RESOLUCION 566 de 2020
Por medio de la cual se modifica el artículo 5. De la Resolución No. 233 del 30 de enero de 2020, "Por la cual se asignan recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona/ para la vigencia fiscal 2020, se amplía cobertura y se efectúa una convocatoria para la distribución de cupos a adultos mayores residentes en resguardos y/o comunidades indígenas legalmente constituidas".
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 566
- Año
- 2020
- Entidad
- MINISTERIO DE TRABAJO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL MINISTRO DEL TRABAJO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 1º del artículo 6 del Decreto - Ley 4108 de 2011 y en desarrollo de lo previsto en el Capítulo 1 del Título 14 de la parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 233 del 30 de enero de 2020, se asignaron recursos de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona! para la vigencia fiscal 2020, se amplía cobertura y se efectúa una convocatoria para la distribución de cupos a adultos mayores residentes en resguardos y/o comunidades indígenas legalmente constituidas.
Que en el artículo 5. de la Resolución a que se refiere el considerando anterior, se estableció: "Plazo. El plazo para presentar los documentos requeridos será de treinta (30) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución".
Que mediante oficio 2020137924-EN-OOO del 25 de febrero de 2020 radicado en este Ministerio por parte de Fiduagraria S.A., con el número 11EE2020230000000008852 del 26 de febrero del mismo año, se informó que las comunidades indígenas han tenido dificultades para tramitar ante la Dirección de Asuntos Indígenas Rom y Minorías del Ministerio del Interior el certificado de representantes y/o autoridades de comunidades indígenas legalmente reconocidas, y considerando que este documento es requisito fundamental para el proceso de ingreso al programa, se hace necesario ampliar el plazo establecido en la resolución 0233 del 30 de enero de 2020, a fin de garantizar la participación de la mayoría de Resguardos legalmente constituidos, en la convocatoria para la ampliación de cobertura del Programa Colombia Mayor a comunidades indígenas.
Que revisados los procesos operativos de la convocatoria para la asignación de cupos a Comunidades Indígenas, se concluye que es necesario modificar el plazo al que se refiere el artículo 5 de la Resolución 233 del 30 de enero de 2020, para garantizar su adecuada aplicación.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1.
Modificar el artículo quinto de la Resolución No. 233 del 30 de enero de 2020, el cual quedará así: "Artículo 5. Plazo. El plazo para presentar los documentos requeridos será de sesenta (60) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución".
Artículo 2.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C. a los 28 de febrero de 2020 ÁNGEL CUSTODIO CABRERA BÁEZ Ministro de Trabajo anexos Resolución 0566.pdf
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.