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RESOLUCION 782 de 2021

Por la cual se modifica el artículo 9 de la Resolución 1734 de 2020 en el sentido de prorrogar el plazo de depuración y validación de la información de afiliados al Sistema General de Pensiones y de la puesta en operación de sus funcionalidades a través del SAT

Tipo
RESOLUCION
Número
782
Año
2021
Entidad
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, y en especial las conferidas en el artículo 2.1.2.1 del Decreto 780 de 2016 y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución 1734 de 2020, se definieron las condiciones generales para la operación del Sistema General de Pensiones en el Sistema de Afiliación Transaccional - SAT y en su artículo 9, modificado por el artículo 1 de la Resolución 293 de 2021, se establecieron los plazos para adelantar los pilotos de prueba con las administradoras de pensiones, con el fin de validar y depurar la información de los afiliados al Sistema General de Pensiones que reposa en el Registro Único de Afiliados - RUAF, para su incorporación en el SAT.

Que la Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicación de este Ministerio, evidenció la necesidad de definir de manera previa estándares de interoperabilidad y mallas de validación para el intercambio de información entre en el Registro Único de Afiliados - RUAF y el Sistema de Afiliación Transaccional - SAT, por lo cual se requiere prorrogar el plazo de depuración y validación de la información de afiliados al Sistema General de Pensiones y por consiguiente el término previsto para la puesta en operación de sus funcionalidades en el SAT, en consecuencia, se modificará la Resolución 1734 de 2020.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVEN:

Artículo 1.

Modifíquese el artículo 9 de la Resolución 1734 de 2020, el cual quedara así:

"Artículo 9. Puesta en operación de las funcionalidades del Sistema General de Pensiones a través del SAT. Desde el segundo semestre del año 2021 se adelantará el proceso de validación y depuración de la información de afiliados del Sistema General de Pensiones que reposa en el Registro Único de Afiliados - RUAF para su incorporación en el SAT y una vez incorporada dicha información entrarán en operación, de manera gradual, las funcionalidades establecidas en el artículo 7 de la presente resolución, en los términos y estructura de datos establecida por el Ministerio de Salud y Protección Social."

Artículo 2.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 9 de la Resolución 1734 de 2020, modificado por la Resolución 293 de 2021.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C. a los 4 JUNIO 2021 FERNANDO RUÍZ GÓMEZ Ministro de Salud y Protección Social ANGEL CUSTODIO CABRERA BÁEZ Ministro del Trabajo

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