RESOLUCION 210 de 2020
“Por la cual se otorga el permiso de colecta y el acceso a recursos genéticos y sus productos derivados a la PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA para el proyecto: Generación de alternativas terapéuticas en cáncer a partir de plantas a través de procesos de investigación y desarrollo transnacional, articulados en sistemas de valor sostenibles ambiental y económicamente
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 210
- Año
- 2020
- Entidad
- MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL DIRECTOR DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD Y SERVICIOS ECOSISTÉMICOS En ejercicio de la función establecida en el Numeral 14 del Artículo 16 del Decreto Ley 3570 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a través de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, suscribió con LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA el Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 212 del 19 de julio de 2018, para el programa de investigación titulado “Programa de investigación de la Biodiversidad colombiana: identificación, conservación, uso y aprovechamiento sostenible”, contrato que fue perfeccionado a través de la resolución No. 1473 del 2 de agosto del 2018.
Que la cláusula tercera del Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 212 del 19 de julio de 2018 estableció la posibilidad de adicionar líneas de investigación y/o proyectos a través de la suscripción de otrosí.
Que LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA identificada con NIT.860.013.720-1 allego comunicación radicada con No. No. 8201-1-10291 del 17 de junio de 2019 mediante la cual solicitó a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos de este Ministerio, acoger las actividades de acceso enmarcadas en el proyecto “Generación de alternativas terapéuticas en cáncer a partir de plantas a través de procesos de investigación y desarrollo traslacional, articulados en sistemas de valor sostenibles ambiental y económicamente”, en el contrato marco de acceso a recursos genéticos y sus productos derivados No. 212 del 19 de julio de 2018, y en consecuencia solícito la suscripción de otrosí al mencionado contrato marco dado que se ajusta al objeto y el alcance de éste.
Que siguiendo el trámite establecido en la cláusula tercera del Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 212 de 2018, el Grupo de Recursos Genéticos de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos emitió concepto técnico No. No. 229 del 5 de diciembre de 2019 por medio del cual se recomienda al Director de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistemas, aceptar la solicitud de adición de las actividades de acceso a recursos genéticos y sus productos derivados del proyecto titulado “Generación de alternativas terapéuticas en cáncer a partir de plantas a través de procesos de investigación y desarrollo traslacional, articulados en sistemas de valor sostenibles ambiental y económicamente” al Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 212 del 19 de julio de 2018.
Que, en la fecha 20 de febrero de 2020 se suscribió otrosí No. 6 al Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 212 del 19 de julio de 2018 entre El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Pontificia Universidad Javeriana, que en su Cláusula Primera. Adición de Provecto estableció: (...) En ejecución del Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 212 del 19 de julio de 2018 se adiciona el proyecto “Generación de alternativas terapéuticas en cáncer a partir de plantas a través de procesos de investigación y desarrollo transnacional, articulados en sistemas de valor sostenibles ambiental y económicamente” y en consecuencia para su desarrollo se autoriza el acceso a los recursos genéticos y sus productos derivados y las actividades de colecta, en los términos establecidos en el concepto técnico No. 229 del 5 de diciembre de 2019, y en lo pactado en el presente Otrosí. El proyecto tiene por objeto: Generar bienes y servicios que permitan mejorar la calidad de vida del paciente con cáncer, incorporando procesos de investigación y desarrollo enfocados en alternativas terapéuticas a partir de plantas con antecedentes etnobotánicos, provenientes de la biodiversidad de nuestro país, y su alcance está determinado por los siguientes: a) Establecer un modelo agrícola que permita la obtención de las plantas de interés en cantidades suficientes para la realización de su estudio fitoquímico bioguiado, y para el posterior establecimiento de los sistemas de producción de material vegetal que alimenten todo el ecosistema alrededor de los fitomedicamentos. b) Establecer los modelos biológicos que permitan la comprensión de los mecanismos fisiopatológicos del cáncer y el entendimiento de la actividad de los extractos o metabolitos de plantas en la modulación de los mismos, c) Integrar y consolidar las capacidades institucionales para el desarrollo de productos terapéuticos en el marco de la Medicina Traslacional cumpliendo con las recomendaciones normativas de las agencias reguladoras, d) Diseñar actividades académicas y de gestión, tendientes a asegurar la transferencia de nuevas estructuras organizativas que permitan la realización eficiente de actividades de l+D, o de productos y servicios que tengan como elemento común la generación y uso del conocimiento.(...) con un plazo de ejecución de cuatro (4) años.
Que, la Cláusula Octava del otrosí No. 6 al Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 212 de 2018 entre El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Pontificia Universidad Javeriana, Autorización actividades de colecta, frente a la autorización para adelantar actividades de recolección señaló que dicha autorización será dada mediante acto administrativo.
