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RESOLUCION 1040 de 2015

"Por medio de la cual se justifica la celebración de un Convenio Marco de Cooperación entre la NACIÓN - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO Y el DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA ATLÁNTICO"

Tipo
RESOLUCION
Número
1040
Año
2015
Entidad
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO En ejercicio de sus funciones, en especial las conferidas en las leyes 80 de 1993, 1150 del 2007 y la Resolución 003 de 2011 modificada por la Resolución No. 0065 del 30 de enero de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política consagra en su artículo 209, inciso primero, que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y.se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, a través de la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que la ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, regula, en el artículo 6, el Principio de Coordinación, estableciendo que, "En virtud del principio de coordinación y colaboración, las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales. En consecuencia, prestarán su colaboración a las demás entidades para facilitar el ejercicio de sus funciones y se abstendrán de impedir o estorbar su cumplimiento por los órganos, dependencias, organismos y entidades titulares".
Que el artículo 95 de la ley 489 de 1998, faculta a las entidades públicas para asociarse con el fin de cooperar en el cumplimiento de funciones administrativas o de prestar conjuntamente servicios que se hallen a su cargo, mediante la celebración de convenio marco de cooperación.
Que es función fundamental del Ministerio de Justicia y del Derecho formular, adoptar, promover y coordinar las políticas y estrategias que faciliten el acceso a la justicia formal y a la alternativa, en el marco del mandato contenido en las normas vigentes, así como incentivar las alianzas estratégicas con otros Gobiernos u organismos de carácter nacional e internacional, que faciliten e impulsen el logro de los objetivos del Ministerio en materia de política criminal y de asuntos penales.
Que los mandatarios municipales para que puedan cumplir las funciones asignadas en la Constitución Política y en la ley, requieren fortalecer y dotar a los operadores jurídicos de una herramienta para implementar la política pública de Acceso a la Justicia.
Que el artículo 315 de la Constitución Política, en armonía con el inciso 5 del literal c) del artículo 91 de la Ley 136 de 1994 atribuye a los Alcaldes Municipales, la facultad de ordenar los gastos y celebrar los contratos y convenios municipales de acuerdo con el plan de desarrollo económico, social y con el presupuesto, observando las normas jurídicas aplicables y con el inciso 5 del literal b) de la misma ley, "diseñar, implementar, liderar, desarrollar y promover planes integrales de seguridad y convivencia ciudadana...".
Que el Ministro de Justicia y del Derecho, mediante memorando del 17 de diciembre de 2015, cumpliendo lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015, remitió a la Secretaría General, los estudios y documentos previos concernientes a la justificación para la celebración del presente Convenio Marco de Cooperación entre el Ministerio de Justicia y del Derecho y el Distrito Industrial y Portuario de Barranquilla.
Que en los Estudios Previos se establece la necesidad de la contratación expresando que: "El documento denominado "Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018", dentro del capítulo dedicado a los "Retos en el fortalecimiento del Estado Social de Derecho para garantizar los derechos de todos los colombianos y colombianas': estable como línea de acción aquella dirigida al fortalecimiento del sistema de denuncias a través de la implementación de estrategias dirigidas al mejoramiento de los servicios de recepción de aquellas. El Ministerio de Justicia y del Derecho tiene dentro de sus funciones, aquella de formular, adoptar, promover y coordinar las políticas y estrategias que faciliten el acceso a la justicia formal y a la alternativa, en el marco del mandato contenido en las normas vigentes, así como incentivar las alianzas estratégicas con otros Gobiernos u organismos de carácter nacional e internacional, que faciliten e impulsen el logro de los objetivos del Ministerio en materia de política criminal y de asuntos penales. En dicho marco, dentro de los proyectos liderados por el Ministerio de Justicia y del Derecho, se encuentra el de creación de URl's zonales, encuadrado en la línea de acceso a la justicia, entendiendo las URl's como un modelo de atención interinstitucional liderado por la Fiscalía General de la Nación que busca facilitar el acceso a la administración de justicia, a través de la prestación de servicios de manera permanente durante todo el año, las 24 horas del día, y cuyas funciones principales se centran esencialmente en tres servicios:
