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RESOLUCION 2408 de 2019

Por la cual se modifican los Artículos 11 y 15 de la Resolución 420 de 2019

Tipo
RESOLUCION
Número
2408
Año
2019
Entidad
MINISTERIO DE TRABAJO
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

LA MINISTRA DEL TRABAJO En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, y en particular las establecidas en el numeral 27 del artículo 6° y el artículo 37 del Decreto 4108 de 2011; el artículo 13 de la Ley 87 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que la función administrativa se desarrolla con fundamento en los principios de eficacia, economía, celeridad y publicidad, entre otros, y que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución Política.

Que el numeral 27 del artículo 6° del Decreto 4108 de 2011 "Por el cual se modifican los objetivos y la estructura del Ministerio del Trabajo y se integra el Sector Administrativo del Trabajo" establece como una de las funciones del Ministro del Trabajo la de "Organizar y conformar comités, comisiones y grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por el Ministerio para su adecuado funcionamiento."

Que el artículo 37 del Decreto 4108 de 2011 señala que el Ministro determinará la conformación y funciones del Comité de Dirección.

Que la Resolución 420 de 2019 reorganizó los Comités y Subcomités de Gestión y Desempeño del Ministerio y del Sector Trabajo, el Comité de Dirección, el Comité Interno de Gobierno y Seguridad Digital, el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno y el Comité de Auditoría Interna del Sector Trabajo Que se hace necesario para ampliar el alcance del Comité de Dirección, reorganizar sus integrantes, reuniones y convocatorias; por lo que se requiere modificar los Artículos 11 y 15 del capítulo 2 de la Resolución 420 de 2019.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

Modificar el artículo 11 de la Resolución 420 del 26 de febrero de 2019 el cual quedará así:

"Artículo
11. Integrantes.
El Comité de Dirección estará conformado por:

El (la) Ministro (a) del Trabajo, quien lo preside;

El (la) Secretario (a) General;

El (la) Viceministro (a) de Empleo y Pensiones;

El (la) Viceministro (a) de Relaciones Laborales e Inspección;

5. Los (las)
Directores (as) de Generación y Protección del Empleo y Subsidio " Familiar; de Movilidad y Formación para el Trabajo; de Pensiones y otras Prestaciones; de Riesgos Laborales; de Derechos Fundamentales del Trabajo y de Inspección, Vigilancia, Control y Gestión Territorial;

6. Los (las) Jefes de la Oficinas Asesora de Planeación; Asesora Jurídica; y de Tecnologías de la Información y la Comunicación - TIC;

Parágrafo 1.
Sera invitado permanente de este Comité el (la) Jefe de la Oficina de Control Interno y asistirá a la sesiones del mismo, con voz pero sin voto.

Parágrafo 2.
A las reuniones del Comité podrán ser invitados (as) los (las) funcionarios (as) de la entidad, que considere pertinente quien lo preside."

Artículo 2.

Modificar el artículo 15 de la Resolución 420 del 26 de febrero de 2019 el cual quedará así:

"Artículo 15. Reuniones y convocatorias. El Comité de Dirección se reunirá ordinariamente por lo menos cuatro (4) veces al año, de acuerdo con la convocatoria que haga quien lo preside"

Artícu lo 3. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.G. a los, 23 Julio 2019 ALICIA VICTORIA ARANGO OLMOS Ministra del Trabajo

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