RESOLUCION 4102 de 2013
por la cual se asigna el número 155 al servicio denominado ‘Línea Mujer’, en la matriz de servicios semiautomáticos y especiales de abonado con marcación 1XY contemplada en el Anexo 010 de la Resolución CRT 087 de 1997.
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 4102
- Año
- 2013
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
La Comisión de Regulación de Comunicaciones, en ejercicio de sus facultades legales y, especialmente, las que le confieren la Ley 1341 de 2009 y el Decreto 025 de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 13 del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009 establece como función de la Comisión de Regulación de Comunicaciones “Administrar el uso de los recursos de numeración, identificación de redes de telecomunicaciones y otros recursos escasos utilizados en las telecomunicaciones, diferentes al espectro radioeléctrico”.
Que los artículos 1° y 2° del Decreto 025 de 2002 facultan a la Comisión para administrar los Planes Técnicos Básicos, atendiendo los principios de neutralidad, transparencia, igualdad, eficacia, publicidad, moralidad y promoción de la competencia con el fin de preservar y garantizar el adecuado uso de tales recursos técnicos, estableciendo el carácter público del contenido de los mismos y el de los actos derivados de su gestión, incluidos los procedimientos de asignación, con la única excepción respecto a las materias que puedan afectar la seguridad nacional.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 29 del Decreto 025 de 2002, la numeración de servicios semiautomáticos y especiales (marcación 1XY) tiene características especiales, que le confieren carácter nacional, acceso universal, no destinada al uso comercial, su acceso debe ser posible desde cualquier parte del territorio nacional y su adopción obligatoria para todos los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones.
Que el Anexo 010 de la Resolución CRT 087 de 1997 contiene la Matriz de numeración para acceso a los servicios semiautomáticos y especiales de abonado - 1XY, así como la clasificación de los diferentes números que la componen, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del Decreto 025 de 2002.
Que de acuerdo con el artículo 55 del Decreto 025 de 2002, la administración del Plan de Numeración comprende las modificaciones y/o adiciones que se hagan a la estructura de la numeración, a los mapas de numeración, a los cuadros contenidos en el plan y a cualquier otro aspecto que requiera ser incluido dentro del mencionado plan.
Que mediante comunicación de la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, radicada internamente en la CRC bajo el número 201234867, dicha dependencia solicitó a la Comisión estudiar la posibilidad de asignar un número de servicios semiautomáticos y especiales (1XY) con destino a mujeres víctimas de violencia, con el propósito de brindar a través de esta línea, apoyo psicosocial y jurídico a las mujeres colombianas, respecto a las rutas de atención en violencia contra la mujer definidas actualmente, solicitud realizada en el marco de la labor de generación y divulgación de conocimiento para promover la equidad de género y argumentando la grave situación de violencia contra la mujer que vive el país.
Que en el marco de tal solicitud, la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer ha presentado un diagnóstico de la situación de la violencia contra la mujer en el país, además de información de carácter legal, técnico y económico que soporta la puesta en marcha y el uso adecuado de la línea 1XY solicitada.
Que la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, ha solicitado que el servicio a asignar sea denominado “Línea Mujer”, y adicionalmente, presentó como sugerencia para tal asignación el número 1XY – 155, el cual se encuentra actualmente en estado de Reserva en la Matriz de numeración para acceso a los servicios semiautomáticos y especiales de abonado (1XY).
Que en ejercicio de la facultad de Administración de los Planes Técnicos Básicos conferida a la CRC mediante el Decreto 25 de 2002 y en concordancia con lo previsto en el numeral 13 del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009, la CRC encuentra procedente realizar la asignación del servicio “Línea Mujer” en la Matriz de servicios semiautomáticos y especiales – 1XY, de acuerdo con la solicitud de la Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer.
Que teniendo en cuenta la orientación de los servicios a prestar a través del número, el mismo estará enmarcado dentro de la modalidad 3 de que trata el artículo 29 del Decreto 25 de 2002, “Llamadas con costo al usuario equivalente a la tarifa local, minuto al aire o su equivalente según el tipo de servicio. Su numeración es de carácter nacional, es propia de servicios de interés social que por su naturaleza estén adscritos a una entidad de orden nacional. Las empresas que presten servicios en esta modalidad deben cubrir los costos de transporte a que den lugar estas llamadas y, en general, podrán optar por cubrir todos los costos de las llamadas”.
Que la presente Resolución fue aprobada por el Comité de Comisionados, según consta en Acta 856 del 1º de febrero de 2013 y, posteriormente, presentada a los miembros de la Sesión de Comisión tal y como consta en Acta 283 de 18 de febrero de 2013.
En virtud de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Asignar el siguiente número en la matriz de servicios semiautomáticos y especiales de abonado con marcación 1XY, contemplada en el Anexo 010 de la Resolución CRT 087 de 1997:
Servicio Número Línea Mujer 155 Dicho número se asigna bajo la modalidad 3 en los términos del numeral 3 del artículo 29 del Decreto 025 de 2002.
Artículo 2°.
Modificar el Anexo 010 de la Resolución CRT 087 de 1997 que establece la matriz de servicios semiautomáticos y especiales con marcación 1XY y su respectiva clasificación, el cual quedará de la siguiente manera:
Anexo 010 Matriz de numeración para acceso a los servicios semiautomáticos y especiales de abonados Esquema 1XY Clasificación de la numeración para el acceso a los servicios semiautomáticos y especiales de abonados esquema 1XY MODALIDAD 1 Servicio Número 1XY Fuerza Aérea Colombiana 101 Denuncia Maltrato a la Infancia 106 Atención de desastres 111 Policía 112 Bomberos 119 Número Único de Emergencias 123 Ambulancia 125 Tránsito departamental 126 Tránsito municipal 127 Cruz Roja 132 Defensa Civil 144 Asistencia de emergencias – Fuerzas Militares 146 Antisecuestro, antiterrorismo y antiextorsión (FF. MM.) 147 CAI - Policía Nacional 156 Antisecuestro, antiterrorismo y antiextorsión (Policía) 165 MODALIDAD 2 Servici o Número 1XY Información y reclamos Trunking 105 Información y Reclamos TMC Red A 108 Información y Reclamos TMC Red B 109 Reclamos Aseo 110 Información y daños telefónicos TPBCL – Operador A 114 Daños Energía 115 Daños Acueducto 116 Información y Reclamos PCS 118 Información LDN 150 Operadora LDN 151 Servicio de desmovilización de los grupos ilegales alzados en armas 154 Información LDI 158 Operadora LDI 159 Daños Gas 164 Información LDN 170 Operadora LDN 171 1XYZ para información TPBCLD 174 Información y daños telefónicos TPBCL – Operador B 177 Información LDI 178 Operadora LDI 179 Información y daños telefónicos TPBCL – Operador C 182 Información y daños telefónicos TPBCL – Operador D 184 Información y daños telefónicos TPBCL – Operador E 186 Información y daños telefónicos TPBCL – Operador F 187 Información LDN 190 Operadora LDN 191 1XYZ para operadora TPBCLD 194 Información LDI 198 Operadora LDI 199 MODALIDAD 3 Servicio Número 1XY Centro de contacto al ciudadano 100 Atención de comunicaciones para personas con discapacidad 102 Servicio de información hora 117 Fiscalía 122 Información Entidades Prestadoras de Salud 133 Información hospitalaria 137 Procuraduría 142 Personería 143 Fuerzas Armadas 152 DAS 153 Línea Mujer 155 DIJIN 157 Inteligencia Policía nacional 166 Información de actividades de tráfico, comercialización y consumo de narcóticos 167 MODALIDAD 4 Servicio Número 1XY Directorio por Operadora 113 Proyectos especiales de Entidades Territoriales 195
Artículo 3°.
Modificaciones y vigencias. La presente resolución modifica en lo pertinente el Anexo 10 de la Resolución CRT 087 de 1997 y rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Dada en Bogotá, D. C., a 18 de febrero de 2013.
Publíquese y cúmplase.
El Presidente, Diego Molano Vega.
El Director Ejecutivo, Carlos Pablo Márquez.
(C. F.).
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