Que mediante radicado No. No. 01478 de fecha 24 de enero de 2020 la Pontificia Universidad Javeriana allegó prueba del extracto publicado en las noticias del portal web de la Universidad, con acceso a la ciudadanía en general (https://www.iaveriana.edu.co/home). en donde se lee la información concerniente al título, ámbito de investigación, área geográfica de la colecta y el tipo de especímenes o muestra de la diversidad biológica que se pretende colectar, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Decisión Andina 391 de 1996.
Que las condiciones en las cuales este Ministerio autoriza las actividades de colecta y otorga a la PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA el acceso a los recursos genéticos y sus productos derivados, se encuentran señaladas en el otrosí No. 6 al Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 212 del 19 de julio de 2018, suscrito entre El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Pontifica Universidad Javeriana.
Que el numeral 21 del artículo 5 de la Ley 99 de 1993, establece que es función de este Ministerio, la obtención, uso, manejo, investigación, importación y exportación, así como la distribución y el comercio de especies y estirpes genéticas de fauna y flora silvestre.
Que a su vez el numeral 38 del artículo 5 ibidem señala que es responsabilidad de este Ministerio, vigilar que el estudio, exploración e investigación realizada por nacionales y extranjeros con respecto a nuestros recursos naturales renovables respete la soberanía nacional y los derechos de la Nación colombiana sobre sus recursos genéticos.
Que el Gobierno Nacional, a través de la expedición del Decreto 730 del 14 de marzo de 1997, determinó que el hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible es la Autoridad Nacional Competente para actuar en los términos y para los efectos contenidos en la Decisión Andina 391 de 1996 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena.
Que el capítulo 5, sección 1, del Decreto 1076 de 2015, reglamenta la investigación científica sobre diversidad biológica y se contempla, entre otras cosas, que aquellas que requieran obtención y utilización de recursos genéticos, sus productos derivados o el componente intangible, quedarán sujetas a lo previsto en el mismo y demás normas legales vigentes que regulen el acceso a recursos genéticos.
Que el Decreto Ley 3570 del 27 de septiembre de 2011 “establece los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se integra el Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible”, y el numeral 14 del artículo 16 del Decreto Ley en mención, le asignó a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, la función de adelantar el trámite relacionado con las solicitudes de acceso a recursos genéticos, aceptar o negar la solicitud, resolver el recurso de reposición que se interponga y suscribir los contratos correspondientes.
Que mediante Resolución No. 0016 del 09 de enero de 2019 y acta de posesión No. 07 del 22 de enero de 2019, se efectuó el nombramiento de carácter ordinario de Director Técnico, Código 100, Grado 22, de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a EDGAR EMILIO RODRÍGUEZ BASTIDAS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.407.547.
En mérito de lo expuesto;
RESUELVE:
Artículo 1.
Autorización y Acceso. Se otorga a la PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA identificada con NIT. No. 860.013.720-1 el permiso de recolección y el acceso a recursos genéticos y a sus productos derivados para el proyecto denominado “Generación de alternativas terapéuticas en cáncer a partir de plantas a través de procesos de investigación y desarrollo transnacional, articulados en sistemas de valor sostenibles ambiental y económicamente” de conformidad con el Otrosí No. 6 al Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 212 del 19 de julio de 2018, suscrito entre El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Pontificia Universidad Javeriana.
Artículo 2.
Objeto del Proyecto. El objeto del proyecto que se adiciona al Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 212 del 19 de julio de 2018 es: Generar bienes y servicios que permitan mejorar la calidad de vida del paciente con cáncer, incorporando procesos de investigación y desarrollo enfocados en alternativas terapéuticas a partir de plantas con antecedentes etnobotánicos, provenientes de ia biodiversidad de nuestro país.
Artículo 3.
Obligatoriedad y Cumplimiento. Sin perjuicio de las obligaciones contraídas por la PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA en virtud del Otrosí No. 6 al Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 212 del 19 de julio de 2018 y del presente acto administrativo, deberá dar cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones establecidas en el Contrato Marco de Acceso a Recursos Genéticos y sus Productos Derivados No. 212 de 2018 y en los documentos que hacen parte integral de este, so pena de la aplicación del procedimiento establecido en la Ley 1333 de 2009 y en las disposiciones que la reglamenten o modifiquen.
Artículo 4.
Notificación. Notifíquese el presente Acto Administrativo a la PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVER1ANA, a través de su representante legal o de su apoderado debidamente constituido, en los términos de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5.
Publicación. Dispóngase la publicación del presente Acto Administrativo en el portal web del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Artículo 7.
Recursos. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual podrá ser interpuesto ante este Despacho, personalmente y por escrito dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la presente providencia y con el lleno de los requisitos legales, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 - Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C. a los 9 de marzo de 2020 EDGAR EMILIO RODRÍGUEZ BASTIDAS Director de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.