RESOLUCION 2968 de 2016
por la cual se adoptan medidas en materia de ordenación técnica del espectro radioeléc¬trico atribuido al Servicio de Radiodifusión Sonora, y se actualizan el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.).
- Tipo
- RESOLUCION
- Número
- 2968
- Año
- 2016
- Entidad
- MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial de las que le confieren el numeral 7 del artículo 4° de la Ley 1341 de 2009, los numerales 1 y 2 del artículo 7° del Decreto 4169 del 2011, los Decretos 2618, 1055 y 1078 de 2015, la Resolución número 415 del 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 75 de la Constitución Política de Colombia establece que el espectro electromagnético es un bien público inenajenable e imprescriptible sujeto a la gestión y control del Estado.
Que el numeral 7 del artículo 4° de la Ley 1341 de 2009, establece como uno de los fines de la intervención del Estado en el sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones el garantizar el uso adecuado del espectro radioeléctrico, así como la reorganización del mismo, respetando el principio de protección a la inversión, asociada al uso del espectro.
Que el numeral 4 del artículo 17 de la Ley 1341 de 2009, establece dentro de los objetivos del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, definir la política y ejercer la gestión, planeación y administración del espectro radioeléctrico.
Que el artículo 7° del Decreto 4169 de 2011 establece que son funciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones: asignar y gestionar el espectro radioeléctrico, con el fin de fomentar la competencia, el pluralismo informativo, el acceso no discriminatorio y evitar prácticas monopolísticas, sin perjuicio de las funciones que sobre los servicios de televisión estén asignadas a otras entidades; y establecer y mantener actualizados los planes técnicos de radiodifusión sonora.
Que la Ley 1341 de 2009 en su artículo 57 inciso 8° establece que los concesionarios de los servicios de radiodifusión sonora deberán prestar el servicio atendiendo a los parámetros técnicos esenciales que fije el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y que cualquier modificación de los parámetros técnicos esenciales requiere autorización previa de esta entidad.
Que la Resolución número 415 de 2010, en su artículo 38 dispone que: “El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales de Radiodifusión Sonora, donde se incorporen:
1. Las modificaciones que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de oficio considera que son necesarias de introducir a los parámetros técnicos esenciales de las estaciones de radiodifusión sonora contenidas en el respectivo plan técnico nacional, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido al servicio, el uso eficiente de los canales radioeléctricos planificados y asegurar el aprovechamiento del espectro sin interferencias objetables.
2. Las modificaciones sobre los parámetros técnicos esenciales de las estaciones de radiodifusión sonora que resulten con motivo de la atención de solicitudes presentadas por los proveedores del servicio, cuya viabilidad técnica haya sido aceptada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”.
Que de acuerdo con lo anterior, es deber del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones optimizar la gestión, planeación, asignación, administración y control del espectro radioeléctrico en las bandas de frecuencias del servicio de radiodifusión sonora, tal como lo ordena la Ley 1341 de 2009, el Decreto 2618 y los tratados de la UIT Río de Janeiro 1981 y de Ginebra 1982.
Que mediante la Resolución número 529 del 21 de mayo de 2010, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones estableció medidas en materia de ordenación técnica del espectro radioeléctrico atribuido al Servicio de Radiodifusión Sonora, actualizó el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.), y se adoptó el contenido de cada uno de ellos.
Que mediante la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones estableció medidas en materia de ordenación técnica del espectro radioeléctrico atribuido al Servicio de Radiodifusión Sonora, y actualizó el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.), y se adoptó el contenido de cada uno de ellos.
Que la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010 ha sido modificada por las Resoluciones números 337 del 11 de marzo de 2011, 2986 del 25 de noviembre de 2011, 3120 del 13 de diciembre de 2011, 1185 del 25 de mayo de 2012, 3239 del 12 de diciembre de 2012, 2373 del 22 de julio de 2013, 1122 del 13 de junio de 2014, 254 del 27 de febrero de 2015, 918 del 22 de mayo de 2015 y 2394 del 23 de noviembre de 2016, por medio de la cuales, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ha adoptado medidas en materia de ordenación técnica del espectro radioeléctrico atribuido al Servicio de Radiodifusión Sonora, y actualizado el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.).
