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RESOLUCION 312 de 2020

“Por la cual se modifica la Resolución No 000001 del 2 de enero de 2020, mediante la cual se efectúa la desagregación de las apropiaciones en el Presupuesto de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios – USPEC, para la vigencia de 2020”

Tipo
RESOLUCION
Número
312
Año
2020
Entidad
Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD DE SERVICIOS PENITENCIARIOS Y CARCELARIOS –USPEC En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 12 del Decreto No. 4150 de 2011 y por la Ley 2008 del 27 de diciembre de 2019 y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 13 del artículo 12 del Decreto 4150 del 3 de noviembre de 2011, “Por el cual se crea la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - SPC, se determina su objeto y estructura”, determina entre las funciones del Director General la siguiente: “Ordenar los gastos, realizar las operaciones necesarias y celebrar los contratos, acuerdos y convenios que se requieran para asegurar el cumplimiento de las funciones y objetivos de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (SPC)”.
Que el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015, modificado por el Decreto 412 de 2018, artículo 8, establece: “Modificaciones al Detalle del Gasto. Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso no existir aquellas”.
Que el artículo 18 de la Ley No. 2008 del 27 de diciembre de 2019, “Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020”, establece que: “Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o consejos directivos. Si no existen juntas o consejos directivos, lo hará el representante legal de estos. Estas operaciones presupuestales se someterán a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, y tratándose de gastos de inversión, requerirán el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas (…)”.
Que mediante la Resolución No. 000001 del 02 de enero de 2020, se efectuó la desagregación de las apropiaciones en el presupuesto de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, para la vigencia fiscal 2020, acorde con los recursos asignados mediante el Decreto 2411 del 30 de diciembre de 2019, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2020, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos”.
Que el artículo 1 de la Resolución No. 000001 del 2 de enero de 2020, señala que: “Efectúense la desagregación de las apropiaciones en el Presupuesto de Funcionamiento e inversión de la Unidad de Servicios penitenciarios y Carcelarios – USPEC para la vigencia fiscal de 2020 en la suma de UN BILLÓN DOSCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL PESOS ($1.203.373.840.000) MONEDA LEGAL, así: (…)”
Que mediante Resolución No.1030 del 21 de abril del 2020 proferida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, aprobó una adición en el presupuesto de funcionamiento de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios por valor de VEINTEMIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNMILLONES DOSCIENTOSMIL PESOS ($20.371.200.000) MONEDA LEGAL.
Que mediante Resolución No.000230 del 23 de abril de 2020, se incorporan en la desagregación de las apropiaciones en el Presupuesto de Funcionamiento de la de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios – USPEC- para la vigencia Fiscal 2020; la distribución de los recursos aprobados mediante Resolución 1030 del 21 de abril de 2020 proferida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público por valor de VEINTE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS ($20.371.200.000) MONEDA LEGAL.
Que mediante memorando I-2020-005940 de fecha 19 de junio de 2020, suscrito por el Director Administrativo y Financiero manifiesta la necesidad de efectuar la desagregación de la apropiación del rubro A-08-01 “Impuestos” en la suma de SETECIENTOS TREINTA MIL PESOS MONEDA LEGAL ($730.000), con el fin de disponer los recursos en el rubro A-08- 01-02-006 “Impuesto sobre vehículos automotores” para el pago de los impuestos correspondientes a la vigencia 2020 de los vehículos de la entidad y los que legalmente sea responsable.
Que es pertinente realizar la desagregación de las apropiaciones del rubro A-08-01 “Impuestos” que a continuación se relaciona para atender las necesidades de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios USPEC en la presente vigencia fiscal.

Que en virtud de lo anterior;

RESUELVE:

Artículo 1.

Modificar el artículo 1 de la Resolución No. 000001 del 2 de enero de 2020 en la suma de SETECIENTOS TREINTA MIL PESOS MONEDA LEGAL ($730.000), efectuándose la desagregación de la apropiación del rubro A-08-01 “Impuestos”, el cual quedará así:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Sección 1211.

UNIDAD DE SERVICIOS PENITENCIARIOS Y CARCELARIOS TIPO CTA SUBC OBJG ORD CONCEPTO CRÉDITO A 08 GASTOS POR TRIBUTOS, MULTAS, SANCIONES E INTERESES DE MORA - A 08 01 IMPUESTOS - A 08 01 02 IMPUESTOS TERRITORIALES 730.000 A 08 01 02 006 IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS AUTOMOTORES 730.000 TOTAL CRÉDITO 730.000

Artículo 2.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C. a los 25 JUN 2020.

JAVIER AUGUSTO SARMIENTO OLARTE Director General (e) Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios

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