RESOLUCION 2515 de 2019
Por la cual se expiden los lineamientos para la presentación de proyectos de inversión con recursos del Sistema General de Regalías
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 2515
- Año
- 2019
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas por los artículos 2.2.4.1.1.8.2., y 2.2.4.1.1.9.2 del Decreto 1082 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Ley 1797 de 2016, se dictaron medidas de carácter financiero y operativo, con la finalidad de avanzar en el proceso de saneamiento de deudas del sector salud, el mejoramiento del flujo de recursos y la calidad de la prestación de servicios dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Que en el inciso 2° del artículo 5 ibídem, se estableció la posibilidad de destinar recursos del Sistema General de Regalías para financiar el pago de tecnologías y servicios no financiados en el Plan de Beneficios en Salud, a cargo de los departamentos, debiendo para ello presentar los respectivos proyectos de inversión ante el OCAD que se determine, para su evaluación, viabilización, priorización y aprobación.
Que, adicionalmente, se estableció en su parágrafo que, por una sola vez, se podrán utilizar tales recursos para la capitalización y saneamiento de las EPS en las cuales tengan participación las entidades territoriales, debiendo presentar el respectivo proyecto de inversión al OCAD. En este evento, los recursos se girarán directamente a los prestadores de servicios de salud, privilegiando el pago de las deudas con los de la red pública.
Que, a través del Decreto 744 de 2018, que adicionó el Decreto 1082 de 2015, el Gobierno nacional reglamentó el citado artículo 5 de la Ley 1797 de 2016, estableciendo, en el artículo 2.2.4.1.1.8.2, que para la financiación de tecnologías en salud no cubiertas por el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC de los afiliados al Régimen Subsidiado con los recursos del SGR, se debe presentar el proyecto de inversión al respectivo OCAD, de conformidad con los lineamientos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación, los cuales deben estar acordes con la normativa del SGR, y serán incorporados en el Acuerdo Único de la Comisión Rectora del SGR.
Que, en el artículo 2.2.4.1.1.9.2 ibídem, se estableció que, para la capitalización y saneamiento de las EPS en las cuales tengan participación las entidades territoriales con los recursos del SGR, se debe presentar el proyecto de inversión al respectivo órgano colegiado de administración y decisión, de conformidad con los lineamientos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social en coordinación con el DNP, los cuales deben estar acorde con la normativa del SGR, y serán incorporados en el Acuerdo Único de la Comisión Rectora del SGR.
Que el artículo 231 de la Ley 1955 de 2019 modificó las competencias de la Nación en materia de salud, al adicionar el numeral 42.24 al artículo 42 de la Ley 715 de 2001, trasladando a la Administradora de los Recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud - ADRES la financiación, verificación, control y pago de los servicios y tecnologias en salud no financiadas con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC), prestados a los afiliados al Régimen Subsidiado a partir del 1° de enero de 2020, razón por la cual, se hace necesario precisar que los lineamientos contenidos en el Anexo No. 1 que con el presente acto administrativo se expiden, solo aplicarán para la financiación de dichos servicios y tecnologías prestados hasta el 31 de diciembre de 2019.
Que conforme con lo expuesto y teniendo en cuenta la anterior salvedad, se requiere establecer los lineamientos para la presentación de proyectos de inversión a ser financiados con recursos del Sistema General de Regalías, de que tratan el artículo 5 de la Ley 1797 de 2016, con el fin de orientar a las entidades territoriales en la formulación de estos.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1.
Objeto. La presente resolución tiene por objeto expedir los lineamientos técnicos para los proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías - SGR, relacionados con la financiación de tecnologías no financiadas con cargo a la Unidad de Pago por Capitación del Régimen Subsidiado, prestados hasta el 31 de diciembre de 2019, y la capitalización de las Entidades Promotoras de Salud en las cuales tengan participación las entidades territoriales
Artículo 2.
Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente resolución aplican a las entidades territoriales beneficiarias de recursos del Sistema Generales de Regalías, para la formulación de los proyectos de inversión.
Artículo 3.
Lineamientos técnicos para el fortalecimiento a la garantía del suministro de medicamentos no financiados con cargo a la UPC del Régimen Subsidiado. Adáptese el Anexo Técnico No. 1 el cual contiene el lineamiento técnico de "Fortalecimiento a la garantía del suministro de medicamentos no financiados con cargo a la UPC del régimen subsidiado'', el cual hace parte integral de la presente resolución.
Artículo 4.
Lineamientos técnicos para el fortalecimiento de la gestión financiera del modelo de atención en salud en la Entidad Promotora de Salud en la cual tiene participación la entidad territorial. Adóptese el Anexo Técnico No. 2, que contiene el lineamiento técnico de "Fortalecimiento de la gestión financiera del modelo de atención en salud en la Entidad Promotora de Salud en la que tiene participación la entidad territorial", el cual hace parte integral de la presente resolución.
Artículo 5.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los 16 SEPT 2019 JUAN PABLO URIBE RESTREPO Ministro de Salud y Protección Social
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.