RESOLUCION 550 de 2016
Por la cual se crea y reglamenta el Consejo Asesor de Expertos para la Elaboración del Plan Decenal del Sistema de Justicia
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 550
- Año
- 2016
- Entidad
- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 15 del artículo 6 del Decreto Ley 2897 de 2011, el artículo 331 de la Ley 4 de 1913 y el artículo"108 de la Ley 1753 de 2015. CONSIDERANDO Que el artículo 108 de la Ley 1753 de 2015 ordena la elaboración del Plan Decenal del Sistema de Justicia, a cargo del Ministerio de Justicia y del Derecho, el Departamento Nacional de Planeación, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo.
Que la misma disposición estableció que la secretaría técnica para la elaboración y seguimiento del Plan decenal estará a cargo del Ministerio de Justicia y del Derecho.
Que la mencionada Ley dispuso que el Plan Decenal de Justicia, se formulará teniendo en cuenta los insumos y estudios técnicos pertinentes.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley 2897 de 2011, son funciones del Ministerio de Justicia y del Derecho, entre otras, articular la formulación, adopción, ejecución y evaluación de la política pública del sector administrativo de justicia y del derecho, coordinar las relaciones entre la Rama Ejecutiva y la Rama Judicial para dicho propósito, y formular, adoptar, promover y coordinar las políticas y estrategias en materia de acceso a la justicia.
Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 6 del Decreto Ley 2897 de 2011, son funciones del Ministro de Justicia y del Derecho, entre otras, crear, conformar y asignar funciones a los órganos de asesoría y coordinación, así como los grupos internos de trabajo necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Ministerio, mediante acto administrativo, dentro del marco de su competencia.
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 331 de la Ley 4 de 1913, la administración nacional puede auxiliar sus trabajos con el concurso de juntas o comisiones patrióticas y que con fundamento en ello mediante Resolución número 0527 del 02 de agosto de 2016 se estableció un consejo asesor para aportar al Ministerio de Justicia y del Derecho los insumos y estudios técnicos necesarios para la elaboración del Plan Decenal de Justicia.
Que considerando la trascendencia del Plan Decenal del Sistema de Justicia se hace necesario que el Consejo Asesor de Expertos para la Elaboración del Plan Decenal del Sistema de Justicia aumente el número de integrantes que lo conforman para cumplir a cabalidad con sus fines.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 15 del artículo 6 del Decreto Ley 2897 de 2011, el artículo 331 de la Ley 4 de 1913 y el artículo"108 de la Ley 1753 de 2015. CONSIDERANDO Que el artículo 108 de la Ley 1753 de 2015 ordena la elaboración del Plan Decenal del Sistema de Justicia, a cargo del Ministerio de Justicia y del Derecho, el Departamento Nacional de Planeación, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, la Contraloría General de la República, la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo.
Que la misma disposición estableció que la secretaría técnica para la elaboración y seguimiento del Plan decenal estará a cargo del Ministerio de Justicia y del Derecho.
Que la mencionada Ley dispuso que el Plan Decenal de Justicia, se formulará teniendo en cuenta los insumos y estudios técnicos pertinentes.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ley 2897 de 2011, son funciones del Ministerio de Justicia y del Derecho, entre otras, articular la formulación, adopción, ejecución y evaluación de la política pública del sector administrativo de justicia y del derecho, coordinar las relaciones entre la Rama Ejecutiva y la Rama Judicial para dicho propósito, y formular, adoptar, promover y coordinar las políticas y estrategias en materia de acceso a la justicia.
Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 6 del Decreto Ley 2897 de 2011, son funciones del Ministro de Justicia y del Derecho, entre otras, crear, conformar y asignar funciones a los órganos de asesoría y coordinación, así como los grupos internos de trabajo necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Ministerio, mediante acto administrativo, dentro del marco de su competencia.
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 331 de la Ley 4 de 1913, la administración nacional puede auxiliar sus trabajos con el concurso de juntas o comisiones patrióticas y que con fundamento en ello mediante Resolución número 0527 del 02 de agosto de 2016 se estableció un consejo asesor para aportar al Ministerio de Justicia y del Derecho los insumos y estudios técnicos necesarios para la elaboración del Plan Decenal de Justicia.
Que considerando la trascendencia del Plan Decenal del Sistema de Justicia se hace necesario que el Consejo Asesor de Expertos para la Elaboración del Plan Decenal del Sistema de Justicia aumente el número de integrantes que lo conforman para cumplir a cabalidad con sus fines.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1.
Modificar el artículo 4 de la Resolución 0527 del 02 de agosto de 2016 e incluir los numerales 13 y 14 así:
Artículo 4.
Integración. El Consejo Asesor de Expertos para la Elaboración del Plan Decenal del Sistema de Justicia estará integrado por:
13. Gloria María Borrero Restrepo 14.Sigifredo Espinosa Pérez Parágrafo. El Ministro de Justicia y del Derecho podrá modificar en cualquier momento la composición del Consejo Asesor de Expertos para la Elaboración del Plan Decenal del Sistema de Justicia.
Parágrafo segundo. La participación de las personas enumeradas en el presente artículo en las sesiones del Consejo no podrá ser delegada.
Parágrafo tercero. En razón a la naturaleza del Consejo Asesor de Expertos para la Elaboración del Plan Decenal del Sistema de Justicia sus integrantes ejercerán su cometido ad-honorem.
Artículo 2.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 08 agosto 2016 JORGE EDUARDO LONDOÑO ULLOA
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