- Recepción de denuncia a través de las Salas de Atención al Usuario, con apoyo del CTI y/o Policía Nacional. - Realización de actos urgentes y legalizaciones de captura.
- Custodia de los capturados a quienes aún no se les ha legalizado la captura e impuesto medida de aseguramiento.
Operativamente la URI comprende la participación de fiscales con funciones de dirección y coordinación de sus equipos de trabajo, un grupo de investigadores y técnicos adscritos al Cuerpo Técnico de Investigación -CTI- de la Fiscalía, la SIJIN (Policía Nacional), el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y el Ministerio Público. Consecuente con lo anterior, la Alcaldía de Barranquilla, con asistencia técnica del Ministerio de Justicia y del Derecho, y con la participación de la Fiscalía General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y la Policía Nacional, realizó un diagnóstico en agosto y septiembre del 2015 sobre, la operación de la URI y estaciones de policía en Barranquilla. Dicho diagnóstico estableció que la operación de estas instancias concentran una serie de dificultades y aspectos críticos que impiden la prestación del servicio adecuadamente, siendo la más evidente la congestión en la recepción de denuncias, lo cual compromete la oportunidad en la respuesta al ciudadano. En efecto, se verificó que la única URI en funcionamiento se encuentra ubicada en la localidad Norte Centro Histórico, habiendo recibido un total de 3459 casos frente 4056 entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2015, lo cual permite deducir un incremento del 17,2% para el periodo. Es la URI y la SIJIN quienes concentran el mayor índice de recepción de denuncia, en relación con las estaciones de policía. Indica el Ministerio de Justicia que "la baja oportunidad de la respuesta, deficiencias en la gestión del modelo y las múltiples barreras geográficas hacen que esta concentración en el territorio dificulte la presentación de denuncias y la reacción inmediata del aparato judicial ante la comisión de un delito. La congestión en la recepción de denuncias y atención al usuario genera el riesgo de que se pierdan elementos probatorios que podrían servir para la orientación de casos y como pruebas en el juicio oral. Adicionalmente, los tiempos que le toma a la policía de vigilancia trasladar a los capturados a la URI obliga a que estos funcionarios deban dejar descuidados sus cuadrantes, lo cual aumenta el riesgo de comisión de nuevos delitos". Frente a los anteriores hallazgos, se formularon un conjunto de recomendaciones por parte del Ministerio de Justicia, las cuales fueron presentadas al Comité de Orden Público en conjunto y del cual participan la Fiscalía General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y la Policía Nacional, Medicina Legal, y las dependencias competentes de la Alcaldía. Al respecto, entre las recomendaciones. Entre las recomendaciones se sugiere que, para contribuir a la descongestión de la URI, "se explore la posibilidad de crear una o varias URI Zonales. Una desconcentración de las funciones de la URI no sólo ayuda a que la central opere con mayor fluidez, sino que supone otra opción al ciudadano para interponer denuncias v tramitar algunos actos urgentes". Con el fin de determinar aspectos como la mejor ubicación de la URI zonal, el análisis de conflictividad en el Distrito de Barranquilla logró establecer que las condiciones de conflictividad y violencia se han modificado en los últimos años, lo que llevado a un cambio en la dinámica del delito, concentrando el accionar de las organizaciones delincuenciales en las localidades Sur Oriente, comprometiendo la seguridad permanente del 55,6% de la población de Barranquilla. Los homicidios se concentran en las localidades de Sur Oriente y Sur Occidente de la ciudad, así como el delito de lesiones personales ha aumentado en esas dos localidades, con un incremento del 6% en el periodo que