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RESOLUCION 299 de 2010

Por la cual se fijan los lineamientos generales del primer proyecto de masificación de accesos de banda ancha en estratos 1 y 2 sobre redes de TPBCL y TPBCLE – vigencia 2010.

Tipo
RESOLUCION
Número
299
Año
2010
Entidad
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

EL MINISTRO (E) DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 1341 de 2009 y el Decreto 5052 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2o del artículo 69 de la Ley 1341 del 2009, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, promocionará a través del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, durante el período de transición del que habla la mencionada ley, proyectos de masificación de accesos a banda ancha en estratos 1 y 2 sobre las redes de TPBCL y TPBCLE.

Que el artículo 7o del Decreto 5052 de 2009 establece que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, diseñará dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigencia de dicho decreto, a través del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, un proyecto de masificación de acceso a Banda ancha sobre las redes de los proveedores sometidos a la aplicación del presente decreto. Dicho proyecto, se extenderá durante el periodo de transición del que habla el artículo 69 de la Ley 1341 del 2009.

En ese sentido y dada la importancia de los proyectos que deberán desarrollarse en los próximos 5 años, el Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ha diseñado las bases generales del primer proyecto de masificación de banda ancha en estratos 1 y 2 sobre redes de TPBCL y LE, el cual fue presentado ante la Corporación para el Desarrollo, Apropiación y Aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Corpotic), asociación entre entidades públicas sin ánimo de lucro, donde los miembros fundadores son el Ministerio y el Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y cuyo objeto es la gerencia, administración, gestión y ejecución de proyectos socioeconómicos dirigidos a la apropiación, uso, aprovechamiento y desarrollo de las tecnologías de la información y las comunicaciones en todos los sectores de la sociedad colombiana.

Que de acuerdo con lo anterior, se considera necesario fijar los lineamientos generales del mismo el cual será posteriormente evaluado para determinar el alcance y dimensionamiento del diseño de los proyectos posteriores.

RESUELVE:

Artículo 1.

°. Establecer los lineamientos generales para desarrollar el Proyecto a que hace referencia el artículo séptimo del Decreto 5052 de 2009, así:

1. El alcance del proyecto es la ampliación y/o adecuación de la infraestructura necesaria para la prestación de Servicios en Banda Ancha en los Estratos 1 y 2 sobre redes de los proveedores sometidos a la aplicación del Decreto 5052 del 2009. La ampliación deberá realizarse para la prestación del servicio domiciliario.

2. La prestación del servicio de Internet en banda ancha por parte de los proveedores, deberá cumplir con la regulación vigente de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).

3. El Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones evaluará la pertinencia de excluir o incluir aquellas localidades favorecidas por los planes bianuales del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y/o por los programas de Ampliación y/o Reposición del Programa Compartel.

4. Los estimativos de penetración y demanda, serán responsabilidad exclusiva de los proveedores que participen en los proyectos de que trata la presente resolución.

5. Para efectos de la evaluación, se establecerá una metodología que considere parámetros como el aumento de densidad, la relación beneficio-costo y la integralidad de las soluciones, entre otros aspectos.

Parágrafo.
Las condiciones anteriormente señaladas, podrán ser modificadas posteriormente, de conformidad con los lineamientos del Programa Compartel y los resultados del primer proyecto piloto de que trata el artículo segundo de la presente Resolución.

Artículo 2°.

A partir del diseño del primer proyecto de masificación presentado ante Corpotic, implementará el primer proyecto piloto de masificación de accesos de banda ancha en estratos 1 y 2 sobre las redes de TPBCL y TPCLE, bajo los lineamientos establecidos en el artículo primero de la presente Resolución y las demás condiciones específicas que se determinen.

Artículo 3°.

El Programa Compartel deberá presentar al Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes) para su aprobación, el dimensionamiento y alcance de los proyectos de masificación de acceso a banda ancha establecidos en la Ley 1341 de 2009 y en el Decreto 5052 de 2009, con el fin de asegurar la sostenibilidad financiera durante el periodo de transición que trata la precitada ley.

Artículo 4°.

Definir, con base en los resultados del primer proyecto y de las políticas que se establezcan en el Conpes, la estrategia para desarrollar los proyectos que deberán ejecutarse durante el periodo de transición previsto en la Ley 1341 de 2009.

Artículo 5°.

Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a partir de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D. C., a 5 de abril de 2010.

El Ministro (E.) de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, DANIEL ENRIQUE MEDINA VELANDIA.

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