Jurismart

RESOLUCION 3422 de 2014

por medio de la cual se adopta el Manual de Formulación e Implementación de Políticas de Prevención del Daño Antijurídico del Ministerio y Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Tipo
RESOLUCION
Número
3422
Año
2014
Entidad
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en ejercicio de sus facultades constitucionales y/o legales y/o reglamentarias, en especial de las que le confieren la Ley 1341 de 2009 y el Decreto número 2618 de 2012, y demás normas complementarias y concordantes con la materia, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1341 de 2009 “por la cual se definen principios y conceptos sobre la Sociedad de la Información y la Organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), se crea la Agencia Nacional del Espectro y se dictan otras disposiciones generales”, asigna funciones al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y determina el marco general para la formulación de las políticas públicas que regirán el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, su ordenamiento general, el régimen de competencia, la protección al usuario, así como lo concerniente a la cobertura, la calidad del servicio, la promoción de la inversión en el sector y el desarrollo de estas tecnologías, el uso eficiente de las redes y del espectro ra¬dioeléctrico, así como las potestades del Estado en relación con la planeación, la gestión, la administración adecuada y eficiente de los recursos, regulación, control y vigilancia del mismo y facilitando el libre acceso y sin discriminación de los habitantes del territorio nacional a la Sociedad de la Información;

Que mediante el Decreto número 2618 de 2012, fue modificada la estructura del Mi¬nisterio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, ello en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1341 de 2009 con el objeto de incrementar la efectividad del Ministerio en lo que se refiere al diseño y formulación de políticas que coordinen y es¬tandaricen las acciones de implementación y uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el Gobierno nacional y la gestión de las Tecnologías de la Información en la industria;

Que el artículo 90 de la Constitución Política establece que el Estado responderá patri¬monialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las Autoridades públicas. La referida norma, así mismo menciona que en el evento de ser condenado el Estado a la reparación patrimonial de uno de tales daños, que haya sido consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa de un agente suyo, aquel deberá repetir contra este;

Que la Ley 446 de 1998, en su artículo 75, establece que las entidades y organismos de Derecho Público del orden nacional, departamental, distrital y de los municipios capital de departamento y los Entes Descentralizados de estos mismos niveles, deberán integrar un Comité de Conciliación, conformado por los funcionarios del nivel directivo que se designen y cumplirá las funciones que se le señalen;

Que el Decreto número 1716 de 2009, establece en su artículo 16 que el Comité de Conciliación es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad;

Que la Resolución número002090 de 31 de julio de 2009, por la cual se adecua la conformación del Comité de Conciliación del entonces Ministerio de Comunicaciones y Fondo de Comunicaciones, hoy Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comu¬nicaciones y Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, establece en el numeral 1 del artículo 4° como función de dicho Comité, formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico;

Que de acuerdo con la Circular número 03 de 20 de junio de 2014, la Agencia Nacional de la Defensa Jurídica del Estado solicitó a las Entidades Públicas del Orden Nacional, formular sus políticas de prevención del daño antijurídico siguiendo la metodología y for¬matos previstos en el “Manual para la elaboración de Políticas de Prevención del Daño Antijurídico”, publicados en la página web de la Agencia Nacional de la Defensa Jurídica del Estado, sección publicaciones, señalándoles que las mismas deberán ser adoptadas mediante resolución y remitidas a dicha entidad;

Que el Comité de Conciliación y Defensa Judicial del Ministerio y Fondo de Tec¬nologías de la Información y las Comunicaciones, mediante Sesión número 143 de 2014, aprobó el Manual de Formulación e Implementación de Políticas de Prevención del Daño Antijurídico del Ministerio y Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, diseñado por la Oficina Asesora Jurídica y con el apoyo de las dependencias de la Entidad donde se generan los litigios judiciales, con el objeto de incentivar al interior del Ministerio una cultura preventiva frente a la gestión admi-nistrativa, mediante la identificación y análisis de causas que generan litigios, para así evitar la interposición de demandas judiciales y consecuente con ello el reconocimiento y pago de condenas judiciales;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

º. Adoptar el Manual de Formulación e Implementación de Políticas de Pre¬vención del Daño Antijurídico del Ministerio y Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, aprobado por los miembros del Comité de Conciliación y Defensa Judicial del Ministerio y Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, mediante Sesión número 143 de 2014, el cual, hace parte integral de la presente resolución.

Artículo 2°.

Crear formalmente en el Sistema de Gestión de Calidad del Ministerio TIC (MIG), el Manual de Formulación e Implementación de Políticas de Prevención del Daño Antijurídico del Ministerio y Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicacio¬nes, para que sirva de consulta, seguimiento y control de las políticas allí establecidas, por parte de los funcionarios del Ministerio y Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la Oficina de Control Interno y las dependencias y áreas responsables de su cumplimiento.

Parágrafo.
La Oficina de Control Interno deberá comprobar los resultados del cumplimiento de las políticas establecidas en el Manual de Formulación e Implementación de Políticas de Prevención del Daño Antijurídico del Ministerio y Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, informándole de ello a los miembros del Comité de Conciliación y Defensa Judicial del Ministerio y Fondo de Tecnologías de la Información y las Comu¬nicaciones para que realice seguimiento a los resultados obtenidos de su implementación.

Artículo 3.

º. La presente resolución será publicada en la página web de la Entidad para conocimiento público.

Artículo 4°.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 26 de noviembre de 2014.

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, DIEGO MOLANO VEGA.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar