Jurismart

RESOLUCION 1257 de 2020

“Por medio de la cual se justifica la celebración de un Anexo de Ejecución derivado del Convenio Interadministrativo Marco de Cooperación No 263 de 2020, suscrito entre LA NACION - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO y LA ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - ESAP”

Tipo
RESOLUCION
Número
1257
Año
2020
Entidad
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

LA SECRETARIA GENERAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO En ejercicio de sus funciones, en especial las conferidas en las leyes 80 de 1993, 1150 del 2007 y la Resolución 003 de 2011 modificada por la Resolución No 0065 del 30 de enero de 2013

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 113 establece que: Los diferentes órganos del Estado tiene funciones separadas, pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines”.
Que, a su vez, la Ley 489 de 1998, “Por la cual se dictan normas sobre la organización y el funcionamiento de las entidades del orden nacional, consagra en su artículo 6° que: “En virtud del principio de coordinación y colaboración, las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales. En consecuencia, prestarán su colaboración a las demás entidades para facilitar el ejercicio de sus funciones y se abstendrán de impedir o estorbar su cumplimiento por los órganos, dependencias, organismos y entidades titulares”.
Que igualmente, el artículo 95 de la Ley 489 de 1998, faculta a las entidades públicas para “asociarse con el fin de cooperar en el cumplimiento de funciones administrativas o de prestar conjuntamente servicios que se hallen a su cargo, mediante la celebración de convenios interadministrativos o la conformación de personas jurídicas sin ánimo de lucro”.
Que el artículo 2° numeral 4, literal g) de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 92 de la Ley 1474 de 2011, faculta a las entidades públicas a celebrar contratos interadministrativos como causal de contratación directa, siempre que las obligaciones derivadas del mismo tengan relación directa con el objeto de la entidad ejecutora señalado en la ley o en sus reglamentos.
Que mediante memorando MJD-MEM20-0004240-DJT-3100 de 7 de julio de 2020, la Directora de Justicia Transicional del Ministerio de Justicia y del Derecho, solicitó la suscripción de un Anexo de ejecución derivado del Convenio Interadministrativo Marco de Cooperación No. 263 de 2020, para lo cual remitieron los correspondientes estudios y documentos previos que soportan la necesidad correspondiente.
Que la Directora de Justicia Transicional del Ministerio de Justicia y del Derecho, en los estudios y documentos previos describe detalladamente la justificación de la necesidad de la celebración de un Anexo de ejecución derivado del convenio interadministrativo marco cooperación No 263 de 2020, con la Escuela Superior de Administración Publica – ESAP, con el objeto de “Aunar esfuerzos de cooperación técnica entre el Ministerio de Justicia y del Derecho y la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), para el desarrollo de un diplomado virtual sobre mecanismos de justicia transicional y protección de los derechos de las víctimas en el acceso a la justicia”.
Que el valor del Anexo de ejecución del Convenio interadministrativo Marco de Cooperación No 263 de 2020, será por la suma de TRESCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL PESOS ($371.930.000) M.L. discriminados así: a) Aporte del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO: El Ministerio de Justicia y del Derecho aportará al presente Convenio interadministrativo la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL PESOS M.L ($354. 430.000), en dinero. b) Aporte de la Escuela Superior de Administración Pública – ESAP-: Realizará un aporte en especie por la suma de DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M.L ($17. 500.000), en especie, representado en recursos técnico y humano con experiencia especializada para adelantar las actividades que demanda el convenio.
Que los compromisos adquiridos por Ministerio de Justicia y del Derecho con ocasión del Anexo de ejecución derivado del Convenio Interadministrativo Marco de Cooperación No 263 de 2020, se respaldarán presupuestalmente, así: TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL PESOS M.L ($354.770.000) con cargo al presupuesto del MINISTERIO amparado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 46320 del 21 de julio de 2020, Unidad Ejecutora 12-01-01-000 Gestión General, Rubro Presupuestal C-1204-0800-4-0-1204009-02 ADQUISION DE BIENES Y SERVICIOS – SERVICIO DE EDUCACION INFORMAL EN TEMAS DE JUSTICIA TRANSICIONAL – PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LAS VICTIMAS EN EL ACCESO A LOS MECANISMOS DE JUSTICIA TRANSICIONAL, NACIONAL, recurso 11, expedido por el Grupo de Gestión Financiera y Contable del Ministerio de Justicia y del Derecho, el cual se afectará hasta por la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL PESOS M.L ($354.430.000).

