RESOLUCION 4354 de 2012
Por la cual se establecen los requisitos para la obtención de la autorización del ejercicio de la especialidad de anestesiología y se dictan otras disposiciones
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 4354
- Año
- 2012
- Entidad
- MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente, las conferidas por el numeral 11 del artículo 2 y el numeral 30 del artículo 2 del Decreto - Ley 4107 de 2011 y en desarrollo de la Ley 6 de 1991 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 5° de la Ley 6 de 1991, establece entre otros, que corresponde al Ministerio de Salud, hoy Ministerio de Salud y Protección Social, expedir la autorización para ejercer la especialidad de anestesiología en el territorio nacional.
Que el Decreto - Ley 0019 de 2012, en su artículo 25 dispone la eliminación de autenticaciones y reconocimientos, previendo que "(...) Ninguna autoridad administrativa podrá exigir la presentación, suministro o entrega de documentos originales autenticados o copias o fotocopias autenticados, sin perjuicio de los controles o verificaciones que dichas entidades deban realizar (...)".
Que al amparo de lo anteriormente expuesto, se hace necesario establecer los requisitos para la obtención de la autorización del ejercicio de la especialidad de anestesiología, de forma tal que se simplifiquen los trámites y se agilice el procedimiento que debe seguirse para el efecto.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1.
Requisitos para la obtención de la autorización del ejercicio de la especialidad de anestesiología. Para la obtención de la autorización el interesado deberá diligenciar su solicitud en el formulario que se disponga en medio físico o virtual en la página web de este Ministerio, el cual deberá contener la siguiente información:
Nombres y apellidos Número, lugar y fecha de expedición de la cédula de ciudadanía o de la cédula de extranjería Lugar de residencia, dirección, teléfono y correo electrónico Número, lugar y fecha de expedición de la resolución de autorización del ejercicio como médico Número y fecha de expedición de la tarjeta profesional de médico Nombre de la Institución de Educación Superior que expide su título de especialista en anestesiología o anestesiología y reanimación Número de registro, libro, folio y fecha de expedición del título de especialista en anestesiología o anestesiología y reanimación, otorgado por Institución de Educación Superior Número y fecha de expedición del acta de grado del título de la especialidad Parágrafo. Al formulario de que trata este artículo deberán adjuntarse los siguientes documentos:
Certificación del registro del título de la especialidad en anestesiología o anestesiología y reanimación, expedido por la Institución de Educación Superior.
En caso de haber obtenido el título de la especialidad en el exterior, resolución de convalidación del título.
Artículo 2.
Verificación de la información. El estudio de la solicitud a que refiere el artículo anterior, corresponderá a la Dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud de este Ministerio o quien haga sus veces, quien una vez verificado el cumplimiento de los requisitos, expedirá el acto administrativo que autoriza al interesado a ejercer la especialidad médica de anestesiología o anestesiología y reanimación en el territorio nacional.
Artículo 3.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 1180 de 1999.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los 21 DIC 2012 Alejandro Gaviria Uribe Ministro de Salud y Protección Social
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