Que las resoluciones antes citadas se encuentran vigentes, componen y hacen parte de los Planes Técnicos de Radiodifusión sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y en Frecuencia Modulada (F. M.), y que las actualizaciones contenidas en las mismas se encuentran incorporadas en el documento que contiene el plan técnico nacional, que se encuentra publicado en la página web del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el fin de propender por el fortalecimiento y desarrollo del sector, así como realizar las modificaciones necesarias de los parámetros técnicos esenciales de las estaciones de radiodifusión sonora para garantizar la mejor prestación del servicio y la óptima planificación del espectro radioeléctrico atribuido al mismo, observa necesario actualizar periódicamente los Planes Técnicos de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y Frecuencia Modulada (F.M.). Por lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Modifíquese el numeral 4.23.1 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A.M.) adoptado mediante la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010. El numeral 4.23.1, del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A.M.), en el aparte denominado Plan por Departamentos, será modificado en lo relativo a los parámetros técnicos esenciales de las estaciones de radiodifusión sonora que se relaciona a continuación: Modificaciones relativas al Plan en AM por departamentos Modificaciones relativas a la Potencia de Operación
BOYACÁ CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (kHz)
POTENCIA Actual (kW)
ESTADO CANAL DISTINTIVO C PAIPA 710 3 ASIGNADO HJYD META CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (kHz)
POTENCIA Actual (kW)
ESTADO CANAL DISTINTIVO A VILLAVICENCIO 790 10,1 PROYECTA- DO HJZR TOLIMA CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (kHz)
POTENCIA Actual (kW)
ESTADO CANAL DISTINTIVO C IBAGUÉ 790 5 ASIGNADO HJNC Parágrafo. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 4.2.3.2 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A.M.), adoptado mediante la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010, denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación incorporando las modificaciones técnicas en los respectivos canales radioeléctricos.
Artículo 2°.
Modificar el numeral 10.1 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.), adoptado mediante la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010. El Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.), en el numeral 10.1, denominado Plan por Departamentos, registrará las modificaciones autorizadas a los parámetros técnicos esenciales de estaciones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) clase A, B, y C; como se indica a continuación: Modificaciones relativas al Plan en FM por departamentos a) Modificaciones relativas a la Diferencia de Altura (h) ANTIOQUIA
CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW) h Actual (m)
ESTADO CANAL DISTINTIVO B MEDELLÍN 99,9 10 1696 ASIGNA- DO HJXA ATLÁNTICO CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW) h Actual (m)
ESTADO CANAL DISTINTIVO C PUERTO COLOMBIA 92,6 5 159 ASIGNA- DO HJH34 BOLÍVAR CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW) h Actual (m)
ESTADO CANAL DISTINTIVO C CARTAGE- NA 91,1 5 176 ASIGNA- DO HJXB CALDAS CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW) h Actual (m)
ESTADO CANAL DISTINTIVO C MANIZALES 92,7 5 1905 ASIGNA- DO HJXF CASANARE CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW) h Actual (m)
ESTADO CANAL DISTINTIVO B YOPAL 89,7 10 398 ASIGNA- DO HJI91 C VILLANUE- VA 100,7 5 404 ASIGNA- DO HJI90 CESAR CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW) h Actual (m)
ESTADO CANAL DISTINTIVO B VALLEDU- PAR 92,7 10 160 ASIGNA- DO HJK76 CUNDINAMARCA CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW) h Actual (m)
ESTADO CANAL DISTINTIVO A ZIPACÓN 95,4 15 753 ASIGNA- DO HJYQ NARIÑO CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW) h Actual (m)
ESTADO CANAL DISTINTIVO B SAN JUAN DE PASTO 93,5 10 1594 ASIGNA- DO HJYV NORTE DE SANTANDER CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW) h Actual (m)
ESTADO CANAL DISTINTIVO B ÁBREGO 94,7 10 2438 ASIGNA- DO HJXT C OCAÑA 95,2 5 532 ASIGNA- DO HJO50 PUTUMAYO CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW) h Actual (m)
ESTADO CANAL DISTINTIVO C MOCOA 98,3 5 1557 ASIGNA- DO HJZJ C VALLE DEL GUAMUEZ (LA HORMI- GA)
102,3 0,5 76 PROYEC- TADO HJO76 V ALLE DEL CAUCA CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW) h Actual (m)
ESTADO CANAL DISTINTIVO B GUADALA- JARA DE BUGA 94,5 10 863 ASIGNA- DO HJXU b) Modificaciones relativas a la Frecuencia de Enlace CESAR CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
ESTADO CANAL FRE- CUEN- CIA DE EN- LACE (MHz)
Actual DISTINTIVO C LA JAGUA DE IBIRICO 99,5 1 PROYEC- TADO L.F. HJA93 PUTUMAYO CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
ESTADO CANAL FRE- CUEN- CIA DE EN- LACE (MHz)
Actual DISTINTIVO C VALLE DEL GUAMUEZ (LA HORMI- GA)
102,3 0,5 PROYEC- TADO L.F.
