determina su objeto y estructura´, determina entre las funciones del Director General la siguiente: “Ordenar los gastos, realizar las operaciones necesarias y celebrar los contratos, acuerdos y convenios que se requieran para asegurar el cumplimiento de las funciones y objetivos de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (SPC)”.
Que, el artículo 18 de la Ley No. 2008 del 27 de diciembre de 2019, “Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020´, establece que: ³Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o consejos directivos. Si no existen juntas o consejos directivos, lo hará el representante legal de estos. Estas operaciones presupuestales se someterán a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, y tratándose de gastos de inversión, requerirán el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas (…)”.
Que el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015, modificado por el Decreto 412 de 2018, artículo 8, establece: “Modificaciones al Detalle del Gasto. Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso no existir aquellas”.
Que mediante la Resolución No. 000001 del 02 de enero de 2020, se efectuó la desagregación de las apropiaciones en el presupuesto de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, para la vigencia fiscal 2020, acorde con los recursos asignados mediante el Decreto 2411 del 30 de Diciembre de 2019, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2020, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos”.
Que de acuerdo con la solicitud de traslado presupuestal interno de fecha 4 de mayo de 2020, suscrita por el Director Administrativo y Financiero, manifiesta la necesidad de trasladar los recursos necesarios para amparar la adquisición de elementos de protección personal para los servidores de la USPEC, en el marco de lo establecido en la resolución 666 del 24 de abril de 2020, del Ministerio de Salud y Protección Social, por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia Coronavirus COVID-19; teniendo en cuenta que existe disponibilidad presupuestal que no se encuentra afectada a la fecha en los rubros A-02-02-01-003-006 “Productos de caucho y plástico”; A-02-02-01-004-007 “Equipo y aparatos de radio, televisión y comunicaciones” A-02-02-02-008-003 “Otros servicios profesionales, científicos, y técnicos”; A-02-02-02-008-004 “Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información”
Que según consta en el certificado de disponibilidad presupuestal No.18820 de fecha 4 de mayo de 2020, expedido por la Coordinadora del Grupo de Presupuesto de la Subdirección Financiera de la USPEC; existe apropiación libre de afectación para amparar los movimientos registrados en la presente Resolución.
Que el artículo 1 de la Resolución No 000001 del 2 de enero de 2020, señala que “Efectúense la desagregación de las apropiaciones en el Presupuesto de Funcionamiento e inversión de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios – USPEC para la vigencia fiscal de 2020 en la suma de UN BILLON DOSCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL PESOS ($1.203.373.840.000) MONEDA LEGAL, así: (…)
Que es pertinente contracreditar y acreditar los rubros que a continuación se relacionan para atender las necesidades de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios USPEC en la presente vigencia fiscal y los valores objeto de este traslado presupuestal corresponden a recursos de aporte nacional.
Que en virtud de lo anterior;
RESUELVE:
Artículo 1.
Modificar el artículo 1 de la Resolución No. 000001 del 2 de enero de 2020 en la suma de CIENTO ONCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS MONEDA LEGAL ($111.750.000), el cual quedará así:
TRASLADO PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Sección 1211.
UNIDAD DE SERVICIOS PENITENCIARIOS Y CARCELARIOS TIPO CTA SUBC OBJG ORD SORD CONCEPTO CRÉDITO CONTRACREDITO A 02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 111.750.000 111.750.000 A 02 02 ADQUISICIONES DIFERENTES DE ACTIVOS 111.750.000 111.750.000 A 02 02 01 MATERIALES Y SUMINISTROS 111.750.000 74.300.000 A 02 02 01 002 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, BEBIDAS Y TABACO; TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR Y PRODUCTOS DE CUERO 111.750.000 - A 02 02 01 002 007 ARTÍCULOS TEXTILES ( EXCEPTO PRENDAS DE VESTIR) 111.750.000 - A 02 02 01 003 OTROS BIENES TRANSPORTABLES (EXCEPTO PRODUCTOS METÁLICOS, MAQUINARIA Y EQUIPO)
- 8.000.000 A 02 02 01 003 006 PRODUCTOS DE CAUCHO Y PLÁSTICO - 8.000.000 A 02 02 01 004 PRODUCTOS METÁLICOS Y PAQUETES DE SOFTWARE - 66.300.000 A 02 02 01 004 007 EQUIPO Y APARATOS DE RADIO, TELEVISIÓN Y COMUNICACIONES - 66.300.000 A 02 02 02 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS - 37.450.000 A 02 02 02 008 SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCIÓN - 37.450.000 A 02 02 02 008 003 OTROS SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS - 20.000.000 A 02 02 02 008 004 SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, TRANSMISIÓN Y SUMINISTRO DE INFORMACIÓN - 17.450.000 TOTAL TRASLADO 111.750.000 111.750.000
Artículo 2.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C. a los 05 MAYO 2020 LISSETTE CECILIA CERVANTES MARTELO Directora General (e) Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios
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