RESOLUCION 833 de 2020
Por medio de la cual se justifica la celebración de un Convenio Interadministrativo entre LA NACIÓN - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO Y LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL CARISMA
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 833
- Año
- 2020
- Entidad
- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
LA SECRETARIA GENERAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO En ejercicio de sus funciones, en especial las conferidas en las leyes 80 de 1993, 1150 del 2007, el artículo 2.2.1.2.1.4.1., del Decreto 1082 de 2015 y la Resolución 003 de 2011 modificada por la Resolución No. 0065 del 30 de enero de 2013.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 113 de la Constitución Política de Colombia establece que "Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines".
Que la Constitución Política consagra en su artículo 209, inciso primero, que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, a través de la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que la Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, regula, en el artículo 6, el Principio de Coordinación, estableciendo que, "En virtud del principio de coordinación y colaboración, las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales. En consecuencia, prestarán su colaboración a las demás entidades para facilitar el ejercicio de sus funciones y se abstendrán de impedir o estorbar su cumplimiento por los órganos, dependencias, organismos y entidades titulares".
Que el artículo 95 de la Ley 489 de 1998, faculta a las entidades públicas para asociarse con el fin de cooperar en el cumplimiento de funciones administrativas o de prestar conjuntamente servicios que se hallen a su cargo, mediante la celebración de convenios interadministrativos.
Que el literal c) del numeral 4° de la Ley 1150 de 2007, establece como causal de contratación directa, "Contratos interadministrativos, siempre que las obligaciones derivadas del mismo tengan relación directa con el objeto de la entidad ejecutora señalado en la ley o en sus reglamentos".
Que el artículo 2.2.1.2.1.4.4., del Decreto 1082 de 2015, establece que: "Convenios o contratos administrativos: La modalidad de selección para la contratación entre Entidades Públicas es la contratación directa; y en consecuencia, le es aplicable lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del presente decreto".
Que mediante memorando MJD-MEM20-0003594-DCD-3300, la Directora de Política de Drogas y Actividades Relacionadas del Ministerio de Justicia y del Derecho, solicitó la suscripción de un convenio interadministrativo con la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL CARISMA, que tiene por objeto: "Gestionar la planeación y alistamiento del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) en Bogotá, Valle del Cauca, Risaralda y Caldas; acompañar la implementación del Programa en Casanare, Meta, Atlántico y Quindío; y realizar un piloto de la estrategia de trabajo con las familias de los adolescentes en el marco del Programa, en la ciudad de Medellín.".
Que junto con el mencionado memorando fueron remitidos 105 estudios previos que justifican su solicitud.
Que la Subdirectora de Estratégica y Análisis del Ministerio de Justicia y del Derecho, justificó la necesidad de la celebración del convenio expresando lo siguiente:
- "Funciones del Ministerio de Justicia y del Derecho
De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del Decreto 1427 de 2017, por el cual se modifica la estructura orgánica y se determinan las funciones de las dependencias del Ministerio de Justicia y del Derecho, se establecen como funciones a cargo de la Entidad, entre otras: "1. Articular la formulación, adopción, ejecución y evaluación de la política pública del Sector Administrativo de Justicia y del Derecho. (...) 3. Formular, adoptar, promover y coordinar las políticas y estrategias en: racionalización, reforma y defensa del ordenamiento jurídico; gestión jurídica pública del derecho; ejercicio de la profesión de abogado; socialización de la información jurídica; justicia transicional y restaurativa; y las que faciliten el acceso a la justicia formal y a la alternativa, en el marco del mandato contenido en las normas vigentes, al igual que las de lucha contra las drogas ilícitas, lavado de activos, corrupción, crimen organizado, enriquecimiento ilícito, administración de bienes incautados y acciones de extinción de dominio. (...) 5. Diseñar, hacer seguimiento y evaluar la política en materia criminal, carcelaria y penitenciaria, en la prevención del delito y las acciones contra la corrupción y la criminalidad organizada. 6. Promover las normas legales y reglamentarias, la protección jurídica, garantía y restablecimiento de los derechos de niños, niñas y adolescentes, en coordinación con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF- bajo los principios de interés superior, protección integral y enfoque diferencial, y las demás entidades competentes. 7. Diseñar la política y promover los instrumentos aplicables dentro del sistema de responsabilidad penal para adolescentes, hacer seguimiento y evaluar su aplicación atendiendo su carácter especializado, su finalidad restaurativa y los acuerdos internacionales en la materia. (...) 11. Apoyar ante las demás instancias de la Rama Ejecutiva, a la Rama Judicial del Poder Público en la solución de las necesidades para su funcionamiento. (...)"
Por su parte, el artículo 22 del Decreto 1427 de 2017, establece como funciones de la Dirección de Política de Drogas y Actividades Relacionadas del Ministerio de Justicia y del Derecho, entre otras, las siguientes: "1. Formular, adoptar, promover, coordinar, liderar, hacer seguimiento y evaluar la política pública y estrategias en materia de drogas y actividades relacionadas, en articulación con las instancias correspondientes. (...) 5. Orientar y apoyar la elaboración de propuestas y proyectos encaminad6s a la prevención, atención y control de la problemática de drogas y actividades relacionadas. (...) 12. Realizar el seguimiento, en coordinación, con el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Dirección de Asuntos Internacionales, al cumplimiento de los compromisos y recomendaciones internacionales en materia de drogas y actividades relacionadas. (...) 18. Coordinar y hacer seguimiento de las actividades adelantadas por las Subdirecciones de la Dirección de Política de Drogas y Actividades Relacionadas, para garantizar la articulación y el cabal cumplimiento de sus funciones y de los Planes, Programas y Proyectos del Ministerio".
La Subdirección Estratégica y de Análisis del Ministerio de Justicia y del Derecho, de acuerdo con el artículo 24 del mencionado Decreto, tiene como funciones, entre otras: "1. Apoyar a la Dirección de Política de Drogas y Actividades Relacionadas en la formulación, implementación, promoción, seguimiento y evaluación de la política pública y estrategias en materia de drogas y actividades relacionadas, en articulación con las instancias correspondientes. (...) 3. Apoyar a la Dirección de Política de Drogas y Actividades Relacionadas en la generación de evidencia y formulación de lineamientos en materia de criminalidad asociada a las drogas. (...) 7. Diseñar e implementar las acciones necesarias para la divulgación y promoción de estrategias de comunicación y capacitación en materia de drogas, en coordinación con las instancias competentes. (...) 13. Articular las acciones necesarias con las instancias competentes, que permitan la implementación de la política, planes y estrategias de reducción del consumo de drogas, reducción de la oferta de drogas, microtrático, narcomenudeo y actividades relacionadas, promoviendo la reducción de vulnerabilidades y amenazas asociadas a la problemática de drogas. (...)".
En el marco de las funciones mencionadas, particularmente las relacionadas con promover, coordinar, articular y liderar estrategias en materia de drogas; la orientación y apoyo en la elaboración de propuestas y proyectos encaminados a la prevención, atención y control de la problemática de drogas; acciones para la capacitación en materia de drogas, el seguimiento a las recomendaciones internacionales en este tema; así como la promoción de instrumentos aplicables en el marco del SRPA; es fundamental generar estrategias encaminadas a la prevención y control de la problemática de drogas para la población menor de edad que consume sustancias sicoactivas y comete delitos para proveerse de la sustancia o bajo los efectos de la misma.
En este sentido, el Ministerio de Justicia y del Derecho viene ejerciendo un rol de coordinación y asistencia técnica, en la planeación, alistamiento e implementación del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes -SRPA-, que es una alternativa a la judicialización y a la utilización de medidas privativas de la libertad, en la que un adolescente que ha cometido un delito relacionado con el consumo problemático de drogas, ingresa a un esquema de tratamiento integral bajo estricta supervisión judicial y seguimiento en audiencias.
Dicho Programa busca: i) reducir la reincidencia en los delitos que son cometidos a partir de un consumo problemático de drogas, ii) Prevenir o reducir el consumo de drogas, iii) Facilitar el acceso a la salud y al tratamiento por consumo problemático de drogas para infractores y, iv) Promover oferta de servicios educativos, recreativos y de empleo enfocados hacia la resocialización del adolescente.
