RESOLUCION 98 de 2015
"Por la cual se adopta el plan de acción del Ministerio de Justicia y del Derecho para el año 2015"
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 98
- Año
- 2015
- Entidad
- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO En ejercicio de sus facultades legales y en particular las que le confiere el literal a) del parágrafo del artículo 12 del Decreto 2145 de 1999, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 8 de la Ley 152 de 1994, "Por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo", cataloga a los ministerios como una de las autoridades de planeación en su ámbito funcional.
Que el artículo 26 ibídem, indica que con base en el Plan Nacional de Desarrollo aprobado, cada uno de los organismos públicos de todo orden a los que se aplica la citada ley, preparará su Correspondiente plan de acción, Que acorde con lo previsto en el literal a) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993, en concordancia con el artículo 10 del Decreto 2145 de 1999, uno de los elementos del Sistema de Control Interno de la entidad es la planeación donde se establecen los objetivos y metas institucionales, Que la planeación se constituye en un instrumento de gestión fundamental para orientar el Cumplimiento de la misión de la entidad, mediante el señalamiento de objetivos y metas a ejecutar para el respectivo año.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 6 de la Ley 87 de 1993, el establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno es responsabilidad del representante legal de la entidad, y por lo tanto, le compete efectuar las acciones tendientes a desarrollar los elementos que integran el referido Sistema.
RESUELVE:
Artículo
1. Adopción del plan de acción.
Adoptase el plan de acción del Ministerio de Justicia y del Derecho para el año 2015, el cual hace parte integral del presente acto administrativo, como instrumento de gestión del Ministerio que define las metas institucionales y las actividades necesarias para alcanzarlas.
Artículo
2. Responsables del plan de acción.
Las dependencias del Ministerio de Justicia y del Derecho deberán formular, ejecutar y realizar el seguimiento del plan acción 2015, con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo y al plan estratégico institucional y sectorial, en el instrumento diseñado para el efecto. La Oficina Asesora de Planeación es responsable de la consolidación del plan de acción, la divulgación del seguimiento y de la asesoría y acompañamiento a las dependencias para el adecuado registro de la información.
Artículo
3. Modificaciones al plan de acción.
Por la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo del cuatrienio 2015-2018, la definición del plan estratégico institucional y sectorial para el mismo periodo y cuando las circunstancias lo justifiquen, se realizarán modificaciones al plan de acción. Los cambios serán reportados por las dependencias a la Oficina Asesora de Planeación, que velará por la trazabilidad de la información. La Oficina de Control Interno podrá efectuar la verificación que considere pertinente.
Artículo 4.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase YESID REYES ALVARADO Ministro de Justicia y del Derecho
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