Que de conformidad con el literal c) numeral 4 del artículo 2° de la Ley 1150 de 2007 modificado por los artículos 92 y 95 de la Ley 1474 de 2011y el artículo 2.2.1.2.1.4.4 del Decreto 1082 de 2015, es posible suscribir el Anexo de ejecución derivado del Convenio interadministrativo marco Cooperación No 263 de 2020, como quiera que el objeto del mismo guarda directa relación con el objeto de la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA – ESAP, y del mencionado convenio marco del cual se deriva.
Que de acuerdo con el inciso segundo del artículo 40 de la Ley 80 de 1993 “Las entidades podrán celebrar los contratos y acuerdos que permitan la autonomía de la voluntad y requieran el cumplimiento de los fines estatales”.

En consideración a lo anterior,

RESUELVE:

Artículo primero.

Justificar la celebración de un Anexo de Ejecución derivado del Convenio Interadministrativo Marco de Cooperación No 263 de 2020 con la ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA – ESAP, cuyo objeto es “ Aunar esfuerzos de cooperación técnica entre el Ministerio de Justicia y del Derecho y la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), para el desarrollo de un diplomado virtual sobre mecanismos de justicia transicional y protección de los derechos de las víctimas en el acceso a la justicia”.

Artículo segundo.

El valor del Anexo de ejecución derivado del Convenio Interadministrativo Marco de Cooperación No 263 de 2020, será por la suma de TRESCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL PESOS ($371.930.000) M.L., discriminados así: a) Aporte del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO: El Ministerio de Justicia y del Derecho aportará al Convenio interadministrativo la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL PESOS M.L ($354.430.000), en dinero. b) Aporte de Escuela Superior de Administración Pública – ESAP: Realizará un aporte en especie por la suma de DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M.L ($17.500.000) representado en recurso técnico y humano con experiencia especializada para adelantar las actividades que demanda el convenio.

Artículo tercero.

El valor de los aportes realizados al Anexo de ejecución derivado del Convenio Interadministrativo Marco de Cooperación No 263 de 2020, se hará con cargo al presupuesto del Ministerio de Justicia y del Derecho, así: con cargo al presupuesto del MINISTERIO amparado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 46320 del 21 de julio de 2020, Unidad Ejecutora 12-01-01-000 Gestión General, Rubro Presupuestal C-1204-0800-4-0-1204009-02 ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS – SERVICIO DE EDUCACIÓN INFORMAL EN TEMAS DE JUSTICIA TRANSICIONAL – PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS VICTIMAS EN EL ACCESO A LOS MECANISMOS DE JUSTICIA TRANSICIONAL, NACIONAL., recurso 11, expedido por el Grupo de Gestión Financiera y Contable del Ministerio de Justicia y del Derecho, el cual se afectará hasta por la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL PESOS M.L. ($354.430.000).

Artículo cuarto.

Los estudios y documentos previos se podrán consultar en el Grupo de Gestión Contractual de la entidad, ubicado en la Calle 53 No 13-27 de esta ciudad y en el Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP II - www.colombiacompra.gov.co.

Artículo quinto.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, contra el presente acto no procede recurso alguno.

Artículo sexto.

El presente acto administrativo de justificación rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dada en Bogotá, D.C, a los 14 Agosto de 2020 NASLLY RAQUEL RAMOS CAMACHO Secretaria General

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar