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RESOLUCION 818 de 2013

Por la cual se modifica la Resolución 449 de 2013, mediante la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para otorgar permisos para el uso de hasta 225 MHz de espectro radioeléctrico en las bandas de 1.850 MHz a 1.990 MHz, 1.710 MHz a 1.755 MHz pareada con 2.110 MHz a 2.155 MHz y 2.500 MHz a 2.690 MHz para la operación y prestación del servicio móvil terrestre.

Tipo
RESOLUCION
Número
818
Año
2013
Entidad
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confieren la Ley 1341 de 2009 y el Decreto 2618 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el pasado 11 de marzo del año en curso, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones publicó la Resolución número 449, por medio de la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para otorgar permisos para el uso de hasta 225 MHz de espectro radioeléctrico en las bandas de 1.850 MHz a 1.990 MHz, 1.710 MHz a 1.755 MHz pareada con 2.110 MHz a 2.155 MHz y 2.500 MHz a 2.690 MHz para la operación y prestación del servicio móvil terrestre.
Que luego de la publicación de la Resolución 449 de 2013 se recibieron varias comunicaciones por escrito de las empresas Avantel S.A.S., ETB S. A., Tv Azteca Sucursal Colombia, UNE EPM Telecomunicaciones S.A., Comunicación Celular Comcel S. A., Colombia Telecomunicaciones S.A., Colombia Móvil S. A. y Directv Colombia Ltda., a través de las cuales, de un lado, realizaron algunas observaciones a lo previsto en la Resolución en comento y, del otro, requirieron la ampliación del plazo para la presentación de solicitudes de participación en la subasta.
Que en razón a lo anterior, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, consideró pertinente otorgar una ampliación del plazo para presentación de solicitudes, sin que ello implique variación alguna a la fecha de realización de la subasta, tiempo en el cual este Ministerio revisará, en atención a las observaciones hechas por las empresas antes mencionadas, algunas de las disposiciones establecidas en la Resolución 449 de 2013.En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Objeto. La presente resolución tiene por objeto modificar el cronograma previsto en el artículo 20 de la Resolución 449 de 2013, mediante la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para otorgar permisos para el uso de hasta 225 MHz de espectro radioeléctrico en las bandas de 1.850 MHz a 1.990 MHz, 1.710 MHz a 1.755 MHz pareada con 2.110 MHz a 2.155 MHz y 2.500 MHz a 2.690 MHz para la operación y prestación del servicio móvil terrestre, ampliando el plazo para presentación de solicitudes de participación.

Artículo 2°.

Modifíquese el artículo 20 de la Resolución 449 de 2013, el cual quedará así:

Artículo 20.

Cronograma. Los términos para las diferentes etapas del procedimiento administrativo son los que se precisan a continuación:

Artículo 3°.

Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 12 de abril de 2013. El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Diego Molano Vega. (C. F.).

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