RESOLUCION 2653 de 2006
Por la cual se modifica la Resolución 1449 del 23 de junio de 2006.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 2653
- Año
- 2006
- Entidad
- Ministerio de Comunicaciones
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
LA MINISTRA DE COMUNICACIONES, LA MINISTRA DE COMUNICACIONES,
CONSIDERANDO:
Que la Resolución 1449 de 2006 adopta medidas para el uso correcto, eficiente y racional del espectro radioeléctrico en las Áreas de Servicio Departamentales establecidas en la Resolución 2064 de 2005 y se dictan otras disposiciones.
Que la función administrativa está al servicio de los intereses generales (art. 209 inciso 1° de la C. P.).
Que son fines esenciales del Estado, entre otros, servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución (art. 2°, inciso 1° de la C. P.).
Que la gestión, administración y control del espectro radioeléctrico corresponden al Ministerio de Comunicaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 1900 de 1990.
Que el artículo 19 del Decreto 1900 de 1990 establece que las facultades de gestión, administración y control del espectro electromagnético comprenden, entre otras, la adopción de medidas tendientes a establecer el correcto y racional uso del espectro radioeléctrico.
Que el espectro radioeléctrico es un bien escaso y limitado razón por la cual es necesario garantizar que, una vez atribuido y asignado, sea utilizado de manera eficiente.
Que el Ministerio de Comunicaciones recibió 161 solicitudes para el otorgamiento de los permisos a que se refiere la Resolución 1449 de 2006, cuyo estudio ha demandado la ampliación del término establecido en el inciso segundo del artículo sexto de la Resolución 1449 de 2006, el cual fue modificado por las Resoluciones 1616, 2119 y 2541 de 2006, para que una vez vencido dicho término -23 de octubre de 2006- se continuara con la actuación administrativa correspondiente.
Que dada la complejidad del análisis de dichas solicitudes y la necesidad de asegurar la aplicación de los principios constitucionales correspondientes, se hace necesario ampliar nuevamente el término referido en el considerando anterior.
RESUELVE:
Artículo 1.
°. Modificar el inciso 2° del artículo 6° de la Resolución 1449 del 23 de junio de 2006, modificado por las Resoluciones 1616, 2119 y 2541 de 2006, el cual quedará así:
“El Ministerio de Comunicaciones responderá las solicitudes de permiso, a más tardar el día 23 de noviembre de 2006”.
Artículo 2°.
Las demás disposiciones contenidas en la Resolución 1449 del 23 de junio de 2006 y sus modificaciones continúan vigentes.
Artículo 3°.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a los 23 de octubre de 2006.
La Ministra de Comunicaciones, MARÍA DEL ROSARIO GUERRA DE LA ESPRIELLA.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.