- Ruta Futuro: Política integral para enfrentar el problema de las drogas
En el marco de la problemática de drogas que está afectando el país, la apuesta del Gobierno Nacional está encaminada en atacar la problemática de las drogas de una manera integral y desde sus causas. En este sentido, el Ministerio de Justicia y del Derecho lideró la formulación de la Política Integral para Enfrentar el Problema de las Drogas: Ruta Futuro, que fue aprobada por el Consejo Nacional de Estupefaciente en sesión del 13 de diciembre de 2018. Esta política se desarrolla en el marco de cinco pilares: 1. Reducir el consumo de sustancias psicoactivas, 2. Reducir la disponibilidad de drogas ilícitas, 3. Desarticular las estructuras criminales, 4. Afectar las economías y rentas criminales, 5. Transversal.
En el objetivo estratégico 3 "Reducción de los mercados internos de drogas (microtrático y comercialización de drogas)" del pilar 3, se establece como una de las estrategias para su logro, la recuperación de forma integral de los entornos afectados por mercados urbanos de drogas, por medio de la prevención y protección integral de jóvenes, niños, niñas y adolescentes, incluidos aquellos presentes en el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente, acción que debe estar acompañada de intervenciones psicosociales y de generación de recursos en el marco de la legalidad, que apunten a la disminución de la reincidencia de la comisión del delito.
Así mismo, la Dirección de Política de Drogas y Actividades Relacionadas en articulación con el Departamento Nacional de Planeación y con la participación de diferentes entidades, construyó el "Plan de Acción de la Política Ruta Futuro" con indicadores de resultado, metas conjuntas, acciones, cronogramas y presupuestos orientados a dar solución a la problemática de drogas en sus diferentes dimensiones. Este Plan de Acción fue aprobado por el Consejo Nacional de Estupefacientes en diciembre de 2019.
En el pilar 1 de dicho Plan, se establece en su objetivo estratégico 4 "Inclusión social" la acción: Fortalecer el Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento por Consumo de Drogas en el Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes
- Plan Decenal del Sistema de Justicia 2017 – 2027
En el objetivo estratégico 2 formulado en el Plan Decenal del Sistema de Justicia: ''Apoyar la atención integral al consumo de drogas", se establece como una de las acciones "Formular alternativas a la privación de la libertad con un componente de tratamiento al consumo de Sustancias Psicoactivas (SPA) en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes". Así mismo, en el objetivo estratégico 3 "Apoyar la desarticulación y afectación de las estructuras y economía criminal y control al narcotráfico", se estableció como una de las acciones "Realizar ajustes normativos para el tratamiento penal diferencial de los eslabones débiles de la cadena del narcotráfico e impulsar acciones dirigidas a la implementación de alternativas al encarcelamiento para delitos de drogas de menor gravedad".
- Plan de Acción de la Dirección de Política de Drogas y Actividades Relacionadas del Ministerio de Justicia
En el Plan de Acción del 2020 de la Dirección de Política de Drogas y Actividades Relacionadas del Ministerio de Justicia y del Derecho, se establece como una de las actividades: "Asistir técnicamente a los entes territoriales en la planeación e implementación de programas de alternatividad al encarcelamiento", siendo el Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA una alternativa a la privación de la libertad.
- Contexto - Antecedentes
Colombia ha adelantado una lucha frontal contra las estructuras criminales dedicadas al narcotráfico; y si bien esta lucha ha tenido importantes avances, también ha causado que todas las actividades relacionadas con la cadena del narcotráfico hayan sido consideradas de alto impacto para la seguridad nacional, lo que ha generado que en muchas ocasiones, la judicialización del delito recaiga sobre las personas que tienen una participación marginal en la comisión de delitos relacionados con drogas.
En este marco, surgen las alternativas al encarcelamiento para los delitos relacionados con drogas, que se constituyen en una respuesta más humana, proporcional y con mayor impacto en la prevención del delito y buscan que los esfuerzos judiciales se enfoquen en las grandes estructuras criminales y sus capitales y en la judicialización efectiva de las cabezas de estas organizaciones y no en los eslabones fácilmente reemplazables de la cadena del narcotráfico como son los consumidores cuyo encarcelamiento no produce un efecto importante en el desmantelamiento de las organizaciones criminales.
En este contexto, en el año 2013 en la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas de la Organización de Estados Americanos (CICAD-OEA), Colombia, quien ejercía la Presidencia de la CICA O, ordenó la conformación de un Grupo de Soporte Técnico con el propósito de producir un informe encaminado a generar propuestas de alternativas al encarcelamiento para los delitos relacionados con drogas.
Dicho texto, publicado en el año 2015 y denominado "Informe Técnico sobre alternativas al encarcelamiento para delitos relacionados con las drogas", señaló la necesidad de diseñar y adoptar alternativas al encarcelamiento de acuerdo con las particularidades de cada país. Entre las alternativas exploradas en el documento, se encuentran los Tribunales de Tratamiento de Drogas-TTD-.
Posteriormente, la CICAD-OEA, con recursos de la Embajada Americana en Colombia y en coordinación con el Ministerio de Justicia y del Derecho, realizó un estudio en noviembre de 2015, denominado "Tribunales de Tratamiento de droga, Estudio sobre su viabilidad en Colombia", con el fin de determinar la viabilidad jurídica y sanitaria de implementar los TTD en el sistema de adultos. A partir de este estudio se generó la necesidad de explorar la posible implementación de este tipo de alternativas para la población adolescente.
Es así como, en el 2016 el Ministerio de Justicia y del Derecho, con colaboración del ICBF y el Ministerio de Salud y Protección Social, realizó un estudio denominado Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA, que tuvo como objetivo determinar la viabilidad para la implementación del modelo de TTD en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes -SRPA- y que efectivamente arrojó como resultado la posibilidad de implementar el modelo. En dicho estudio se establece:
"En conclusión, el sistema de responsabilidad penal adolescente tiene modalidades sancionatorias que son compatibles con el uso de un tribunal de tratamiento de drogas. En todo caso ello exige un consenso de todas las autoridades dentro del proceso de responsabilidad penal correspondiente. El adolescente en conflicto con la ley y en quien el consumo problemático de drogas es la causa de ese comportamiento puede ser beneficiario de la PROSA T [Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPAJ durante el proceso y beneficiarse de la aplicación de un principio de oportunidad o de una sanción como la imposición de reglas de conducta o la sustitución."
Es así como, este estudio propuso una modalidad de juzgamiento especial que otorga opciones de tratamiento voluntario al adolescente que haya cometido un delito relacionado con su consumo problemático de drogas. En esta modalidad, el juez podría imponer condiciones como alternativa a la sanción privativa de la libertad y, en caso de que el tratamiento y el proceso del adolescente fueran exitosos, cesar la acción penal por la infracción cometida por el adolescente.
A continuación se enuncian algunas cifras que muestran la situación de los adolescentes en conflicto con la ley penal: a) De acuerdo con cifras de capturas reportadas por la Policía Nacional y procesadas por el Observatorio de Drogas de Colombia, a diciembre de 2019, del total de personas capturadas por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes (62.268), 3.733 fueron menores de edad entre 12 y 17 años (6% del total) b) Conforme a datos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF, en el 2018 ingresaron 17.658 adolescentes al SRPA (por cualquier delito), de los cuales 1.598 fueron sancionados. Entre las sanciones impuestas por los jueces se destacan: reglas de conducta 27% seguida de privación de la libertad en Centro de Atención Especializada con un 25%. El delito de mayor ocurrencia en el 2018 fue Tráfico, Fabricación o Porte de Estupefacientes, seguido del delito de hurto.
De acuerdo con el último Estudio de Consumo de Sustancias Psicoactivas en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes realizado en el 2017 por el Ministerio de Justicia y del Derecho y el ICBF:
- El 87% de los adolescentes que se encuentran en sanciones privativas de la libertad han consumido marihuana alguna vez en su vida y el 49% cocaína.
- El 12,4% de adolescentes ya usaban marihuana a los 10 años, al igual que cocaína e inhalables.
- El porcentaje de los adolescentes del Sistema que han recibido tratamiento alguna vez en la vida para dejar el consumo es 17,3%.
- Se percibe que el consumo de sustancias psicoactivas se ha normalizado en muchos contextos de los que provienen jóvenes y adolescentes vinculados al SRPA y que se encuentran altamente disponibles, por lo que es fácil acceder a ellas.
Conocidos los resultados del estudio Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA, el Ministerio de Justicia planteó la necesidad de realizar una prueba piloto y en coordinación con el Ministerio de Salud y Protección Social y el ICBF, se seleccionó a la ciudad de Medellín para la implementación de dicho piloto. En 2016, en el marco del Sistema Nacional de Coordinación del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SNCRPA ), el Programa fue socializado por el Ministerio de Justicia y del Derecho y dicho Sistema apoyó la realización de la prueba piloto en la ciudad de Medellín.
- Convenios interadministrativos anteriores
Debido a que uno de los ejes centrales del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA es el tratamiento al consumo de sustancias psicoactivas, se generó la necesidad para el Ministerio de Justicia y del Derecho de contar con un socio estratégico con trayectoria y conocimiento del tema, para el desarrollo de la prueba piloto de Medellín, razón por la cual con la E.SE Hospital Carisma se han celebrado los siguientes convenios para el desarrollo de la gestión que a continuación se señala:
- Justificación nuevo convenio
En la actualidad, después del trabajo conjunto realizado entre el Ministerio de Justicia y del Derecho y la E. SE Hospital Carisma mediante los convenios interadministrativos No. 359 de 2016, No. 359 de 2017 y No. 243 de 2019, el Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA está siendo implementado en la ciudad de Medellín; así mismo, en los departamentos de Atlántico y Casanare ya ingresaron los primeros adolescentes y en Meta ya se viabilizó la entrada de adolescentes que están a la espera de la realización de las audiencias de legalización del principio de oportunidad para ingresar formalmente al Programa.
Es necesario continuar avanzando en la consolidación del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA, con el fin de responder a los compromisos internacionales en esta materia, a las competencias asignadas a la Dirección de Política de Drogas y Actividades Relacionadas - Subdirección Estratégica y de Análisis del Ministerio de Justicia y del Derecho, a la Política integral para enfrentar el problema de las drogas "Ruta Futuro" y a su Plan de Acción, así como al Plan Decenal del Sistema de Justicia y al Plan de Acción del Ministerio de Justicia y del Derecho.
El cumplimiento de estos compromisos es acorde con la necesidad que expresan los actores que hacen parle del SRPA (FGN, jueces, ICBF, defensores públicos), de brindar posibilidades diferentes a los adolescentes que cometen delitos por un consumo problemático de drogas de acuerdo con los fines pedagógicos del SRPA, así como al creciente consumo de drogas en menores de edad, en cumplimiento al fin protector de la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia).
Por tratarse de una iniciativa novedosa en el país, en la que intervienen diferentes componentes de carácter especializado y variados Jurídicos, sanitarios, del SRPA, etc.), el proceso de asistencia técnica que se realiza desde el Ministerio de Justicia y del Derecho, en compañía de entidades como el ICBF, el Ministerio de Salud y Protección Social, la rama judicial, la Fiscalía General de la Nación y la Secretaría de Seguridad de Medellín, implica procesos de gestión, capacitación, articulación, orientación y acompañamiento para todos los territorios que deciden hacer esta apuesta; en este sentido, el Programa está sustentado en los siguientes componentes: 1) Componente jurídico; 2) Componente de Salud; 3) Componente Restaurativo; 4) Componente de Inclusión Social y 5) un componente transversal que incluye la articulación interinstitucional, operatividad, y el seguimiento, Monitoreo y Evaluación.
Cada uno de estos componentes requiere desarrollar diferentes actividades en el orden nacional y local como son: socializaciones, capacitaciones, mesas técnicas, reuniones, sistematización de información, acercamientos bilaterales, articulación interinstitucional, definición de operatividad etc. Estas actividades permiten garantizar que los actores del SRPA y del sector salud se comprometan con el Programa, lo entiendan y estén en la capacidad de implementarlo como parle de sus funciones cotidianas.
Estas actividades exigen gran esfuerzo para la vinculación al Programa de los diferentes actores del sector justicia como jueces, fiscales, defensores públicos, defensores de familia y procuradores, con quienes por tener una alta carga laboral, incluidas las audiencias que les son programadas previamente, se debe adelantar diferentes gestiones para poder capacitarlos en los temas asociados al programa, para generarles interés respecto de las ventajas del Programa, así como para generarles un alto grado de compromiso en su participación en la implementación del Programa.
Por parle de los actores del sector salud, es necesario tener en cuenta que en muchos casos existen barreras al acceso a la salud por lo que el trabajo que se realice con las EPS e IPS es fundamental para garantizar el acceso rápido, oportuno y de calidad de los adolescentes, al tratamiento de su consumo problemático. Las acciones que se realicen con estos actores buscan disminuir los tiempos administrativos y de atención para que sean acordes con los tiempos de los procesos jurídicos. Para lograr esto, es necesario generar articulación y canales eficientes con las EPS e IPS en las exigencias adicionales del Programa como presentación de informes de seguimiento dirigidos a jueces y/o fiscales, participación en mesas de casos o audiencias que permitan el buen funcionamiento del Programa. Estas labores exigen coordinación con el Ministerio de Salud y Protección Social, y la presencia de personal especializado que conozca del Programa para gestionar que se alcancen los objetivos propuestos.
Los territorios que serán intervenidos en el marco del convenio interadministrativo que se aborda en este documento, fueron determinados a partir de criterios objetivos, como es que la implementación y la sostenibilidad del Programa en territorio exigen que el ente territorial destine esfuerzos administrativos, técnicos y económicos para el efecto, pues las actividades que se realizan en el marco de los convenios celebrados entre el Ministerio de Justicia y del Derecho y la E.SE. Hospital Carisma se enfocan a brindar apoyo en los procesos de planeación, alistamiento y acompañamiento para la implementación del programa, más no en las acciones propias de la implementación.
En esa medida, para garantizar que las actividades ejecutadas en territorio en el marco de los convenios celebrados entre el Ministerio de Justicia y del Derecho y la E.SE. Hospital Carisma continúen una vez cuenten los territorios con las capacidades fortalecidas, es necesario que estos entes territoriales asuman el compromiso de la implementación del programa, entre los que se destaca el de garantizar la disponibilidad de recursos financieros para la contratación del personal para el funcionamiento y seguimiento, así como para otros gastos que puedan surgir en la implementación del Programa. En este sentido, de los territorios que han expresado su interés en contar con apoyo del Ministerio de Justicia y del Derecho para la implementación del Programa, en el marco de este convenio se priorizaron los territorios de Bogotá, Valle del Cauca, Caldas y Risaralda para avanzar con ellos en la asistencia técnica para la planeación y alistamiento del Programa.
Es importante mencionar que las acciones que se realizan en el marco de la planeación y alistamiento incluyen las siguientes actividades: sensibilización y socialización del Programa; acompañamiento a los territorios para facilitar la articulación con las EPS e IPS; acompañamiento con los actores del sector justicia y el ente territorial; intercambio de experiencias entre Medellín y los territorios que están en la planeación y alistamiento; y mesa técnica que incluya la simulación de elección de adolescentes que ingresen al Programa.
En el convenio interadministrativo que se aborda en el presente documento, se propende por realizar varias de estas actividades de manera virtual, sin embargo, es necesario que las dos últimas actividades mencionadas se realicen de manera presencial, toda vez que para el caso del intercambio de experiencias los actores de los territorios tienen la posibilidad de conocer el funcionamiento del Programa en la ciudad de Medellín. En este intercambio de experiencias se asiste a audiencias de ingreso y de seguimiento de los adolescentes y a mesas de estudios de casos; y se conoce la oferta social del ente territorial para los adolescentes, así como los modelos de atención de tratamiento de las IPS. Esto se realiza con una metodología presencial que consiste en visitas e intercambio entre pares (juez con juez, fiscal con fiscal etc.), por lo que el impacto de esta actividad está dado por la posibilidad de interacción entre actores lo que permite resolver dudas frente a la operatividad del Programa. Particularmente esta actividad es fundamental para el entendimiento del Programa y su posterior implementación 1m los territorios.
Una vez realizado lo anterior, se realiza una mesa técnica que incluye la simulación de elección de adolescentes que ingresen al Programa. Con esta actividad se garantiza que los conocimientos que se han impartido durante todo el proceso hayan quedado claros y puedan ser aplicados en el territorio.
Así mismo, en el marco de este convenio se avanzará en la asistencia técnica en la implementación a Atlántico, Casanare, Meta y Quindío. Frente a estos territorios, su situación actual es la siguiente: Atlántico y Casanare, gracias a la asistencia técnica realizada en el marco del Convenio Interadministrativo 243 de 2019, ingresaron los primeros adolescentes al Programa. En Meta se viabilizó en mesa de estudios de casos el ingreso de los primeros adolescentes al Programa, a la fecha no se ha realizado la audiencia de legalización del principio de oportunidad para estos adolescentes. En Quindío no han ingresado adolescentes al Programa ni se ha viabilizado su entrada en la Mesa de Estudios de Casos. Para Risaralda, ya se realizaron los primeros acercamientos con los actores del SRPA y se tiene pendiente la realización de la Jornada de Sensibilización y socialización del Programa que está suspendida en el marco del Convenio 243 de 2019.