HJO76 c) Modificaciones relativas a la Potencia de Operación ANTIOQUIA CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
Actual h (m)
ESTADO CANAL DISTINTIVO C ARGELIA 88,1 5 90 PROYEC- TADO HJG26 CAUCA CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
Actual h (m)
ESTADO CANAL DISTINTIVO C MIRANDA 94,9 2 75 PROYEC- TADO HJK31 C MORALES 103,3 2 75 PROYEC- TADO HJK32 CÓRDOBA CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
Actual h (m)
ESTADO CANAL DISTINTIVO C MONTELÍ- BANO 89,7 5 90 PROYEC- TADO HJA40 NORTE DE SANTANDER CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
Actual h (m)
ESTADO CANAL DISTINTIVO C CONVEN- CIÓN 95,7 5 75 PROYEC- TADO HJO34 VICHADA CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
Actual h (m)
ESTADO CANAL DISTINTIVO C CUMARIBO 98,3 5 130 PROYEC- TADO HJQ79 C LA PRIMA- VERA 90,3 5 130 PROYEC- TADO HJQ81
Artículo 3°.
Modificar el numeral 10.1 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.), adoptado mediante la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010. Eliminar en el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 10.1, denominado Plan por Departamentos, los siguientes canales radioeléctricos atribuidos con sus correspondientes parámetros técnicos esenciales, el enlace entre estudios y sistema de transmisión, así como su respectivo distintivo de identificación para la operación de la estación de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F.M.):
CAQUETÁ CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTEN- CIA (kW) h (m)
ESTADO CANAL FRE- CUENCIA ENLACE (MHz)
DISTINTI- VO C LA MONTA- ÑITA 90,9 1 90 PROYEC- TADO 309,7 HJE37 LA GUAJIRA CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUEN- CIA (MHz)
POTENCIA (kW) h (m)
ESTADO CANAL FRE- CUEN- CIA ENLACE (MHz)
DISTINTIVO C RIOHACHA 95,7 1 90 PROYEC- TADO 311,3 HJE23 Parágrafo. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F.M.), adoptado mediante la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010, denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación, incorporando los respectivos canales radioeléctricos.
Artículo 4°.
Modificar el numeral 10.1 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.), adoptado mediante la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010. Incorporar en el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 10.1, denominado Plan por Departamentos, los siguientes canales radioeléctricos atribuidos con sus correspondientes parámetros técnicos esenciales, el enlace entre estudios y sistema de transmisión, así como su respectivo distintivo de identificación para la operación de la estación de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F.M.): ANTIOQUIA
CLASE ES- TACIÓN MUNICIPIO FRECUEN- CIA (MHz)
POTENCIA (kW) h (m)
ESTADO CANAL FRE- CUENCIA ENLACE (MHz)
DISTINTIVO C TARAZÁ 103,9 5 75 PROYEC- TADO 324,3 HJE48 CAQUETÁ CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUEN- CIA (MHz)
POTENCIA (kW) h (m)
ESTADO CANAL FRECUEN- CIA ENLA- CE (MHz)
DISTINTIVO C CARTA- GENA DEL CHAIRÁ 93,5 5 75 PROYEC- TADO 318,1 HJE49 C FLORENCIA 90,5 5 90 PROYEC- TADO 309,7 HJE37 CUNDINAMARCA CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUEN- CIA (MHz) POTENCIA (kW) h (m) ESTADO CANAL FRECUEN- CIA ENLA- CE (MHz)
DISTINTIVO C CABRERA 90,7 1 1696 PRO- YECTA- DO 307,7 HJE45 HUILA CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUEN- CIA (MHz)
POTENCIA (kW) h (m)
ESTADO CANAL FRECUEN- CIA ENLA- CE (MHz)
DISTINTIVO C ALGECIRAS 94,9 1 45 PRO- YECTA- DO 308,9 HJE46 LA GUAJIRA CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUEN- CIA (MHz)
POTENCIA (kW) h (m.)
