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RESOLUCION 632 de 2021

Por la cual se ordena la apertura del proceso de Concurso de Méritos No. CMA-21-2021

Tipo
RESOLUCION
Número
632
Año
2021
Entidad
MINISTERIO DEL DEPORTE
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DEL DEPORTE En uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en Ley 1967 de 2019 en concordancia con el literal f del articulo 61 y 65 de la Ley 489 de 1998, artículo 11 de la Ley 80 de 1993, Resolución No. 002013 del 30 de octubre de 2019 y

CONSIDERANDO:

El Ministerio del Deporte, tiene como objetivo dentro del marco de sus competencias y de la ley, “Formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes, programas y proyectos en materia el deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la actividad física, para promover el bienestar, la calidad de vida, así como contribuir a la salud pública, a la educación, a la cultura, a la cohesión social, a la conciencia nacional y a las relaciones internacionales, a través de la participación de los actores públicos y privados”. Dentro de las funciones de MINDEPORTE, se ha establecido en la Ley 1967 de 2019, “Fomentar la generación y creación de espacios que faciliten la actividad física, la recreación y el deporte”, “Planificar y programar la construcción de instalaciones deportivas con los equipamientos necesarios, procurando su óptima utilización y uso de los equipos y materiales destinados a la práctica del deporte y la recreación”, “Establecer criterios de cofinanciación frente a los planes y programas que respondan a las políticas públicas en materia de deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, la educación física y la actividad física”, entre otras. Dentro de las responsabilidades que tiene MINDEPORTE, está la de velar por la adecuada inversión de sus recursos y propender por un adecuado seguimiento a la ejecución de contratos y convenios. Por tal razón es necesario adelantar un proceso de selección de contratistas que permita contar con la interventoría para la ejecución del proyecto presentado por el Municipio de Mosquera, Departamento de Nariño para la adecuación 2a etapa cancha de fútbol y construcción de espacios complementarios para la paz en el Municipio de Mosquera, Departamento de Nariño, Occidente correspondiente al convenio interadministrativo N°1298 de 2020 Dicho proyecto busca fortalecer la infraestructura Municipal y Departamental mediante la construcción de escenarios adecuados para la práctica de la actividad física, la recreación y el deporte, procurando que en lo posible sea una infraestructura que permita el desarrollo social integral y la igualdad de oportunidades, contando con escenarios deportivos como los equipamientos adecuados y se fomente su uso frecuente, convirtiéndolos en espacios privilegiados, no solamente para la práctica de actividades físicas y deportivas, sino también para la convivencia, la participación y la movilidad social. Por otra parte, y conforme quedó establecido en el artículo 12 de la Resolución No. 001458 del 11 de agosto de 2016, el MINISTERIO DEL DEPORTE asumió el trámite y los costos de otorgar la interventoría a las obras derivadas de la suscripción de los Convenios Interadministrativos antes referidos, con el fin de tener un mayor control sobre las labores de seguimiento e interventoría. Así las cosas, con el fin de satisfacer esta necesidad de seguimiento y control especializado en todas las actividades a cargo de los contratistas de obra para la ejecución de proyectos de inversión en infraestructura deportiva financiados con recursos de la Nación, es necesario adelantar un proceso de selección de contratistas en la modalidad de concurso de méritos abierto, que permita la ejecución de un contrato cuyo objeto será: “INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, PRESUPUESTAL, AMBIENTAL Y JURÍDICA PARA LA ADECUACIO´N 2A ETAPA CANCHA DE FU´TBOL Y CONSTRUCCIO´N DE ESPACIOS COMPLEMENTARIOS PARA LA PAZ EN EL MUNICIPIO DE MOSQUERA, DEPARTAMENTO DE NARIN´O, OCCIDENTE" CORRESPONDIENTE AL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO N°1298 DE 2020”.