Como ya se mencionó, las actividades que se planean realizar requieren de articulación con diversos actores territoriales del sector justicia y salud, y como el Programa es una alternativa novedosa en el país, la asistencia técnica requiere trabajo constante con todos estos actores, para sensibilizarlos y comprometerlos frente al Programa, así como para capacitarlos y mostrarles la operatividad del mismo.
Se precisa que en la gestión que se ha adelantado en los diferentes convenios celebrados entre el Ministerio de Justicia y del Derecho y la E.SE Hospital Carisma para la vinculación de los actores del programa en sus diferentes etapas, ésta se ha desarrollado de manera presencial, toda vez que dicha modalidad genera ventajas como acceder con mayor facilidad a dichos actores dada sus apretadas agendas, conocer sus inquietudes frente al programa, así como la generación de compromiso frente a la implementación del mismo, entre otras. Sin embargo, teniendo en cuenta que nos enfrentamos a una situación difícil en virtud de la pandemia del Corona virus COVID-19, y teniendo en cuenta las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional y los gobiernos locales, y las que podrían ser adoptadas en meses posteriores, se considera conveniente que en esta oportunidad, las actividades a desarrollar en el marco del Convenio que se aborda en este documento se realicen de manera virtual.
En este sentido, el Convenio interadministrativo se ejecutará de acuerdo con las siguientes líneas estratégicas y actividades:
1. Asistencia técnica para avanzar en la planeación y alistamiento del Programa de Seguimiento Judicial at Tratamiento de Drogas en el SRPA.
1.1. Realizar gestiones para la sensibilización y socialización del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA Es necesario realizar gestiones que permitan la sensibilización y socialización del Programa en tres territorios:
Bogotá, Valle del Cauca y Caldas. Estas acciones se realizan en coordinación con actores del nivel nacional y de personas de diferentes entidades que están implementando el Programa en la ciudad de Medellín. Para esta actividad, es necesario que se realicen sesiones virtuales que tienen como objetivo brindar conceptos teóricos básicos del Programa, como fundamentos del modelo de Tribunales de Tratamiento de Drogas y cómo se está aplicando en el país, así como sensibilización a los actores sobre el consumo como un problema de salud pública.
1.2. Realizar acompañamiento a los territorios para facilitar el trabajo articulado entre las IPS, EPS y el componente jurídico del Programa.
Considerando que el componente de tratamiento al consumo por parte de los adolescentes es uno de los ejes centrales del Programa y que en muchos casos existen barreras al acceso a la salud; es necesario realizar un trabajo articulado con las Secretarias de Salud territoriales, las EPS e IPS-SPA, con el fin de garantizar un acceso rápido, oportuno y de calidad a los adolescentes al tratamiento. Este trabajo de articulación con IPS' y EPS, se debe realizar de manera continua y por medio de sesiones y reuniones que permitan avanzar en este sentido, las cuales se realizarán de manera virtual.
Estas acciones se realizan en coordinación con el Ministerio de Salud y Protección Social y las Secretarias de Salud territoriales y permiten disminuir los tiempos administrativos y de atención para brindar citas e ingreso al esquema de tratamiento para los adolescentes. Las acciones realizadas en el marco de este proceso son esenciales, considerando que los diferentes actores del SRPA afirman que uno de los problemas fundamentales al que se enfrentan es el acceso a salud para los adolescentes del SRPA.
1.3. Fortalecer el acompañamiento a los territorios para la planeación y alistamiento del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA.
Se realizará acompañamiento virtual para Risaralda, Bogotá, Valle del Cauca y Caldas, por medio de reuniones con las personas que dirigen las diferentes entidades y articulación con todos los actores del SRPA y del ente territorial, con el objetivo de avanzar en el compromiso de los actores frente al Programa. Asimismo, en el marco de esta actividad se asesorará a las gobernaciones y/o alcaldías, así como a los actores que hacen parte del SRPA en aspectos asociados al Programa en temas puntuales según sus necesidades (aspectos jurídicos, de inclusión social, justicia restaurativa u operatividad del Programa).
2. Asistencia técnica para avanzar en la implementación del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA.
2.1. Realizar acompañamiento a los territorios para la implementación del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA.
Teniendo en cuenta que Casanare, Atlántico, Quindío y Meta, están iniciando la fase de implementación, es necesario fortalecer las capacidades de estos departamentos por medio de asistencia técnica y acompañamiento en la implementación del Programa, conforme a las necesidades de los territorios, ya sea en aspectos jurídicos, sanitarios, de inclusión social, justicia restaurativa u operatividad del Programa. De igual manera, es necesario acompañar a los actores territoriales en el proceso de seguimiento a los adolescentes que ingresan al Programa con el fin que la atención que se les brinde sea integral y acorde con los fines del Programa.
En este sentido el acompañamiento en la implementación se hace necesaria, toda vez que la asistencia técnica que ya se les ha brindado ha sido teórica, y en la puesta en práctica de esos conocimientos surgen inconvenientes y dudas; así mismo, es necesario realizar seguimiento a que la implementación se realice con estándares mínimos de atención y acorde con las nociones del Programa. Esta gestión en el convenio se realizará de manera virtual.
3. Implementación de la estrategia de trabajo con las familias de los adolescentes del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA.
Uno de los productos del Convenio Interadministrativo No. 243 de 2019 fue el documento "Estrategia de trabajo con las familias de los adolescentes del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA". Esta estrategia se realizó considerando que el entorno de las familias de los adolescentes que ingresan al Programa es particular: hay consumo problemático de sustancias (que puede ser ocasionado por entornos familiares de riesgo y no de protección); el adolescente ya ha cometido un delito lo que ha generado impacto al interior de su familia; regularmente los adolescentes del SRPA son a normativos y en muchos casos pueden tener patrones de crianza no adecuados. Esto significa que los actores que realicen trabajo con familias en los territorios en el marco del Programa se enfrentarán a una población diferente que necesita un abordaje diferente.
En la misma línea, la intervención y el tratamiento de conflictos familiares en el marco del Programa, debe responder a los enfoques de justicia restaurativa y de justicia terapéutica. Por esta razón, los profesionales que desarrollen la intervención con familias deben actuar con la especificidad que exige el tratamiento de drogas y el SRPA. Esta especial forma de abordar los procesos de tratamiento de conflictos, requiere de unas habilidades específicas que se deben fortalecer y desarrollar, y en este sentido, se debe procurar una práctica y retroalimentación de alta incidencia.
3.1. Implementación de un piloto de la estrategia de trabajo con las familias de los adolescentes del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en la ciudad de Medellín.
Conforme a la necesidad de trabajar con las familias de los adolescentes que ingresan al Programa, se pretende realizar un piloto de la estrategia de trabajo con familias de los adolescentes del Programa en la ciudad de Medellín, considerando que es el lugar en donde se tienen varios casos activos de adolescentes y funciona la Escuela de Padres, que es una iniciativa de la Secretaría de Seguridad de Medellín en el marco del Programa.
Para ello, es necesario realizar un Plan de Acción que contenga la oferta en el tema de familias que existe en el territorio, con el fin de tener un marco inicial de referencia. Este Plan de Acción debe estar acorde con las características del territorio y de las familias, a fin de garantizar la sostenibilidad de las intervenciones y al mismo tiempo ampliar la capacidad de atención y de respuesta integral a un mayor número de familias.
Una vez realizado el Plan de Acción, por medio del e-Iearning se debe realizar un fortalecimiento de habilidades dirigido a los actores que trabajan con las familias de los adolescentes del Programa, con el fin que las personas que realicen las intervenciones familiares tengan unas competencias mínimas. Estas acciones deben estar articuladas y ponerse en práctica en la Escuela de Padres que actualmente opera bajo las directrices de la Secretaría de Seguridad de Medellín. Dicha Escuela es uno de los escenarios ideales para que los actores a los que se les realizará el fortalecimiento de habilidades puedan interactuar con las familias y conocer sus particularidades.
La gestión que se adelante en relación con esta actividad en el presente convenio, se realizará de manera virtual.
3.2. Fortalecimiento de habilidades para la intervención de las familias de los adolescentes del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA.
Una parte fundamental de la Estrategia de trabajo con las familias de los adolescentes del Programa es el fortalecimiento de habilidades que se debe hacer con las personas que realizan intervención con estas familias. Para ello se propone desarrollar un fortalecimiento de actividades en ambientes digitales.
Aprovechando los recursos ofrecidos por la tecnología, se Iniciará con el diseño de contenidos pedagógicos que permitan realizar intervenciones adecuadas con las familias de adolescentes del Programa para mejorar las competencias y habilidades de los profesionales que realizan las intervenciones. Con estos diseños pedagógicos se procederá a traducir dichos contenidos a un ambiente digital (e-learning), como una estrategia de sostenibilidad de las acciones de fortalecimiento de habilidades, a través de la enseñanza virtual.
Por último, en el marco del piloto de la Estrategia (actividad 3.1) se pondrá a disposición el ambiente digital para las personas que realicen las intervenciones con familias de adolescentes del Programa en Medellín, para fortalecer las habilidades de estas personas, así como para garantizar el funcionamiento adecuado del ambiente digital. Este producto quedará a disposición del Ministerio de Justicia y del Derecho para que posteriormente pueda ser usado por otros territorios.
4. Gestión de la Información del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA.
En el desarrollo de las diferentes acciones que se adelantan en el marco del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA se genera información que respalda dicha gestión, la cual es necesario administrar de manera adecuada, en especial, en lo relacionado con la gestión asociada a la Implementación del programa.
A partir de la entrada de nuevos territorios a la Implementación del Programa, se ha identificado la necesidad de fortalecer la gestión de la información del mismo, debido a la cantidad de datos obtenidos hasta el momento como resultado de las acciones ya adelantadas, así como de las acciones que se proyecta adelantar, de tal forma que dicha información pueda ser procesada de manera permanente, de acuerdo con los parámetros específicas que permita atender de manera ágil y veraz las consultas requeridas sobre el programa, por un lado y por otro, para el fortalecimiento de las capacidades de los actores territoriales, de tal forma que se les brinde herramientas que les apoyen en el diligencia miento de información asociada al programa.
4.1. Generar una herramienta en Excel que permita consolidar la información de los adolescentes del Programa.
Al ingresar nuevos territorios en la fase de implementación es necesario que el Ministerio de Justicia y del Derecho cuente con una herramienta en Excel que permita consolidar la información relacionada con los adolescentes que Ingresan al Programa. Esto considerando que, si bien los formatos del Programa se están diligenciando en papel, no se cuenta con la información consolidada en una herramienta que tenga criterios estandarizados y de fácil procesamiento.
Para tal fin se hace necesario que la herramienta de Excel permita la captura, validación y presentación a través de reportes, de la Información contenida en los formatos que actualmente son utilizados. Adicionalmente la herramienta debe disponer de elementos de control como mallas de validación sobre el registro de datos, listas desplegables, filtros, bloqueos de celdas con datos sensibles y otros que sean necesarios para contribuir con la calidad de los datos. De manera complementaria, se debe contar con documentación técnicas suficiente que contenga elementos descriptivos de los datos, entradas, salidas y valores permitidos, que faciliten y orienten a los usuarios sobre el uso de la herramienta. De Igual manera, y teniendo en cuenta que los formatos físicos de Medellín están diligenciados, se requiere de un diagnóstico de la información allí registrada, así como, consolidar dicha información en la herramienta.
4.2. Fortalecimiento de capacidades en el uso de herramientas estandarizadas con las que cuenta el Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA El Programa cuenta con protocolos y formatos estandarizados que fueron socializados en su momento para las personas que implementaban el Programa en la ciudad de Medellín; sin embargo, con los cambios de personal en esa ciudad, se evidencia que algunos de esos formatos no están siendo utilizados. Considerando la relevancia de estas herramientas para facilitar el trabajo de los diferentes actores que intervienen en el Programa como el ente territorial, el sector justicia y el sector salud, se aprovecharán los recursos tecnológicos para capacitar a los actores que implementan el Programa en el uso y diligenciamiento de estos formatos, en su importancia y en técnicas de abordaje para su diligenciamiento en los casos que dé a lugar.
Los contenidos se diseñarán de manera pedagógica para posteriormente traducirlos a un ambiente digital (e-Iearning) como una estrategia de sostenibilidad de las acciones de fortalecimiento de capacidades a través de la enseñanza virtual. Así mismo, el ambiente digital se pondrá a disposición de los actores del Programa en Medellín, para fortalecer las capacidades de estas personas y garantizar el funcionamiento adecuado del ambiente digital. Este producto quedará a disposición del Ministerio de Justicia y del Derecho para que posteriormente pueda ser usado por otros territorios.
4.3. Diseño de línea base del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA.
Considerando que hay territorios que inician con la implementación del Programa, es necesario en el marco de este convenio se seleccione un método para la construcción de una línea base del Programa, para posteriormente realizar el levantamiento de la línea base en los territorios que defina el Comité Técnico Coordinador, con el fin de medir el estado y las condiciones de los adolescentes que ingresan al Programa.
De acuerdo con las líneas estratégicas y actividades anteriormente expuestas, a continuación se realiza un cuadro resumen por cada territorio de lo realizado en los convenios anteriores y el que se está abordando en el presente documento
- Trayectoria ESE Hospital Carisma
La Empresa Social del Estado Centro de Atención y Rehabilitación Integral en Salud Mental de Antioquia - CARISMA - fue creada mediante la Ordenanza de la Asamblea Departamental de Antioquia, No. 43 del 16 de diciembre de 1994, como producto de la transformación del objeto social de la Granja Taller para Enfermos Mentales Crónicos, y recoge desde esa fecha el servicio de farmacodependencia, que desde 1973 se venía prestando en el Hospital Mental de Antioquia.
La Asamblea Departamental de Antioquia mediante la ordenanza 48 de 1995, transforma el objeto de la E.SE Carisma. En su Artículo primero establece: "El Objeto de la ESE será el de la prestación de servicios de salud, como servicio público a cargo del estado o como parte del servicio público de seguridad social con énfasis en los aspectos de prevención, promoción, educación, tratamiento y rehabilitación de la farmacodependencia y/o el alcoholismo y en particular de los menores en situación irregular, que siendo o estando en riesgo de ser adictos hayan cometido infracción a la ley penal y puedan beneficiarse de un tratamiento en medio abierto. Podrá ofrecer los servicios correspondientes al Plan Obligatorio de Salud, desarrollará acciones de fomento de la salud, prevención de enfermedad y de educación a la comunidad de acuerdo a su capacidad de resolución. Se convertirá igualmente en un gran centro para la investigación, la capacitación y el adiestramiento del personal requerido por el personal de la salud y otros, en el campo de la farmacodependencia y/o alcoholismo, para lo cual coordinará sus acciones con otras entidades públicas o privadas. "
En la misma Ordenanza se establece en su artículo 2: "Para el cumplimiento de sus objetivos la ESE Hospital Carisma, coordinará sus programas con la Comisión Nacional de Salud Mental de la Presidencia de la República, con el Ministerio de Salud Pública, con el Ministerio de Justicia, con el Consejo Nacional de Estupefacientes, con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, con la Gobernación de Antioquia, con la Dirección Seccional de Salud de Antioquia y otros organismos y entidades oficiales, semioficiales y privadas que tengan que ver con el problema de la farmacodependencia y/o el alcoholismo, su prevención, tratamiento y rehabilitación ".
Mediante Ordenanza No. 67 de 2013, la Asamblea Departamental de Antioquia define para la entidad el nombre de Empresa Social del Estado - ESE Hospital Carisma. En su estructura interna, la E S.E Hospital Carisma, de acuerdo con su manual de funciones, tiene el área de Proyectos y Mercadeo, cuyo propósito principal es "Desarrollar procesos administrativos, mediante la formulación y coordinación de proyectos para el cumplimiento del objeto social y misional de la entidad, identificando las necesidades esenciales y las expectativas en el mercado, definiendo estrategias para la gestión de la entidad". Dentro de sus funciones se encuentran: "(...) 4. Coordinar y dirigir el desarrollo de estrategias que permitan ampliar el mercado de los servicios ofrecidos por la entidad, 5. Gestionar convenios y contratos interadministrativos con entidades del orden nacional, departamental, municipal y proyectos de cooperación internacional. (...) 10. Coordinar con los responsables de los programas, los planes de actividades, la supervisión, capacitación y suministro de materiales requeridos para el adecuado desarrollo de los proyectos asignados al área. (...) 14. Operativizar los programas, proyectos y actividades insertas en el plan de Acción del comité Departamental de Prevención en Drogas de Antioquia, en cumplimiento de la Ordenanza N. 19 de 2008. (...) 16. Facilitar la realización de investigaciones al interior de la entidad en relación al tema de la salud mental y farmacodependencia. (...)"
La E.S.E Hospital CARISMA, es una institución del orden departamental, que presta servicios especializados para la prevención de la farmacodependencia, la atención integral de las conductas adictivas, y el fortalecimiento de la salud mental. Su labor cuenta con reconocimiento a nivel local, departamental y nacional, realizando procesos de capacitación, investigación, docencia - asistencia y asesoría en el tema de prevención y tratamiento de drogas, a través de un equipo interdisciplinario experto.
Acorde con su misión, la ES.E Hospital CARISMA, ha desarrollado programas en los 125 municipios de Antioquia, así como en otros territorios del nivel nacional, mediante diferentes proyectos y convenios en los frentes de prevención, mitigación, superación y capacidad de respuesta, acorde con los lineamientos nacionales.
El diseño y desarrollo de los componentes de prevención e intervención, se realiza desde metodologías basadas en la evidencia, integrando estándares de calidad que respaldan cada una de las acciones de promoción de la salud mental, habilidades para la vida, prevención e intervención del consumo de sustancias psicoactivas en diferentes ámbitos como el educativo, comunitario, familiar, organizacional, entre otros.
Proyectos ejecutados por la ESE Hospital CARISMA en el ámbito nacional:
A nivel nacional, la ESE Hospital CARISMA ha desarrollado proyectos en salud mental y farmacodependencia, a través de líneas de orientación, construcción de guías para el tratamiento con metadona en usuarios consumidores de heroína, aula virtual de capacitación en herramientas tecnológicas para procesos de reinserción social para usuarios en proceso de superación del consumo de sustancias psicoactivas, desarrollo de sede especializada para la dispensación de meta dona, actividades de promoción, prevención y atención a la población privada de la libertad en convenios con el INPEC, y el diseño, pilotaje e implementación del Modelo de Atención en Salud para el Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente con Énfasis en Salud Mental y Consumo de Sustancias Psicoactivas en Medellín y otros territorios, en convenio con el Misterio de Justicia y el Derecho. Adicional a lo anterior, la ESE Hospital Carisma en el año 2016, participo en el concurso de buenas prácticas en iniciativas de prevención y tratamiento del consumo de drogas, el cual fue liderado por el Proyecto de Apoyo a la Reducción de la Demanda de Drogas Ilícitas en la Comunidad Andina (PREDEM) en coordinación con el Ministerio de Justicia y de Derecho, el Ministerio de Salud y Protección Social y la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC). El Programa de Mantenimiento con Metadona fue la iniciativa que cumplió con los criterios de evaluación y fue de las mejores valoradas por el comité interinstitucional de selección.
En el ámbito departamental:
En el departamento de Antioquia la ESE Hospital CARISMA, ha acompañado a través del Comité Departamental de Prevención en Drogas de Antioquia (estrategia creada por Ordenanza Departamental) procesos de atención en salud mental a población desplazada, semanas pedagógicas de prevención de consumo de sustancias psicoactivas en municipios priorizados del departamento, atención a víctimas de la violencia, promoción de la salud mental con población indígena, conformación y capacitación en equipos básicos de salud mental, atención profesional en centros zonales del ICBF, desarrollo de encuentros subregionales para la prevención, y participación en la construcción del Plan Departamental de Prevención de Drogas e implementación de la Política Nacional para la Reducción del Consumo de Sustancias Psicoactivas y su Impacto, mediante sus principales estrategias: Habilidades para la Vida, Espacios Libres de Humo y Pactos por la Vida, entre otros.
En el ámbito municipal:
En el Municipio de Medellín, se han implementado proyectos de prevención de consumo de sustancias psicoactivas, en los frentes individual, familiar y comunitario, mediante estrategias como Prevención del Primer Consumo de Sustancias Psicoactivas (enfocado en población infantil y adolescente), Cine y Salud Mental, y Familias Preventivas, Propuesta Para el Fortalecimiento de la Estrategia Atención Primaria en Salud "APS", desarrollada en el Marco del Plan Decenal De Salud Pública-2019. Igualmente, desde la ESE Hospital Carisma, se ha fortalecido el componente de prevención de consumo en estrategias como Escuelas y Colegios Saludables en Salud Mental, Atención al Habitante de Calle Adulto y Habitante de Calle con Discapacidad física y/o Enfermedad mental.
En el ámbito organizacional se han desarrollado convenios en salud mental y prevención e intervención de la conducta adictiva, con empresas como EPM a través de la ARL Colmena, ARL Colpatria, Procopal, Colegio La Salle, Colegio Colombo Británico, Fábrica de Licores y Alcoholes de Antioquia, ITM, Universidad Pontificia Bolivariana, entre otros.
En el área de investigación:
La E SE Hospital Carisma hizo parte de Treat net - Red Internacional de Centros de recursos para tratamiento y rehabilitación de la farmacodependencia para la Oficina de las Naciones Unidas Contra las Drogas y el Delito - UNODC, permitiendo validar a nivel internacional el modelo de tratamiento, además de capacitar profesionales y replicar conocimientos en otros departamentos y fuera del país.
Otras alianzas investigativas han sido desarrolladas en convenio con instituciones universitarias, así como estudios a nivel departamental para el análisis de las prevalencias del consumo de sustancias psicoactivas en jóvenes escolares (años 2003,2007,2011,2017), "Prevalencia de Consumo, Riesgo de Adicción a Consumo de Sustancias Psicoactivas y Afición a Juegos de Azar en Estudiantes Universitarios del Valle de Aburra" (año 2009) y "Prevalencia del Consumo de Sustancias Psicoactivas-Encuesta Hogares" (año 2011), Líneas Base en Salud Mental para el Departamento de Antioquia (año 2009), "Diagnóstico y Caracterización del Primer Consumo de Sustancias Psicoactivas en los barrios la Isla y Santa Cruz del Municipio de Medellín" (año 2013), participación en el proyecto de investigación "Desarrollo y Validación de un Índice de Medida para la Evaluación de la Efectividad del Tratamiento a la Dependencia de Drogas y/o Alcohol" (año 2013), "Caracterización del Habitante de Calle Adulto" (año 2015), Encuesta de Escolares del Departamento de Antioquia - 2017, Caracterización sobre el Consumo de Sustancias Psicoactivas en Población General - Municipio de Sabaneta - 2018; al igual que la planeación y desarrollo de congresos, seminarios y eventos académicos a nivel municipal, departamental, nacional e internacional, permitiendo la formación y cualificación de los participantes, bajo estándares internacionales de investigación y calidad.
Otro de los frentes que ha permitido el posicionamiento institucional es el de diseño y producción de material educativo interactivo, multimedia, campañas BTL (Below The Line), programas de televisión, radiales y vía web, así como la construcción y publicación de manuales, guías, protocolos para la promoción de la salud mental y la prevención e intervención de las conductas adictivas.
En el área de tratamiento:
La E S.E. Hospital Carisma continúa su posicionamiento a nivel nacional, por su modelo de atención y con una credibilidad lograda por su trayectoria, experiencia y lineamientos científicos y humanos para el abordaje de las adicciones. Se destaca el programa de atención a pacientes dependientes a la heroína, el cual es pionero en el país y desarrollado con estándares internacionales técnico asistenciales y de calidad.
La cobertura de los servicios ha sido y seguirá siendo un reto debido a los altos índices de consumo de sustancias psicoactivas en la región y en el país; sin embargo, el aumento de cupos y el funcionamiento de una sede alterna para el suministro de medicamentos de los usuarios del programa con meta dona, así como el funcionamiento del Área de Proyectos y Mercadeo, han permitido mejorar la oportunidad que ofrece el Gobierno Departamental para la atención de personas con problemas de adicción con o sin enfermedad mental asociada.
El desarrollo de estos pilares de la misión y visión institucionales, han permitido el aumento de recurso humano, la realización de adecuaciones en la infraestructura física y un intenso trabajo en la actualización, ajuste y creación de nuevos procesos, permitiendo la prestación de servicios con calidad, eficiencia y soporte científico y ético.
A continuación se reseñan los proyectos operados por la E.SE Hospital Carisma:
- Justificación ESE Hospital Carisma
Como se ha mencionado, la ESE Hospital Carisma ha establecido alianzas estratégicas con diferentes instituciones del orden departamental y nacional, lo que ha posibilitado el desarrollo óptimo de acciones a favor de diferentes poblaciones. Muchas de estas acciones implican el despliegue operativo, logístico y estratégico para llegar a territorios y/o departamentos remotos o con limitadas condiciones, lo que ha llevado a potencializar sus competencias institucionales como son el análisis de futuros imprevistos y la maniobrabilidad de los mismos, para dar cumplimiento a los objetivos planteados en los proyectos a cargo del Hospital. De igual manera, la E SE Hospital Carisma cuenta con recursos logísticos y respaldo financiero, lo que permite que los procesos de contratación sean más ágiles. Esta fortaleza y credibilidad financiera ha facilitado que las entidades y/o instituciones que requieren servicios y/o productos realicen sus proyectos con la ESE Hospital Carisma. así mismo, teniendo en cuenta que la ESE Hospital Carisma ha desarrollado diversas acciones fuera del departamento de Antioquia, se cuenta con una base de datos o caracterización de diferentes servicios en los diferentes departamentos, los cuales cumplen con las políticas y los valores institucionales, como son transparencia, calidad, oportunidad y precio justo.
Como ya se mencionó, en el 2016 con la realización del estudio de viabilidad de la aplicación del modelo de Tribunales de Tratamiento de Drogas en el SRPA, se planteó la necesidad de realizar una prueba piloto del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA, para ello se consideraron tres posibles ciudades: Barranquilla, Armenia y Medellín. Estas ciudades se tuvieron en cuenta por los siguientes factores: su problemática marcada en consumo de drogas en adolescentes, su entorno favorable en términos de oferta de tratamiento para el consumo, coordinación entre los diferentes actores del SRPA y oferta de programas de inclusión social. Después de realizar entrevistas con funcionarios judiciales y revisar la oferta de servicios de tratamiento y de inclusión social de estas ciudades, se tomó la decisión de hacer el piloto en la ciudad de Medellín por factores como la disponibilidad y familiaridad de los operadores judiciales con las exigencias jurídicas de los Tribunales de Tratamiento de Drogas, la fortaleza de la oferta institucional frente al tratamiento de adicciones con la que contaba la ciudad, la problemática de consumo presentada entre los adolescentes del SRPA y el número de ingresos de adolescentes al SRPA.
Una vez definido el territorio, en este caso la ciudad de Medellín, para realizar la prueba piloto, se requería contar con un socio estratégico del sector salud con reconocimiento, credibilidad y trayectoria en esa ciudad. Particularmente una institución especializada en el tratamiento y rehabilitación de pacientes con consumos problemáticos de drogas, que brinde tratamientos integrales a la drogadicción bajo los estándares más altos de calidad médica y que con la infraestructura tecnológica avanzada para los efectos del Programa.
Al realizar el análisis de las entidades prestadora de este tipo de servicios en la ciudad de Medellín, se encontró que la E SE. Hospital Carisma cuenta con un equipo de médicos generales y especialistas en psiquiatría toxicología farmacodependencia, profesionales en trabajo social y psicología, entre otras disciplinas, así mismo, se tuvo en cuenta la experiencia por pacientes atendidos, que de acuerdo con la información del Sistema único de Indicadores sobre Consumo de Sustancias Psicoactivas, entre los años 2012 y 2016 la ESE Hospital Carisma atendió 1361 pacientes con problemas de consumo de SPA, siendo la entidad en Antioquia que más pacientes atendió en ese tiempo. Por otra parte, se tuvo en cuenta que la ESE Hospital CARISMA había ejecutado proyectos a nivel nacional con el Ministerio de Salud y Protección Social, el INPEC y las Fuerzas Armadas de Colombia. Por las razones expuestas, en el 2016 se consideró que la entidad tenía reconocida idoneidad, capacidad técnica, administrativa y financiera para realizar el objeto del convenio Desde ese momento, las experiencias y el aprendizaje adquirido en el marco del Programa han sido fundamentales para su fortalecimiento, razón por la cual, para el desarrollo de las líneas estratégicas y actividades necesarias para la consolidación del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA, la Dirección de Política de Drogas y Actividades Relacionadas - Subdirección Estratégica y de Análisis, considera conveniente la celebración de un Convenio Interadministrativo con la E SE Hospital Carisma, por tratarse de un aliado estratégico, debido al conocimiento que tiene en las materias objeto del convenio, así como por las acciones que viene adelantando con el Ministerio de Justicia y del Derecho desde el año 2016.
Adicional, debido a la larga experiencia en proyectos de carácter nacional y territorial, además de los conocimientos técnicos especializados en el área de salud y tratamiento de adicciones y que cuenta con personal especializado, se considera que la ESE Hospital Carisma es la institución pública idónea para el desarrollo de las actividades que se prevé desarrollar en el convenio interadministrativo, toda vez que como se expuso ampliamente en este documento, esta institución se encuentra suficientemente calificada.
Teniendo en cuenta el conocimiento técnico especifico del Ministerio de Justicia y del Derecho en lo concerniente a los procedimientos judiciales, articulación interinstitucional y criminalidad asociada a las drogas, y el conocimiento específico y la capacidad de la E SE Hospital Carisma para brindar apoyo en aspectos de carácter sanitario, tratamiento clínico al consumo problemático de drogas y de inclusión social; se considera conveniente y procedente llevar a cabo un convenio interadministrativo que permita complementar los conocimientos específicas de las dos entidades para operar de manera integral todas las actividades enunciadas.
De esta manera, para el desarrollo de las actividades prevista en el convenio que se aborda en este documento, se pretende aprovechar los conocimientos adquiridos por el Ministerio de Justicia y del Derecho y la E SE Hospital Carisma, que permitan optimizar los tiempos de ejecución contractual en las actividades que se requieren, teniendo en cuenta la curva de aprendizaje conjuntamente construida para lograr los objetivos del programa de manera adecuada y oportuna, que no se obtendrían en el caso de iniciar el proceso con una nueva institución. De igual manera, es necesario resaltar que los actores del SRPA, de las IPS y del ente territorial que se encuentran en Medellín conocen a profundidad el Programa y son quienes han ayudado a construir el modelo del mismo; de esta manera, han sido parte fundamental de la asistencia técnica que se brinda al resto de territorios y en el marco de este convenio, son protagonistas de algunas de las actividades que se realizarán, por lo que contar con un socio estratégico ubicado en Medellín, facilita las acciones con estos actores porque ya se ha trabajado previamente con ellos.
En esta misma línea, cabe resaltar que el programa se realiza mediante una metodología por fases: alistamiento, implementación, seguimiento y evaluación, con algunos territorios, ya se ha iniciado el trabajo de gestión de implementación del Programa, por lo que técnicamente no es procedente iniciar un trabajo con otra entidad, hasta tanto no finalicen todas las fases mencionadas, por los reprocesos que puede involucrarse y la aceptación de una nueva institución en el programa en curso.
Así mismo, se busca aprovechar los aprendizajes obtenidos por el Ministerio de Justicia y del Derecho y la E SE Hospital Carisma, con la ejecución de los convenios interadministrativos No. 359 de 2016, No. 359 de 2017 y No. 243 de 2019, para a partir de ellos, continuar construyendo de manera conjunta acciones asociadas al Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el SRPA, y aún más importante aprovechar las experiencias conjuntas en lo jurídico y sanitario, que permitan ofrecer una solución real a los infractores del SRPA, desde un enfoque de salud pública, pero también desde un tratamiento penal diferenciado. En este sentido y considerando la importancia de dar continuidad, perfeccionar y ampliar el Programa, y aprovechando la experiencia, aprendizajes y productos conjuntos realizados entre las dos entidades, se considera necesario dar continuidad al proceso y realizar un nuevo Convenio con la E SE. Hospital Carisma como entidad especializada e idónea para el desarrollo de las actividades enunciadas.
Es importante resaltar que de acuerdo con la Resolución 1342 de 2019 del Ministerio de Salud y Protección Social, por la cual se efectúa la categorización del riesgo de las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial para la vigencia 2019, se categoriza a la ESE Hospital Carisma "sin riesgo".