cubre enero-agosto de 2015 en comparación con el mismo periodo del año 2014. Fueron los anteriores datos los que permitieron concluir la necesidad de implementar un modelo piloto de gestión de URI Zonal en la localidad Sur Occidente del Distrito de Barranquilla, como una de las zonas más críticas del Distrito y que concentran la mayor conflictividad. Con este proyecto se beneficiarían especialmente 677.715 habitantes de las localidades de Suroriente y Suroccidente que corresponde al 55,6% de la población del Distrito. De manera especial, se actuaría en 27 de los barrios más críticos de la ciudad con condiciones de seguridad realmente complejas, con barreras importantes de tipo espacial y de elementos de gestión de los servicios de seguridad y justicia, por lo tanto se espera dar así un servicio con respuestas más localizadas, que se correspondan con los perfiles y condiciones de seguridad y justicia territorial, El proyecto busca descongestionar la actual URI que opera en Barranquilla, acercar los servicios a los ciudadanos, facilitar la denuncia criminal, tener mayor oportunidad en la respuesta institucional de reacción y protección y armonizar los modelos de gestión de seguridad ciudadana y del sistema judicial a través de la desconcentración territorial. Como primer paso para la implementación del modelo piloto, se vislumbró la necesidad de generar un convenio de cooperación marco entre el Ministerio de Justicia y del Derecho y la Alcaldía Distrital de Barranquilla, con el fin de disponer de las instalaciones, así como las condiciones de infraestructura, adecuación y dotación, destinadas a la creación y funcionamiento de una URI Zonal en la localidad Sur-Occidente del Distrito de Barranquilla".
Que de acuerdo con los argumentos expuestos, resulta procedente la celebración de un convenio marco de cooperación con el DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA - ATLANTICO, con el objeto de establecer el marco el cual consiste en la colaboración mutua y la unión de esfuerzos entre el Ministerio de Justicia y del Derecho y el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla-Atlántico, con el fin de disponer de las condiciones de infraestructura, adecuación y dotación destinadas a la creación y funcionamiento de una URI Zonal en la localidad Sur-Occidente de la ciudad de Barranquilla. Que de acuerdo al Presupuesto el cual hace parte integral del presente convenio, el Ministerio de Justicia y del Derecho se encargaría de las obras de adecuación de la URI ZONAL hasta la suma de TRESCIENTOS ONCE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TRECE PESOS CON 97/100 ($311.683.913,97) M.L. y el Distrito se encargaría de la dotación de la URI ZONAL hasta en la suma de DOSCIENTOS OCHO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA MIL PESOS ($208.780.000,oo) M.L.
Que mediante Acuerdo No. 0008 del 12 de agosto de 2015, el Concejo Distrital de Barranquilla - Atlántico autorizó al alcaldesa de dicho municipio para que realice "(...) para ordenar los gastos distritales, adelantar los procesos de selección y celebrar todos tipo de contratos y convenios, con entidades privadas y públicas del orden Distrital, Departamental, Nacional e Internacional...". En consideración a lo anterior,

RESUELVE:

Artículo primero.

- Justificar la celebración de un convenio marco de cooperación entre la NACIÓN - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO y el DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQULLLA - ATLÁNTICO cuyo objeto consiste en la colaboración mutua y la unión de esfuerzos entre el Ministerio de Justicia y del Derecho y el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla-Atlántico, con el fin de disponer de las condiciones de infraestructura, adecuación y dotación destinadas a la creación y funcionamiento de una URI Zonal en la localidad Sur-Occidente de la ciudad de Barranquilla.

Artículo segundo.

- Que los estudios y documentos previos se podrán consultar en el Grupo de Gestión Contractual de la entidad, ubicado en la Calle 53 No. 13-27 Piso 8, de Bogotá D.C.

Artículo tercero.

- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, contra el presente acto no procede recurso alguno.

Artículo cuarto.

- El presente acto administrativo de justificación rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los 22 Diciembre 2015 ÁLVARO GÓMEZ TRUJILLO Secretario General

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