ESTADO CANAL FRECUEN- CIA ENLA- CE (MHz)
DISTINTIVO C DISTRAC- CIÓN 96,3 5 90 PROYEC- TADO 311,3 HJE23 PUTUMAYO CLASE ES- TACIÓN MUNICIPIO FRECUEN- CIA (MHz)
POTENCIA (kW) h (m.)
ESTADO CANAL FRECUEN- CIA ENLA- CE (MHz)
DISTINTIVO C ORITO 101,1 1 90 PROYEC- TADO 311,9 HJE50 TOLIMA CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUEN- CIA (MHz)
POTENCIA (kW) h (m.)
ESTADO CANAL FRECUEN- CIA ENLA- CE (MHz)
DISTINTIVO C ATACO 107,1 5 90 PROYEC- TADO 311,9 HJE47 Parágrafo. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F.M.), adoptado mediante la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010, denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación, incorporando los respectivos canales radioeléctricos.
Artículo 5°.
Modificar el numeral 10.3 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.), adoptado mediante la Resolución número 1513 de 2010. Actualizar el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F.M.) en el numeral 10.3, denominado Plan de estaciones Clase D, registrando las modificaciones autorizadas a los parámetros técnicos esenciales de unas estaciones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) clase D, como se indica a continuación: a) Modificaciones relativas a la Diferencia de Altura (h)
ANTIOQUIA CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW) h Actual (m.)
ESTADO CANAL DISTINTIVO D ENVIGADO 97,6 0,2 315 ASIGNADO HKA74 D EL COCUY 99,1 0,2 262 ASIGNADO HKC85 D EL SANTUARIO 89,4 0,1 138 ASIGNADO HKB43 D FREDONIA 107,4 0,2 165 ASIGNADO HKA75 BOYACÁ CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW) h Actual (m.)
ESTADO CANAL DISTINTIVO D BELÉN 90,6 0,2 291 ASIGNADO HKC57 D CHIVATÁ 89,6 0,2 144 ASIGNADO HKC74 D TENZA 90,6 0,2 67 ASIGNADO HKD78 CUNDINAMARCA CLASE ES- TACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW) h Actual (m.)
ESTADO CANAL DISTINTIVO D BOGOTÁ Área 4 95,5 0,018 85 ASIGNADO HJU54 b) Modificaciones relativas a la Frecuencia de Enlace ANTIOQUIA CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW)
ESTADO CANAL FRECUENCIA DE ENLACE (MHz)
Actual DISTINTIVO D FREDONIA 107,4 0,2 ASIGNA- DO 319,5 HKA75 c) Modificaciones relativas a la Potencia de Operación CUNDINAMARCA CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA Actual (kW)
ESTADO CANAL FRECUENCIA DE ENLACE (MHz)
DISTINTIVO D BOGOTÁ Área 4 95,5 0,25 ASIGNA- DO L.F. HJU54 d) Modificaciones relativas al Estado del Canal BOLÍVAR CLASE ESTACIÓN MUNICIPIO FRECUENCIA (MHz)
POTENCIA (kW) h (m.)
ESTADO CANAL Actual DISTINTIVO D ZAMBRANO 107 0,25 30 PROYECTADO HKC53 Parágrafo. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F.M.), adoptado mediante la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010, denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación, incorporando las modificaciones técnicas en los respectivos canales radioeléctricos.
Artículo 6°.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente la Resolución número 1513 del 5 de agosto de 2010.
Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 26 de diciembre de 2016.
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, DAVID LUNA SÁNCHEZ.
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