Planeación ejecución actividades del convenio Por la relevancia que tienen los resultados que se pretende obtener con la ejecución de las actividades previstas en el Convenio Interadministrativo que se aborda en este documento, tanto para el Ministerio de Justicia y del Derecho, así como para la E.SE Hospital Carisma y considerando la situación actual relacionada con la pandemia por el corona virus COVID-19 que atraviesa el país y las medidas adoptadas por el Agobiemos Nacional o gobiernos territoriales para hacerle frente a la misma, el desarrollo de las actividades previstas en el convenio fueron planeadas para ser realizadas de manera virtual.
Fondo para la Lucha contra las Drogas Finalmente, se precisa que el Decreto 1427 de 2011 en sus articulas 29, 30 Y 31, establece que los recursos del Fondo para la Lucha Contra las Drogas, provenientes de cooperación internacional, recursos públicos asignados por la ley y destinados a la realización de su objeto, y los demás que a cualquier título se reciban, tendrán destinación exclusiva para promover y financiar los planes y programas que se adelanten en materia de fortalecimiento y promoción del Sistema de Justicia y la Lucha Antidrogas, a través de diferentes organismos del Estado. La administración del Fondo y la ordenación del gasto competen al Ministerio de Justicia y del Derecho.
El Programa "Fortalecimiento y promoción del sistema de justicia y la lucha antidroga para la vigencia 2020", financiado con recursos del Fondo para la Lucha contra las Drogas, establece en su actividad 6 "Fortalecer las capacidades locales en municipios y poblaciones focalizadas", subactividad 6.6 "Implementar el programa de alternativas al encarcelamiento (i.e., tribunales de tratamiento de drogas)". En esa medida, la gestión que se pretende adelantar en el marco del convenio interadministrativo que se soporta en este documento, está asociada a la actividad y subactividad antes enunciadas, razón por lo cual el convenio será cubierto con recursos del Fondo para la Lucha contra las Drogas.
Se precisa que el objeto del convenio interadministrativo y cada una de las actividades que se pretenden ejecutar en desa"ollo del mismo se enmarcan en las funciones legales encomendadas a la Subdirección Estratégica y de Análisis de la Dirección de Política de Drogas del Ministerio de Justicia y del Derecho, siendo necesaria su ejecución con el fin de alcanzar los cometidos estatales previstos en las materias que aborda el convenio. En esa medida, el fortalecimiento de las capacidades a los territorios y la asistencia técnica que se requiere brindar, requieren de recursos humanos y financieros que permitan al Ministerio el cumplimiento de su misionalidad, gestión que exige el desa"ollo de actividades en los territorios que abordará el convenio, esto es, en los departamentos de Casanare, Quindío, Meta, Atlántico, Risaralda, Caldas, Valle del Cauca y las ciudades de Medellín y Bogotá. En esa medida, los recursos asignados al convenio son coherentes con los conceptos que se requiere cubrir conforme las actividades que serán desarrolladas.
Plan anual de adquisiciones 2020 La contratación que se aborda en el presente documento se encuentra prevista en el Plan anual de Adquisiciones del Ministerio de Justicia y del Derecho de la vigencia 2020"
Que el artículo 2.2.1.2.1.4.4., del Decreto 1082 de 2015, establece que: "Convenios o contratos administrativos: La modalidad de selección para la contratación entre Entidades Públicas es la contratación directa; y en consecuencia le es aplicable lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del presente decreto".
Que el valor del convenio corresponderá a la suma de SETECIENTOS NOVENTA MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL SEISCIENTOS NOVENTA PESOS ($790.150.690, 00) M.L., discriminados así:
- Aporte del Ministerio de Justicia y del Derecho: El Ministerio de Justicia y del Derecho aportará la suma de SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS ($600.000.000, 00) M.L, con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 11920 del6 de mayo de 2020. Unidad Ejecutora 12-01-01-002 MJD-FONDO LUCHA CONTRA LAS DROGAS, Rubro Presupuestal A-03-03-01-028 FONDO PARA LA LUCHA CONTRA LAS DROGAS, Recurso 10, por valor de SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS ($600.000.000,00)M.L., expedido por el Grupo de Gestión Financiera y Contable del Ministerio de Justicia y del Derecho para la vigencia 2020, el cual se afectará en su totalidad; y
- Aporte de la E.S.E. HOSPITAL CARISMA: La E.S.E. Hospital Carisma aportará en especie la suma de CIENTO NOVENTA MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL SEISCIENTOS NOVENTA PESOS ($190.150.690, 00) M.L. la E.S.E. CARISMA ejecutará de manera directa sus aportes.
Que de conformidad con el artículo el literal c) numeral 4 del artículo 2° de la Ley 1150 de 2007 modificado por los artículos 92 y 95 de la Ley 1474 de 2011, Y el artículo 2.2.1.2.1.4.4., del Decreto 1082 de 2015, es posible suscribir el presente convenio interadministrativo, de forma directa, como quiera que el objeto del mismo guarda directa relación con el objeto de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL CARISMA.
Que de conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.4.5 del Decreto No. 1082 de 2015, la exigencia de la garantía única no es obligatoria en los convenios interadministrativos.
Que de acuerdo con el inciso segundo del artículo 40 de la ley 80 de 1993 "Las entidades podrán celebrar los contratos y acuerdos que permitan la autonomía de la voluntad y requieran el cumplimiento de los fines estatales".
Que en sesión del 8 de junio de 2020, el Comité de contratación del Ministerio de Justicia y del Derecho recomendó a la ordenadora del gasto la contratación objeto de justificación a través del presente acto.
En consideración a lo anterior,
RESUELVE:
Artículo primero.
- Justificar la celebración, mediante el mecanismo de la contratación directa, de un Convenio Interadministrativo con la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL CARISMA, cuyo objeto es: "Gestionar la planeación y alistamiento del Programa de Seguimiento Judicial al Tratamiento de Drogas en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) en Bogotá, Valle del Cauca, Risaralda y Caldas; acompañar la implementación del Programa en Casanare, Meta, Atlántico y Quindío; y realizar un piloto de la estrategia de trabajo con las familias de los adolescentes en el marco del Programa, en la ciudad de Medellín ."
Artículo segundo.
- El valor del convenio, cuya celebración se justifica en el presente acto, es de SETECIENTOS NOVENTA MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL SEISCIENTOS NOVENTA PESOS ($790.150.690, 00) M.L., discriminados así:
- Aporte del Ministerio de Justicia y del Derecho: El Ministerio de Justicia y del Derecho aportará la suma de SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS ($600.000.000,00)M.L, con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 11920 del 6 de mayo de 2020, Unidad Ejecutora 12-01-01-002 MJD- FONDO LUCHA CONTRA LAS DROGAS, Rubro Presupuestal A-03-03-01-028 FONDO PARA LA LUCHA CONTRA LAS DROGAS, Recurso 10, por valor de SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS ($600.000.000,00)M.L., expedido por el Grupo de Gestión Financiera y Contable del Ministerio de Justicia y del Derecho para la vigencia 2020, el cual se afectará en su totalidad; y
- Aporte de la E.S.E. HOSPITAL CARISMA: La E.S.E. Hospital Carisma aportará en especie la suma de CIENTO NOVENTA MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL SEISCIENTOS NOVENTA PESOS ($190.150.690, 00) M.L. la E.S.E. CARISMA ejecutará de manera directa sus aportes.
Parágrafo.
- El cubrimiento económico de las actividades del Convenio, se realizará de acuerdo con lo establecido en el siguiente cuadro y en el Anexo -Presupuesto detallado, del presente documento.
El Comité Técnico Coordinador podrá ajustar los valores señalados en el cuadro anterior, cuando sea necesario para garantizar los propósitos perseguidos con el presente convenio, esto es, para el desarrollo de las líneas estratégicas, actividades y productos en él previstos, sin que en ningún caso se pueda superar el valor total de los aportes de cada una de las partes en el Convenio. La justificación de la modificación deberá quedar consagrada en el acta de la sesión en que el comité adoptó tal decisión y ésta deberá ser previa a la ejecución de los recursos.
Artículo tercero.
- Que los estudios y documentos previos se podrán consultar en el Grupo de Gestión Contractual de la entidad, ubicado en la Calle 53 No . 13-27 de esta ciudad y en la plataforma Secop II.
Artículo cuarto.
- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, contra el presente acto no procede recurso alguno .
Artículo quinto.
- El presente acto administrativo de justificación rige a partir de la fecha de su publicación .
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los 23 JUNIO DE 2020 NASLLY RAQUEL RAMOS CAMACHO Secretaria General
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