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RESOLUCION 14475 de 2016

Por medio de la cual se adopta una decisión administrativa tendiente a autorizar una Suspensión De Términos y la no Prestación del Servicio Público Registra. en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país

Tipo
RESOLUCION
Número
14475
Año
2016
Entidad
Superintendencia de Notariado y Registro
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

EL DIRECTOR TECNICO DE REGISTRO En ejercicio de la función conferida por el Decreto 2723 del 29 de diciembre de 2014 y

CONSIDERANDO:

El artículo 20 del Decreto 2723 del 29 de diciembre de 2014, establece como función de la Dirección Técnica de Registro la de proponer e implementar políticas, estrategias, planes y programas relacionados con la prestación del servicio a cargo de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos en el país así mismo impartir las directrices para el desarrollo del Servicio Publico Registral.

Mediante Resolución 14180 del 21 de diciembre de 2016, se adoptó una decisión administrativa tendiente a suspender términos en los trámites que gestiona la Superintendencia de Notariado y Registro, con el propósito de evitar traumatismos en la gestión a cargo de la Entidad.

Debido a la celebración de la fiestas de fin de año, muchas de las familias se reúnen a compartir los diferentes eventos propios de esta época, y que la afluencia de ciudadanos a requerir el Servicio Público Registral, se reduce bastante, el Secretario General mediante circulares 3154 y 3517 del 23 de noviembre y 14 de diciembre de 2016, dispuso el disfrute de un descanso colectivo remunerado por el término de cinco (5) días hábiles comprendidos entre el lunes 2 y el viernes 6 de enero de 2017.

No obstante lo anterior, la ciudadanía en general, podrá solicitar los Certificados de Tradición y libertad en línea, para lo cual estará disponible el servicio en la página de la Superintendencia de Notariado y Registro www.supernotariado.gov.co, vía Pin Baloto- Efecty y PSE -Botón de pago.

Es deber de todo servidor público, según el Numeral 13, Articulo 34 de la ley 734 de 2002, "motivar las decisiones que lo requieran, de conformidad con la ley"

La Dirección de Técnica de Registro, teniendo en cuenta los motivos expuestos, autoriza la suspensión de términos y la no prestación del Servicio Público Registral durante los dias 02 al 07 de enero de 2017, en las Oficinas de Registro de Instrumentos del país, incluyendo las que laboran los sábados.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo primero.

Autorizar la suspensión de términos y la no prestación del Servicio Público Registral durante los días 02 al 07 de enero de 2017, en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país.

Artículo segundo.

Comunicar la presente Resolución a los Registradores de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país

Artículo tercero.

La presente resolución debe ser fijada en un sitio visible al público, para que sea conocida por los usuarios del servicio público registral y ciudadanía en general y en la página web de la Entidad (www.supernotariado.gov.co ).

Artículo cuarto.

Los Administradores regionales del Sistema de Información Registral - SIR, de las oficinas de Registro, deben incluir en el sistema de información lo concerniente a la autorización de la suspensión de términos y la no prestación del Servicio Público Registral durante los días 02 y 07 de enero de 2017, e informar al operador respectivo. Aquellas Oficinas que trabajen con el aplicativo Folio Magnético, deberán incluir en el sistema lo concerniente a la autorización de la suspensión de términos y la no prestación del Servicio Público Registral durante los dias 02 al 07 de enero 2017.

Artículo quinto.

Contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno

Artículo sexto.

Esta resolución, rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C. a los 29 de Diciembre de 2016 LIBARDO RAFAEL SIERRA PACHECO Director de Técnico de Registro

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