RESOLUCION 724 de 2021
“Por la cual se modifica la Resolución No. 000634 de 3 de mayo de 2021 y se ordena la apertura del proceso de Concurso de Méritos No. CMA-10-2021”
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 724
- Año
- 2021
- Entidad
- MINISTERIO DEL DEPORTE
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DEL DEPORTE En uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en Ley 1967 de 2019 en concordancia con el literal f del articulo 61 y 65 de la Ley 489 de 1998, artículo 11 de la Ley 80 de 1993, Resolución No. 002013 del 30 de octubre de 2019 y
CONSIDERANDO:
El Ministerio del Deporte, en su función de velar por la adecuada inversión de sus recursos y propender por un adecuado seguimiento a la ejecución de contratos y convenios publicó en proyecto de pliegos un proceso de selección de contratistas que permita contar con la interventoría para la ejecución del proyecto presentado por el Municipio de Distrito Riohacha para el mejoramiento de la infraestructura del estadio Federico Serrano Soto en el Departamento de La Guajira correspondiente al Convenio Interadministrativo No 1251 de 2017.
Así las cosas, con el fin de satisfacer esta necesidad de seguimiento y control especializado en todas las actividades a cargo de los contratistas de obra para la ejecución de proyectos de inversión en infraestructura deportiva financiados con recursos de la Nación, se inició el proceso de selección de contratistas en la modalidad de concurso de méritos abierto, que permita la ejecución de un contrato cuyo objeto será la ”INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, PRESUPUESTAL, AMBIENTAL Y JURÍDICA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL ESTADIO FEDERICO SERRANO SOTO EN EL DISTRITO DE RIOHACHA, EN EL DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA. CORRESPONDIENTE AL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO N°1251 DE 2020.”
Que el proyecto de pliego de condiciones fue publicado por la entidad a través de la plataforma SECOP II el día 20 de abril de 2021.
Que durante la publicación del proyecto de pliego de condiciones se recibieron observaciones, las cuales fueron atendidas mediante documento publicado en Plataforma SECOP II el 03 de mayo de 2021.
Que atendiendo las observaciones presentadas a través de la Plataforma SECOP II, la Resolución No. 000676 de 13 de mayo de 2021, ordenó el Saneamiento del Proceso, por lo cual, se Modifica la Resolución No. 000634 de 3 de mayo de 2021 en el sentido de aclarar los términos del proceso y ordenar nuevamente su apertura, publicando la totalidad de los documentos ajustados y modificando el cronograma.
Que el presupuesto oficial establecido para el presente proceso corresponde a la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO UN PESOS ($269.774.101) MCTE., incluido IVA y demás tributos, estampillas y contribuciones que le sean aplicables.
Que el plazo de ejecución del contrato resultante, es de SIETE (7) MESES Y QUINCE (15) DÍAS CALENDARIO, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, ejecución y suscripción del acta de inicio.
Que para la presente contratación se cuenta con el siguiente certificado de disponibilidad presupuestal:
Que las necesidades a satisfacer se encuentran incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones de la Entidad.
Que el presente Proceso de Selección NO se limita a MIPYME.
Que el presente proceso de selección, aplican los acuerdos comerciales:
Que los documentos del presente proceso de selección se encuentran publicados en la plataforma SECOP II.
Que las observaciones, comentarios o sugerencias que los interesados quieran hacer al presente proceso de selección las pueden hacer a través de la plataforma del SECOP II.
En consideración a lo expuesto anteriormente;
RESUELVE:
Artículo primero.
Modificar la Resolución No. 000634 de 3 de mayo de 2021, por medio de la cual, se ordenó la apertura del Concurso de Méritos CMA-10-2021, en el sentido de aclarar los términos del proceso y ordenar la apertura en cumplimiento de la Resolución No. 000676 de 13 de mayo de 2021 la cual ordenó el saneamiento del proceso.
Artículo segundo.
Ordenar la apertura del proceso de selección de contratistas modalidad Concurso de Méritos Abierto No. CMA-10-2021, cuyo objeto consiste en adelantar la ”INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, PRESUPUESTAL, AMBIENTAL Y JURÍDICA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL ESTADIO FEDERICO SERRANO SOTO EN EL DISTRITO DE RIOHACHA, EN EL DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA. CORRESPONDIENTE AL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO N°1251 DE 2020”.
Artículo tercero.
El cronograma del presente proceso de contratación es el indicado en la plataforma del SECOP II.
Parágrafo.
Cualquier modificación a los plazos señalados en este cronograma, podrá hacerse mediante adenda.
Artículo cuarto.
Ordenar la publicación de este proceso a través de la plataforma del SECOP II de conformidad con lo dispuesto en el artículo 224 del Decreto Ley 0019 de 2012 y en el artículo 2.2.1.1.1.7.1, del Decreto 1082 de 2015.
Artículo quinto.
Convocar a las veedurías ciudadanas para realizar el control social a este proceso de conformidad con lo establecido en la Ley 850 de 2003, el artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015. ARTÍCULO SEXTO: Enviar copia de la presente resolución al G.I.T de Contratación de la entidad, para lo de su cargo.
Artículo séptimo.
Contra la presente resolución no procede recurso alguno.
Artículo octavo.
La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE JAIME ARTURO GUERRA RODRÍGUEZ Secretario General
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.