Que el presupuesto oficial establecido para el presente proceso corresponde a la suma de CIENTO TREINTA Y UN MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHENTA PESOS MONEDA CORRIENTE ($131.054.080) M/CTE, incluido IVA y demás tributos y contribuciones que le sean aplicables. Para la presente contratación se cuenta con el siguiente certificado de disponibilidad presupuestal:

Que las necesidades a satisfacer se encuentran incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones de la Entidad. El plazo de ejecución del contrato resultante, es de SIETE (07) MESES Y QUINCE (15) DIAS CALENDARIO, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, ejecución y suscripción del acta de inicio.
Que el proyecto de pliego de condiciones fue publicado por la entidad a través de la plataforma SECOP II el día 21 de abril de 2021.
Que durante la publicación del proyecto de pliego de condiciones se recibieron observaciones de los siguientes interesados JORGE ORLANDO GUERRERO ARCOS, MEDINA & RIVERA INGENIEROS SAS y PROYECTISTAS ASOCIADOS, las cuales fueron respondidas el 3 de mayo de 2021.

En consideración a la cuantía del Proceso, de conformidad con las disposiciones del artículo 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015 y lo definido por el Ministerio de Comercio Industria y Turismo – MINCIT el valor del Umbral PYMES en pesos en la suma de $380.778.000 y tendrá vigencia del 1 de enero del 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021, el Ministerio del Deporte procedió a convocar a las MIPYME nacionales a participar en el presente proceso de selección y realizar su solicitud, de acuerdo con lo que se indica en la norma en mención.
Que, pese a haberse realizado la correspondiente convocatoria a las MIPYME nacionales, no se recibió ninguna solicitud, por lo tanto, de conformidad con lo estipulado en el artículo 34 de la Ley 2069 de 2020 y demás normas concordantes, el presente proceso de selección NO SE LIMITA A MIPYME.
Que el presente proceso de selección, aplican los anteriores acuerdos comerciales:

Que los documentos del presente proceso de selección se encuentran publicados en la plataforma SECOP II.
Que las observaciones, comentarios o sugerencias que los interesados quieran hacer al presente proceso de selección las puede hacer a través de la plataforma del SECOP II. En consideración a lo expuesto anteriormente;

RESUELVE:

Artículo primero.

Ordenar la apertura del proceso de selección de contratistas modalidad Concurso de Méritos Abierto No. CMA-21-2021, con el objeto: “INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA, PRESUPUESTAL, AMBIENTAL Y JURÍDICA PARA LA ADECUACIO´N 2A ETAPA CANCHA DE FU´TBOL Y CONSTRUCCIO´N DE ESPACIOS COMPLEMENTARIOS PARA LA PAZ EN EL MUNICIPIO DE MOSQUERA, DEPARTAMENTO DE NARIN´O, OCCIDENTE" CORRESPONDIENTE AL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO N°1298 DE 2020”.

Artículo segundo.

El cronograma del presente proceso de contratación es el indicado en la plataforma del SECOP II.
Parágrafo.
Cualquier modificación a los plazos señalados en este cronograma, podrá hacerse mediante adenda.

Artículo tercero.

Ordenar la publicación de este proceso a través de la plataforma del SECOP II de conformidad con lo dispuesto en el artículo 224 del Decreto Ley 0019 de 2012 y en el artículo 2.2.1.1.1.7.1, del Decreto 1082 de 2015.

Artículo cuarto.

Convocar a las veedurías ciudadanas para realizar el control social a este proceso de conformidad con lo establecido en la Ley 850 de 2003, el artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto 1082 de 2015.

Artículo quinto.

Enviar copia de la presente resolución al G.I.T de Contratación de la entidad, para lo de su cargo.

Artículo sexto.

Contra la presente resolución no procede recurso alguno.

Artículo séptimo.

La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación.

Dada en Bogotá D.C., a los 3 días del mes de mayo de 2021. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE JAIME ARTURO GUERRA RODRÍGUEZ Secretario General

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