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RESOLUCION 388 de 2014

"Por la cual se adopta el Manual de Contratación del Ministerio de Justicia y del Derecho"

Tipo
RESOLUCION
Número
388
Año
2014
Entidad
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias en especial las que le confiere los numerales 15 y 17 del artículo 6 del Decreto Ley 2897 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que "la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, imparcialidad y publicidad (...)".
Que según el artículo 3 de la Ley 80 de 1993, uno de los fines de la contratación estatal es buscar el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servidores públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 160 del Decreto 1510 de 2013, "por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública", el Ministerio de Justicia y del Derecho debe contar con un manual que se ajuste a las directrices que para el efecto imparta Colombia Compra Eficiente.
Que en la Circular Externa No. 9 de 17 de enero 2014, Colombia Compra Eficiente señala que: "Las Entidades Estatales, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 160 del Decreto 1510 de 2013, deben adoptar un manual de contratación que tenga en cuenta los lineamientos establecidos por Colombia Compra para lo cual tendrán hasta el 31 de julio de 2014"
Que teniendo en cuenta los lineamientos establecidos por Colombia Compra Eficiente para la expedición de los Manuales de Contratación, se hace necesario incluir dentro del mismo lo relativo a la actividad de supervisión e interventoría, y por ende eliminando el manual adoptado al respecto.
Que en virtud de lo anterior y con el ánimo de precisar las funciones y actividades que deben desarrollar las diferentes dependencias del Ministerio a la luz de lo dispuesto por el Decreto 1510 de 2013 se hace necesario adoptar e implementar una nueva versión del Manual de Contratación, en el cual se regulan las actividades que deben ejecutarse por cada una de las dependencias de la Entidad durante el proceso contractual, en cualquiera de las modalidades de selección, incluyendo aquellas que deban agotarse durante la fase de planeación y las referidas a la ejecución de los contratos y a la vigilancia de la misma, por parte de quienes han sido designados como supervisores o interventores de contrato.
Que dada la calidad de órgano asesor en materia contractual tiene el Comité de Contratación al interior de la Entidad y de la necesaria compaginación que debe existir entre su actuar y lo dispuesto en el Manual de Contratación, es necesario la inclusión de lo relativo a su composición, creación y funcionamiento en él, así como modificar sus funciones al tenor de la nueva normatividad contractual.
Que una vez elaborados los documentos que contiene el Manual de Contratación, se hace necesaria su adopción, para proceder a socializar su contenido con las áreas y dependencias de la entidad participes en los procesos contractuales a desarrollarse.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

Adoptar la versión No. 2 del Manual de Contratación del Ministerio de Justicia y del Derecho, con códigoM-GC-01, el cual recoge las actividades y trámites que deben agotarse en todas las etapas contractuales de los contratos y convenios que celebre la Entidad.

Artículo 2.

El Manual de Contratación, que por la presente Resolución se adopta, aplica para toda la contratación que se realice en el Ministerio de Justicia y del Derecho en desarrollo de sus objetivos y funciones.

Artículo 3.

El Capítulo IV SUPERVISIÓN E INTERVENTORÍA del Manual de Contratación, que por la presente Resolución se adopta, reemplaza en su integridad el Manual de Supervisión e Interventoría, código M-GC-02.

Artículo 4.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, deroga la Resolución 106 de 2013 y toda aquella que le sea contraria.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 25 JULIO 2014.

ALFONSO GÓMEZ MÉNDEZ Ministro de Justicia y del Derecho

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