RESOLUCION 483 de 2018
Por la cual se modifica la Resolución 5171 de 2017 que establece la clasificación única de procedimientos en salud, CUPS
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 483
- Año
- 2018
- Entidad
- MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas por los numerales 3º y 7º del artículo 173 de la Ley 100 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 5171 de 2017, por medio de la cual se estableció la clasificación única de procedimientos en salud, CUPS, con el propósito de estandarizar los datos que conforman el sistema integral de información, proveer un lenguaje homogéneo entre los diferentes actores del sistema de seguridad social integral e incorporar en un solo cuerpo normativo los contenidos de dicha clasificación. ~o~ Que en el anexo técnico 2 “Lista tabular” de la citada resolución, por error involuntario de digitación aparecen duplicadas las descripciones de los procedimientos “80.5.1.13. Escisión de disco intervertebral en segmento cervical vía anterior percutáneo” y “80.5.1.14. Escisión de disco intervertebral en segmento cervical vía posterior percutáneo”. ~o~ Que como parte del seguimiento integral de la actualización de la CUPS se detectó que el procedimiento “toma no quirúrgica de muestra o tejido vaginal para estudio citológico” no fue incluido, como sí aparecía en actos administrativos anteriores, a través de los cuales se había adoptado la clasificación única de procedimientos en salud, CUPS. ~o~ Que visto lo anterior se hace necesario corregir el anexo técnico 2 “Lista tabular” de la Resolución 5171 de 2017, en el sentido de eliminar los procedimientos que por error aparecen duplicados, así como restituir el código y descripción del procedimiento “89.2.9.0. Toma no quirúrgica de muestra o tejido vaginal para estudio citológico” teniendo en cuenta su importancia en la práctica clínica, dejando de esta manera explícita la subcategoría en cuanto a la pertinencia de mantenerla, respondiendo a las necesidades de los usuarios. ~o~ En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D.C., a 22 de febrero de 2018.
Alejandro Gaviria Uribe Ministro de Salud y Protección Social
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